Código de ETICA Y VALORES



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Transcripción:

Página 1 de 12 Código de ETICA Y Edwin Herazo Jimenez. Alcalde Municipal Buenavista, Julio de 2008

Página 2 de 12 PRESENTACIÓN La Alcaldía del Municipio de Buenavista, Córdoba, se complace en presentar el Código de Ética y valores de la organización, el cual define el estándar de conducta de la entidad. Establece las declaraciones explicitas que en relación con las conductas de los servidores públicos, son acordados de forma participativa para la consecución de los propósitos de la entidad. Además referencia la imagen que posee la entidad y lo que pretende desarrollar con su acción. El código de ética de la institución establece las pautas de comportamiento de nuestros servidores y caracteriza las relaciones deseadas entre los mismos. Especifica las respuestas que la organización está dispuesta a dar a sus obligaciones o compromisos éticos a empleados y usuarios de nuestros servicios. Nuestro código de ética informa a todos los miembros lo que esperamos de ellos, ofreciendo guías y orientaciones para la acción; y regula éticamente los comportamientos y actuaciones de los servidores de la empresa. El código de ética establecido por la empresa es un documento que referencia el día a día de la institución, y está conformado por la plataforma estratégica, los principios, valores y directrices o políticas, teniendo en cuenta y basados en la misión, Visión y Objetivos Corporativos. BASE LEGAL: MODELO ESTANDAR DE CONTROL INTERNO Decreto 1599 del 20 de Mayo de 2005, por medio del cual se adopta el modelo estándar de control interno para el estado colombiano. Circular Nº 03 del 20 de Septiembre de 2005, por la cual se establecen los lineamientos generales para la implementación del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano. Decreto 2621 del 3 de Agosto de 2006, por medio del cual se modifica el decreto 1599 de 2005 sobre el plazo no superior a 20 meses para implementar el modelo estándar de control interno para el estado colombiano. El modelo estándar de control interno para el estado colombiano proporciona la estructura básica para evaluar la estrategia, la gestión y los mecanismos de evaluación del proceso administrativo, y aunque promueve una estructura uniforme, se adapta a las necesidades específicas de cada entidad, a sus objetivos, estructura, tamaño, procesos y servicios que suministran. El propósito esencial es orientar a las entidades hacia el cumplimiento de sus objetivos y la contribución de estos a los fines esenciales del estado. El código de ética que orgullosamente presentamos es un elemento del componente Ambiente de Control del Subsistema de Control Estratégico del sistema de control interno que se viene implementando en la institución.

Página 3 de 12 MISION Nuestra Misión Institucional es la de asegurar el bienestar de la población de Buenavista Córdoba mediante la elaboración y adopción de planes, programas y proyectos para ser ejecutados preferencialmente por el Municipio, las asociaciones comunitarias y otros grupos sociales, asignando recursos con criterios de prioridad, equidad, solidaridad y desarrollo sostenible, propiciando la vinculación de organismos nacionales e internacionales públicos y privados que permitan tener una calidad de vida de sus habitantes en todos los aspectos y con clara participación solidaria de sus pobladores con inteligencia, en el logro de beneficios colectivos y el desarrollo integral en lo social, económico, político, cultural y ambiental.. VISION Que en el año 2014, el Municipio sea reconocido por implementar un esquema de desarrollo participativo con la comunidad en la prestación de los servicios básicos y lograr su proyección regional, creando opciones y oportunidades para todos; un Municipio en el cual la estructura social se soporte en las organizaciones públicas, privadas solidarias y comunales. OBJETIVO INSTITUCIONAL Promover y fortalecer el desarrollo económico, social cultural y ambiental del municipio de Buenavista, con la finalidad de mejorar las condiciones de vida de la población mediante el acceso a bienes y servicios básicos de educación, salud, agua potable, saneamiento básico, vivienda, etc. Garantizando la distribución equitativa y transparente de los recursos, así mismo facilitar la participación ciudadana, procurando la integración de los diferentes actores sociales que nos conduzca a un desarrollo integral y sostenible del municipio.

Página 4 de 12 DECRETO Nº 193 (Julio 15 de 2008) Por medio del cual se adopta el Código de Ética y Valores de la Administración Municipal. El Alcalde del municipio de Buenavista, Córdoba en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 87 de 1993, Artículo 4º Literales b y l, y el Decreto 1599 de 2005, Artículo 1º, y CONSIDERANDO: Que de acuerdo con el Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano MECI 1000:2005, el Código de Ética es uno de los elementos a través de los cuales se cumple el control interno; Que la aplicación de este instrumento contribuye al logro de uno de los objetivos del control interno, definiendo el estándar de conducta de la empresa, a través del comportamiento que oriente la actuación de todos los servidores, genere transparencia en la toma de decisiones y propicie un clima de confianza para el logro de los objetivos institucionales; Que la política de desarrollo administrativo de moralización y transparencia en la administración pública (Decreto 3622 de 2005, Artículo 7) orienta a las empresas hacia la formación de valores de responsabilidad y vocación de servicio; Que la Alcaldía del municipio de Buenavista, ha establecido como prioridad la lucha contra la corrupción, el buen nombre y la transparencia en la gestión administrativa. Que el presente Código de Ética constituye una herramienta que guiará la cultura organizacional del municipio hacia un ambiente de cooperación, solidaridad y transparencia en el manejo de los recursos públicos Que el Código de Ética tiene el propósito de orientar la gestión de los servidores públicos en todos los niveles de la Administración Municipal frente a los principios, valores y directrices institucionales que regulan las relaciones laborales entre los servidores públicos y de éstos con los usuarios de los servicios que presta para el logro de la Misión, Visión y el desarrollo integral del municipio a través del proceso administrativo, en aras de garantizar el bienestar de la comunidad dentro de la transformación y exigencias de la globalización mundial. Que el presente código de ética está dirigido a los servidores públicos que prestan sus servicios directa e indirectamente a esta entidad y de quienes se espera que su conducta sea en todo momento, intachable, tanto en sus tareas laborales como en su diario actuar. Que este Código de Ética promueve el cumplimiento de los fines del Estado en nuestro territorio, pues implica que sus procesos y resultados finales se den en el marco de los principios, valores

Página 5 de 12 y políticas de la entidad, y de esta forma la Alcaldía aporta a la construcción de la ética en el manejo de los bienes públicos, y al fortalecimiento del Sistema de Control Interno. Que para el logro del presente Código se concertó a todos los servidores públicos, en donde se identificaron los siguientes valores, compromiso, colaboración, cumplimiento, eficacia, honestidad, justicia, participación, responsabilidad, servicio, solidaridad, y transparencia al Estado y la Administración Municipal los cuales se condensan en el presente decálogo. Y Que en virtud de lo expuesto, RESUELVE CODIGO DE ETICA DE LA ADMINISTRACION MUNICIPAL DE BUENAVISTA TITULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES CAPITULO I GENERALIDADES Artículo 1. Objetivo: El Código de Ética tiene por objetivo, establecer los principios, valores, y directrices que apropiarán y aplicarán en su comportamiento, los servidores públicos que prestan los servicios a la Administración Municipal en el ejercicio de su función pública. Artículo 2. - Campo de Aplicación y Alcance. Las disposiciones contenidas en este documento son aplicables a todos los servidores públicos de la Administración Municipal, bajo cualquier modalidad, dentro y fuera de la Entidad. Artículo 3. - Conducta Ética del Servidor Público. Es el comportamiento ante las diferentes situaciones que plantea la vida; genera un efecto positivo en las personas, en la comunidad, y en la administración pública. Los principios, valores y directrices contenidos en el presente Código de Ética guiarán, la conducta y actividades del servidor público de la Alcaldía de Buenavista, para el logro de la Misión, Visión, y objetivos de la Administración Municipal. Artículo 4.- Definiciones: Téngase las siguientes definiciones como incorporadas en el Código de Ética. 1. Código de Ética. Es un documento de referencia que establece pautas de comportamiento de los servidores públicos para gestionar en el día a día de una entidad. Está conformado por los principios, valores y directrices, que todo servidor público debe observar en el ejercicio de su función administrativa.

Página 6 de 12 2. Compromiso: Obligación contraída, palabra dada, fe empeñada, disposición de asumir como propios los objetivos estratégicos de la organización a la cual pertenece. 3. Directrices: Son orientaciones prácticas de la manera como la entidad debe relacionarse con un sistema o grupo de interés específico, para la puesta en practica del respectivo valor al que hace referencia la directriz, para generar coherencia entre los valores definidos y las practicas de la organización. 4. Eficacia. Capacidad de Acción para hacer efectivo un propósito. 5. Eficiencia: Virtud y facultad de lograr un efecto determinado con el menor uso de recursos o energía. 6. Equidad: Disposición de ánimo de darle a cada uno lo que es justo. 7. Ética: Conjunto de normas morales que rigen la conducta humana 8. Función Pública: para efectos del presente código de Ética se entiende como función pública toda actividad temporal o permanente remunerada u honoraria realizada por una persona en nombre o al servicio de la Alcaldía Municipal de Buenavista, con miras a obtener la satisfacción del interés público en lo referente a los servicios que presta La Administración Municipal a la comunidad en general. 9. Honestidad: Actitud para actuar con honradez y rectitud. 10. Integridad: Comportamiento probo, recto e intachable. 11. justicia: Virtud de dar a cada uno lo que le corresponde o se merece. 12. Lealtad: Fidelidad en el trato o en el desempeño de su cargo, leal a la administración. 13. Pertenencia: Hecho o circunstancia de formar parte de un conjunto, como una comunidad, una institución., tomar como mió el accionar de la entidad. 14. Principios: Normas o ideas fundamentales que rigen el pensamiento o la conducta. 15. Principios Éticos: Son las creencias básicas sobre la forma correcta como debemos relacionarnos con los demás. 16. Probidad: Integridad en el obrar, rectitud. 17. Productividad: Capacidad o grado de producción por unidad o medida consumida o utilizada, relación entre lo producido y los medios empleados. 18. Rectitud: Conocimiento práctico de lo que debemos hacer o decir, comportamiento con justicia, severidad y firmeza. 19. Respeto: Reconocimiento de la legitimidad del otro para ser distinto a uno. Respeto a los demás. 20. Responsabilidad: Obligación de responder por los propios actos. Capacidad para reconocer y hacerse cargo de las consecuencias de las propias acciones. 21. Servicio: Función o prestación desempeñadas por quienes están empleados para satisfacer necesidades del público. 22. Servidor público: Persona que desempeña actividades o funciones ocasionales o permanentemente al servicio de una entidad del estado. 23. Solidaridad: Adhesión o apoyo a las causas o empresas de otros 24. Tolerancia: Respeto a las ideas, creencias o prácticas de los demás, cuando son distintas o contrarias a las nuestras. 25. Transparencia: Calidad del comportamiento evidente sin dudas ni ambigüedad 26. Veracidad: Condición de quien profesa o dice siempre la verdad.

Página 7 de 12 Capitulo II PRINCIPIOS ETICOS DEL SERVIDOR PÚBLICO Artículo 5.- Principios. Los principios éticos del servidor público de la Administración municipal, son los establecidos en el articulo 209 de la constitución política de Colombia: Buena fe, igualdad, moralidad, celeridad, economía, imparcialidad, eficacia, eficiencia, participación publicidad, responsabilidad y transparencia. La ética de los servidores públicos tiene como propósito fundamental el bien común ciudadano. Los principios éticos tienen como función primordial desarrollar hábitos y actitudes positivas en los servidores públicos, que permiten el cumplimiento de los fines institucionales para beneficio de la comunidad y que generen confianza y credibilidad en la sociedad de Buenavista. Los siguientes son los principios que rigen el actuar de los servidores públicos: 1. La función primordial del servidor público es atender eficaz, eficiente y oportunamente a la comunidad. 2. El servicio público implica vivirlo y prestarlo cada día como si fuera el primero, con la misma disciplina, compromiso, energía, e iniciativa. 3. Fidelidad a la institución, jefes, compañeros, y la comunidad es imperioso del servidor público. 4. Las decisiones y actividades del servidor público, garantizan la prevalecía Del interés general sobre el interés particular. 5. El buen trato, cortés, amable y considerado con la comunidad. 6. Los servidores públicos de la administración municipal están obligados a alcanzar con entusiasmo, convicción y trabajo en equipo, el mejoramiento de los procesos de atención y servicio a la comunidad. 7. El Interés genuino por los demás, llena el corazón de seguridad, satisfacción estímulo y paz. 8. La imagen pública está reflejada en la consideración y el aprecio que cada uno de los servidores públicos muestra por la entidad. 9. Es imperativo del servidor público, obrar con equidad en todas sus formas y circunstancias.

Página 8 de 12 10. El servicio público comporta un alto nivel de paciencia, comprensión y transigencia con los seres humanos. TITULO SEGUNDO ETICOS DEL SERVIDOR PÚBLICO CAPITULO I De los Valores Articulo 6:.- Definición. Son los atributos, cualidades y actitudes fundamentales del comportamiento humano, que dan sentido a la vida permiten una mejor convivencia y otorgan efectos positivos dignos de aprobación. La ley maneja los derechos y objetivos de la comunidad, la ética implica superar los esquemas del interés particular o privado, para hacer que los asuntos de la entidad sean de un verdadero interés general para el servidor. Articulo 7.- Características de los valores Éticos. Los valores éticos se caracterizan por la permanencia, integridad, satisfacción, jerarquía, trascendencia, dinamismo, aplicabilidad, complejidad y absolutidad. 1. Permanencia. Perduran en el tiempo 2. Integridad. Hace parte de las actuaciones del hombre 3. Satisfacción. Producen un gusto por el buen obrar 4. Jerarquía. Son básicos y prioritarios al momento de hacer elecciones. 5. Trascendencia. Influyen en todas las personas del entorno 6. Dinamismo. Generan energía de bien y sinergia a su alrededor 7. Aplicabilidad. Son practicados por el hombre que los apropia. 8. Complejidad. Resultan difíciles de aplicar cuando se trata de sacrificar el interés personal, por lograr el bien común. 9. Absolutidad. Son terminantes y categóricos, concentra la atención y acción en una dirección única de hacer las cosas. Articulo 8. Principio de los valores del Servidor Público: El amor, el valor básico, transversal a todos, e implícito en ellos, es la base de todas las normas, de todas las ideas y

Página 9 de 12 valores, es lo que nos hace sentir bien o mal, libres o atados, culpables o inocentes; es lo que hace que el ser humano sea justo, honrado y veraz en sus actuaciones. Articulo 9. Valores Éticos. Los actos de los servidores públicos de la administración municipal son regidos por los siguientes valores Éticos. 1. Compromiso: Entrega del personal para realizar sus funciones, teniendo en cuenta el compromiso con la empresa y con la comunidad, para brindar cada día lo mejor de mi. Ofrecer todos los días un trato con respeto hacia mis compañeros y a las personas que demandan nuestros servicios. 2. Colaboración: Acción y efecto de trabajar en común con otra u otras personas para contribuir con el logro de un fin determinado. Ayudar a otra u otras personas en su trabajo para permitir el logro de los objetivos propuestos. 3. Cumplimiento: Acción y efecto de llevar a cabo una tarea o actividad. Hacer lo que se debe o está obligado de acuerdo a lo establecido. 4. Eficacia: Capacidad de Acción para hacer efectivo un propósito. 5. Honestidad: Consiste en actuar con rectitud, transparencia y coherencia con lo que se piensa, se expresa y se hace, se hace evidente la honestidad cuando se da un uso adecuado a los bienes de la organización, cuando se optimiza el tiempo de trabajo y se labora con la calidad requerida para la prestación de los servicios. 6. Justicia: Virtud de dar a cada uno lo que realmente le corresponde o se merece. 7. Participación: Tomar parte, compartir, abrir espacios para que otro u otros hagan parte de una actividad o tarea, o movilizarse para hacer parte de ella. 8. Responsabilidad: Cumplimiento a cabalidad de las obligaciones y deberes frente a la familia, la comunidad, institución y el estado con capacidad para asumir las consecuencias de sus propias acciones. 9. Servicio: Acción y efecto de servir. Función o prestación desempeñada por os servidores públicos para satisfacer las necesidades y expectativas de la comunidad. 10. Solidaridad: Adhesión y apoyo incondicional a las causas o empresas de otro u otros con el propósito de cumplir un objetivo determinado. 11. Transparencia: Los empleaos de la entidad tienen un compromiso profesional y ético consigo mismo y con la sociedad, que se manifiesta en su comportamiento y actuaciones dentro y fuera de la organización.

Página 10 de 12 CAPITULO II ORIENTACIONES DEL CODIGO DE ETICA ARTICULO 10: Definición. Son orientaciones acerca de cómo deben relacionarse los servidores públicos de la administración municipal, con diferentes grupos de interés para la puesta en práctica de los principios y valores. ARTICULO 11: Grupos de Interés. Las directrices del Código de Ética tendrán interrelación con los siguientes grupos étnicos. 1. Directivos 2. Servidores públicos 3. Órganos de Control 4. Comunidad en General 5. Comunidades organizadas 6. Contratistas. 7. Gremios económicos, 8. Medio ambiente. ARTÍCULO 12: Directrices: Las directrices del código de ética son: 1. Orientar sus objetivos, metas y programas para brindar una respuesta adecuada y efectiva a las demandas y necesidades presentadas por los poblanos. 2. Observar una conducta intachable en su diario actuar. 3. Desarrollar hábitos y actitudes positivas que permitan el cumplimiento de los fines institucionales para generar beneficio, credibilidad, y confianza en la comunidad poblana. 4. Asumir a cabalidad los deberes y responsabilidades con sus iniciativas empleando toda su inteligencia para hacerlo de la mejor manera. 5. Tener conciencia de las repercusiones de los actos voluntarios e involuntarios y evitar frivolidad. 6. Cumplir a cabalidad los principios y directrices del, servidor público. 7. Realizar procesos de auto evaluación sobre la gestión y responsabilidad propias, de tal manera que se pueda identificar claramente su participación 8. Alinear los valores propios con los valores institucionales. 9. Promover y conservar un buen ambiente libre de murmuraciones.

Página 11 de 12 10. De ser necesario corregir, confrontar en forma clara y directa, pero con respeto y delicadeza, en primacía 11. Suministrar información oportuna, clara y precisa a los ciudadanos y a sus compañeros de trabajo. 12. Actuar con cortesía, gentileza, generosidad y agradecimientos con todas las personas 13. Ser puntual y mostrar siempre simpatía y amabilidad. 14. Trabajar con entusiasmo, convicción y entregar lo mejor para alcanzar los fines institucionales propuestos. 15. No ser indiferente a las necesidades de los ciudadanos y demás servidores públicos. 16. Brindar la oportunidad a quien se lo merece y reconocer las cualidades, virtudes y meritos ajenos. 17. Reconocer y entregar a los demás lo que les corresponde, en forma justa, a sus necesidades y a la disponibilidad de alcaldía de Buenavista 18. Entender las actuaciones de sus compañeros de trabajo, respetar siempre sus puntos de vista y los criterios que los animan, sin que por ello deba renunciar al derecho a la crítica constructiva. 19. Estar comprometido con el bien común, la imagen corporativa y la buena presentación de los resultados con característica fundamental de pertenenencia a la Alcaldía del Municipio de Buenavista. 20. Trabajar en equipo para el logro de los objetivos institucionales. 21. Valorar y respetar las diferencias, como valores, que generan un equipo de alto rendimiento. 22. Cuidar y proteger los recursos físicos y naturales, haciendo buen uso de ellos, en procura del equilibrio ecológico.

Página 12 de 12 CAPITULO III ROL Y OBJETIVO DEL SERVIDOR PÚBLICO Articulo 13: El servidor público de la administración municipal, tendrá objetivos que permanecerán siempre en su mente, y formaran parte de él, así como la apropiación de los principios, valores, y directrices indicados en el presente código Artículo 14: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución Nº 574 de Noviembre 26 de 2004. Dado en el municipio de Buenavista Córdoba, a los quince (15) Días del mes de Julio de 2008. Comuníquese y Cúmplase Edwin Emiro Herazo Jiménez Alcalde Municipal de Buenavista Córdoba.