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Transcripción:

2 de abril de 2014 Hon. Lydia R. Méndez Silva Presidenta Comisión de Salud Cámara de Representante El Capitolio San Juan, PR 00901 Lcdo. Jorge M. Cañellas Fidalgo, CPA Presidente Cámara de Comercio de Puerto Rico Lcda. Blanca I. Mera- Roure Asesora Legal Cámara de Comercio de Puerto Rico Proyecto de la Cámara 1695 Agradecemos la oportunidad que se nos brinda de expresar nuestros comentarios en torno al Proyecto de la Cámara 1695, para enmendar los artículos 5.16 (b) y 6.06 (a) de la Ley Núm. 247 de 3 de septiembre de 2004, según enmendada, conocida como la Nueva Ley de Farmacia, con el fin de prohibir la venta de bebidas alcohólicas, cigarrillos o cigarros en los establecimientos de farmacia en Puerto Rico; imponer sanciones administrativas y penalidades; y para otros fines.

2 La CCPR es una organización sin fines de lucro que agrupa sobre 1,100 empresas y sobre 50 asociaciones afiliadas. Es el portavoz de los negocios en Puerto Rico, representando a todas las actividades comerciales, industriales, profesionales y los que constituyen la base fundamental de la economía puertorriqueña. Nuestra misión es promover el fortalecimiento de la empresa privada y la integración multisectorial para fomentar el desarrollo económico sostenible de Puerto Rico y una mejor calidad de vida. Tiene como misión fortalecer el desarrollo de nuestros constituyentes, proveyendo conocimientos, representatividad multisectorial, y protegiendo los valores y fundamentos de la libre empresa. Los elementos de nuestra misión son claves para promover el progreso de la Isla. Es a través del fortalecimiento de la empresa privada que se promueve la competitividad en la economía y su capacidad para generar empleos e ingreso. La labor diaria que lleva a cabo la Cámara de Comercio de Puerto Rico (CCPR) se basa principalmente en el estudio de problemas que afectan directa o indirectamente el sector privado de la economía. En este esfuerzo, se considera que la función de los Comités organizados por la CCPR son de vital importancia para obtener el asesoramiento de los representantes de los distintos sectores de negocios, a fin de responder a los requerimientos correspondientes de las autoridades gubernamentales o para expresarles nuestros planteamientos sobre algún asunto de interés a la comunidad empresarial. La política pública en los últimos años ha estado dirigida a promover estilos de vida más seguros y saludables, como resultado de la investigación científica y los adelantos tecnológicos. En forma simultánea, la industria ha estado respondiendo con campañas para orientar a los consumidores sobre sus alternativas, en armonía con dicha política pública. Se destacan, además, las campañas educativas a través de los medios publicitarios exhortando a los puertorriqueños a asumir comportamientos socialmente

3 responsables hacia el país, nuestros ciudadanos y el ambiente que nos rodea. La Exposición de Motivos del Proyecto establece que el consumo excesivo de alcohol, así como el consumo de tabaco, son males que provocan serias complicaciones en la salud de los individuos. Por tal razón, la Asamblea Legislativa concluye que salta a la vista el carácter inapropiado de la oferta de los mismos en establecimientos de farmacia, toda vez que la dignidad y naturaleza de las instalaciones de farmacia, así como el poder de razón de Estado protector de la salud pública bajo principios de razonabilidad, no quedan bien servidos con la mácula de la comercialización y promoción de vicios dañinos a la salud en recintos sujetos a licenciamiento para operar como farmacias. La Ley Núm. 247, supra, define Farmacia, como: establecimiento de servicio de salud, ubicado físicamente en la jurisdicción de Puerto Rico, autorizado y registrado de conformidad con las disposiciones de esta Ley, para dedicarse a la prestación de servicios farmacéuticos, que incluye: la dispensación de medicamentos de receta, medicamentos sin receta, artefactos y otros productos relacionados con la salud, la prestación de cuidado farmacéutico y otros servicios dentro de las funciones del farmacéutico establecidas en esta Ley. Disponiéndose que la farmacia podrá ofrecer al público otros servicios y productos de lícito comercio, según las leyes aplicables. (énfasis suplido) Ciertamente estamos de acuerdo con la Asamblea Legislativa en que el consumo excesivo de alcohol y tabaco puede provocar serias complicaciones de salud en los individuos. No obstante, la responsabilidad recae sobre todos, el Gobierno, las empresas y todos los que componemos la sociedad civil en educar y concientizar a los individuos sobre las consecuencias del

4 uso excesivo del alcohol y tabaco. La relación entre el Gobierno y el sector privado no puede ser exclusivamente una de autoridad impositiva. El éxito económico depende de que el Gobierno y la empresa privada trabajen en estrecha colaboración, para crear un sinergismo efectivo entre ambos sectores. En este contexto, la autorreglamentación de la industria resulta ser más efectiva que la reglamentación gubernamental. Tanto el Gobierno como el sector privado, tienen un genuino interés en establecer iniciativas de progreso económico, de salud y seguridad, que promuevan mejorar la calidad de vida para todos los habitantes de Puerto Rico. Es importante enfatizar sin embargo, que a nuestro juicio, un principio rector en toda gestión gubernamental debe ser, entre otras, minimizar la intervención del Gobierno en la actividad económica. Como norma, nos oponemos a toda legislación cuyo objetivo restrinja o limite la libre empresa y el comercio de artículos legales. El concluir, como lo hace esta Asamblea Legislativa, que el imponer una prohibición a la venta de bebidas alcohólicas, cigarrillos o cigarros en los establecimientos de farmacia constituye un esfuerzo efectivo para prevenir el consumo de tales sustancias, es a nuestro juicio una conclusión para la cual no se ha provisto un estudio que lo justifique. Es importante señalar además, que hay un gran número de establecimientos comerciales a los que el Departamento de Salud le ha expedido una licencia de farmacia, y que ofrecen al público otros servicios y productos de lícito comercio. Además, hay otros establecimientos que aunque no son farmacia, están autorizados a vender medicamentos sin receta. Nos preocupa el alcance de la medida propuesta, ya que estaría estableciendo una distinción injustificada al prohibir la venta de cigarrillos, tabaco y alcohol en una farmacia, pero permitirlo en otros establecimientos que como parte de su negocio, operan una farmacia, venden medicamentos

5 sin receta, o proveen servicios relacionados con la salud. En este tema, es necesario analizar las prohibiciones y limitaciones propuestas de manera ponderada y estableciendo unas medidas, de ser necesario, que no sean extremas ni discriminatorias. A modo de ejemplo, podemos estipular como un hecho el que un alcohólico que consume alcohol en forma desmedida tendrá efectos nocivos a su salud, de la misma manera que un diabético o una persona obesa que consuma dulces en exceso. Entonces cabe preguntarnos: Hasta qué punto el Gobierno debe intervenir en reglamentar la venta de estos productos? Constituye una responsabilidad del Estado, en aras de establecer medidas esencialmente salubristas, ejercer su poder de razón del Estado como protector de la salud pública prohibiendo la venta de dulces, o como en este caso, de alcohol y tabaco, en las farmacias o establecimientos comerciales con licencia de farmacia? Somos de opinión que si la elaboración o manufactura de un producto es legal, no deben imponerse restricciones a la venta de los mismos en el curso ordinario de los negocios, siempre que de determinarse que si el producto es nocivo a la salud, se hagan las advertencias de rigor, de conformidad con las leyes aplicables. Por todo lo antes expuesto la CCPR se opone a la aprobación del P. de la C. 1695. Agradecemos la oportunidad de presentar nuestros comentarios al Proyecto y esperamos que los mismos le sean de utilidad a esta Honorable Comisión. Nos reiteramos a su disposición para cualquier otro asunto en que le podamos servir en el futuro sobre este Proyecto de Ley o cualquier otro Proyecto dirigido a adelantar el progreso económico y mejorar la calidad de vida de nuestro pueblo.