HONORABLE ASAMBLEA A la Segunda Comisión de Trabajo de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública, en el Segundo Receso del Tercer Año de Ejercicio Constitucional de la LXII Legislatura, le fue turnada para su análisis y dictamen la Proposición con Punto de Acuerdopara exhortar al Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Salud, a reforzar y ampliar las acciones encaminadas a disminuir la muerte materna y de los recién nacidos en los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca, considerando campañas de difusión acerca de la importancia y el derecho que tienen las mujeres para acudir a las unidades de salud materno-infantil. Con fundamento en el artículo 78 fracción III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; de los artículos 116, 127 y demás aplicables de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos; así como de los artículos 58, 60, 87, 88, 176 y demás aplicables del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, los legisladores integrantes de esta Segunda Comisión, sometemos a la consideración del Pleno el presente Dictamen, de conformidad con los siguientes: ANTECEDENTES 1. Con fecha 17 de junio de 2015, el Sen. René Juárez Cisneros, integrante del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, presentó ante el Pleno de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la proposición de mérito. 2. En esa misma fecha la Presidencia de la Mesa Directiva de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, dispuso que dicha proposición con Punto de [1]
Acuerdo se turnara para su estudio y dictaminación a la Segunda Comisión, de Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública, por lo que en este acto se emite el Dictamen correspondiente, de conformidad con lo siguiente: CONTENIDO DE LA PROPOSICIÓN El legislador proponente del punto de acuerdo que se dictamina, señala expresamente en sus consideraciones: La salud materna y de los recién nacidos sigue siendo un grave problema de salud pública y de justicia social en nuestro país. Sin embargo, es evitable y su control depende, entre otros factores, del acceso oportuno y disponible a los servicios de salud con calidad en la atención. A pesar de la importante reducción en la mortalidad materna e infantil en Méxicodurante las últimas dos décadas, sigue existiendo desigualdad significativa en los progresos que reportan algunas entidades federativas, en especial, Chiapas, Guerrero y Oaxaca. De ahí la importancia de que el Estado mexicanorealiceun esfuerzo más amplio para cumplir con los Objetivos de Desarrollo del Milenio y abatir la inequidad en la salud materno-infantil, ya que el reto es reducir anualmente la incidencia de muertes maternas y de recién nacidos, en estrecha colaboración con la sociedad civil, el sector privado nacional y los organismos internacionales. [2]
Los niveles de mortalidad materna son una muestra de las insuficiencias de cobertura y de calidad de los servicios de salud prevalecientes en los estados del sur de la República Mexicana. Lo anterior, representa un problema de injusticia social, de inequidad y de derechos humanos, que como tales, constituyen un reto para nuestro sistema nacional de salud. La muerte materna-infantil debemos verla como un problema multifactorial donde se aglomeran un conjunto de factores culturales y socioeconómicos, y donde se pone de manifiesto la desigualdad social. Es por ello indispensable fortalecer los sistemas estatales de salud, elevar los indicadores de desempeño, optimizar los recursos humanos disponibles, garantizar insumos y capacitación necesarios para mejorar la calidad en la oferta de la atención obstétrica de emergencia tanto básica como integral. Ninguna mujer o neonato tendría que estar enfrentando los problemas de morir por una mala atención médica durante el embarazo, el parto o el postparto. Reducir la mortalidad materna-infantil representa un tema de un gran impacto social para el desarrollo en México. La Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (CEDAW), adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en diciembre de 1979 y ratificada por México en enero de 1981 dispone, que "los estados partes garantizarán a la mujer servicios apropiados en relación con el embarazo, el parto y el periodo posterior al parto, proporcionando servicios gratuitos cuando fuere necesario, y le asegurarán una nutrición adecuada durante el embarazo y la lactancia". [3]
Asimismo, el gobierno mexicano también asumió el compromiso internacional para mejorar la salud materna ante la Organización de las Naciones Unidas y expresado en los Objetivos de Desarrollo del Milenio el 8 de septiembre del año 2000. De no lograr erradicar la inequidad en lo que respecta a la salud maternoinfantil, seguiremos en falta respecto al derecho básico que tienen las mujeres para poder atenderse en las mejores condiciones con relación al embarazo, el parto y el periodo posterior a éste, a partir de la calidad en los servicios de salud, así como de los infantes de nacer y desarrollarse a partir de mejores oportunidades en cada etapa de su vida. Uno de los obstáculos que hacen complicado el acceso a los servicios de salud es, indudablemente, el costo de la atención médica durante la etapa del embarazo, en el momento del parto y en el período de puerperio, por lo que resulta indispensable considerar una campaña que intensifique la afiliaciónde mujeres de aquellos municipios con menor Índice de Desarrollo Humano y/o zonas indígenas o urbano marginadas al Seguro Popular. En este sentido, y para lograr las metas establecidasen los Objetivos de Desarrollo del Milenio, el Ejecutivo Federal, además de focalizar las acciones en áreas geográficasparticularmente vulnerables como son los estados de Chiapas, Guerrero y Oaxaca,debe fortalecer la atención materna en las adolescentes, población que muestra una prevalencia muy alta de embarazo y, consecuentemente, un gran riesgo de fallecimiento a causa de complicaciones relacionadas con la maternidad superior al de las mujeres de edades que van de los 20 a los 35 años; de igual manera es necesaria la implementación de campañas para difundir la importancia y el derecho que [4]
tiene la mujer en condiciones de embarazo, en parto o etapa de puerperio, para acudir con prontitud a las unidades de salud en el país. Diversas son las problemáticas de salud para alcanzar la calidad de la atención sexual y reproductiva de las mujeres:la suficiencia de personal en los centros de salud, la falta de medicamentos y equipo para la atención, el maltrato que reciben las usuarias en clínicas y hospitales, los obstáculos para el traslado de mujeres embarazadas con problemas obstétricos y el cobro en los servicios de salud, entre otros. De ahí la importancia de este exhorto para lograr que se garantice a todas las mujeres embarazadas, acceso oportuno, gratuito y de calidad, durante su embarazo, parto y posparto. Es así que desde el Congreso de la Unión solicitamos un impulso a la ampliación, reasignación y etiquetación del presupuesto destinado a los programas sociales y de infraestructura que tienen impacto en la salud sexual y reproductiva de las mujeres, así como la publicación de los resultados del gasto, a fin de cumplir con los principios de transparencia y rendición de cuentas en esta materia. Finalmente, es de destacar que la muerte materna-infantil es la expresión más aguda de la inequidad, además de representar un factor de desequilibrio familiar y social,ya que cuando una mujer muere a causa de su maternidad se afecta la estructura familiar y de la comunidad en su conjunto. Ante lo expuesto, la proposición que nos ocupa establece los siguientes puntos resolutivos: [5]
Primero.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Salud, a reforzar y ampliar las acciones encaminadas a disminuir la muerte materna durante el embarazo, parto y puerperio en los estados de Guerrero, Chiapas y Oaxaca, considerando campañas de difusión acerca de la importancia y del derecho que tienen las mujeres para acudir a las unidades de salud materno-infantil. Segundo.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo Federal para que a través de la Secretaría de Salud en coordinación con los sistemas estatales de salud, implementen acciones para reforzar la atención materna en adolescentes, debido a que esta población muestra una prevalencia muy alta de embarazo y, consecuentemente, un gran riesgo de fallecimiento a causa de complicaciones relacionadas con la maternidad. Tercero.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta al Ejecutivo Federal para que a través de la Secretaría de Salud en coordinación con los sistemas estatales de salud, evalúenlos indicadores de desempeño, la optimización de los recursos humanos e infraestructura disponibles, así como garantizar insumos y capacitación necesarios para la oferta de la atención obstétrica de emergencia tanto básica como integral. Cuarto.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita al Ejecutivo Federal a través de las secretarías de Hacienda y Crédito Público y de Salud, para que a partir del presupuesto anual con la metodología Base Cero, impulsen la ampliación, reasignación y etiquetación del presupuesto destinado a los programas sociales y de infraestructura que tienen impacto en la salud sexual y reproductiva de las mujeres, así como la publicación de los resultados del gasto, con el objetivo de cumplir con los principios de transparencia y rendición de cuentas para abatir la muerte materno-infantil en nuestro país. [6]
CONSIDERACIONES I.- Los legisladores que integramos esta Segunda Comisión de Trabajo de la Comisión Permanente coincidimos con el contenido de la proposición de mérito.la Ley General de Salud establece las bases y modalidades para el acceso a los servicios de salud y la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en materia de salubridad general y prevé como materia de salubridad general la atención materno infantil la cual, a su vez, se considera como parte de los servicios básicos de salud para los efectos del derecho a la protección de la salud. Los servicios específicos de atención materna están previstos en el capítulo V de la Ley General de Salud donde se indica que la protección materno infantil y la promoción de la salud materna abarca el periodo que va del embarazo, parto, postparto y puerperio, en razón de la condición de vulnerabilidad en que se encuentra la mujer y el producto y engloba, entre otras acciones, la atención integral de la mujer durante el embarazo, el parto y el puerperio, incluyendo la atención psicológica que requiera. Asimismo, esta ley enfatiza el derecho de las mujeres embarazadas a obtener servicios de salud con estricto respeto de sus derechos humanos. II.-México se ha comprometido, como parte de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, a reducir la mortalidad materna en tres cuartas partes entre 1990 y 2015, lo que significa que para 2015 se haya disminuido la Razón de Mortalidad Materna (RMM) a 22 muertes maternas por 100 mil nacidos vivos estimados. Este gobierno estableció la meta de disminuir la mortalidad materna en 40% en su población general y en 50% en los municipios de alta marginación. La respuesta del sistema de salud ante el reto de la muerte materna se ha plasmado en diversas acciones, que si bien han contribuido a su disminución, no han logrado los resultados esperados para asegurar que las metas comprometidas puedan ser alcanzadas. Es importante señalar que [7]
México tienen una RMM 17 veces mayor que países como Suecia o tres veces mayor que países similares como es el caso de Chile. En México hay diferencias importantes, así, los municipios con población indígena (70% y más) tienen RMM hasta tres veces mayores que aquellos municipios sin población indígena, o RMM siete veces mayores entre mujeres que fallecieron en el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) con respecto a las que no cuentan con seguridad social. III.- Es del conocimiento de esta Segunda Comisión que las cifras muestran que en los primeros cuatro años del siglo XXI, la razón de mortalidad materna (RMM) se redujo en 4% anual, cuando se requeriría al menos 5% de disminución para llegar al 2015 con una RMM no mayor a 22/100.000 nacidos vivos. De acuerdo con los datos del último año, ahora la exigencia es mayor, pues se requiere por lo menos un promedio de 7.5% anual para alcanzar la meta en 2015. Es tema de la mayor prioridad porque hablamos de vidas humanas y de la responsabilidad del Estado de velar por el derecho humano más importante: La vida. IV.-Es importante mencionar que la muerte de madres al momento de dar a luz, es distinta por región y entidad federativa, por ejemplo, la probabilidad de morir para una mujer por causas obstétricas es cinvo veces mayor en un Estado del Sureste comparado con un Estado del Norte; las mujeres en condiciones de pobreza alimentaría fallecen tres veces más que aquellas que no la padecen; en promedio, 25% de las fallecidas son beneficiarias del programa Oportunidades; el 33.39% de las mujeres que fallecieron del 2004-2008 habitaban en localidades de menos de 2500 habitantes; el 67.28% de las mujeres fallecieron en localidad de más de 50 mil habitantes, muy probablemente con servicios de hospitalización. Dentro de las causas de la mortalidad materna, como es la pobreza y la desnutrición, en el periodo 2003-2007, la TMM entre mujeres sin escolaridad es cinco veces mayor que aquella que se presenta en el grupo que ha cursado estudios superiores. [8]
V.-En 2013 los estados que presentaron una tasa de mortalidad materna (por cada 10,000 mujeres) importante fueron Zacatecas con 181.1, Tlaxcala 112.2, Guanajuato 96.3, Morelos 95.1, Chiapas 81.8, Guerrero 85.0, Tabasco 77.3, Veracruz 75.3 y Oaxaca 63.5, por lo que es importante, ya que la proposición con punto de acuerdo que discutimos solo se concentra en la región del Sureste, y el fenómeno se identifica también en otras entidades. En el año 2014 a nivel nacional se presentaron 893 muertes maternas, para lo que va del 2015 se han registrado 374 muertes en el país, en el Estado de México 55, Oaxaca 23, Chiapas 22, Guerrero 17, Distrito federal 26, Jalisco 18, Veracruz 20,Puebla 19,Tabasco 16, Michoacán 15,Chihuahua 14, Tamaulipas 12, Coahuila 11,Hidalgo 10, San Luis 10, Nayarit 8, Yucatán 8, Nuevo León 7, el resto de la republica registran de 1 a 6 muertes. VI. Esta Comisión Dictaminadora también reconoce entre los esfuerzos más importantes de las autoridades sanitarias que para enfrentar este problema de salud pública el Programa de Acción Específico de Salud Materna y Perinatal (PAE SMP) 2013-2018 del Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva, de la Secretaría de Salud, diseñado exclusivamente para contribuir, apoyar y acompañar a las mujeres para ampliar las capacidades y oportunidades de cursar el embarazo sano, el parto respetuoso y el puerperio seguro, y para que sus hijos nazcan y se desarrollen con salud, con pleno respeto a la diversidad cultural y al ejercicio de sus derechos, apoyando su proyecto de vida.el objetivo principal del Programa es que las mujeres puedan ejercer sus derechos reproductivos en el curso de la vida, particularmente los relacionados a la salud materna y perinatal, y promover el derecho a la salud de toda persona desde antes del nacimiento, con énfasis en el desarrollo del recién nacido sano y la prevención de defectos al nacimiento, ya sean congénitos y/o genéticos plantea la necesidad de mejorar la calidad de los servicios de salud, su efectividad, el seguimiento y la rendición de cuentas y lograr que se disminuyan los rezagos en salud que afectan a la población. [9]
El PAE SMP aborda la detección de factores biológicos o del desarrollo que afectan periodos sensibles y tienen un efecto a largo plazo, independientemente de circunstancias ulteriores, haciendo énfasis en la prevención y la promoción del cuidado de la salud en mujeres y hombres, con perspectiva de género y derechos humanos. Así como el Programa de Acción Específico Arranque Parejo en la Vidade carácter normativo para todo el país y particularmente para los Servicios Estatales de Salud, en el que se definen tres objetivos generales, el primero, fortalecer la capacidad de las mujeres y sus parejas para planificar la familia y participar activamente en el cuidado de la salud materna y perinatal, segundo, reducir las brechas existentes en la salud materna e infantil en las entidades federativas y en los municipios de menor desarrollo, y el tercero, mejorar el acceso y calidad de la atención obstétrica por personal calificado e incrementar la capacidad resolutiva de los servicios de atención de emergencia obstétrica y neonatal. Se cuenta con un Acuerdo del H. Consejo Técnico del IMSS para la atención de mujeres sin derechohabiencia, referidas por complicaciones obstétricas desde su programa de extensión IMSS-Oportunidades desde 2006. Tambien está el programa Embarazo Saludable que establece que toda mujer con diagnóstico de embarazo deberá ser afiliada al Seguro Popular disminuyendo los costos de bolsillo vigente desde 2008. VI.- Es del conocimiento de esta Dictaminadora que existe el Convenio Interinstitucional entre Secretaria de Salud (SSA), Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) e IMSS por el cual toda mujer que presente una emergencia obstétrica debe ser atendida en cualquier unidad médica de las instituciones mencionadas, sin discriminación por razón del estado de afiliación, vigente desde mayo de 2009. Así como Acuerdos para el Fortalecimiento de las Acciones de Salud Pública en los Estados, desde la SSA federal se establece este documento como un mecanismo presupuestario, que se firma anualmente entre la SSA y los SESA. Contiene asignación presupuestaria a los 31 programas bajo la [10]
rectoría de la Subsecretaría de Prevención y Promoción de Salud, de la SSA y, por ende, todos los relacionados con la atención en salud sexual y reproductiva. VI.- Esta Dictaminadora respalda la petición del proponente, y con los datos obtenidos a partir de la investigación proponemos que la Comisión Permanente exhorte al Ejecutivo Federal a través de la Secretaría de Salud, a reforzar y ampliar las acciones encaminadas a disminuir la muerte materna durante el embarazo, parto y puerperio en los estados de Zacatecas,Tlaxcala, Guanajuato, Morelos, Tabasco, Guerrero, Chiapas y Oaxaca, considerando campañas de difusión acerca de la importancia y del derecho que tienen las mujeres para acudir a las unidades de salud materno-infantil, dentro de la construcción del presupuesto federal 2016 se amplíen los recursos y la cobertura de servicios de salud pública con el objeto de erradicar la muerte materna y cumplir con los compromisos del Estado mexicano en cumplimiento de tratados internacionales de derechos humanos y compromisos internacionales que ha suscrito en materia de salud. Por lo anteriormente expuesto, los legisladores integrantes de la Segunda Comisión, de Relaciones Exteriores, Defensa Nacional y Educación Pública, de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, someten a la consideración de esta Soberanía el siguiente: PUNTO DE ACUERDO Primero.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud, a reforzar y ampliar las acciones encaminadas a disminuir la muerte materna durante el embarazo, parto y puerperio en los estados de Zacatecas, Tlaxcala, Guanajuato, Morelos, Tabasco, Guerrero, Chiapas y Oaxaca, considerando campañas de difusión acerca de la importancia y del derecho que tienen las mujeres para acudir a las unidades de salud materno-infantil. [11]
Segundo.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud en coordinación con los sistemas estatales de salud, implementen acciones para reforzar la atención materna en adolescentes, debido a que esta población muestra una prevalencia muy alta de embarazo y, consecuentemente, un gran riesgo de fallecimiento a causa de complicaciones relacionadas con la maternidad. Tercero.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión exhorta a la Secretaría de Salud en coordinación con los sistemas estatales de salud, evalúenlos indicadores de desempeño, la optimización de los recursos humanos e infraestructura disponibles, así como garantizar insumos y capacitación necesarios para la oferta de la atención obstétrica de emergencia tanto básica como integral. Cuarto.- La Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión solicita a la Secretaría de Salud, para que a partir del presupuesto anual con la metodología Base Cero, impulsen la ampliación, reasignación y etiquetación del presupuesto destinado a los programas sociales y de infraestructura que tienen impacto en la salud sexual y reproductiva de las mujeres, así como la publicación de los resultados del gasto, con el objetivo de cumplir con los principios de transparencia y rendición de cuentas para abatir la muerte materno-infantil en nuestro país. Dado en la sala de reuniones de la Segunda Comisión de la Comisión Permanente del Congreso de la Unión, a los 4 días del mes de agosto del año 2015. [12]
DICTAMEN A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A REFORZAR Y AMPLIAR LAS ACCIONES ENCAMINADAS A DISMINUIR LA MUERTE MATERNA Y DE LOS RECIÉN NACIDOS EN LOS ESTADOS DE CHIAPAS, GUERRERO Y OAXACA, CONSIDERANDO CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN ACERCA DE LA IMPORTANCIA Y EL DERECHO QUE TIENEN LAS MUJERES PARA ACUDIR A LAS POR LA SEGUNDA COMISIÓN A FAVOR EN CONTRA ABSTENCIÓN Sen. Armando Ríos Piter Presidente Sen. Daniel Amador Gaxiola Secretario Sen. Fernando Yunes Márquez Secretario Dip. María de Lourdes Amaya Reyes Secretaria Dip. Alejandro Montano Guzmán Dip. Filiberto Guevara González Sen. René Juárez Cisneros Sen. María Hilaria Domínguez Arvizu Sen. Juan Carlos Romero Hicks Dip. Rocío Reza Gallegos Dip. Fernando Rodríguez Doval Dip. Fernando Belaunzarán Méndez Sen. Juan Gerardo Flores Ramírez Sen. Manuel Bartlett Díaz Dip. María Sanjuana Cerda Franco [13]
DICTAMEN A LA PROPOSICIÓN CON PUNTO DE ACUERDO QUE EXHORTA AL EJECUTIVO FEDERAL A REFORZAR Y AMPLIAR LAS ACCIONES ENCAMINADAS A DISMINUIR LA MUERTE MATERNA Y DE LOS RECIÉN NACIDOS EN LOS ESTADOS DE CHIAPAS, GUERRERO Y OAXACA, CONSIDERANDO CAMPAÑAS DE DIFUSIÓN ACERCA DE LA IMPORTANCIA Y EL DERECHO QUE TIENEN LAS MUJERES PARA ACUDIR A LAS [14]