Obligaciones del Transportador 6/7/10 Katya Cecilia Humánez Petro
Requisitos Previos 2 Debe ser persona jurídica inscrita en el RUT- Responsabilidad C53: Cód. 10 (Usuario Aduanero) - Calidad de Usuario C54: Código 28 (Transportador aéreo régimen de importación o exportación) Código 46 (Transportador marítimo régimen de importación - exportación) Código 47 (Transportador terrestre régimen importación exportación) Código 49 (Transportador fluvial) Se exceptúan de esta obligación las empresas de transporte transfronterizo, quienes deben inscribirse por intermedio de su apoderado en Colombia en el Registro de no obligados a inscribirse en el RUT. Trámites transitorios. La planilla de traslado en el caso de una exportación modo aéreo en tránsito, la podrá realizar también un transportador nacional (Inscrito en el RUT) En los casos en que se solicite selectividad en un depósito habilitado, la planilla de traslado la debe realizar el depósito (Persona Jurídica inscrita en el RUT)
3 Planilla de Traslado Art. 272-1 Para efectos del traslado al lugar de embarque o zona franca, de las mercancías objeto de exportación, amparadas con una SAE, se debe elaborar una planilla Forma de presentación: a través de los SIE
4 Quién n elabora la Planilla de Traslado? Art. 236-2 Rs. 4240/00 El declarante El exportador El transportador o El responsable del depósito habilitado, según corresponda, de acuerdo con las condiciones de la operación comercial.
Cómo se elabora la Planilla de Traslado? Art. 236-2 Rs. 4240/00 5 Por cada vehículo que efectúe el traslado de la mercancía, debe elaborarse una planilla de traslado
Clases de Planillas: 6 Con Traslado Total y un Solo Documento de Transporte Con Traslado Total y Varios Documentos de Transporte Con Traslado Parcial y un Solo Documento de Transporte Con Traslado Parcial y Varios Documentos de Transporte
Traslado Total y un solo Documento de Transporte 7 Se utiliza cuando toda la mercancía amparada con una SAE se traslada al lugar de embarque utilizando un solo vehículo y se encuentra amparada en un solo documento de transporte Se debe elaborar una sola planilla por el vehículo utilizado Se debe indicar en la planilla que el traslado es total Y se debe relacionar en la planilla, una sola vez la SAE y el documento de transporte que ampara la mercancía
Traslado Total y varios Documentos de Transporte 8 Se utiliza cuando toda la mercancía amparada con una SAE se traslada al lugar de embarque utilizando un solo vehículo y se encuentra amparada en varios documentos de transporte Se debe elaborar una sola planilla por el vehículo utilizado Se debe indicar en la planilla que el traslado es total Y se debe relacionar en la planilla, la SAE en forma repetida, tantas veces como documentos de transporte se registren.
Traslado Parcial y un Solo Documento de Transporte 9 Se utiliza cuando la mercancía amparada con una SAE se traslada parcialmente al lugar de embarque utilizando varios vehículos y amparada en 1 solo documento de transporte Se debe elaborar una planilla por cada vehículo utilizado Se debe indicar en cada planilla que el traslado no es total Y se debe relacionar en cada planilla una sola vez la SAE y el documento de transporte
Traslado Parcial y varios Documentos de Transporte 10 Se utiliza cuando la mercancía amparada con una SAE se traslada parcialmente al lugar de embarque utilizando varios vehículos y amparada en varios documentos de transporte Se debe elaborar una planilla por cada vehículo utilizado Se debe indicar en cada planilla que el traslado no es total Y se debe relacionar en cada planilla la SAE en forma repetida, tantas veces como documentos de transporte se registren.
11 Año: Corresponde al año en que se esta presentando el documento Concepto: Corresponde al concepto del documento que se está presentando: 01. Inicial, 02. Reemplazo Contenido de la Planilla de Traslado Art. 236-2 Rs. 4240/00 Hoja 1 No de Formulario: Corresponde al número del formato. Dato asignado por el sistema. Registre el No de la planilla que se va a reemplazar Nombres y apellidos o razón social de quien elabora la planilla
Contenido de la Planilla de Traslado Art. 236-2 Rs. 4240/00 Hoja 1 12 TABLA MODO TRANSPORTE Transporte Marítimo 1 Transporte Ferroviario 2 Transporte carretero 3 Transporte Aéreo 4 Correo 5 Transporte por Instalaciones Fija 6 Transporte en aguas interiores 7 Indique el modo de transporte que se va a utilizar para transportar la mercancía que se exporta Modo de transporte no aplicable 8
Contenido de la Planilla de Traslado Art. 236-2 Rs. 4240/00 Hoja 1 13 Indique la Dir. Seccional con jurisdicción en el lugar donde se encuentra la mercancía. Indique la Dirección Seccional con jurisdicción en el lugar donde se embarca la mercancía. Indique el puerto, aeropuerto, cruce, donde se embarcaran las mcías. (UN-LOCODE) TABLA TIPO DE CARGA Suelta 1 Contenedorizada 2 Granel 3 Mixta 4
Contenido de la Planilla de Traslado Art. 236-2 Rs. 4240/00 Hoja 2: Datos de la carga 14 Indique el código de la operación que se va realizar TABLA No. 3 CODIGO TIPO DE SOLICITUD/OPERACIÓN Solicitud de Embarque: Único con Datos definitivos 11 Único con Datos Provisionales 12 Fraccionado 13 Programa Especial de Exportación- PEX 14 Exportación temporal para reimportación en el mismo 15 estado Exportación temporal para perfeccionamiento activo 16 Reexportación 17 Reexportación temporal para reparación o reemplazo 18 Reembarque 19 Muestras sin valor comercial 20 Tráfico Postal y envíos urgentes 21 Menaje 22 Reingreso de mercancías al lugar de embarque 23 amparadas con una solicitud de autorización de embarque (F602)
Contenido de la Planilla de Traslado Art. 236-2 Rs. 4240/00 Hoja 2: Datos de la carga 15 Indique el tipo y número del documento de salida con el cual va salir la mercancía del país TABLA TIPO DOCUMENTO DE SALIDA Formato 602 1
Contenido de la Planilla de Traslado Art. 236-2 Rs. 4240/00 Hoja 2: Datos de la carga 16 TABLA TIPO UNIDAD CARGA Barcazas o planchones 1 Contenedores 2 Furgones 3 Paletas 4 Remolques y semi remolques 5 Tanques 6 Vagones o Plataformas de ferrocarril 7 Otros elementos similares 8 Indique las características de la unidad de carga si se trata de un contenedor
Contenido de la Planilla de Traslado Art. 236-2 Rs. 4240/00 Hoja 2: Datos de la carga 17 TABLA TIPO DE DOCUMENTOS DE VIAJE Directo 1 Master Nivel 1 (hijos) 2 Hijo 3 Manifiesto Expreso 4 Tiquete 5 Guía de Empresas de Mensajería Especializada 6 Guía de Tráfico Postal 7 Declaración de tránsito aduanero Innal 8 Master Nivel 2 (nietos) 9 Documento Consolidador Nivel 1 10 Documento Consolidador Nivel 2 11 Documento consolidado provisional 12 Solo se diligencia si el país de destino final de la mercancía es diferente a Colombia- Modo aéreo y fraccionados: Si existe una SAE con varias guías aéreas, registre tantas veces la SAE como documentos soporte y carga a transportar exista.
Contenido de la Planilla de Traslado Art. 236-2 Rs. 4240/00 Hoja 2: Datos de la carga 18 Indique si se van a relacionar el total o un parcial de serie de la mercancía trasladada a zona primaria, amparadas en una Solicitud de Embarque. Si se trata de una SAE con Datos provisionales, no se controlará el inventario y se permitirá que se ingresen tantas planillas parciales como el usuario desee. Si se trata de varias series agrupadas los parciales se restan de los datos de la primera serie.
Contenido de la Planilla de Traslado Art. 236-2 Rs. 4240/00 Hoja 2: Datos de la carga 19 Indique el Código del País de destino de la mercancía que va a ser exportada. (una misma planilla puede relacionar varias SAEs con destinos diferentes, pero o todas van para Colombia o todas van para el Resto del Mundo. Si el destino final es Colombia, se debe indicar la zona a donde serán trasladadas las mercancías Si se solicita la selectividad en un depósito habilitado, se debe indicar el código de depósito habilitado nez Petro 6/7/10
Contenido de la Planilla de Traslado Art. 236-2 Rs. 4240/00 Hoja 2: Datos de la carga 20 Indique los datos relacionados con las subpartidas, de las mercancías cuando vienen agrupadas. También se puede utilizar para registrar los datos de la descripción de las mercancías que se trasladan- Esta casilla es editable y tiene 2000 caracteres de longitud.
21 Contenido de la Planilla de Traslado Art. 236-2 Rs. 4240/00 Hoja 2: Datos del Transportador Indique los nombres y apellidos del transportador. Una misma planilla puede relacionar varias SAEs para varios transportadores. nez Petro 6/7/10
Contenido de la Planilla de Traslado Art. 236-2 Rs. 4240/00 Hoja 1: Totales 22 En la planilla se totalizan todos los datos relacionados con contenedores, bultos, peso bruto y número de SAEs que se trasladan
Diligenciamiento Web 23 Indique si es inicial o reemplazo
Diligenciamiento Web 24 Ingrese la información del medio de transporte en que se va a efectuar el traslado (Tipo e identificación)
Diligenciamiento Web 25 Ingrese el número de SAE y continúe con el botón siguiente paso
Diligenciamiento Web 26 Indique si el traslado es total o no. Si selecciona total, el sistema trae automáticamente los datos de la SAE diligenciada. Si selecciona parcial, muestra en modo edición los datos de peso, bultos y números de serie para diligenciamiento
Diligenciamiento Web 27 Ingrese los datos del documento de transporte y fecha, el sistema trae el resto de la información referente a los datos del transportado r. Pulse el botón adicionar
Diligenciamiento Web 28 Podrá agregar más SAEs si lo desea. Para avanzar pulse el botón siguiente paso.
Diligenciamiento Web 29 Al final se muestra pantalla con los totales de la operación, pulse el botón: ENVIAR
Diligenciamiento Web 30 Si el documento ha sido enviado exitosamen te, el sistema muestra un ACUSE DE RECIBO del mismo
SAEs sin planilla (Se presenta dentro del lugar de embarque) Art. 232-3 31 Para las mercancías cuyo embarque se realiza por un puerto o muelle de servicio privado; Para la modalidad de reembarque cuando la mercancía esté ubicada en el lugar de embarque; Para los graneles cuyo embarque se efectúa en un puerto o muelle de servicio público; Para las exportaciones de café, azúcar, banano y mercancías que se transporten por redes, ductos, tuberías o bandas; Mercancías cuyo embarque se realice por la Administración de Aduanas de Urabá;
SAEs sin planilla (Se presenta dentro del lugar de embarque) Art. 232-3 32 Mercancías cuyo proceso de explotación, recolección y producción se realiza en el puerto o muelle Las mercancías exportadas a través de la Red Oficial de Correos. Cuando el intermediario de la modalidad de tráfico postal y envíos urgentes, efectúe el proceso de consolidación de las mercancías, en el lugar de embarque, El reemplazo de la SAE podrá adelantarse hasta antes de que la DIAN autorice el embarque
Salida temporal del lugar de embarque Parágrafo 1 Art. 236-2 Rs. 4240/00 33 Las mercancías que salgan temporalmente del lugar de embarque, para ser almacenadas en un depósito habilitado, por : No disponibilidad del medio de transporte Cambio del modo de transporte u Otra circunstancia debidamente justificada, Deberán reingresar para su embarque a la zona primaria, amparadas en una planilla de traslado que expedirá el responsable del depósito habilitado.
34 Planilla de traslado para mercancías as inspeccionadas en zona secundaria Parágrafo 2 Art. 236-2 Rs. 4240/00 Cuando se haya autorizado inspección en zona secundaria, la planilla la realiza el exportador, declarante o transportador, siempre que se haya autorizado el embarque. AE
35 Vigencia de la SAE en tránsito Art. 232 Rs. 4240/00 1 mes Salvo que se configure la existencia de hechos notorios de alteración del orden público o desastres naturales que impidan el cumplimiento de dicho término El exportador o declarante deberá solicitar a la aduana del lugar que autorizó el embarque, a través de los SIE, la ampliación del término de la Solicitud de Autorización de Embarque. (Servicio de prórrogas o plazos)
36 Aviso de Ingreso Art. 237 Rs. 4240/00 A través de los SIE Se debe informar el ingreso de la mercancía al lugar de embarque o zona franca Efectuado el ingreso, se autorizará el embarque o se determinará la práctica de inspección aduanera. Responsable del puerto (Modo Marítimo) Transportador (Modo Aéreo) Usuario operador (Zona Franca) Funcionario Aduanero (Modo terrestre)
37 Aviso de Ingreso (Rol depósito) Art. 237 Rs. 4240/00 Cuando por razones logísticas o por la naturaleza de la mercancía, la solicitud de autorización de embarque se presente en un depósito habilitado, el aviso de ingreso lo efectuará el responsable del depósito.
38 Contenido del Aviso de Ingreso Art. 237 Rs. 4240/00
Contenido del Aviso de Ingreso Art. 237 Rs. 4240/00 39 AVISO DE INGRESO - FORMATO 1158 CASILLA DENOMINACION CASILLA MUISCA CONCEPTO 24 25 26 RELACION DE LA CARGA RECIBIDA Tipo documento de ingreso a zona Corresponde al tipo de documento con que ingresa la primaria mercancía a zona primaria No. Formato de ingreso a zona Corresponde al número de planilla con el cual se primaria presenta la carga en la zona primaria Código medio de transporte Corresponde al código de la unidad de transporte en que ingresa la carga 27 28 No. Identificación del medio de transporte No. Identificación del medio de transporte realmente ingresado. Corresponde a la identificación del medio de transporte en que ingresa la carga a zona primaria Corresponde a la identificación del medio de transporte con que realmente ingresa la carga a zona primaria. Esta casilla es editable y no obligatoria. En el modo aéreo se acordó registrar en este campo el No. De Viaje.
40 Formas de Presentar el Aviso de Ingreso Art. 237 Rs. 4240/00
Un solo aviso Registrar aviso de ingreso 41 Diligencie el número de la planilla que se va a ingresar, y la identificación del medio de transporte. Para finalizar pulse el botón ENVIAR
Varios avisos Planillas por ingresar 42 Ingrese por la opción planillas por ingresar y registre los datos de búsqueda: Entre más filtros de búsqueda diligencie, más rápido será el resultado de la búsqueda. Tenga en cuenta que el campo Cód. Aduana de Salida es obligatorio y que en el Rango de Fechas en el campo fecha final debe diligenciar el día siguiente a la fecha de la búsqueda. Para finalizar pulse el botón ENVIAR
Varios avisos Planillas por ingresar 43 El sistema arroja en la parte inferior de la pantalla el resultado de todas las planillas pendientes por ingresar. Para finalizar pulse el botón ENVIAR
Varios avisos Planillas por ingresar 44 El sistema arroja en la parte inferior de la pantalla el número del aviso de ingreso de las planillas ingresadas y el resultado de la selectividad.
Selectividad - Art. 238 Rs. 4240/00 45 La DIAN, informará sobre la decisión de practicar inspección física, documental, no intrusiva o autorizará el embarque directo de las mercancías objeto de exportación. A partir de este momento, empezará a contarse el término para la práctica de la inspección aduanera, en caso de que esta se haya determinado. Cuando la SAE se presente en lugar de embarque, o cuando el embarque se efectúe por aduana diferente, la determinación de autorización de embarque o de inspección aduanera, se realizará una vez se acepte la solicitud.
46 Reporte selectividad documentos para embarque Se adicionó filtro No. De viaje y No documento de transporte
Reporte selectividad documentos para embarque 47 Se distribuyeron las columnas del reporte en el mismo orden de las columnas del Manifiesto de Carga
Clases de Inspección 48 Según la forma Documental Física No intrusiva Según el lugar Zona Franca Zona Secundaria Zona Primaria Lugar de Embarque Lugar de Embarque ubicado en la Aduana de Partida (SAE en tránsito aéreo) Depósito Habilitado
Según n la forma: Art. 274 49 La autoridad aduanera, con fundamento en criterios técnicos de análisis de riesgo, podrá determinar la práctica de la inspección documental, física o no intrusiva a las mercancías en trámite de exportación. También podrá efectuarse la inspección aduanera por solicitud del declarante con la presentación de la solicitud de autorización de embarque.
Según n el lugar: Inspección n en Zona Secundaria Art. 275 50 El exportador podrá solicitar a la autoridad aduanera, autorización para que la inspección se realice en zona secundaria (Su empresa), cuando así lo requiera la naturaleza de las mercancías, o en razón de su embalaje, peligrosidad u otra circunstancia que lo amerite. Los ALTEX no requieren solicitud previa En la SAE.
51 Trámite de la solicitud previa de Inspección n en Zona Secundaria Art.239 Rs. 4240/00 La solicitud de inspección en zona secundaria se debe hacer a través de los SIE, indicando las razones en que se justifica dicha solicitud, el lugar donde se realizará e indicando si se trata de una autorización para una operación específica o si corresponde a una autorización para varias operaciones de exportación dentro de un período de tiempo determinado.
52 Término para la Inspección n Aduanera Art. 274-1 La diligencia de inspección aduanera deberá realizarse en forma continua y concluirse a más tardar el día hábil siguiente en que se ordene su práctica. Cuando por razones justificadas se requiera de un período mayor, se podrá autorizar su ampliación Art, 276 Dc. 2685/99 por un término máximo de dos (2) días únicamente por razones justificadas Art. 238 Rs. 4240/00.
53 En qué casos se podrá ampliar el término t de la diligencia de Inspección Art. 238 Rs. 4240/00 En caso de presentarse diferencias entre la información contenida en la Solicitud de Autorización de Embarque y los documentos soporte En caso de presentarse diferencias entre la solicitud de autorización de embarque y la mercancía inspeccionada
54 Cómo se realiza la diligencia de Inspección? n? Art. 238 Rs. 4240/00 El funcionario competente verificará la conformidad entre la información consignada en la Solicitud de Autorización de Embarque y los documentos soporte Tratándose de la inspección física, verificará, los empaques y embalajes y reconocerá la mercancía por las características que la identifican e individualizan. El resultado de la inspección, se consignará en el acta respectiva.
55 En qué caso no se autoriza el embarque de la mercancía a en la diligencia de Inspección Art. 238 Rs. 4240/00 Cuando el funcionario competente encuentre que la mercancía declarada es diferente a la descrita en la Autorización de Embarque, no procederá el embarque y deberá tramitarse una nueva Solicitud de Autorización de Embarque.
56 Toma de Muestras en la diligencia de Inspección Art. 238 Rs. 4240/00 El inspector, cuando lo considere necesario para lograr la correcta identificación de la mercancía, tomará muestras de la misma y las enviará para su respectivo análisis, sin perjuicio de que se continúe con el trámite de exportación.
57 Acta de diligencia de inspección
Autorización n de Embarque Art. 276 58 Consiste en la Autorización que otorga la autoridad aduanera al transportador, para que proceda a embarcar la mercancía. Puede ser: Automática o Como resultado de la conformidad otorgada por un funcionario aduanero en el evento en que se ordene una inspección física o documental o no intrusiva
También n se podrá autorizar el embarque en los siguientes casos detectados en una inspección aduanera: 59 Por diferencias que no impliquen ningún requisito adicional o restricción administrativa. Cuando se declaren precios que presenten niveles anormales en relación con el tipo de producto, sus características o condiciones de mercado Cuando se encuentre cantidad inferior a la consignada en la SAE Cuando se encuentre cantidad superior a la consignada en la SAE. La AE procederá sólo para la cantidad amparada en dicha SAE, debiéndose tramitar una nueva SAE para el sobrante. Cuando se presenten diferencias que impliquen que la mercancía quede sujeta a restricciones, cupos o requisitos especiales y estas se subsanen dentro del término de la SAE.
Autorización n de Embarque Art. 276 Formato 1416 60
61 Término para la Autorización n de Embarque Art. 240 Rs.- 4240/00 La Autorización de Embarque procederá dentro del término de vigencia de la solicitud de autorización de embarque, conforme a lo establecido en el artículo 276 del Decreto 2685 de 1999.
62 Embarque Art. 278 Es la operación de cargue en el medio de transporte de la mercancía que va a ser exportada, previa autorización de la autoridad aduanera. Katya Cecilia Humánez Petro
Qué comprende el Embarque? Parágrafo 2 Art. 241-2 Rs. 4240/00 63 Para efectos de la exportación, el embarque comprende, además de la operación de cargue de la mercancía en el medio de transporte, su salida del puerto, aeropuerto o paso de frontera con destino a otro país. SAE 1mes Autorización de Embarque PLANILLA Aviso Ingreso Selectividad Lugar de Embarque (Puerto Aeropuerto Cruce de Frontera) Embarque (Cargue)
Embarque por aduana diferente Art. 279 64 Cuando las mercancías deban embarcarse por una Aduana diferente a aquella en donde se presente y acepte la SAE, dicha solicitud se tramitará en la Aduana que tenga jurisdicción en el lugar donde se encuentre la mercancía, la cual autorizará la Exportación en Tránsito hasta la Aduana de Salida. En la Aduana de Salida no se efectuará inspección física a las mercancías, siempre que las unidades de carga y los medios de transporte vengan en buen estado, se encuentren precintados y no presenten signos de haber sido forzados o violados.
Salida temporal del lugar de embarque Art. 240-1 Rs. 4240/00 65 En el evento en que por no disponibilidad del medio de transporte, cambio del modo de transporte o cualquier otra circunstancia debidamente justificada, no se pueda efectuar el cargue inmediato de las mercancías, el declarante, exportador o transportador, según el caso, podrá solicitar, la salida temporal de las mercancías del lugar de embarque con destino a un depósito habilitado. Para el efecto, se deberá diligenciar una planilla F1178 que respalde la salida temporal de la mercancía. Una vez reingrese la mercancía al lugar de embarque, deberá adelantarse el procedimiento establecido en el artículo 273 y siguientes del Decreto 2685 de 1999, reglamentado por los artículos 237 y siguientes de la presente resolución.
Invalidación n de la SAE Art. 236-1 Rs. 4240/00 66 La SAE se podrá invalidar a través de los SIE, cuando el exportador desista de efectuar la operación de exportación, siempre y cuando no se haya efectuado el embarque (Certificación del embarque) de las mismas Salvo para las exportaciones que se efectúen a Zona Franca, las cuales podrán ser invalidadas hasta antes de que el usuario operador efectúe el correspondiente Aviso de Ingreso.
Invalidación n de la SAE Art. 236-1 Rs. 4240/00 67
Invalidación n de la SAE Art. 236-1 Rs. 4240/00 68
69 Invalidación n de la SAE Art. 236-1 Rs. 4240/00
Solicitud Invalidación n de la SAE Art. 236-1 Rs. 4240/00 70
71 SAE invalidada
72 Certificación n de Embarque Art. 280 Forma: El manifiesto de carga se presenta a través de los SIE, relacionando las mercancías según los embarques autorizados por la autoridad aduanera. Oportunidad: Dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes, al embarque de la mercancía. Art. 241-2 Rs. 4240/00.
Contenido del Manifiesto de Carga Formato 1165 Hoja 1 73 El concepto indica si es inicial o de corrección (Reemplazo dentro de las 24 horas siguientes). Diligencie los datos de la empresa de transporte en Colombia que va a certificar el embarque. Debe tener calidad de transportador en el RUT. Registre la Aduana y lugar donde se va a efectuar el embarque
Contenido del Manifiesto de Carga Formato 1165. Hoja 1 74 Diligencie los datos que identifican el medio de transporte: No. De matrícula, Nacionalidad, Nombre de la nave (Opcional), y los datos del viaje que se está certificando: Modalidad de transporte, No. De Viaje (Opcional Aéreo), Tipo de Viaje, Cód. País de destino y Lugar de destino, Fecha y hora de Embarque.
Contenido del Manifiesto de Carga Formato 1165 Hoja 2 75 Relacione el número del documento que se va a manifestar: SAE o Documento de transporte (Transbordo), la forma de cargue, los bultos y peso bruto kg., el documento de transporte y fecha, los datos del Reempaque (según el caso) y la identificación genérica de la mercancía.
76 Cuando se entiende presentado el Manifiesto de Carga? Art. 241-2 Rs. 4240/00 Se entenderá que la información del manifiesto de carga ha sido entregada, cuando la DIAN, a través del servicio informático electrónico, acuse el recibo satisfactorio de la misma.
77 Corrección n del Manifiesto de Carga Art. 241-2 Rs. 4240/00 Para corregir inconsistencias relacionadas con el cargue de la mercancía. El transportador podrá corregirlas dentro de las veinticuatro (24) horas siguientes a la presentación del manifiesto de carga inicial (Concepto 2).
78 Exportaciones sin Manifiesto de Carga Parágrafo 1 Art. 241-2 Rs. 4240/00 Se exceptúan del trámite de presentar manifiesto de carga, las exportaciones con destino a una Zona Franca o depósito franco y las exportaciones de energía, gas u otros.
79 Cómo se diligencia el Manifiesto de Carga? Por diligenciamiento Web Por presentación de información por envío de archivos
Manifiesto de Carga Diligenciamiento Web 80 Ingrese por el asunto o por la opción: CREAR MANIFIESTO
Manifiesto de Carga Diligenciamiento Web 81 Ingrese el modo de transporte, la aduana de partida, la modalidad de transporte y el tipo de carga- Si conoce el número de la SAE, incluya este filtro y debe indicar si tiene contenedores con carga o vacíos. Para avanzar seleccione SIGUIENTE PASO
Manifiesto de Carga Diligenciamiento Web 82 El sistema muestra pantalla con la relación de las SAEs o de los documentos de transporte (F1166 transbordo) pendientes por manifestar, y muestra para selección la casilla FORMA DE CARGUE (Total, parcial o total consistente) y Número y fecha del documento de transporte (Agregar BL), también podrá registrar los datos de la carga que ha sido reempacada. Para avanzar pulse el botón Siguiente Paso
Forma de Cargue 83 En la casilla FORMA DE CARGUE (Total, parcial o total consistente) tenga en cuenta que si se registra parcial el sistema no cierra el inventario de la SAE y si se registra Total o Total consistente, el sistema cierra con la información registrada. El cargue: Total Consistente, se utiliza con más frecuencia cuando los datos de la SAE son provisionales
Agregar BL 84 Utilice esta opción, cuando una SAE se encuentre amparada en varios documentos de transporte. Guarde y cierre ventana cuando haya finalizado
Reempaque 85 Utilice esta opción, cuando la carga es reagrupada o reempacada por el transportador, para efectos del embarque. Diligencie SI en la casilla Reempaque y registre los datos de bultos y peso, teniendo en cuenta el tipo de carga.
Datos Principales 86 En esta pantalla diligencie los datos principales relacionados con: Nacionalidad del medio de transporte, No de matrícula, País y Lugar de destino y la fecha y hora de embarque
Datos del Transportador 87 El sistema trae en forma automática los datos del transportador y muestra para control los totales de peso y bultos registrados en el manifiesto de carga. Para finalizar pulse el botón ENVIAR
Acuse de Recibo 88 El sistema arroja un ACUSE DE RECIBO como constancia de la aceptación de la certificación de embarque. Revise el PDF del documento.
89 Cambio de Transportador Cambio de Lugar de Embarque Cambio de Aduana Art. 240-2 Rs. 4240/00 En los eventos en que las condiciones logísticas así lo exijan, el exportador, declarante o transportador, podrá presentar hasta antes de efectuarse el embarque, solicitud de cambio de transportador y/o cambio del lugar de embarque de las mercancías, a través de los servicios informáticos electrónicos
Infracciones Administrativas y Sanciones Aplicables
Obligaciones de los Transportadores en exportación Art. 497 Dc. 2685/99 Exportar mercancías por lugares no habilitados del TAN Transportar mercancías sometidas al régimen de exportación, por rutas diferentes a las autorizadas 30 SMLMV No transmitir electrónicamente dentro 24 horas siguientes al embarque El M.Carga 7 SMLMV
Muchas Gracias Elaborado Elaborado por: Katya Cecilia Humánez Petro por: Katya Cecilia Humánez Petro