Qué tengo que hacer para poder dar recibos deducibles de impuestos?
Si ya has constituido tu organización pero aún no eres donataria autorizada para expedir estos recibos, tendrás que modificar tu Acta Constitutiva y Estatutos
!OJO De acuerdo a la ley, para ser donataria, tu organización debe realizar alguna de estas actividades: Asistenciales Educativas Investigación Científica y Tecnológica Culturales Ecológicas De protección a especies en peligro de extinción De Apoyo Económico Becantes Escuela Empresa De obras y Servicios Públicos
Recuerda que ser donataria no es una obligación para las organizaciones como sí lo es, por ejemplo, tener un Acta Constitutiva.
TI P Algunas de las ventajas de ser donatarias son: son reconocidas como personas morales con fines no lucrativos no pagan el Impuesto sobre la Renta por la venta de bienes, intereses recibidos o la obtención del algún premio se les otorga espacio publicitario en el Diario Oficial de la Federación los donativos que reciben son deducibles de impuestos para la persona que los otorga
paso 1 Revisa tu acta constitutiva y estatutos
Al constituir o modificar la organización civil bajo esta modalidad, se deben de asegurar que en el Acta Constitutiva y Estatutos se señale: paso 1 Que funcionan como entidades susceptibles de autorizarse bajo esta modalidad Que sus recursos están destinados exclusivamente a los fines de su objeto social Que al momento de su liquidación sus bienes se destinarán a otras organizaciones autorizadas para recibir donaciones deducibles
TI P En los estatutos no se deben incluir actividades contrarias a lo estipulado por la ley, por ejemplo: paso 1 Perseguir fines de lucro Realizar actividades fuera de México Intervenir en campañas políticas Intervenir o pretender intervenir en legislaciones u ordenamientos jurídicos Incluir actividades deportivas, morales o cívicas Incluir actividades de carácter económico o comercial Compartir los bienes de la organización con terceros
paso 2 Solicita un certificado de que tus actividades se apegan a la ley
La organización debe solicitar un documento certificado y emitido por una autoridad gubernamental competente en la materia, avalando que sus actividades están apegadas a la normatividad aplicable para las donatarias paso 2
paso 3 Presenta tu solicitud ante el Sistema de Administración Tributaria
Para solicitar la autorización de recibir donaciones deducibles de impuestos, debe presentar ante la Administración General Jurídica, o la Administración Local de Servicios al Contribuyente (SAT), la solicitud por escrito que reúna los requisitos a que se refieren el Código Fiscal de la Federación y la Resolución paso 3 Miscelánea Fiscal.
TI P Utiliza el formato que se encuentra en la página de Internet del Sistema de Administración Tributaria www.sat.gob.mx Verifica en este sitio en qué oficina te corresponde presentar el trámite paso 3
TI P paso 3 También puedes presentar un escrito que especifique: Nombre, denominación o razón social de la organización Clave de inscripción al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) Domicilio fiscal manifestado ante el Registro Federal de Contribuyentes. Datos del representante legal de la OSC Domicilio para recibir notificaciones Así como original y copia de: Acta Constitutiva y Estatutos Modificaciones hechas en el Registro Público de la Propiedad Acreditación expedida por el órgano gubernamental correspondiente
paso 4 Entérate de la resolución del SAT
En caso de que el SAT conceda la autorización, emitirá un oficio por medio del cual comunicará a su Organización que ha cumplido con todos los requisitos y formalidades Publicará la misma en el Anexo 14 de la Resolución Miscelánea Fiscal y en el Portal de Internet del SAT. paso 4
paso 5 Solicita comprobantes fiscales deducibles de impuestos
Una vez que hayan recibido el constancia de autorización del SAT, puedes solicitar ante los impresores autorizados la emisión de los comprobantes fiscales deducibles para entregarlos a los donantes. paso 5
TI P Te sugerimos leer los artículos 95, 96 y 99 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
Qué otras cosas te gustaría aprender? Envíanos tus sugerencias a desarrollopolitico@segob.gob.mx o a través de la página www.desarrollopolitico.segob.gob.mx