Aclaración de requerimientos f iscales



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Transcripción:

Aclaración de requerimientos f iscales sat.gob.mx gobiernofederal.gob.mx

2011

Qué es un requerimiento fiscal Es el documento mediante el cual la autoridad fiscal solicita a los contribuyentes que cumplan con determinada obligación o, en su caso, comprueben que ya lo hicieron. En qué casos se envían requerimientos a los contribuyentes Se pueden enviar requerimientos de aclaración a los contribuyentes sobre cualquiera de los siguientes temas: De obligaciones omitidas (declaraciones no presentadas). Por no presentar la solicitud de inscripción, los avisos al Registro Federal de Contribuyentes (RFC) o por presentarlos fuera de los plazos establecidos en las disposiciones fiscales. Por presentar declaraciones con errores u omisión de datos. De créditos fiscales. Por adeudos por error aritmético en declaraciones. De créditos fiscales. Por cheque recibido en tiempo y no pagado. De créditos fiscales. Por multas impuestas por las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente. De créditos fiscales. Por actualización y recargos. De créditos fiscales. Por requerimiento de pago total por incumplimiento en el pago en parcialidades. 3

Qué debe hacer cuando le notifiquen un requerimiento Si no ha cumplido con la obligación requerida, debe proceder a cumplirla. En cuanto a la omisión de declaraciones, debe presentarlas debidamente y, en su caso, pagar las cantidades correspondientes. Tratándose de requerimientos por presentar una declaración con errores u omisiones de datos, debe hacer una declaración complementaria donde los corrija. Si el requerimiento se debe a que no presentó solicitud de inscripción o alguno de los avisos de cambio de situación fiscal en el RFC, debe presentarlo inmediatamente. En todos los casos, el requerimiento indica el plazo para el cumplimiento de las obligaciones que se le hayan solicitado, así como su solventación. A dónde debe acudir y qué debe llevar o hacer para aclarar o solventar un requerimiento En caso de que usted reciba un requerimiento de las autoridades fiscales, puede hacer la aclaración correspondiente (dentro del plazo establecido en el requerimiento y presentar los documentos que se señalan más adelante, según el tipo de obligación que se requiera) a través de los siguientes medios:

Personalmente Ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal. Por internet En el Portal de internet del SAT, sección Mi Portal, a través de un caso de Aclaraciones. Personalmente Documentos o requisitos que deberá acompañar cuando se presente ante la Administración Local de Servicios al Contribuyente que corresponda a su domicilio fiscal a aclarar o solventar un requerimiento: 5

Tipo de requerimiento n Requerimiento de obligaciones omitidas (declaraciones). n Requerimiento por presentar declaraciones con errores u omisión de datos. n Requerimiento sobre créditos fiscales. Adeudo por error aritmético en declaraciones. n Requerimiento sobre créditos fiscales. Multas impuestas por las Administraciones Locales de Servicios al Contribuyente. n Requerimiento por no presentar la solicitud de inscripción, los avisos al RFC o por presentarlos fuera de los plazos correspondientes. 6

Requisitos Original de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma expedida por los gobiernos federal, estatal o municipal del contribuyente o representante legal. En caso de representación legal, copia certificada del poder notarial o carta-poder en original firmada ante dos testigos y ratificadas las firmas ante las autoridades fiscales, notario o fedatario público. Tratándose de residentes en el extranjero o de extranjeros residentes en México, deberán acompañar copia certificada del documento notarial con el que haya sido designado el representante legal para efectos fiscales. Original del documento con el que acredite el cumplimiento de la obligación requerida o con el que acredite la improcedencia del requerimiento, según sea el caso. Menores de edad Los padres o tutores que ejerzan la patria potestad o tutela de menores de edad y actúen como sus representantes, deberán presentar: Copia certificada del acta de nacimiento del menor expedida por el Registro Civil. Escrito libre en el que se manifieste la conformidad de los padres para que uno de ellos actúe como representante del menor. Resolución judicial o documento emitido por fedatario público en el que conste la patria potestad o la tutela. Original y copia de cualquier identificación oficial vigente con fotografía y firma, expedida por los gobiernos federal, estatal o municipal de los padres o tutores que funjan como representantes del menor. Original del documento con el que acredite el cumplimiento de la obligación requerida o con el que acredite la improcedencia del requerimiento, según sea el caso Original y fotocopia del requerimiento (original para cotejo). En caso de no contar con el requerimiento, debe presentar escrito libre por duplicado en el que señale los motivos que dieron origen al requerimiento. Original y fotocopia de la solicitud de inscripción o aviso al RFC, debidamente llenada (original para cotejo). En su caso, original y fotocopia de la documentación que compruebe por qué no procede el requerimiento. 7

Tipo de requerimiento n Requerimiento sobre créditos fiscales. Cheque recibido en tiempo y no pagado. n Requerimiento sobre créditos fiscales. Por actualización y recargos en créditos fiscales. n Requerimiento de pago total por incumplimiento en el pago en parcialidades. 8

Requisitos Original y fotocopia del requerimiento de pago. (original para cotejo). Original y fotocopia de la documentación comprobatoria (original para cotejo). En su caso, original y fotocopia de la forma oficial múltiple de pago (FMP-1) donde conste el pago de la multa correspondiente (original para cotejo). Para comprobar la existencia de los fondos el día en que fue presentado el cheque para el pago de las contribuciones, debe presentar la siguiente documentación: n Escrito libre por duplicado. n Original de la documentación que acredite la existencia de los fondos (original para cotejo). Original y fotocopia del requerimiento de pago (original para cotejo). En caso de no contar con el requerimiento, debe presentar escrito libre por duplicado en el que señale los motivos y aclare por qué no procede el requerimiento. Original y fotocopia de la forma oficial múltiple de pago (FMP-1) donde conste el pago del crédito correspondiente (original para cotejo). En caso de que se haya cubierto una multa con el descuento de 20% fuera del plazo de los 5 días siguientes a la fecha en que surtió efectos su notificación, se deberá acompañar: n Original y fotocopia de la forma oficial (FMP-1) con el sello de la institución bancaria autorizada (original para cotejo). Escrito libre por duplicado donde explique por qué no procede. Original y fotocopia del requerimiento de pago (original para cotejo). Originales y fotocopias de los formularios múltiples de pago (FMP-1) que comprueben estar al corriente de sus parcialidades o, en su caso, haber pagado la totalidad del crédito fiscal (originales para cotejo). Original y fotocopia del documento donde conste la aceptación de la garantía (original para cotejo). 9

Por internet Para que pueda aclarar o solventar cualquiera de los requerimientos a través de internet, realice lo siguiente: Ingrese al Portal de internet del SAT, sat.gob.mx. En la sección Mi Portal capture su RFC y su CIEC actualizada y dé clic en Iniciar sesión. 10

Dé clic en Servicios por internet. Posteriormente dé clic en Aclaraciones y finalmente en Solicitud. 11

Inmediatamente ingresará al formato electrónico para realizar la aclaración o solventación del requerimiento correspondiente. Si así lo desea, puede modificar el medio de contacto, en este caso dé clic en la liga Modificar medio de contacto. Al concluir con la elección del medio de contacto, dé clic en Aceptar. 12

A continuación elija o capture la información solicitada en los siguientes campos: En el campo Trámite seleccione Requerimiento Control de Obligaciones. En el campo Asunto señale de manera breve el asunto que desea aclarar. En el campo Descripción capture la información adicional que considere necesaria para la aclaración o solventación del requerimiento correspondiente Si requiere anexar algún documento para comprobar la improcedencia del requerimiento debe digitalizarlo, guardarlo en su equipo y realizar lo siguiente: Dé clic en Adjuntar archivo, y en seguida en Examinar; ubique y seleccione el documento digitalizado que haya guardado en su equipo para poderlo anexar a su aclaración. Al concluir con la captura total de los datos solicitados en el formato electrónico, realice el envío correspondiente, para ello dé clic en Enviar. Finalmente, obtenga el acuse de la aclaración realizada y consulte la respuesta en el medio de contacto que haya elegido. 13

En caso de que la autoridad requiera documentación adicional para la aclaración o solventación correspondiente, se entregará al contribuyente un reporte de información pendiente y tendrá un plazo de diez días para integrarla correctamente. Si el contribuyente no presenta la documentación en el plazo señalado con anterioridad, la aclaración se tendrá por no presentada y deberá iniciarla nuevamente. Qué pasa si no aclara algún requerimiento o lo hace fuera del plazo Se le impondrá una multa por incumplimiento al requerimiento, independientemente de las multas que procedan por la omisión de las obligaciones requeridas. 1

15

Para más información consulta nuestros servicios gratuitos y conf idenciales Consulte: sat.gob.mx aduanas.gob.mx Contáctenos desde: nuestro Portal de internet Llame a INFOSAT: -01 800 6 36 728 (en México) -1 877 88 728 (desde Estados Unidos y Canadá) Redes sociales: youtube.com/satmx twitter.com/satmx flickr.com/photos/satmx en facebook, búsquenos como SAT México La edición del folleto Aclaración de requerimientos fiscales, 2011, preparada en el Servicio de Administración Tributaria, se terminó de imprimir en octubre de 2011. Se prohíbe la reproducción total o parcial de esta obra con fines de lucro. El presente documento no establece obligaciones ni crea derechos distintos de los contenidos en las disposiciones fiscales vigentes. El contribuyente es el centro de nuestras acciones. Pensar así, forma parte de nuestra cultura organizacional. Cultura Organizacional