CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO Secretariado Permanente del STAP de Madrid



Documentos relacionados
Evaluación de la capacidad óptima de medida y alcance de la acreditación de un laboratorio de calibración

Mediciones fotométricas de la condición de la iluminación

Ventajas de iluminación natural

CAPITULO II CARACTERISTICAS DE LOS INSTRUMENTOS DE MEDICION

LA MEDIDA Y SUS ERRORES

GUÍA TÉCNICA PARA LA DEFINICIÓN DE COMPROMISOS DE CALIDAD Y SUS INDICADORES

GESTIÓN Y CONTROL DEL DESARROLLO E IMPLANTACIÓN DE APLICACIONES

ORGANISMO DE ACREDITACIÓN ECUATORIANO - OAE CRITERIOS GENERALES ACREDITACION DE LABORATORIOS DE ENSAYO Y CALIBRACIÓN

MODELACIÓN DE LA CALIDAD DE PROCESOS

La ventana de Microsoft Excel

Análisis y cuantificación del Riesgo

Existen dos sistemas básicos para producir el color: el sistema de color aditivo y el sistema de color sustractivo.

Incertidumbre y errores en mediciones experimentales

ISO 17799: La gestión de la seguridad de la información

Una vez conocido el manejo básico, antes de venir al Laboratorio a manejarlo, puedes practicar con un osciloscopio virtual en el enlace

CAPÍTULO 1 PRIMEROS PASOS

ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD EN LABORATORIO

CALIBRACIÓN DE EQUIPOS DE MEDIDA

Indica la emisión de luz según su dirección. Su unidad es la Candela (lumen / estereorradian) y su símbolo es I.

NOTA INFORMATIVA SOBRE LO DISPUESTO EN EL REAL DECRETO 1000/2010, DE 5 DE AGOSTO, SOBRE VISADO COLEGIAL OBLIGATORIO

NORMA TÉCNICA DE AUDITORÍA SOBRE CONSIDERACIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA DE ENTIDADES QUE EXTERIORIZAN PROCESOS DE ADMINISTRACIÓN

TEMA 6. ILUMINACIÓN Intensidad y difuminación. Prólogo y rectificación del curso

Caso práctico de Cuadro de Mando con Tablas Dinámicas

Control Estadístico del Proceso. Ing. Claudia Salguero Ing. Alvaro Díaz

Documentación del Terminal

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES (2015) (OPERACIONES VINCULADAS)

La composición de una imagen, reglas

Eduardo Kido 26-Mayo-2004 ANÁLISIS DE DATOS

CONTROL DE CAMBIOS. FICHA CONTROL DE CAMBIOS Versión Fecha Descripción de la Modificación

4.4.1 Servicio de Prevención Propio.

El muestreo archivístico, que es una de las técnicas de la Valoración Documental, ha sido

Curso Auditor Interno Calidad

TEMA 5. MUESTREO PARA LA ACEPTACIÓN.

PROPUESTAS COMERCIALES

TEMA 3: EN QUÉ CONSISTE?

CASO PRÁCTICO DISTRIBUCIÓN DE COSTES

EXTRACTO Descripción del uso y manejo de SIRAIS 1.2

Temas de electricidad II

Instrucción IrA (GoTo). Saltos no naturales en el flujo normal de un programa. Pseudocódigo y diagramas de flujo. (CU00182A)

Es de aplicación a aquellos estudios o situaciones en que es necesario priorizar entre un conjunto de elementos.

UTILIZACIÓN DE UNA CUENTA DE CORREO ELECTRÓNICO (NUEVO) Acceso al correo electrónico

International Laboratory Accreditation Cooperation

Qué requisitos deben cumplir los albaranes o notas de entrega?

INTRODUCCION AL CONTROL AUTOMATICO DE PROCESOS

ONARC POL 2 POLÍTICA SOBRE LA TRAZABILIDAD DE LAS MEDICIONES rev. 03

MANUAL DE USUARIO ARCHIVO

FORMACIÓN DE EQUIPOS DE E-LEARNING 2.0 MÓDULO DE DISEÑO Y PRODUCCIÓN DE MATERIALES UNIDAD 6 B

Diseño de puestos ocupados por personas con discapacidad: adaptación y accesibilidad

Para ingresar a la aplicación Microsoft PowerPoint 97, los pasos que se deben seguir pueden ser los siguientes:

Instrumentos de medida usados en instalaciones solares fotovoltaicas.

CUESTIONARIO DE AUTOEVALUACIÓN

Guía para la elaboración de Proyectos de Formación Sindical Ambiental e Investigación en Trabajo y Desarrollo Sustentable

Índice general de materias LECCIÓN 7 74

C/ Foners, 1-1B Palma de Mallorca Tel Fax

Cálculo de altura de formación de auroras.

IES MARXADELLA LABORATORIO DE IMAGEN DIGITAL

Significado de la limitación espectral

CAPITULO 3 LA TEMPERATURA

Recomendaciones para la Evaluación del Cumplimiento de la Normativa de Ruido en el SEIA

FUNDAMENTOS FÍSICOS DE LA RADIOASTRONOMÍA. CAPÍTULO 1. Propiedades de la radiación electromagnética

LABORATORIOS. Mayeline Gómez Agudelo

TELECOMUNICACIONES DE MEXICO

PRÁCTICA NÚMERO 1. MANEJO DEL OSCILOSCOPIO Y DEL GENERADOR DE SEÑALES.

Adaptación del producto

Evaluación del desempeño: los miembros de la familia, a examen

Sistemas de Calidad Empresarial

CAL. CONTROL Y ASEGURAMIENTO DE CALIDAD

2. LOS SISTEMAS DE COSTOS

CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

PROYECTO DE REAL DECRETO /, DE DE, POR EL QUE SE APRUEBA EL REGLAMENTO DE INSTALACIONES DE PROTECCIÓN CONTRA INCENDIOS

TRABAJO POTENCIA Y ENERGÍA

EJEMPLO DE REPORTE DE LIBERTAD FINANCIERA

Manual básico de gestión económica de las Asociaciones

Antoni Miró. Experiencia previa y formación

GUÍA BÁSICA DE USO DEL SISTEMA RED

RECOMENDACIONES DE INVESTIGACIÓN FUTURA.

NIFBdM A-4 CARACTERÍSTICAS CUALITATIVAS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

Fecha Cargo Nombre Firma

LÍNEAS DE VIDA HORIZONTALES

Además se recomienda su uso como herramienta de trabajo dentro de las actividades habituales de gestión.

Actividades para mejoras. Actividades donde se evalúa constantemente todo el proceso del proyecto para evitar errores y eficientar los procesos.

Teclado sobre una PDA para Personas con Parálisis Cerebral

MANUAL DE AYUDA HERRAMIENTA DE APROVISIONAMIENTO

La señalización deberá permanecer en tanto persista la situación que la motiva.

Contenidos Didácticos

Operación 8 Claves para la ISO

REGLAMENTO DE LOS SERVICIOS DE PREVENCIÓN. RD 39/1997, de 17 de enero

TÍTULO: EVALUACIÓN DE RIESGOS POR PUESTO DE TRABAJO Código: EVALUACIÓN DE RIESGOS POR PUESTO DE TRABAJO 10.05

MONITOR DE PESO CALIBRADO POR PESO CONOCIDO Y POR SENSIBILIDAD CONOCIDA MS 3.3.2

IAP ENTORNOS INFORMATIZADOS CON SISTEMAS DE BASES DE DATOS

Informe final de evaluación del seguimiento de la implantación de títulos oficiales GRADO EN FUNDAMENTOS DE LA ARQUITECTURA

FUNCIONES DE PROPORCIONALIDAD

LABORATORIO Nº 2 GUÍA PARA REALIZAR FORMULAS EN EXCEL

Accesibilidad web GUÍA FUNCIONAL

IMPLANTACIÓN EN OBRA DE GRÚAS TORRE: INTERFERENCIAS Y MEDIDAS DE PREVENCIÓN

1 Estática Básica Prohibida su reproducción sin autorización. CONCEPTOS DE FISICA MECANICA. Conceptos de Física Mecánica

Borrador de Proyecto en el que se incorporan propuestas de los Órganos Consultivos del SAAD

LA ENCUESTA DE COMPETENCIAS DE LA POBLACIÓN ADULTA (PIAAC) DESDE EL APRENDIZAJE A LO LARGO DE LA VIDA

Decisión: Indican puntos en que se toman decisiones: sí o no, o se verifica una actividad del flujo grama.

ORDEN ORGANIZACIÓN ESTANDARIZACIÓN LIMPIEZA INTEGRACIÓN

Transcripción:

CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO Secretariado Permanente del STAP de Madrid Edición nº 1 marzo de 2012 Estimados compañer@s: Esta es la primera de una serie de guías sobre temas específicos que servirán de complemento a la Guía básica de prevención de riesgos laborales que dentro de poco tendréis en vuestras manos. El objetivo de esta guía es recopilar la legislación aplicable al tema, dispersa en varias disposiciones reglamentarias, y exponer los conocimientos técnicos imprescindibles que permitan la correcta aplicación de aquella. En aras de una mejor comprensión por todos los posibles lectores, se ha prescindido, en la medida de lo posible, de un estricto rigor científico en la descripción de los fenómenos y en la utilización de los términos, lo que debe justificar algunas inexactitudes. Se tratan aquí algunos aspectos que podréis aplicar para la evaluación de otros riesgos que supongan la realización de medidas. Esperamos que este instrumento os resulte de utilidad para la formación de l@s delegad@s de prevención y para conseguir unos mayores niveles de seguridad y salud para tod@s. Salud, Julio San Millán Rodrigo Sº de Salud Laboral del STAP Cualquier observación sobre el contenido de esta guía puede ser remitida a saludlaboral.ffii.cgt@hotmail.es. Edición nº 1 (marzo de 2012) 1 de 44

ÍNDICE 1. OBJETO 2. INTRODUCCIÓN 3. CONCEPTOS BÁSICOS 3.1. Sobre iluminación. 3.2. Sobre metrología. 4. EXIGENCIAS LEGALES 5. EQUIPOS DE MEDIDA A UTILIZAR 6. MÉTODO DE MEDIDA 7. CRITERIOS DE VALIDEZ DE LAS MEDIDAS EFECTUADAS 8. EFECTOS SOBRE LA SALUD DE UNA DEFICIENTE ILUMINACIÓN 9. CUESTIONARIO PARA LA REALIZACIÓN DE LAS MEDIDAS ANEXO I. Requisitos de iluminación para áreas interiores, tareas y actividades (según EN 12464-1:2002). ANEXO II. Requisitos de iluminación para áreas exteriores, tareas y actividades (según EN 12464-2:2007). ANEXO III. Cuestionario para la realización de medidas de iluminancia. Edición nº 1 (marzo de 2012) 2 de 44

1.- OBJETO Esta guía tiene por objeto indicar el modo en que deben efectuarse las medidas de nivel de iluminación en los lugares de trabajo, para comprobar el cumplimiento de lo establecido en el RD 486/1997 para la evaluación y prevención de los riesgos relativos a la utilización de los lugares de trabajo. Esta guía también tiene por objeto indicar los conceptos básicos para determinar si las medidas efectuadas y los equipos empleados cumplen con los requerimientos legales y reglamentarios. Esta guía no tiene por objeto la descripción de las medidas de otras magnitudes lumínicas, como la luminancia, recogidas, por ejemplo, en el RD 488/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud para la utilización de pantallas de visualización de datos (PVD s) o el RD 486/2010 sobre la protección de la salud y la seguridad de los trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a radiaciones ópticas artificiales. Deben entenderse por lugares de trabajo los incluidos en la definición contenida en el RD 486/1997. 2.- INTRODUCCIÓN Realizamos esta introducción por considerar necesario saber qué es lo que se quiere medir cuando se utiliza un medidor del nivel de iluminación (llamado luxómetro o iluminancímetro). El ser humano es capaz de captar el mundo que le rodea a través de los órganos de sus cinco sentidos. Mediante los ojos puede captar cualidades de los objetos tales como la forma, el color, el brillo, etc. No todas las personas poseen la misma visión. Cualquiera hemos oído hablar, por ejemplo, del daltonismo e incluso podemos tener a algún conocido que tenga esta anomalía en la percepción de los colores. Somos capaces de ver los objetos coloreados, pero los objetos no poseen color en sí mismos. La luz que emite el Sol y la de cualquier fuente de luz (lámpara incandescente, tubo fluorescente, diodo LED, etc.) no son iguales entre sí, pues se diferencian en su espectro de emisión, como explicaremos más adelante. Un rayo de luz blanca se descompone al pasar por un prisma en una gama de colores que van desde el rojo al violeta. Edición nº 1 (marzo de 2012) 3 de 44

Figura 1.- Descomposición de la luz blanca en diferentes colores. La luz posee un comportamiento similar al de una onda, aunque también tiene propiedades de corpúsculo. Toda onda posee una longitud de onda. Figura 2.- Espectro electromagnético en el que se ha ampliado la zona correspondiente al espectro visible Nuestros ojos son sensibles a una parte del espectro electromagnético (concretamente a la radiación con longitudes de onda comprendidas entre unos 380 nm, correspondientes al violeta, y unos 780 nm del rojo muchas personas sólo ven en una banda más reducida de entre unos 400 nm y unos 700 nm-). Los ojos de otros animales son sensibles a otras longitudes de onda. Así, las abejas, pueden ver longitudes de onda más allá de la del color que llamamos violeta. Figura 3.- Sensibilidad de los distintos tipos de conos y de los bastones del ojo humano. Edición nº 1 (marzo de 2012) 4 de 44

En la figura 4 se muestra el espectro de emisión de una lámpara de vapor de sodio de alta presión. La explicación del mismo es la siguiente: Se ha representado en el eje horizontal las distintas longitudes de onda del espectro electromagnético correspondiente a la luz visible por el ojo humano. Los colores del fondo del diagrama se corresponden con los que tendría la luz de la longitud de onda indicada en el eje horizontal. No sería preciso haber coloreado el gráfico para representar el espectro de emisión, pues bastaría con dibujar la línea negra, pero así este resulta más comprensible. Figura 4.- Espectro de emisión de una lámpara de vapor de sodio de alta presión La lámpara emite energía en forma de fotones (luz). Cada fotón tiene una longitud de onda diferente. En el eje horizontal hemos agrupado las longitudes de onda en intervalos de 5 nm 1. En el eje vertical hemos representado, en cierto modo, el porcentaje de energía que emite esa lámpara para cada uno de los intervalos de longitudes de onda. Como puede apreciarse, la mayoría de la radiación electromagnética que es emitida en este caso está en la zona de los 600 nm. Conocer el espectro de emisión de una fuente de luz es importante, porque va a determinar cómo percibimos el color. Al fin y al cabo podríamos decir que los objetos no poseen color en sí mismos y que el color con que los vemos dependerá de la luz, de diferentes longitudes de onda, que sean capaces de reflejar. Si la luz que incide sobre el objeto no posee ciertas longitudes de onda será imposible que refleje las mismas, aunque pudiera hacerlo. El espectro de emisión del sol podemos decir que es siempre el mismo, pero las diferentes condiciones atmosféricas y otros factores (como su posición sobre el horizonte) hacen que la luz que recibimos de él no posea siempre la misma distribución espectral. 1 nm: nanómetro. Edición nº 1 (marzo de 2012) 5 de 44

Figura 5.- Espectros de emisión de diferentes fuentes de luz Así pues, si iluminamos un mismo objeto con luz solar y con luz proveniente de otra fuente lumínica, percibiremos sus colores de modo que pueden llegar a ser muy diferentes. También sucederá que percibiremos de modo diferente los colores del mismo objeto iluminado con luz solar según la hora y las condiciones atmosféricas. Cuando realizamos la iluminación de cualquier superficie u objeto nos puede interesar resaltar ciertas características del mismo o lograr ciertos efectos. En principio, parece que la mejor iluminación es la que se efectúe con luz solar o con una fuente de luz con un espectro similar al del sol, siempre teniendo en cuenta que la luz que nos llega del sol no es la misma en todo momento. Sin embargo, no disponemos de lámparas que emitan una luz completamente similar a la del sol (una de las más parecidas es la que proporciona una lámpara de filamento incandescente de tungsteno). Además hay que tener en cuenta otros muchos factores que nos llevan a elegir fuentes de luz muy diferentes a la ideal. Uno de ellos, muy importante, es el económico, que nos puede llevar a utilizar lámparas de bajo consumo. Es necesario también hablar aquí sobre un concepto que nos veremos en la necesidad de utilizar. Este concepto es el de temperatura de color. Y para hablar de la temperatura de color tendremos que hablar de lo que es un cuerpo negro. Un cuerpo negro ideal es aquel en el que toda la energía incidente sobre él es absorbida. En nuestra experiencia cercana sabemos que si nos ponemos al sol con ropa de color negro la sensación de calor que experimentaremos será mayor Edición nº 1 (marzo de 2012) 6 de 44

que si llevamos ropa de color claro. Algo similar vemos cuando nos introducimos en un coche de color negro, en lugar de uno blanco, o cuando tocamos una superficie metálica pintada de negro. Si cogemos ese cuerpo negro ideal y vemos la energía que emite cuando lo calentamos apreciaremos que esta se distribuye según diferentes longitudes de onda. Cuanto mayor es la temperatura a la que calentamos el cuerpo negro ideal suceden dos cosas: a) la energía total emitida por el cuerpo negro se incrementa; b) la longitud de onda a la cual corresponde la máxima emisión de energía se acorta (se desplaza desde la zona infrarroja a la zona violeta). Esto se puede ver en la figura 5. La temperatura de color de una fuente de luz se define comparando su color dentro del espectro luminoso con el de la luz que emitiría un cuerpo negro calentado a una temperatura determinada. Como todos los términos utilizado en iluminación ofrece una compresión difícil, pero lo interesante es conocer su existencia y que hay aplicaciones de iluminación para las que se recomienda que tenga determinado valor. Un último comentario es el relativo a la sensación subjetiva que pueden producir los diferentes colores, para cuya obtención es fundamental la elección del tipo de lámpara, como acabamos de ver. En los lugares de trabajo donde sea necesario combinar la luz natural y la artificial se recomienda el empleo de lámparas con una temperatura de color comprendida entre 4.000 y 5.000 grados Kelvin. Esta tonalidad, compatible con la de la luz natural, se puede lograr fácilmente utilizando lámparas fluorescentes o de descarga. Sin embargo, las lámparas incandescentes estándar tienen una temperatura de color demasiado baja para esta finalidad. Edición nº 1 (marzo de 2012) 7 de 44

3.- CONCEPTOS BÁSICOS En este apartado se habla sobre una serie de conceptos, con mayor o menor rigor técnico y extensión, según la necesidad, procurando que puedan ser entendidos por los usuarios de la presente guía 2. 3.1.- SOBRE ILUMINACIÓN Nivel de iluminación. Es la cantidad de energía en forma de luz recibida por una superficie. Se denomina también iluminancia. Su unidad de medida es el lux. Iluminancia mantenida. Valor por debajo del cual no se permite que caiga la iluminancia media, en una superficie determinada, para la adecuada realización de una tarea. Temperatura de color. La temperatura de color es la apariencia subjetiva de color de una fuente de luz, es decir, es el color que percibe el observador de la luz. Se distinguen: Luz cálida Luz neutra Luz fría T < 3.300 K 3.300 K < T < 5.300 K T > 5.300 K Índice de reproducción cromática (IRC, Ra). Define la capacidad de una fuente de luz para reproducir el color de los objetos que ilumina. Toma valores entre 0 y 100, correspondiendo valores más altos de índice a mayor calidad de reproducción cromática. La norma UNE-EN 12464-1:2003 sobre iluminación para interiores no recomienda valores de Ra menores de 80 para iluminar interiores en los que las personas trabajen o permanezcan durante largos periodos. Deslumbramiento. El deslumbramiento es la sensación producida por áreas brillantes intensas dentro del campo de visión y puede ser experimentado como 2 Por tanto, las definiciones contenidas en esta guía no tienen porqué coincidir con las dadas en normas nacionales o internacionales. Edición nº 1 (marzo de 2012) 8 de 44

deslumbramiento molesto o perturbador. El deslumbramiento causado por la reflexión en superficies es conocido como deslumbramiento reflejado. Índice de Deslumbramiento Unificado (UGR, Unified Glare Rating). Índice para cuantificar el deslumbramiento ocasionado directamente por las fuentes de luz. Toma valores entre 10 y 31, siendo mayor el deslumbramiento cuanto más alto sea el valor obtenido Luxómetro. Equipo que proporciona el valor del nivel de iluminación sobre una superficie. Se denomina también iluminancímetro. 3.2.- SOBRE METROLOGÍA Los términos empleados para indicar la calidad de las medidas efectuadas con cualquier equipo de medida se suelen utilizar de un modo bastante impreciso y muchas veces incorrecto. Existe un Vocabulario Internacional de términos fundamentales y generales de Metrología (VIM). Podemos acceder a un glosario de términos en el siguiente link del Centro Español de Metrología: http://www.cem.es/cem/metrologia/glosario_de_terminos?page=2&term_node_tid_depth_1=21 Los términos metrológicos relativos a un luxómetro y a las medidas que este facilita y que debemos conocer son los siguientes: Rango de medida. Se denomina también escala o alcance e indica el valor máximo que puede leerse en el display de un equipo de medida con una configuración determinada de sus mandos. Ejemplo: para ilustrar esta definición y las siguientes usaremos la tabla de especificaciones, que se muestra a continuación, que proporciona el fabricante de un luxómetro: Rangos de medida: Resolución para cada rango: Precisión: 40 lux, 400 lux, 4 klux, 40 klux y 400 klux. 0,01 lux, 0,1 lux, 1 lux, 10 lux y 100 lux. ± 3 % de lectura ± 0,5 % del final de escala. ± 4 % de lectura ± 10 dígitos para lecturas > 10.000 lux. Precisión espectral: Función CIE Vλ f 1 6 %. Calibrado para lámpara incandescente estándar en Temperatura de color de 2856 K. El luxómetro en cuestión posee 5 rangos de medida: 40 lux, 400 lux, 4.000 lux, 40.000 lux y 400.000 lux. En cualquiera de estos cuatro rangos, podemos medir desde 0 lux hasta el valor máximo de cada uno de ellos. Si queremos hacer una lectura de 50 lux, no podremos utilizar el rango, o alcance, de 40 lux (el equipo proporcionaría en pantalla la indicación OL overload, sobrecarga-), y Edición nº 1 (marzo de 2012) 9 de 44

podremos utilizar los alcances de 400 ó 4.000 lux. Los rangos de 40 klux (40.000 lux) y 400 klux (400.000 lux) no lo podremos utilizar porque: en el caso del rango de 40 klux la resolución de dicho rango, 10 lux, es demasiado grande en comparación con el valor a leer, y en el rango de 400 klux es superior al mismo. Se puede plantear la pregunta: por qué el equipo no posee únicamente un único rango, por ejemplo de 20.000 lux, ya que con este podemos medir cualquier nivel de iluminación entre 0 y 20.000 lux? La respuesta a esta pregunta tiene que ver con la resolución que proporciona el equipo en cada uno de esos rangos y con la precisión o más correctamente denominada exactitud - que posee dicho equipo. Esto se verá a continuación. Resolución de un dispositivo visualizador. La definición dada en el VIM es la siguiente: mínima diferencia entre indicaciones visualizadas que puede percibirse de forma significativa. Ejemplo: siguiendo con el ya iniciado, si leemos 50 lux en el luxómetro considerado, vamos a poder ver en la pantalla de visualización o display las siguientes indicaciones: En el rango de 400 lux: 49,9, 50,0 ó 50,1 En el rango de 4.000 lux: 49, 50 ó 51 Como puede apreciarse, en el primer caso, la resolución es de 0,1 lux. En cambio, en el rango de 4.000 lux tenemos una resolución de 1 lux. Esto afecta tanto a la posibilidad de hacer ciertas medidas con el equipo por ejemplo de las rutas de evacuación-, como a la precisión del mismo. Error de medida. Es la diferencia entre el valor medido de una magnitud y el verdadero valor de esa magnitud. El verdadero valor, que nunca es conocido con total exactitud, puede estar facilitado por un equipo de medida extremadamente preciso o estar materializado de algún modo (por ejemplo, una pesa patrón). El error de un equipo de medida concreto, en determinados puntos de cada uno de sus rangos o alcances, se obtiene calibrando dicho aparato en un laboratorio de calibración. El fabricante del equipo de medida, cuando este sale de sus instalaciones, garantiza que los errores máximos que presenta están dentro de unos límites, que se definen asignado una clase de precisión al equipo. Los errores de medida se pueden expresar en valor absoluto o en valor relativo (normalmente, en % -tanto por ciento-). Ejemplo: un luxómetro, del fabricante y modelo que venimos hablando, ha sido calibrado en el rango, o alcance, de 400 lux y en el punto de 50 lux. El laboratorio facilita un error del + 2 % (error expresado en valor relativo). Esto quiere decir que cuando el luxómetro mida en un lugar donde el nivel de iluminación verdadero sea de 50 lux, el luxómetro facilitará una lectura de 51 lux, aproximadamente. El laboratorio de calibración podría indicar en el certificado que el error de medida, en ese punto, es de + 1 lux (error expresado en valor absoluto). Edición nº 1 (marzo de 2012) 10 de 44

Precisión. Este término se utiliza normalmente para indicar la proximidad del valor medido por el equipo al valor real de la magnitud que se está midiendo, de modo que cuanto más preciso es un equipo, menor es el error de la medida, es decir, menor es la diferencia entre el valor real o verdadero de la magnitud que estamos midiendo y la medida que nos proporciona el equipo. Sin embargo, para formular esta idea el término que debemos usar es el de exactitud, si seguimos lo indicado en el VIM. En este la definición para exactitud es la siguiente: Proximidad entre un valor medido y un valor verdadero de un mensurando 3. Ejemplo: volvamos a la hoja de especificaciones para el luxómetro que nos facilita el fabricante. Vemos que nos indica que su precisión es: ± 3 % de lectura ± 0,5 % del final de escala. ± 4 % de lectura ± 10 dígitos para lecturas > 10.000 lux. Por tanto, y continuando con el ejemplo, la precisión en la medida de 50 lux en cada uno de los dos rangos que podríamos utilizar sería la siguiente: En el rango de 400 lux: leemos 50,0 lux. Luego: ± 3 % de 50,0 (= 1,50) ± 0,5 % de 400 lux (= 2,00) = ± 3,50 lux. Que expresado en % sobre el valor leído, es: (3,50 x 100) / 50,0 = 7 %. En el rango de 4.000 lux: leemos 50 lux. Luego: ± 3 % de 50 (= 1,50) ± 0,5 % de 4.000 lux (= 20,00) = ± 21,50 lux. Que expresado en % sobre el valor leído, es: (21,50 x 100) / 50 = 43 %. Vemos claramente que cuanto más pequeño sea el valor que estamos midiendo en relación con el valor máximo del rango o alcance mayor será el error que cometeremos. Incluso este puede llegar a tener valores que no podemos admitir, como en este ejemplo. Por tanto, siempre que tengamos un equipo de medida con varios alcances, lo mejor es utilizar el rango más bajo en el cual podamos obtener una lectura. Nota muy importante: debemos advertir que la precisión que indica el fabricante en este caso está dada par la medida de niveles de iluminación proporcionados por lámparas con un patrón de luz correspondiente al espectro de emisión de una lámpara incandescente con una temperatura de color de 2856 K, con lo que la precisión para la medida de los niveles de iluminación proporcionados por lámparas que posean otros espectros de emisión diferentes nos es desconocida 4. Incertidumbre. No utilizaremos la definición del VIM porque nos dificultaría la comprensión del concepto. En este documento hablaremos del concepto de 3 La definición para mensurando del VIM es la siguiente: Magnitud que se desea medir. 4 La indicación dada por el fabricante Precisión espectral: Función CIE Vλ f 1 6 % quiere decir que la sensibilidad del luxómetro se acerca a la del ojo humano (diferencia 6 %). Edición nº 1 (marzo de 2012) 11 de 44

incertidumbre que nos interesa conocer, que es el que aparece en el certificado de calibración del luxómetro. La incertidumbre es un valor que se debe mostrar en el certificado de calibración del luxómetro en las mismas unidades con que se refleja el error que este posee. Nos indica la calidad de la calibración que ha realizado el laboratorio de calibración, de modo que cuanto menor sea la incertidumbre de calibración mejor será esta. Una incertidumbre de calibración muy grande en relación con la precisión del equipo de medida nos puede llevar a rechazar la validez de la calibración efectuada. Ejemplo: en el caso que venimos analizando, en el certificado de calibración del luxómetro, junto con el error para el punto de medida de 50 lux, en el rango de 400 lux, que recordemos era de + 2 %, el laboratorio de calibración indica que la incertidumbre de calibración es del 2,5 %, con un factor k = 2, correspondiente a una probabilidad de cobertura de aproximadamente el 95 %. En este caso, lo que nos está diciendo el laboratorio de calibración es que él ha obtenido un error del + 2 %, para el punto de 50 lux, y que garantiza que el error verdadero de ese luxómetro en ese punto está en el intervalo [+ 2 % - 2,5 %, + 2 % + 2,5 %], o lo que es lo mismo [-0,5 %, +4,5 %] con el 95 % de probabilidad. Naturalmente, una incertidumbre de calibración del ± 2,5 %, cuando la precisión del equipo en ese punto es del ± 7 %, no es una situación muy óptima, puesto que lo deseable es que la incertidumbre sea al menos entre 4 y 5 veces menor que la precisión en el punto de medida calibrado. En cualquier caso, la incertidumbre de calibración que facilite el laboratorio de calibración nunca podrá ser inferior a la indicada en el alcance de su acreditación como capacidad óptima de medida. Certificado de calibración: Documento que emite un laboratorio de calibración tras efectuar la calibración de un equipo de medida. Calibrar implica siempre comparar dos medidas: por un lado la realizada con el equipo de medida que se calibra (denominado, en general, calibrando); por otro, la efectuada por el equipo patrón del laboratorio (equipo este que tiene un error tan pequeño que es despreciable, de modo que se considera que la lectura por él proporcionada es el verdadero valor de la magnitud que miden ambos equipos -calibrando y patrón-). Todo certificado de calibración de cualquier equipo de medida debe de contener una serie mínima de datos: a) Identificación completa del equipo calibrado: marca, modelo y número de serie. b) Identificación completa del laboratorio que efectúa la calibración. c) Puntos de medida en que se ha efectuado la calibración, indicando para cada punto el error obtenido y la incertidumbre asociada a la calibración. Edición nº 1 (marzo de 2012) 12 de 44

d) Fecha en la que se ha efectuado la calibración. En el certificado de calibración no debe aparecer el período de recalibración recomendado. Es obligación del propietario del equipo de medida, no del laboratorio de calibración, determinar dicho período. Laboratorio acreditado: La acreditación es un mecanismo independiente, riguroso y global que garantiza la competencia técnica de los laboratorios de calibración y su sujeción a normas de carácter internacional. La acreditación es la herramienta establecida a escala internacional para generar confianza sobre la actuación de un tipo de organizaciones muy determinado que se denominan de manera general Organismos de Evaluación de la Conformidad y que abarca a los Laboratorios de ensayo, Laboratorios de Calibración, Entidades de Inspección, Entidades de Certificación y Verificadores Ambientales. Los laboratorios de calibración acreditados en España lo son por ENAC (Entidad Nacional de Acreditación): http://www.enac.es. Hay alguna diferencia entre 'exactitud' y 'precisión'? SI, existe una gran diferencia. Aunque en el lenguaje de calle, ambos términos son sinónimos, sin embargo, metrológicamente, los términos exactitud y precisión, aunque relacionados entre sí, no deben intercambiarse, ya que la diferencia entre ambos es significativa. El Vocabulario Internacional de términos fundamentales y generales de Metrología (VIM) define el término exactitud como el grado de concordancia entre el resultado de una medición y un valor verdadero del mensurando, haciendo hincapié en que a) el término exactitud es cualitativo y b) que no se utilice el término exactitud en lugar de precisión. Sin embargo, este último término no aparece definido en el VIM, por lo que tomamos su definición y ligazón con el término exactitud de la norma UNE 82009-1, equivalente a la ISO 5725-1. En esta norma, el término exactitud engloba a la veracidad y a la precisión, pudiendo escribirse: EXACTITUD = VERACIDAD + PRECISIÓN La veracidad, definida como el grado de coincidencia entre el valor medio obtenido de una gran serie de resultados y un valor aceptado como referencia, viene expresada usualmente en términos de sesgo, definiéndose este como la diferencia entre el valor medio obtenido y un valor aceptado como referencia (p. ej., un valor convencionalmente verdadero del mensurando). El sesgo es pues el error sistemático total, por oposición al error aleatorio, pudiendo existir uno o más errores sistemáticos contribuyendo al sesgo. A mayor error sistemático respecto al valor aceptado como referencia, mayor sesgo, y viceversa. Por su parte, la precisión se define como el grado de coincidencia existente entre los resultados independientes de una medición, obtenidos en condiciones estipuladas, ya sea de repetibilidad, de reproducibilidad o intermedias. Así pues, la precisión depende únicamente de la distribución de los resultados, no estando relacionada con el valor verdadero o especificado. La precisión se expresa generalmente a partir de la desviación típica de los resultados. A mayor desviación típica menor precisión. Edición nº 1 (marzo de 2012) 13 de 44

Qué relación existe entre 'exactitud', 'precisión' e 'incertidumbre'? Cuando expresamos el resultado de una medición en la forma debida; es decir, añadiendo al resultado la incertidumbre asociada al mismo, por ejemplo, 5,47 mm ± 0,02 mm, lo que estamos indicando es el nivel de confianza existente, normalmente un 95%, de que el verdadero valor del mensurando se encuentre dentro del intervalo ± 0,02 mm. Es la diferencia entre el resultado y el valor convencionalmente verdadero o de referencia, la que nos informa del sesgo o error sistemático total existente. Si dicho error es corregible, entonces cuanto más precisa haya sido la medición (menor dispersión se haya observado en los resultados), menor incertidumbre asociada obtendremos, aunque también existirán contribuciones a la incertidumbre procedentes de las propias correcciones efectuadas. No hay que olvidar que para la estimación de la incertidumbre, se parte de la hipótesis de que todos los errores sistemáticos conocidos han sido corregidos previamente Si el error sistemático no es corregible, entonces la incertidumbre aumentará, ya que habrá que combinar la desviación típica que caracteriza la precisión, con el propio error sistemático, a fin de obtener una incertidumbre que englobe todas las contribuciones. En resumen, siempre ocurre que a mayor precisión, menor incertidumbre, pero si la medición no es exacta y hay errores sistemáticos sin cancelar, a igual precisión, la incertidumbre será tanto mayor cuanto mayor sean dichos errores, siempre que actuemos como indica la Guía para la expresión de la incertidumbre y los tengamos en cuenta en la estimación de U. Es posible realizar una calibración sin evaluar su incertidumbre? Según el Vocabulario internacional de términos metrológicos (VIM), el resultado de medición es "el valor atribuido al mensurando, obtenido por medición", y el resultado no está completo si no incluye información sobre la incertidumbre de medida. Además, la norma UNE-EN ISO/IEC 17025:2005 - Requisitos generales para la competencia de los laboratorios de ensayo y calibración indica claramente (5.10.4.1) que los certificados de calibración deben incluir la incertidumbre de medición. Así pues, para que un informe o certificado pueda ser llamado de calibración es indispensable acompañar los resultados de las mediciones de su respectiva incertidumbre. Yendo más allá de los requisitos formales, los resultados de calibración se usan para corregir las lecturas de los instrumentos y para estimar la incertidumbre de las mediciones con ellos realizadas. Además, para garantizar el cumplimiento de tolerancias y especificaciones, debe tenerse en cuenta el efecto de la incertidumbre de medida. Figura 6.- Ilustración de los conceptos de exactitud y precisión. En la figura, el punto rojo es el valor medio de cada una de las medidas individuales efectuadas con un mismo equipo de medida (estas serían los puntos negros). El valor real o verdadero es el punto del centro de la diana. Edición nº 1 (marzo de 2012) 14 de 44

4.- EXIGENCIAS LEGALES Las exigencias legales en cuanto a niveles de iluminación se recogen en el RD 486/1997, tanto en el artículo 8 como en el Anexo IV del mismo. RD 486/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud de los lugares de trabajo Artículo 8. Iluminación La iluminación de los lugares de trabajo deberá permitir que los trabajadores dispongan de condiciones de visibilidad adecuadas para poder circular por los mismos y desarrollar en ellos sus actividades sin riesgo para su seguridad y salud. La iluminación de los lugares de trabajo deberá cumplir, en particular, las disposiciones del anexo IV. ANEXO IV ILUMINACIÓN DE LOS LUGARES DE TRABAJO 1. La iluminación de cada zona o parte de un lugar de trabajo deberá adaptarse a las características de la actividad que se efectúe en ella, teniendo en cuenta: a) Los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores dependientes de las condiciones de visibilidad. b) Las exigencias visuales de las tareas desarrolladas. 2. Siempre que sea posible, los lugares de trabajo tendrán una iluminación natural, que deberá complementarse con una iluminación artificial cuando la primera, por sí sola, no garantice las condiciones de visibilidad adecuadas. En tales casos se utilizará preferentemente la iluminación artificial general, complementada a su vez con una localizada cuando en zonas concretas se requieran niveles de iluminación elevados. 3. Los niveles mínimos de iluminación de los lugares de trabajo serán los establecidos en la siguiente tabla: (*) El nivel de iluminación de una zona en la que se ejecute una tarea se medirá a la altura donde ésta se realice; en el caso de zonas de uso general a 85 cm. del suelo y en el de las vías de circulación a nivel del suelo. Estos niveles mínimos deberán duplicarse cuando concurran las siguientes circunstancias: a) En las áreas o locales de uso general y en las vías de circulación, cuando por sus características, estado u ocupación, existan riesgos apreciables de caídas, choques u otros accidentes. b) En las zonas donde se efectúen tareas, cuando un error de apreciación visual durante la realización de las mismas pueda suponer un peligro para el trabajador que las ejecuta o para terceros o cuando el contraste de luminancias o de color entre el objeto a visualizar y el fondo sobre el que se encuentra sea muy débil. No obstante lo señalado en los párrafos anteriores, estos límites no serán aplicables en aquellas actividades cuya naturaleza lo impida. 4. La iluminación de los lugares de trabajo deberá cumplir, además, en cuanto a su distribución y otras características, las siguientes condiciones: Edición nº 1 (marzo de 2012) 15 de 44

a) La distribución de los niveles de iluminación será lo más uniforme posible. b) Se procurará mantener unos niveles y contrastes de luminancia adecuados a las exigencias visuales de la tarea, evitando variaciones bruscas de luminancia dentro de la zona de operación y entre ésta y sus alrededores. c) Se evitarán los deslumbramientos directos producidos por la luz solar o por fuentes de luz artificial de alta luminancia. En ningún caso éstas se colocarán sin protección en el campo visual del trabajador. d) Se evitarán, asimismo, los deslumbramientos indirectos producidos por superficies reflectantes situadas en la zona de operación o sus proximidades. e) No se utilizarán sistemas o fuentes de luz que perjudiquen la percepción de los contrastes, de la profundidad o de la distancia entre objetos en la zona de trabajo, que produzcan una impresión visual de intermitencia o que puedan dar lugar a efectos estroboscópicos. 5. Los lugares de trabajo, o parte de los mismos, en los que un fallo del alumbrado normal suponga un riesgo para la seguridad de los trabajadores dispondrán de un alumbrado de emergencia de evacuación y de seguridad. 6. Los sistemas de iluminación utilizados no deben originar riesgos eléctricos, de incendio o de explosión, cumpliendo, a tal efecto, lo dispuesto en la normativa específica vigente. Además, por razones de seguridad, en las rutas de evacuación y en determinados puntos concretos de los edificios se exigen unos niveles mínimos de iluminación, según determina el Documento Básico SU (Seguridad de Utilización) del Código Técnico de la Edificación (CTE) 5. Sección SU 4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada 1 Alumbrado normal en zonas de circulación 1 En cada zona se dispondrá una instalación de alumbrado capaz de proporcionar, como mínimo, el nivel de iluminación que se establece en la tabla 1.1, medido a nivel del suelo, El factor de uniformidad media será del 40% como mínimo. 2 En las zonas de los establecimientos de uso Pública Concurrencia en las que la actividad se desarrolle con un nivel bajo de iluminación, como es el caso de los cines, teatros, auditorios, discotecas, etc., se dispondrá una iluminación de balizamiento en las rampas y en cada uno de los peldaños de las escaleras. 2.3 Características de la instalación 1 La instalación será fija, estará provista de fuente propia de energía y debe entrar automáticamente en funcionamiento al producirse un fallo de alimentación en la instalación de alumbrado normal en las zonas cubiertas por el alumbrado de emergencia. Se considera como fallo de alimentación el descenso de la tensión de alimentación por debajo del 70% de su valor nominal. 5 RD 314/2006 por el que se aprueba el Código Técnico de la Edificación. Edición nº 1 (marzo de 2012) 16 de 44

2 El alumbrado de emergencia de las vías de evacuación debe alcanzar al menos el 50% del nivel de iluminación requerido al cabo de los 5 s y el 100% a los 60 s. 3 La instalación cumplirá las condiciones de servicio que se indican a continuación durante una hora, como mínimo, a partir del instante en que tenga lugar el fallo: a) En las vías de evacuación cuya anchura no exceda de 2 m, la iluminancia horizontal en el suelo debe ser, como mínimo, 1 lux a lo largo del eje central y 0,5 lux en la banda central que comprende al menos la mitad de la anchura de la vía. Las vías de evacuación con anchura superior a 2 m pueden ser tratadas como varias bandas de 2 m de anchura, como máximo. b) En los puntos en los que estén situados los equipos de seguridad, las instalaciones de protección contra incendios de utilización manual y los cuadros de distribución del alumbrado, la iluminancia horizontal será de 5 lux, como mínimo. c) A lo largo de la línea central de una vía de evacuación, la relación entre la iluminancia máxima y la mínima no debe ser mayor que 40:1. d) Los niveles de iluminación establecidos deben obtenerse considerando nulo el factor de reflexión sobre paredes y techos y contemplando un factor de mantenimiento que englobe la reducción del rendimiento luminoso debido a la suciedad de las luminarias y al envejecimiento de las lámparas. e) Con el fin de identificar los colores de seguridad de las señales, el valor mínimo del índice de rendimiento cromático Ra de las lámparas será 40. Edición nº 1 (marzo de 2012) 17 de 44

5.- EQUIPOS DE MEDIDA A UTILIZAR Para la medida de los niveles de iluminación usaremos un aparato que se denomina luxómetro o iluminancímetro. Figura 7.- Cuatro luxómetros con distinto tipo de sensor. En los cuatro luxómetros de la figura 7 el elemento sensor (captador de la luz) es la parte redonda de color blanco (señalado con las flechas amarillas). Edición nº 1 (marzo de 2012) 18 de 44

6.- MÉTODO DE MEDIDA Las medidas se efectuarán a las alturas indicadas en la nota del punto 3 del Anexo IV del RD 486/1997. Es decir: a) sobre la superficie donde se realice la tarea, como mesas de ordenador, bancos de trabajo, o a la altura a la que se realice la tarea, como un tornillo de joyero, el útil de una fresadora, ; b) a 85 cm sobre el suelo en áreas de uso general, como almacenes, vestuarios, ; c) sobre el suelo, como en los recorridos de las rutas de evacuación. Las medidas se realizarán manteniendo el fotodiodo en posición horizontal 6 a la altura de medida requerida, extremando las precauciones para que el técnico que las efectúa no proyecte sombra con su cuerpo sobre el sensor. Sin embargo, no se apartarán equipos presentes de modo habitual en el puesto de trabajo evaluado y que proyecten sombra sobre la superficie de trabajo. Las medidas se efectuarán en las condiciones más desfavorables de iluminación. Esto quiere decir que si un puesto de trabajo está situado junto a una ventana, deberán efectuarse las medidas en el mismo cuando no haya luz natural diurna, puesto que en invierno los trabajadores que lo ocupen pueden estar presentes en unas horas donde aquella no exista. No obstante, también puede suceder que la situación en cuanto a la iluminación pueda ser más desfavorable cuando exista gran cantidad de luz solar, por la existencia entonces de reflejos, deslumbramientos directos, etc. Esto debe de ser tenido en cuenta en la evaluación de riesgos, pero no forma parte del objeto de esta guía. Para cada medida, se indicará: a) la fecha y hora en que se realiza; b) el puesto de trabajo; c) si el puesto de trabajo es grande, los diferentes lugares dentro del mismo donde se mide; d) el tipo de lámpara que proporciona la iluminación, indicando su temperatura de color; e) el valor medido con las cortinas, persianas, estores, etc., sin cerrar y con ellos completamente cerrados, y en el primer caso, tanto con la iluminación artificial conectada como sin conectar; f) la inclinación del sensor de medida, si la superficie de trabajo no es horizontal 7. 6 Excepto en los casos referidos en la siguiente nota. 7 Según indica la Guía Técnica del INSHT del RD 486/1997, el sistema de iluminación debe ser diseñado de tal forma que los niveles de iluminación se obtengan en el mismo lugar donde se realiza la tarea. Así pues, dichos niveles deberían ser medidos a la altura del plano de trabajo y con su misma inclinación, dado que los niveles de iluminación horizontal, vertical o en cualquier otro plano pueden ser distintos. Edición nº 1 (marzo de 2012) 19 de 44

7.- CRITERIOS DE VALIDEZ DE LAS MEDIDAS EFECTUADAS Al hablar de validez de las medidas efectuadas nos queremos referir a dos aspectos independientes. A) Por un lado está el aspecto relativo a si las medidas efectuadas por el luxómetro que haya utilizado el técnico de prevención de riesgos laborales podemos considerarlas como fiables y reflejo real de los niveles de iluminación existentes en los puestos de trabajo. Esto se cumplirá si: 1º.- El luxómetro está calibrado. Esto se comprueba mirando si tiene adherida una etiqueta de calibración 8. En esta deberá figurar la fecha de calibración. Todos los equipos pueden sufrir diversos deterioros y, a causa de esto, descalibrarse, aumentando sus errores de medida hasta valores inaceptables. Los luxómetros son equipos que llevan diversos componentes bastante sensibles, tanto a las temperaturas extremas como a la suciedad o a una limpieza inadecuada. Por tanto, un período de recalibración anual es razonable y no se deberían utilizar, bajo nuestro criterio, luxómetros desde cuya última fecha de calibración hayan transcurrido más de dos años. 2º.- La calibración del luxómetro ha sido efectuada por un laboratorio acreditado 9. Nombre o logotipo del laboratorio de calibración Instrumento: Nº de serie: Nº de certificado: Fecha de calibración: Ejemplo de etiqueta de calibración ENAC 8 Los formatos normalizados de las etiquetas de calibración ENAC se muestran en el documento Criterios para la utilización de la marca ENAC o referencia a la condición de acreditado CEA-ENAC-01 Rev. 7 Diciembre 2010. 9 Los laboratorios acreditados por ENAC para la calibración de luxómetros se pueden encontrar en: http://www.enac.es/web/enac/busqueda-de-entidades-por-esquema-de-acreditacion haciendo la búsqueda de la palabra iluminancia. Edición nº 1 (marzo de 2012) 20 de 44

3º.- La precisión del luxómetro es la mínima requerida 10. 4º.- Del certificado de calibración del luxómetro se puede deducir que los errores que presenta dentro de los rangos de medida que vamos a utilizar están dentro de la precisión del equipo. 5º.- La incertidumbre de calibración no es superior, por lo menos, a una cuarta parte de la precisión del luxómetro en el punto en el que estemos midiendo. 6º.- El luxómetro está ajustado para la temperatura de color de la fuente de luz que ilumina el puesto de trabajo o posee una indicación de cómo realizar una corrección de la lectura por él facilitada si no está ajustado. Ejemplos: 1. El fabricante de un luxómetro da los valores de precisión para una lámpara de temperatura de color de 2854 K y añade la siguiente indicación: 5. FACTOR DE CORRECCIÓN. Cuando realice mediciones con lámpara de mercurio, lámpara fluorescente o luz día, deberá corregir el valor de lectura multiplicando este valor por los siguientes factores: - Lámpara de mercurio: x 1,05 - Lámpara fluorescente: x 0,98 - Luz día: x 0,95 En este caso, debemos ser un tanto escépticos en cuanto al factor de corrección que proporciona el fabricante, ya que, como veremos a continuación, existen tubos fluorescentes con características muy diferentes (véase la figura 12). 2. Un laboratorio de calibración facilita los siguientes datos en el certificado de calibración de un luxómetro: Factor de corrección para una temperatura de color de 4.070 K: x 1,15. Es fundamental saber para qué temperatura de color ha sido calibrado el luxómetro. Normalmente sólo lo estará para una T = 2856 K, que corresponde a una fuente patrón o iluminante tipo A, según la CIE 11. Debido a la enorme variedad de fuentes luminosas, la CIE ha efectuado un trabajo de estandarización distinguiendo entre iluminantes definidos por la distribución espectral de su energía y fuentes luminosas que son las productoras efectivos de la luz en el mundo físico. En particular, se ha definido la distribución espectral energética de una serie de iluminantes (algunos de los 10 La precisión (o mejor dicho, exactitud) mínima requerida para un luxómetro no está indicada en ningún documento. Ahora bien, en el caso de las medidas del nivel de iluminación en las rutas de evacuación, donde se exige un mínimo de 0,5 lux en caso de fallo en la iluminación principal, está claro que la precisión de la medida debe ser tal que se garantice que la medida es posible (es decir, que el luxómetro tiene la resolución suficiente) y fiable (que el error de medida no sea superior a un valor razonable, como, por ejemplo, un 10 % para ese valor tan pequeño). 11 CIE: Commission Internationale de l eclairage (Comisión Internacional de la Iluminación). Edición nº 1 (marzo de 2012) 21 de 44

cuales no existen como fuentes luminosas) para poder usarlos en la descripción del color. En las siguientes figuras, 7 a 11, se muestran los gráficos de las distribuciones espectrales de algunos iluminantes estándares de la CIE, todos ellos normalizados con un valor máximo de 0,0 a 1,0. Figura 8.- Iluminante tipo A. El iluminante A se basa en la fuente más usual de luz artificial: La bombilla incandescente de filamento de tungsteno. Su distribución espectral se corresponde con la de un cuerpo negro a unos 2.856 K. Figura 9.- Iluminante tipo D50. Los nombres de la serie de luz de día (daylight) comienzan con la letra D mayúscula y dos cifras que indican la temperatura de color aproximada. Así D50 tiene una temperatura de unos 5.000 K. Figura 10.- Iluminante tipo D65. Edición nº 1 (marzo de 2012) 22 de 44

Cuando el sol es de mediodía, su temperatura de color ronda los 5.000 K. Cuando está en el horizonte, su temperatura es inferior. Cuando hay nubes en el cielo, tiene unos 6.500 K, mientras que a la sombra es de 7.500 K. Figura 11.- Iluminante tipo F2. Figura 12.- Iluminante tipo F7. La serie F de iluminantes estándares (de F1 a F12) sirven para estandarizar lámparas y tubos fluorescentes. Figura 13.- Temperaturas de color de diferentes tipos de lámparas de un fabricante Edición nº 1 (marzo de 2012) 23 de 44

La obligación de que los luxómetros estén calibrados viene indicada en la Orden del Ministerio de Trabajo e Inmigración TIN/2504/2010: Orden TIN/2504/2010, de 20 de septiembre, por la que se desarrolla el Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención, en lo referido a la acreditación de entidades especializadas como servicios de prevención, memoria de actividades preventivas y autorización para realizar la actividad de auditoría del sistema de prevención de las empresas. ANEXO II Se considera que el Servicio de Prevención Ajeno debe contar, en el ámbito territorial de actuación en el que desee prestar sus servicios, con los siguientes recursos: 2º. En todos los informes que realice el Servicio de Prevención Ajeno deben figurar los equipos utilizados (identificación, marca y número de serie), las fechas en que lo fueron y la referencia con el certificado de calibración, y la identificación del propietario/proveedor de los equipos; debe establecerse, además, un sistema de registro que permita comprobar para cada equipo el cliente, la referencia del informe emitido, el tipo de medición realizada y la fecha. Asimismo, cada servicio de prevención debe disponer en su sistema de gestión de un procedimiento o sistema que garantice la calibración del equipo, la retirada de servicio de equipos no calibrados o fuera de calibración y los criterios de aceptación y/o rechazo de los equipos sometidos a calibración. Deberá también disponer de un plan de mantenimiento de los equipos. Respecto de los equipos a disposición del servicio de prevención ajeno que no sean de su propiedad, debido a la utilización esporádica de los mismos, y que resulte necesario alquilar, el servicio de prevención ajeno deberá garantizar y poder demostrar que dichos equipos cumplen los mismos requisitos de calibración y control que los equipos propios, debiendo quedar igualmente referenciados en los informes. Edición nº 1 (marzo de 2012) 24 de 44

B) Por otro lado está lo relacionado con si el nivel de iluminación medido alcanza los valores requeridos o recomendados. Es importante saber que la legislación exige unos valores mínimos muy inferiores a los recomendados por diversas normas o manuales. Además, no existe correspondencia entre los conceptos exigencia de la tarea, del RD 486/1997 y otros tales como categoría de la tarea, de las normas UNE 72-163-84 y UNE 72-112-85 12, mencionadas en la Guía Técnica del INSHT del RD 486/1997. En la tabla 1 se muestran los valores del RD y de la norma UNE 72-112-85. Tabla 1 En el Anexo IV de la Guía Técnica del RD 486/1997 se incluyen unas tablas de iluminación tomadas de un proyecto de Norma Europea (pren 12464). Actualmente, el proyecto de Norma Europea se encuentra ya plasmado en dos normas, adoptadas a nivel nacional en forma de normas UNE: UNE-EN 12464-1 (de octubre de 2003): Iluminación de los lugares de trabajo. Parte 1. Lugares de trabajo en interiores. UNE-EN 12464-2 (de diciembre de 2008): Iluminación de los lugares de trabajo. Parte 2. Lugares de trabajo en exteriores. Los valores especificados en ambas normas se muestran en los Anexos I y II de esta guía. Los valores mínimos exigibles son, pues, los fijados en el RD 486/1997 (concretamente en su Anexo IV). Sin embargo, en la práctica, el criterio técnico del técnico de prevención de riesgos laborales prevalecerá sobre la legislación (siempre que respete los mínimos), puesto que se entiende que el mismo contemplará las peculiaridades de cada situación concreta. Hay que tener también en cuenta que los niveles mínimos deberán duplicarse cuando concurran las circunstancias indicadas en el citado Anexo IV. Por otro lado, tenemos que considerar que cualquier tipo de lámpara (tubo fluorescente, lámpara de halogenuros metálicos, lámpara de vapor de sodio de alta presión, etc.) va perdiendo rendimiento lumínico con el paso del tiempo. 12 UNE 72-163-84: Niveles de iluminación. Asignación a tareas visuales. UNE 72-112-85: Tareas visuales. Clasificación. Edición nº 1 (marzo de 2012) 25 de 44

Igualmente, una defectuosa limpieza de las luminarias puede provocar una reducción significativa del flujo luminoso de la luminaria y, por tanto, de los niveles de iluminación en el puesto de trabajo. Otro factor importante que puede reducir muy significativamente la cantidad de luz emitida por una lámpara es la temperatura que esta puede alcanzar. Esto apenas afecta a algunos tipos, pero los tubos fluorescentes pueden ser muy sensibles a este factor, sobretodo si se alcanzan temperaturas elevadas (por encima de 30 grados) o muy bajas. Y por último, hay que considerar que sucede cuándo se cambia el color de la pintura de las paredes, o se meten más muebles, etc., ya que los factores de reflexión se modificarán. Por tanto, existe la necesidad de repetir las medidas periódicamente y de llevar, incluso, un estadillo de control. Tabla 2 Uniformidades y relación entre iluminancias de áreas circundantes inmediatas al área de tarea Iluminancia de tarea Iluminancia de áreas circundantes inmediatas 750 500 300 200 500 300 200 E tarea Uniformidad: 0,7 Uniformidad: 0,5 La norma UNE-EN 12464-1 indica que la iluminancia de las zonas circundantes inmediatas al área de trabajo puede ser inferior a la iluminancia de la tarea, pero no debe ser menor que lo indicado en la tabla 2. Tendremos que considerar, finalmente, lo indicado en la Guía Técnica del INSHT del RD 486/1997 respecto de las necesidades de incrementar los niveles de iluminación, tal como se dispone en el punto 3 del Anexo IV de dicho RD: Cuándo se deben incrementar los niveles de iluminación El Real Decreto establece que los niveles mínimos de iluminación se deben duplicar en los siguientes casos: 1º En las áreas o locales de uso general y en las vías de circulación, cuando, por sus características, estado u ocupación, existan riesgos apreciables de accidente. La aplicación de este criterio requiere una evaluación previa de los riesgos de accidente existentes en las citadas áreas o vías de circulación. Así, por ejemplo, podría ser necesario duplicar los niveles de iluminación en las áreas o zonas de paso usadas por los trabajadores, en las que se utilicen carretillas automotoras, etc. 2º En las zonas donde se efectúen tareas, cuando un error de apreciación visual durante la realización de las mismas pueda suponer un peligro para el trabajador que las ejecuta o para terceros. Edición nº 1 (marzo de 2012) 26 de 44