Acuerdos anticompetitivos entre genéricos y medicamentos originales



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Transcripción:

Acuerdos anticompetitivos entre genéricos y medicamentos originales Lina María Diaz Junio de 2013 Generalmente, las partes inmersas en un proceso por violación de una patente en Estados Unidos deciden negociar y llegar a un acuerdo que las beneficie mutuamente y les permita ahorrar tiempo y dinero en procesos judiciales. Un claro ejemplo de este tipo de acuerdos es el anunciado por Pfizer el pasado 12 de junio, en el que las productoras de genéricos Teva Pharmaceuticals Industries (Teva) y Sun Pharmaceutica Industries (Sun Pharma) accedieron a pagar por los daños causados a la primera con el lanzamiento de la versión genérica de pantoprazole, medicamento usado para reducir la producción de ácido gástrico, antes de que la patente que lo protegía expirase (la patente 597). El conflicto entre Pfizer, por una parte, y Teva y Sun Pharma por la otra, inició cuando las últimas solicitaron ante la Food and Drug Administration una autorización para comercializar el genérico (Abreviated New Drug Application ANDA) en abril de 2004. De conformidad con la legislación aplicable a estas solicitudes 1, Teva y Sun Pharma manifestaron que la patente 597 era inválida y que su medicamento no la violaba. Al ser notificado de estas solicitudes de comercialización, Pfizer interpuso una demanda por la violación de la patente 597 en el 2004, a la que Teva y Sun Pharma respondieron que la misma era obvia, por ende nula, y además que Pfizer había actuado de mala fe (inequitable conduct). El 20 de marzo del 2007 la Corte Distrital de New Jersey falló a favor de Pfizer 2. Partiendo de la decisión de la Corte Distrital, las partes llegaron a un acuerdo consistente en que Teva pagará a Pfizer $1.6 billones de dólares, mientras que Sun Pharma pagará $550 1 ESTADOS UNIDOS. Congreso. Drug Price Competition and Patent Term Restoration Act. 1984. También conocida como Hatch-Waxman Act. 2 ESTADOS UNIDOS. Corte Distrital del Distrito de New Jersey. PFIZER INC., PHARMACIA CORP. v. TEVA PHARMACEUTICALS USA, INC. http://www.kayescholer.com/professionals/reisner_daniel_extras/misc/findingsoffactandconclusionsoflaw_v. pdf

millones, ambas debieron aceptar como parte del acuerdo, que violaron las patentes Pfizer, aunque seguirán vendiendo el genérico. Sin embargo, debido a que los acuerdos que ponen fin a controversias relacionadas con la validez de las patentes pueden incluir disposiciones con efectos anticompetitivos, afectando el adecuado funcionamiento de los mercados de patentes y de productos finales, al permitir la colusión, la Corte Suprema de Justicia de Estados Unidos ha establecido lineamientos para evaluar la legalidad de los mismos. En efecto, al decidir el caso Federal Trade Commission contra Actavis Inc, el 17 de junio del año en curso 3, la Corte estableció que la Regla de la razón, y no la Regla Per Se, debía ser empleada al momento de evaluar los efectos anticompetitivos de algunos de los estos acuerdos. La Regla Per se es aplicada a casos en los que los efectos anticompetitivos de la conducta analizada son tan evidentes que es considerada ilegal sin realizar un análisis detallado de la misma y su real afectación al mercado 4. Por otro lado, la Regla de la Razón requiere de un análisis detallado de la conducta, de la industria donde se presentó, de la historia de la práctica restrictiva en cuestión, de los efectos que genera en el mercado relevante, a fin de determinar si pese a sus efectos anticompetitivos, tiene otros que justifiquen su existencia. En el caso Federal Trade Commission contra Actavis Inc, dos empresas farmacéuticas productoras de genéricos (Actavis y Paddock), celebraron un acuerdo con Solvay, compañía titular de la patente sobre el fármaco AndroGel empleado por hombres cuyos cuerpos no producen niveles adecuados de testosterona. En virtud del acuerdo, Actavis y Paddock se comprometían a no comercializar la versión genérica del fármaco, a no cuestionar la validez de 3 ESTADOS UNIDOS: Corte Suprema de Justicia. Certiorari Federal Trade Commission contra Actavis Inc. et al. Junio 17 de 2013. 4 En el caso Estados Unidos contra Socony Vacuum Oil co la máxima autoridad judicial de ese país señaló que los acuerdos entre competidores dirigidos a establecer precios son en sí mismos anticompetitivos, sin importar qué tan razonables fueren los precios fijados, pues lo que podría ser razonable un día podría no serlo al siguiente, sin importar si se establecían mecanismos de reajuste, porque el acuerdo implicaba por sí mismo una alteración de las fuerzas del mercado. ESTADOS UNIDOS. Suprema Corte. Caso Estados Unidos contra Socony- Vacuum Oil co. 310 U. S. 221 y 222. 1940.

la patente y a promocionar el medicamento por un período determinado de años, a cambio, Solvay debía pagar varios billones de dólares 5. La legalidad de este acuerdo fue puesta en duda por la FTC por considerar que las empresas incurrieron en actos de competencia desleal, prohibidos por la sección 5 de la Ley de la Comisión Federal de Comercio (Federal Trade Commission Act) 6. En las dos primeras instancias, la Corte del Distrito de Atlanta y la Corte de Apelaciones del 11 Circuito rechazaron la demanda bajo el fundamento de que el efecto del acuerdo: retrasar el ingreso de los genéricos al mercado hasta que expire la patente, cabe precisamente, dentro del ámbito de protección de la patente, y que por tanto no podría considerarse como un acuerdo contrario a la competencia. Además, la Corte de Apelaciones reconoció que pese a que en este caso en particular, si las empresas no hubiesen celebrado el acuerdo, posiblemente la patente hubiese sido anulada, debido a la política pública de fomentar los métodos alternativos de solución de controversias, no era posible exigir a las partes que continuaran litigando para evitar responsabilidad por conductas anticompetitivas. Al iniciar sus consideraciones, la Corte Suprema de los Estados Unidos explicó particularidades de la Drug Price Competition and Patent Term Restoration Act de 1984, también conocida como Hatch-Waxman Act, que inducen a los productores de genéricos y de medicamentos originales a celebrar los reverse payment agreements o acuerdos de pagos complementarios. En primer lugar, para que un medicamento protegido por patente pueda ingresar al mercado estadounidense debe solicitar una autorización ante la Food and Drug Administration (FDA), esta solicitud se conoce como New Drug Application, debe incluir pruebas de seguridad y eficiencia del medicamento. 5 Este tipo de acuerdos son conocidos como Acuerdos de Pago a la inversa (reverse payment agreements), porque implican que el titular de la patente deberá pagar al posible infractor de la misma, y no al contrario; y también como Pay to Delay, debido a que el titular del medicamento original paga a los productores de genéricos para que retrasen su ingreso al mercado. 6 15 USC 45 - Unfair methods of competition unlawful; prevention by Commission: a) Declaration of unlawfulness; power to prohibit unfair practices; inapplicability to foreign trade: (1) Unfair methods of competition in or affecting commerce, and unfair or deceptive acts or practices in or affecting commerce, are hereby declared unlawful.

Por otro lado, para que un genérico ingrese al mercado debe solicitar una autorización equivalente, también ante la FDA. Con el objetivo de agilizar el ingreso al mercado de los genéricos, la Hatch-Waxman Act estableció que la seguridad y eficacia de los mismos puede demostrarse utilizando los estudios anexados a la New Drug Application, siempre que el genérico tenga el mismo agente activo que el medicamento original y sean biológicamente equivalentes, estas solicitudes se conocen como Abreviated New Drug Application (ANDA). Sin embargo, dentro del procedimiento de autorización, el productor de genéricos deberá asegurar a la FDA que el genérico no viola ninguna patente, lo que se puede hacerse a través de varios mecanismos. Uno de ellos es afirmar que la patente que resultaría violada es en realidad nula. Esta afirmación se considera como una violación de la patente que será notificada inmediatamente a su titular, para que decida si inicia un proceso o no. Adicionalmente, quien solicite en primer lugar la Abreviated New Drug Application (ANDA) será recompensado con 180 días de exclusividad, durante los cuales ninguna otra empresa genérica podrá competir con el medicamento original. De esta forma, por medio de los reverse payment agreements, la empresa productora de medicamento original y titular de la patente, evita que su competidor más fuerte, quien solicite un ANDA en primer lugar, ponga en duda la validez de su patente y en riesgo el monopolio que la misma le asegura sobre el mercado. Mientras que quien solicite un ANDA en primer lugar, puede asegurar ganancias por un tiempo mayor a los 180 días de exclusividad que le otorga la Hatch-Waxman Act. Teniendo en cuenta estas particularidades, la Corte Suprema recalcó que el carácter anticompetitivo de los pagos compensatorios no está determinado por la nulidad o no, ni por la violación o no de la patente inmersa en el mismo, contrario a lo que sostuvieron las cortes de instancia, debido a que el acuerdo puede ampliar anticompetitivamente el alcance de la protección conferida por la patente, por ejemplo, evitando que productos que no la violan ingresen al mercado, o bien, permitiendo que una patente que, de no ser por el acuerdo sería anulada, permanezca vigente con el mismo efecto restrictivo de la competencia.

Del mismo modo, la Corte Suprema señaló cinco motivos por los cuales los efectos anticompetitivos de los reverse peyment agreements deben ser analizados bajo la Regla de la razón: 1. Los reverse payment agrements pueden tener graves efectos en la competencia, consistentes en que las partes del acuerdo aseguran un monopolio del mercado mientras subsista la patente, al tiempo que los pacientes-consumidores deben pagar el medicamento a precios demasiado altos, que cubran no solo las ganancias que el titular de la patente espera obtener sino también, el mayor costo que conlleva pagar al productor de genéricos para que se mantenga fuera del mercado. 2. El hecho de que los Reverse payment agreements puedan tener efectos positivos que ameriten su existencia, no justifica que se haya rechazado la demanda de la FTC sin haber realizado un análisis detallado de esos efectos positivos. 3. Cuando un pago compensatorio (Reverse Payment Agreement) tiene la potencialidad de menoscabar la competencia, el titular de la patente probablemente tenga poder de provocar ese daño en la realidad. El tamaño o el monto del pago que el titular de la patente paga a su competidor es un indicador de ese poder. 4. Las acciones administrativas de competencia desleal respecto de estos acuerdos tienen una gran probabilidad de éxito sin que sea necesario analizar judicialmente la validez de la patente, debido a que el pago compensatorio puede funcionar como evidencia de la debilidad de la patente. 5. El hecho de que las partes involucradas en un pago compensatorio puedan ser sancionadas por violar disposiciones antitrust, no significa que no puedan celebrar transacciones para resolver sus conflictos judiciales, sino que deberán hacerlo de otra forma, por ejemplo, permitiendo que el productor de genéricos entre al mercado antes de la expiración de la patente, sin que el titular de la misma le pague por mantenerse fuera de competencia hasta esa fecha. Estas consideraciones no fueron acogidas unánimemente por la Corte. Los jueces Antonin Scalia, Clarence Thomas y el Presidente del órgano judicial, John Roberts, se apartaron de la decisión mayoritaria señalando que los acuerdos bajo estudio no pueden generar efectos anticompetitivos si se cumplen dos condiciones: que se actúe bajo el amparo de una patente válida, y dentro del ámbito de protección de la misma.

Los dos puntos de vista desde los que los jueces de la Corte Suprema de Justicia abordaron la cuestión planteada en el caso FTC contra Actavia, simplemente muestran la prevalencia que los diferentes jueces conceden, unos al Derecho Antitrust, y otros a la Propiedad Intelectual, para resolver una misma pregunta: hasta dónde puede llegar el derecho de exclusión concedido con la patente y hasta qué punto se justifica que la sociedad resulte afectada, en este caso, pagando medicamentos más costosos, para garantizar el amparo de los derechos del titular de la patente bajo el pretexto de fomentar la investigación y el desarrollo. La decisión de la Corte Suprema puede ser consultada en: http://www.supremecourt.gov/oral_arguments/argument_transcripts/12-416.pdf