Tema 14. La Transición Democrática (1975-1979) 1 El inmovilismo y la ruptura democrática.

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Transcripción:

Tema 14. La Transición Democrática (1975-1979) 1 El inmovilismo y la ruptura democrática. El 20 de noviembre de 1975 moría el general Franco, que había gobernado España de manera dictatorial durante treinta y seis años. En la escena política y en la opinión pública aparecían diferentes bloques: por un lado, la oposición democrática, que buscaba la ruptura con el régimen anterior y seguía en la ilegalidad y en la clandestinidad; por otro, dentro del franquismo figuraban los partidarios de que el nuevo rey Juan Carlos mantuviera la dictadura como heredero del régimen franquista: eran los continuistas, denominados popularmente el búnker. Junto a estos, dentro de la Administración y la clase política del franquismo aparecían grupos reformistas o evolucionistas, partidarios de reformas y de la concesión lenta de libertades ciudadanas. Dos días después de la muerte de Franco, Juan Carlos fue coronado rey. Tanto su discurso como el del cardenal Manuel Enrique y Tarancón, oficiante de la ceremonia, incluían palabras de apertura y reconciliación que podían presagiar voluntad de profundos cambios políticos. El primer gobierno de la monarquía, sin embargo, continuó presidido por Carlos Arias Navarro, si bien se incorporaron algunos políticos franquistas, como Manuel Fraga Iribarne y José María de Areilza, que propugnaban la evolución de la dictadura hacia un régimen más o menos democrático. El Gobierno inició una tímida apertura que supuso la legalización de las llamadas asociaciones políticas no se quería oír hablar de partidos, que debían reunir algunos requisitos como, por ejemplo, aceptar las leyes franquistas. Se creó una Comisión mixta del Gobierno y Consejo Nacional para encauzar el programa de reformas políticas planeado por el Gobierno. Sin embargo, la Comisión mixta no hizo otra cosa que la de frenar cualquier tipo de reforma rápida. La consecuencia de la lentitud del Gobierno y de sus confusos propósitos fue que quienes se oponían a cualquier tipo de cambio arreciaron en cuanto se planteó la cuestión del asociacionismo. El proyecto, presentado por Adolfo Suárez, fue aprobado, pero con muchas abstenciones y votos en contra. La reforma del Código Penal se encontró con dificultades más graves: la introducción de un párrafo que ponía dificultades para la legalización de los partidos políticos. El proyecto de reforma de la ley de Cortes y la Sucesión fue informado negativamente por el Consejo Nacional. Por sus parte, los principales partidos democráticos de izquierda, algunos tolerados por el Gobierno, reclamaban una ruptura política con el régimen franquista y con el gobierno continuista de Arias Navarro. Estos partidos, que inicialmente no aceptaban el nuevo régimen monárquico, exigían la libertad para todos los presos políticos encarcelados por sus ideas o actividades políticas contra la dictadura y el retorno de los exiliados, reclamaban libertades políticas y sindicales, y pedían elecciones libres. En Cataluña y el País Vasco se pretendía, además, el reconocimiento de los estatutos de autonomía abolidos por los vencedores en la Guerra Civil. El lema que resumía las aspiraciones democráticas coreado en las manifestaciones populares era Libertad, amnistía y estatuto de autonomía. La mayoría de las organizaciones de izquierda se habían agrupado en dos plataformas: la Junta Democrática, fundada en 1974 e impulsada por el PCE (Partido Comunista de España), liderado por Santiago Carrillo, y la Plataforma de Coordinación Democrática, organizada alrededor del PSOE (Partido Socialista Obrero Español) en 1975, dirigido por Felipe González. En marzo de 1976, muerto ya el dictador, estas dos plataformas se unieron en un solo organismo, Coordinación Democrática, conocido popularmente con el nombre de Platajunta. En los primeros meses de 1976 se produjeron numerosas manifestaciones en demanda de libertad política y mejoras sociales, a lo que el Gobierno respondió con un endurecimiento de la represión. El clima de agitación tuvo la máxima virulencia en Vitoria, donde los enfrentamientos entre la policía y los huelguistas acabaron con la muerte de cinco trabajadores, abatidos por disparos de la policía. La respuesta del gobierno de Arias Navarro (que contaba en esos momentos con Manuel Fraga Iribarne como ministro de Gobernación) a las movilizaciones populares continuaba, pues, la estrategia de represión del franquismo. En julio de 1976, Arias Navarro presentó su dimisión, cuando comprobó que no tenía el apoyo del rey Juan Carlos. Este, de manera imprevista, nombró jefe de Gobierno a Adolfo Suárez, uno de los ministros de Arias, que ocupaba la Secretaría General del Movimiento. 1

Se trataba de un político joven, con gran experiencia en las instituciones del régimen, especialmente bien relacionado desde su etapa como director general de RTVE. 2 La reforma democrática. La elección de Adolfo Suárez para formar gobierno fue recibida con reticencias por la opinión pública nacional y extranjera. La oposición sentía desconfianza por su trayectoria política en la dictadura, durante la que ocupó varios cargos; entre los franquistas más radicales despertaba recelo porque veían en él un personaje demasiado contemporizador y poco fiel a los principios en los que se había basado la dictadura del general Franco. Adolfo Suárez formó un gobierno con personas relativamente jóvenes, que provenían en su mayor parte de los cuadros secundarios del régimen franquista. También se rodeó de personas procedentes de los sectores demócratacristianos, que habían manifestado el deseo de una reforma del régimen. Eran políticos que habían comprendido la imposibilidad de un régimen franquista sin Franco y que pretendían una salida pacífica de la situación. Algunos de ellos habían influido en el gobierno anterior para evitar la radicalización de la represión que en algunos momentos parecía querer imponer Arias Navarro. Además, estaban dispuestos a dialogar y a negociar con la oposición, que, aunque era ilegal, aparecía en actos públicos y difundía comunicados de prensa. El punto principal del programa del nuevo gobierno fue la preparación de un referéndum por el que la población tenía que dar el visto bueno a una ley, la Ley de Reforma Política, para reformar el sistema político heredado de la dictadura franquista. El procedimiento elegido para pasar de una dictadura a una democracia fue ir de la ley a la ley. El propósito era que nadie pudiera sentirse traicionado y que la legalidad fuera modificada desde su propio interior. La ley, además, debía ser aceptable para la oposición y conducir de manera rápida a unas instituciones de carácter democrático. Lo fundamental de la ley de Reforma Política era la convocatoria de elecciones y la configuración de un marco institucional mínimo para realizarlas. Este consistía en la creación de unas Cortes bicamerales (Congreso y Senado) elegidas por sufragio universal. La misión de estas dos cámaras sería la elaboración de una nueva constitución. El procedimiento electoral sería el mayoritario para el Senado y el proporcional para el Congreso. La Ley de la Reforma Política pasó por el trámite del Consejo Nacional del Movimiento a principios del mes de octubre. Cuando el proyecto fue discutido en las Cortes, se utilizaron toda la gama de teorías políticas franquistas por ambos bandos: Blas Piñar asumió la defensa del Bunker y Miguel Primo de Rivera la del proyecto de reforma. Las maniobras previas entre bastidores de Suárez y Fernández Miranda produjeron sus frutos, pues la reforma fue aprobada por 435 votos, 59 en contra, 13 abstenciones. Era un suicidio político colectivo. Después se sometió a votación popular el 15 de diciembre de 1976. A pesar de la campaña en contra de la oposición, que proponía la abstención, y de los franquistas, que pedían el voto negativo, hubo un alto porcentaje de participación (77%) y un número elevadísimo de votos afirmativos (94%). Los votos en contra no llegaron al 3%, lo que parecía indicar un deseo de cambio general en el país, a excepción de ese reducido porcentaje de franquistas recalcitrantes. Esta ley se puede considerar la frontera entre el régimen franquista y la nueva etapa que permitiría el establecimiento de un sistema plenamente democrático en España. A los pocos días de aprobada la ley, Suárez decretó la supresión del Tribunal de Orden Público y comenzó el desmantelamiento de instituciones del Movimiento Nacional. La difícil situación que vivió el país en los primeros meses de 1977 puso en peligro las reformas emprendidas. Así, grupos extremistas iniciaron una campaña de desestabilización del nuevo régimen. La extrema derecha asesinó en enero a cinco abogados laboralistas vinculados al PCE y al sindicato Comisiones Obreras, en lo que pasó a la historia como la matanza de Atocha. Las manifestaciones por la muerte de estos abogados fueron multitudinarias y permitieron la salida masiva a la luz pública de la organización del Partido Comunista. Esos grupos de ultraderecha, que se presentaban como Guerrilleros de Cristo Rey, estaban financiados por funcionarios franquistas y contaban con la permisividad de un sector de la policía en sus continuos atentados contra librerías y contra instituciones sociales que se habían manifestado a favor de un sistema democrático y autonomista, recurriendo a veces al asesinato de militantes antifascistas. En el otro extremo del arco político, tanto ETA 2

(grupo terrorista independentista vasco) como los GRAPO (Grupos Revolucionarios Antifascistas Primero de Octubre, grupo surgido en 1975, de confusos orígenes y aparentemente vinculado a la extrema izquierda) secuestraron a importantes figuras del régimen (el presidente del Consejo del Reino, Antonio de Oriol y el presidente del Tribunal Supremo de Justicia Militar, general Villaescusa) y asesinaron a miembros de la policía y de las instituciones del Estado. El Gobierno intentó salvar la situación y no se dejó arrastrar por las provocaciones del terrorismo extremista. Por otra parte, una delegación de dirigentes de la oposición negoció con Suárez y, a cambio de promesas de actuación contra la violencia del Bunker, ofreció una declaración conjunta gobierno-oposición denunciando el terrorismo y haciendo un llamamiento al pueblo para que apoyara al Gobierno. Fue uno de los mayores triunfos de Suárez. No sólo su respaldo popular se vio reforzado, sino que recibió la sanción de la izquierda como perteneciente a las fuerzas democráticas de la nación. 3 El sistema de partidos y las elecciones de 1977. El gobierno de Suárez toleró la celebración de un Congreso del PSOE en diciembre de 1976 y legalizó de hecho a los sindicatos UGT y Comisiones Obreras. En febrero dio comienzo el proceso de la legalización de los partidos políticos: se legaliza hasta un total de 200. El escollo mayor lo representaba el PCE. Para el bunker y el ejército, la legalización del comunismo significaba echar por la borda aquello por lo que habían combatido desde 1936. Por otro lado, Suárez tenía que estar de acuerdo con la oposición en que la democracia no podría ser completa si se excluía a un partido de la importancia del PCE. El Gobierno no parecía dispuesto a la legalización, probablemente por temor a la reacción del Ejército y de los políticos franquistas, pero al final, a pesar de las fuertes presiones en contra, Adolfo Suárez tomó la decisión personal de declarar legal al PCE. Los comunistas, por su parte, moderaron sus posiciones y aceptaron la reforma aprobada en el referéndum e incluso la institución monárquica y la bandera bicolor, renunciando a la enseña histórica republicana. Desde la coronación de Juan Carlos en 1975 se habían producido varios indultos parciales que habían posibilitado la salida a la calle de centenares de presos políticos. Aunque la amnistía definitiva que puso punto final a las responsabilidades pasadas no se promulgaría hasta octubre de 1977, en la primavera de ese año se publicó un decreto que liberó a la mayoría de los presos políticos y permitió la vuelta a España de los exiliados. Algunos de ellos, como Dolores Ibárruri, Pasionaria, exiliada largos años en Moscú, tenían un papel simbólico fundamental en la nueva situación predemocrática. Tras la aprobación de la ley electoral en marzo de 1977, se inició un proceso de definición por parte de los distintos grupos políticos de cara a las próximas elecciones. La derecha se configuró en torno a Alianza Popular, vinculada a la persona de Fraga Iribarne. Los numerosos grupos del centro se integraron en la Unión de Centro Democrático (UCD), presidida por Adolfo Suárez. La izquierda se organizó en torno al PSOE, liderado por Felipe González, al Partido Socialista Popular de Enrique Tierno Galván, y al PCE, con Santiago Carrillo al frente. Los grupos nacionalistas más implantados en Cataluña eran el Pacto Democrático, de Jordi Pujol, Unión Democrática y Esquerra Republicana; en el País Vasco destacaban el PNV y Euskadiko Ezkerra. Había, además, una larga lista de grupos que, bien fueron literalmente barridos en las urnas, bien se integraron en las formaciones políticas de mayor dimensión. Por último, la extrema derecha, representada sobre todo por el partido Fuerza Nueva, también se presentó a los comicios. En junio de 1977 se celebraron en España las primeras elecciones libres desde junio de 1936. Para lo que había sido habitual en la historia española hubo una alta participación electoral (78%). Los resultados de las elecciones de 1977 reflejaron con bastante fidelidad lo que era la sociedad española en esos momentos. El partido más votado fue la UCD con el 34% de los votos, seguido del PSOE con el 28%. Muy lejos quedaron el PCE, con el 9% de los sufragios, y AP con el 8%. El Partido Socialista Popular de Tierno Galván tan solo obtuvo seis diputados. Los partidos nacionalistas lograron una veintena de puestos en el Congreso (13 los catalanes y 8 el PNV). El resultado de las elecciones diseñó un sistema de partidos en España en el que no había hegemonía de un solo partido; se podría hablar de un bipartidismo imperfecto. El sistema de partidos resultante imponía un gobierno monocolor minoritario y, por lo tanto, débil, abocado a 3

una necesaria concurrencia de criterios con otras fuerzas políticas. Esta actitud de consenso resultaba muy positiva teniendo en cuenta la necesidad de elaborar una Constitución aceptada por todos. El día 15 de junio de 1977 fue un hito histórico en la vida española. En esa fecha, el pueblo español decidió con su voto, de manera definitiva, la contraposición reforma y ruptura que había presidido la vida política a lo largo de los meses precedentes. Su veredicto se inclinó a favor del procedimiento reformista, pero expresando al mismo tiempo un profundo deseo de transformación del cual era la mejor expresión la magnitud del voto socialista. Los Pactos de la Moncloa.- La transición política de la dictadura a la democracia coincidió con una crisis económica internacional. La crisis general del capitalismo occidental a partir del año 1973 estaba generando un estancamiento económico, acompañado de una fuerte inflación, en todas las economías de Occidente. Las consecuencias fueron especialmente graves en España: descenso de la producción, aumento de precios y crecimiento del desempleo. La economía española, más débil y con una gran intervención del Estado, era menos competitiva y necesitaba un ajuste mucho más fuerte que la de otros países; pero la situación política no había permitido realizar las reformas necesarias que otros países habían puesto en marcha ya en 1973. La conflictividad laboral, con un trasfondo político en los primeros años de la transición, no solo no había acabado, sino que había aumentado. En 1977, la inflación había llegado al 29%, el paro no cesaba de crecer desde 1974 y la inversión en los sectores productivos era muy escasa; además, había fugas de capitales y desconfianza general en la marcha de la economía. La prioridad del gobierno de Adolfo Suárez era conseguir el paso del régimen dictatorial al democrático, y no se habían tomado las medidas sociales y económicas para combatir la crisis económica internacional que afectaba a todos los países occidentales. Era necesario reducir la conflictividad laboral y acordar las medidas necesarias para parar la inflación. Los grupos políticos, las organizaciones sindicales y patronales y el Gobierno firmaron, el 27 de octubre de 1977, los llamados pactos de la Moncloa, por los que se acordaba reducir la conflictividad laboral, se aceptaba que los aumentos salariales no fueran superiores a la inflación y, como contrapartida, que el Gobierno elaborase un plan de ampliación de servicios sociales en el que se diera prioridad a la construcción de escuelas y a la realización de diversas inversiones públicas, así como plantear una reforma fiscal moderna. Los efectos de este primer pacto social de la democracia fueron inmediatos y en 1978 se había reducido la inflación en diez puntos, aunque el paro continuaba creciendo debido al cierre de empresas. 4 La Constitución de 1978. La Constitución fue aprobada por las Cortes en Sesiones Plenarias del Congreso de los Diputados y del Senado celebradas el 31 de Octubre de 1978, ratificada por el pueblo español en Referéndum de 6 de diciembre de 1978 y sancionada por S.M. El Rey ante las Cortes el 27 de Diciembre de 1978. A partir de esa fecha, España pasaba a ser una monarquía parlamentaria con un sistema plenamente democrático. La Constitución fue fruto del consenso, palabra que presidiría las cuestiones fundamentales de los primeros años de la vida democrática: la izquierda renunciaba al carácter republicano del Estado, la derecha admitía el pleno juego democrático y la existencia de autonomías, los nacionalistas catalanes aceptaban el término nación española a cambio de que se reconociera el de nacionalidad para Cataluña, etc. Pero el PNV no aceptó la Constitución porque afirmaba la unidad indisoluble de la nación española y propuso la abstención en el referéndum, aunque después la acató públicamente como hecho democrático. Por su parte, la izquierda abertzale propugnó el voto negativo. 4.1 Derechos y deberes de los ciudadanos En el capítulo segundo del título I se recogen los derechos y libertades, y respecto a ello se proclama la igualdad de los españoles ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación 4

alguna por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. Entre los derechos y libertades destacan los derechos individuales, como el derecho a la vida y a la integridad física y moral, el derecho a la libertad personal, el derecho al honor y a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen, la inviolabilidad del domicilio, la libertad Ideológica, religiosa y de culto, la libertad de expresión e información, el derecho a la educación y la libertad de enseñanza, etc. y las libertades de carácter colectivo, como la libertad de reunión y manifestación, la libertad de asociación, la libertad sindical y derecho de sindicación, el derecho a la huelga de los trabajadores, etc. 4.2 Las instituciones La monarquía.- El rey es el jefe del Estado, símbolo de su unidad y permanencia, arbitra y modera el funcionamiento regular de las instituciones, asume la más alta representación del Estado español en las relaciones internacionales (especialmente con las naciones de su comunidad histórica), y ejerce las funciones que le atribuyen expresamente la Constitución y las leyes. La persona del rey es inviolable y no está sujeta a responsabilidad. Sus actos estarán siempre refrendados por el presidente del Gobierno y, en su caso, por los ministros competentes. Las Cortes Generales.- Son el órgano de representación del pueblo español y están formadas por el Congreso de los diputados y por el Senado. El Congreso se compone de un mínimo de 300 diputados y un máximo de 400 elegidos por sufragio universal, libre, directo y secreto. El Congreso otorga la confianza al presidente del Gobierno designado por el rey mediante la votación de investidura; decide el cese del Gobierno mediante la moción de censura o negándole la confianza; convalida los decretos-leyes, etc. El Senado es la cámara de representación territorial. En cada provincia se eligen cuatro senadores mediante sufragio universal, libre, igual, directo y secreto por los votantes de cada una de ellas. Al Senado le corresponde la adopción de medidas para obligar a alguna comunidad autónoma que no cumpliera las obligaciones que la Constitución u otras leyes le imponen o que actuara de forma gravemente atentatoria para el interés general de España. La función legislativa, que es la que tiene mayor trascendencia, obliga a la intervención sucesiva del Congreso y del Senado. En caso de discrepancia, la última palabra sobre la aprobación o no de una ley la tiene el Congreso. El Gobierno.- Es el titular del poder ejecutivo y dirige la actividad política, para lo cual se sirve de la Administración, que ejecuta materialmente las disposiciones de las leyes mediante funcionarios neutrales políticamente, que aseguran la efectividad de la labor gubernamental. El Gobierno es un órgano colegiado, compuesto por el presidente, los vicepresidentes en su caso, los ministros. El presidente dirige la acción del Gobierno y coordina las funciones de los demás miembros del mismo. El poder judicial.- Es el tercer poder del Estado. Sus funciones tienen una especial trascendencia en el Estado de derecho, pues es el que tiene las competencias para comprobar la sumisión del poder ejecutivo a la Ley y el derecho, se encarga de resolver los conflictos de carácter privado suscitados entre los ciudadanos, y los conflictos entre los ciudadanos y la Administración, y es el encargado de la defensa de los derechos de los ciudadanos, tanto si son infringidos por particulares o por los poderes públicos, en los casos de mayor gravedad, como cuando se comete un delito mediante la imposición de una pena o mediante la anulación de los acuerdos de las autoridades que lesionen cualquier derecho. La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del rey por jueces y magistrados independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley. El órgano de gobierno de los jueces es el Consejo general del Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.- Este Tribunal decide si las leyes españolas son o no acordes con la Constitución, protege los derechos individuales y resuelve los conflictos de competencias entre el Estado y las Comunidades Autónomas y de estas entre sí. El Defensor del Pueblo.- Vela por la salvaguardia de los derechos fundamentales de los ciudadanos y supervisa la actuación de las administraciones públicas. 5

4.3 La organización territorial del Estado: Administración local y Comunidades Autónomas El Estado se organiza territorialmente en municipios, en provincias y en las Comunidades Autónomas que se constituyan. Todas estas entidades gozan de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses. El gobierno y administración de los municipios corresponde a sus respectivos Ayuntamientos, integrados por los Alcaldes y los Concejales, elegidos mediante sufragio universal. El gobierno y la administración de las provincias estarán encomendados a Diputaciones u otras Corporaciones de carácter representativo. El segundo artículo establece que la Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la nación española, patria común e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas. La forma de acceso a la autonomía fue concebida de forma diferente, según se tratara de nacionalidades históricas (art. 151) o del resto de las regiones y territorios que conforman España (art. 143). Las autonomías que accedan por el artículo 151 podrán tener las instituciones previstas en el artículo 152 de la Constitución: Asamblea legislativa, Consejo de Gobierno, Presidente y Tribunal Superior de Justicia. El artículo 148 establece un catálogo de competencias que pueden asumir las comunidades autónomas (organización de sus instituciones de autogobierno, ordenación del territorio, urbanismo y vivienda, obras públicas, ferrocarriles y carreteras, agricultura y ganadería, montes y aprovechamientos forestales, protección del medio ambiente, museos, bibliotecas y conservatorios de música, patrimonio monumental, fomento de la cultura, de la investigación y, en su caso, de la enseñanza de la lengua de la Comunidad Autónoma, promoción del deporte, asistencia social, sanidad e higiene, etc.). Transcurridos cinco años, mediante la reforma de sus estatutos, las comunidades autónomas podrán ampliar sucesivamente sus competencias, salvo aquellas que son de competencia exclusiva del Estado. Por otra parte, se reconoce a las comunidades autónomas la potestad de dictar leyes en el ámbito de sus respectivas competencias, e incluso en materias de competencia estatal si lo autorizan las Cortes Generales. 6