Derecho Internacional Privado. Plan 2000 Facultad de Derecho de Zaragoza Prfª. Drª. Katia Fach Gómez Curso 2006-2007 Quinto D
PROGRAMA DE LA ASIGNATURA I. Introducción Lección 1: Presupuestos del Derecho Internacional Privado: sociológicos y jurídicos. Objeto: análisis de las situaciones privadas heterogéneas. Concepto y contenido del Derecho Internacional Privado. Lección 2: El Derecho Internacional Privado autónomo: características y desarrollo del sistema. La incidencia de los Convenios internacionales: especial referencia a la Conferencia de La Haya de Derecho internacional Privado. Lección 3: Derecho Internacional Privado institucional: la dimensión comunitaria: El Derecho Internacional Privado en el Tratado constitutivo: sectores objeto de la regulación comunitaria y desarrollo normativo. Lección 4: La dimensión interna del Derecho Internacional Privado español: el Derecho interregional Presupuestos: el pluralismo jurídico post constitucional. La solución de los conflictos de leyes internos: líneas generales. Análisis del artículo 16 del Código Civil: la función de la vecindad civil. II. El derecho aplicable 1. Las técnicas normativas Lección 5: Técnicas de reglamentación y tipos de normas: I. El procedimiento indirecto de reglamentación: la norma de conflicto. Estructura. La articulación de los puntos de conexión. La imperatividad de la norma de conflicto. II. La
regulación directa: 1. Las normas materiales imperativas: del foro y extranjeras. 2. Las normas materiales especiales. 3. Las normas materiales autolimitadas. 2. Los problemas de aplicación de la norma de conflicto 2.1. La determinación de la ley aplicable Lección 6: I. La calificación y el conflicto de calificaciones: concepto y delimitación de sus diferentes aspectos. El alcance del artículo 12.1. del Código civil. II. La cuestión previa: planteamiento del problema. Ley aplicable a la cuestión previa. Lección 7: La alteración del punto de conexión. I. El conflicto móvil. II. El fraude de ley: concepto y elementos. Sanción. Perspectiva de Derecho interregional. Lección 8: El problema del alcance de la remisión al derecho extranjero. El reenvío: planteamiento, concepto y grados de reenvío. Límites al reenvío: La solución del artículo 12.2 del Código civil. Su exclusión en los Convenios internacionales. 2.2. El derecho extranjero aplicable Lección 9: La exclusión del derecho material extranjero. I. El orden público. Concepto, características y efectos. Su configuración en el DIPr. autónomo y en el DIPr. convencional. Lección 10: Alegación y prueba del Derecho extranjero: artículo 281.2 de la LEC: origen, interpretación jurisprudencial. Mecanismos convencionales. Lección 11: I La remisión a los sistemas plurilegislativos: vías de determinación de la ley aplicable. Valoración de la solución del artículo 12.5 del Código civil. Remisión ad
intra. 3. Las normas de solución. Lección 12: La determinación de la ley personal de las personas físicas: criterios de conexión. Nacionalidad y supuestos de conflicto de nacionalidad. Capacidad y mecanismos de protección. La excepción del interés nacional. Lección 13. Derechos de la personalidad. Ley aplicable al nombre. Títulos nobiliarios. Lección 14: La relación matrimonial en DIPr.: Celebración. Efectos del matrimonio: el régimen económico matrimonial. Lección 15: Crisis matrimoniales: ley aplicable a la nulidad, separación y divorcio. Otros modelos de convivencia: el derecho aplicable a las parejas de hecho y a las relaciones entre convivientes. Lección 16: La filiación en Derecho Internacional Privado: La filiación por naturaleza: ley aplicable a su determinación. Lección 17: La filiación adoptiva: adopción internacional. Lección 18: La responsabilidad parental. Alimentos Lección 19: La sucesión en Derecho Internacional Privado: criterios para determinar la ley aplicable. El ámbito de la ley aplicable: La sucesión ab instestato. La sucesión testamentaria. Los pactos sucesorios. Los derechos de viudedad: el problema de la adaptación. Lección 20: Personas jurídicas y sociedades mercantiles. Lección 21: La ley aplicable a las obligaciones contractuales I: líneas generales del Convenio de Roma de
1980. Lección 22: La ley aplicable a las obligaciones contractuales II: Soluciones específicas sobre contrato de trabajo, contrato de consumo, e-commerce y contrato de seguro. Lección 23: Ley aplicable a la responsabilidad extracontractual. Sectores específicos: responsabilidad derivada de productos defectuosos y responsabilidad por accidentes de circulación. Lección 24: La ley aplicable a los bienes inmuebles y a los bienes muebles. Los bienes en tránsito. La protección de los bienes calificados de interés cultural. Lección 25: La ley aplicable a la propiedad intelectual e industrial Lección 26: La regla lex fori regit processum : significado, alcance y ámbito de aplicación: excepciones y cuestiones excluidas. Situación procesal del litigante extranjero: asistencia judicial gratuita. Lección 27: El auxilio judicial internacional: notificación internacional y obtención de pruebas en el extranjero. Regulación convencional y comunitaria. II. Competencia judicial internacional Lección 28: La competencia judicial internacional de los Tribunales internos en el orden civil: características generales y sus limitaciones. Lección 29: Naturaleza y alcance de los foros de competencia. La regulación autónoma (LOPJ). Derecho
comunitario (RTOs). Convenio de Lugano Lección 30: El sistema general vigente I (sistema autónomo, dimensión comunitaria y CL): Los foros de competencia exclusiva. Foro general: domicilio del demandado. Lección 31: El sistema general vigente II (sistema autónomo, dimensión comunitaria y CL): La sumisión de las partes: expresa (convenios atributivos de competencia) y tácita. Lección 32: Los foros especiales por razón de la materia I: persona, familia y sucesiones, bienes. Lección 33: Los foros especiales por razón de la materia II:Obligaciones contractuales. Foro de la sucursal. Obligaciones extracontractuales. Lección 34: Los foros especiales por razón de la materia II: Los foros de protección: consumo, seguros y trabajo. Lección 35: Cuestiones procesales vinculadas a la competencia internacional I: Competencia para la adopción de medidas cautelares. Foros de vinculación procesal. Control e impugnación de la competencia judicial internacional Lección 36: Cuestiones procesales vinculadas a la competencia internacional II: Litispendencia internacional y conexidad. Lección 37: Competencia en materia de crisis matrimoniales (nulidad, separación y divorcio) y de responsabilidad parental. Lección 38: Competencia en materia de insolvencia
IV. Reconocimiento y ejecución extranjeras de decisiones judiciales Lección 39: Efectos de las decisiones judiciales extranjeras. Decisiones susceptibles de exequatur. Marco jurídico del reconocimiento y la ejecución en el orden civil en el espacio judicial europeo. El marco del DIPr autónomo: la LEC. Lección 40: Presupuestos del reconocimiento y ejecución de decisiones en materia civil y mercantil: orden público sustancial y procesal. Competencia del Juez de origen. Control del procedimiento de notificación. Control de la ley aplicable. Otras condiciones: autenticidad de la decisión y prevención del conflicto de decisiones. Lección 41: Regulación específica de algunas materias I: reconocimiento y ejecución de decisiones en materia matrimonial y responsabilidad parental. Reconocimiento y ejecución de decisiones en materia de deuda alimenticia. Lección 42: Regulación específica de algunas materias II: Título ejecutivo europeo. Homologación de laudos arbitrales extranjeros.
Dinámica de clases y criterios de evaluación 1. Las CLASES TEÓRICAS se imparten dos horas a la semana. En dichas clases se exponen los contenidos básicos de la disciplina, según exige el nuevo Plan de Estudios de esta Facultad de Derecho. La totalidad del programa constituirá el objeto de la evaluación práctica y teórica de la asignatura. Las clases teóricas no podrán profundizar con detalle en todos los contenidos que conforman el programa, por lo que se aconseja al alumno que consulte los manuales recomendados para completar su formación. Es muy positivo que los alumnos asistan a las clases teóricas habiendo realizado una lectura previa del tema que se va a abordar en cada clase. Esta asignatura se pretende impartir con una clara orientación práctica, incluso durante las clases teóricas. Por ello, se recomienda que los alumnos acudan a clase con una recopilación de normas de DIPr, para una mejor comprensión de las clases teóricas. Igualmente, se insta a la participación activa de los alumnos durante las clases, tanto teóricas como prácticas. En todo caso, es objetivo de los profesores que los estudiantes realicen la preparación seria y responsable de las diferentes materias que se explican en clase, en consonancia con su madurez y formación jurídica. Se desautoriza expresamente la toma de apuntes en clase destinados a ser vendidos entre el alumnado. Asimismo, se prohíbe expresamente que cualquier
documentación/caso práctico elaborado por los profesores, sea utilizado por academias o entes similares. Los profesores se reservan el derecho de ejercitar acciones legales contra quienes participen en estas actividades que violan su derecho de propiedad intelectual. Para preparar las clases teóricas, se puede acudir a la última edición de los siguientes manuales - disponibles en la biblioteca de la Facultad de Derecho-: - CALVO CARAVACA, AL/ CARRASCOSA GONZÁLEZ, J.: Derecho Internacional Privado, Comares, vol. I y II. - AA. VV.: Derecho Internacional Privado, Uned, volúmenes I y II. - VIRGÓS SORIANO, M/GARCIMARTÍN ALFÉREZ, FJ, Derecho Procesal Civil Internacional, Civitas (referido únicamente a la parte de proceso internacional). - Legislación básica: Legislación Básica de Derecho Internacional Privado, Tecnos. 2. Las CLASES PRÁCTICAS permiten la aplicación de los conocimientos teóricos a casos reales o hipotéticos. La aplicación práctica del DIPR es el objetivo fundamental pretendido durante el curso. Estas clases no sólo resultan muy útiles para la comprensión de la teoría, sino que permiten aplicar el derecho a la realidad. La asistencia participativa a las clases prácticas suele facilitar en gran medida al alumno la compresión y profundización de las clases teóricas. Se trabajará con casos prácticos preparados por el profesorado y otros materiales extraídos de la actualidad práctica (sentencias nacionales, del Tribunal
de Justicia de las Comunidades Europeas, Resoluciones DGRN, etc). La metodología de las clases prácticas será variada: bien se entregará a los alumnos el caso práctico para que lo traigan ya resuelto el día de la clase práctica, bien la práctica será entregada y resuelta por los alumnos durante la hora práctica. En alguna ocasión, las prácticas se realizarán en pequeños grupos en la sala de ordenadores de la facultad. En las demás ocasiones, las prácticas se realizarán en el aula habitual. Para todas estas clases prácticas, será necesario que los alumnos traigan la normativa requerida para la resolución de los casos. Durante las vacaciones de Navidad y Semana Santa se encargará a los alumnos que realicen por escrito dos dictámenes respecto de un supuesto de hecho que se les entregue previamente. Estos dictámenes se presentarán por escrito y su valoración formará parte de la nota de prácticas. Una tipología especial de clases prácticas la constituyen las clases de cuestiones. Cada bloque de temas teóricos se complementará con una de estas clases prácticas, que requiere la participación activa de los alumnos. Para preparar dichas sesiones, el alumno recibirá un cuestionario con preguntas referidas a los temas expuestos en las clases teóricas. Estas cuestiones deberán ser trabajadas de forma personal por el alumno y en clase se llevará a cabo un debate orientado por el profesor. Esta actividad sirve para reforzar los conocimientos teóricos, favorecer su comprensión y llevarlos al plano de la concreción. Las clases prácticas se realizarán con una frecuencia semanal y, con el objetivo de que dichas
clases sean lo más participativas y personalizadas posible, cada grupo se dividirá -siguiendo criterios alfabéticos- en dos subgrupos de prácticas que asistirán a la clase práctica en el respectivo horario establecido. Una vez realizados estos subgrupos, los alumnos deberán acudir a la clase de su subgrupo. Únicamente podrá cambiarse de subgrupo por motivos justificados que se presentaran por escrito y con la autorización previa del profesor responsable. El alumno que desee incorporarse a prácticas deberá comunicarlo al profesor antes de iniciar las sesiones prácticas; los delegados de clase entregarán al profesor una lista con los asistentes a las clases prácticas (antes de que tales comiencen).la asistencia y participación en clases prácticas de los alumnos que se hayan inscrito será obligatoria. Se pasará lista al comienzo de cada clase práctica. Los alumnos que quieran que las prácticas se les evalúen positivamente deberán realizar todas las prácticas. Sin embargo, se permite la falta de asistencia a un 15% de las clases siempre que se justifique por escrito la falta y se entregue la práctica con anterioridad a su realización en clase. La no realización de las actividades prácticas supondrá una renuncia voluntaria del alumno a este cauce de valoración, por lo que su calificación en la asignatura será la que resulte del examen final. No tienen cabida en este sistema de aprendizaje - y serán valoradas muy negativamente- algunas conductas como la copia de prácticas de otros compañeros, utilización de información colgada en Internet o la falsificación de firmas en listas de asistencia.
Para que las clases prácticas sean valoradas positivamente por el profesor, no es suficiente con la mera presencia física del alumno en el aula y con su firma en listas. Es necesario que el alumno traiga preparados los casos que se le encomienden, trabaje durante la clase práctica, intervenga activamente en la resolución de los supuestos y entregue por escrito los dos casos cuya resolución se le encargue a lo largo del curso en forma de dictamen. La "valoración positiva" de las prácticas supondrá hasta un 20% de la nota final del alumno que haya obtenido un aprobado con al menos la mitad de la nota máxima- el examen escrito. Antes de realizarse el examen final, la profesora colocará en el tablón del área un listado con la calificación que haya obtenido cada alumno en esta parte práctica de la asignatura. A los alumnos que lo deseen, se les explicará el por qué de su calificación concreta acudiendo a las tutorías. 3. TUTORÍAS Se dedicarán seis horas a la semana a la atención de los alumnos. Se insiste en que las dudas de clase se canalicen a través de dichas horas y no fuera de las mismas. Los horarios en los que la profesora realizará sus tutorías de DIPr durante el curso 2006-2007 están en el Tablón de anuncios del área (frente a delegación de alumnos). Con carácter general, estos horarios son Lunes, de 12 a 14 horas y lunes de 15.30 a 19.30. Si se va a producir alguna modificación puntual de este horario, se avisará con antelación tanto en el tablón como durante la impartición de las clases. El servicio de tutorías está a disposición del alumnado durante todo
el curso académico, por lo que pueden hacer uso de él de forma regular. No se ampliará el horario de tutorías los días previos al examen. La finalidad de las tutorías es resolver al alumno las dudas que le hayan surgido al hilo del aprendizaje de la asignatura. El alumno ha de acudir a tutorías con las dudas trabajadas. Cuando justificadamente no sea posible acudir a tutorías personalizadas, los alumnos podrán comunicarse con el profesor vía mail (katia@unizar.es). Se ruega que cualquier comunicación vía email sea concreta y se refiera exclusivamente a cuestiones docentes (dudas sobre un concepto, sobre un caso, etc.). No serán contestados aquellos email de tipo organizativo (tipo de examen, fechas de examen, cuándo salen las notas, etc). 4. EVALUACIÓN: Se realizará un examen final de la asignatura. La convocatoria de este examen se publicará con la debida antelación en el tablón de Conserjería habilitado a tales efectos y se reiterará en el Área de Derecho Internacional Privado. Es necesario presentar el DNI o el carnet de Facultad el día del examen. El examen consistirá en una prueba objetiva de un mínimo de 15 ítems. El aprobado requiere obtener un 50% de la puntuación máxima del examen. Este examen versará sobre todo el temario de la asignatura, que aparece especificado en el presente programa. No se permite el uso en el examen de manuales, monografías jurídicas, legislaciones o programa de la asignatura. Se expulsará del examen a los alumnos que hablen, copien o intenten cometer cualquier irregularidad. Ante estas situaciones,se enviará el preceptivo informe a Decanato para que desde allí se inicie la tramitación del
correspondiente expediente. La evaluación continuada de las clases prácticas a lo largo del curso supone, como ya se ha indicado, hasta un máximo del 20% de la nota final. La calificación obtenida en prácticas únicamente se tendrá en cuenta si se ha obtenido la nota mínima en teoría. Lo obtención de Matrícula de Honor requerirá siempre que el alumno tenga una nota positiva de prácticas. La calificación final de DIPr depende únicamente de la nota obtenida en el examen teórico y de la evaluación continuada de las clases prácticas. Es obligación del profesorado el concederle un trato igualitario a todos los estudiantes. Por tanto, se ruega a los alumnos que no intenten hacer valer otras circunstancias subjetivo-personales (aceptación en un master, incorporación al mundo laboral, edad, pocas asignaturas pendientes, dificultades con el idioma español, amistad con personas relevantes, problemas familiares, físicos, psíquicos, etc). No es posible subir la nota realizando trabajos ni cualquier otra actividad. Tampoco se llevarán a cabo exámenes de una tipología distinta a la recién expuesta ni en fechas distintas de las señaladas por Decanato. Tras un periodo razonable de tiempo de corrección, las notas de DIPr se colocarán en el tablón de anuncios del Área. Antes de ese momento, los profesores en modo alguno comunicarán una nota de forma individualizada. Podrán asistir a la revisión de examen los alumnos matriculados en la asignatura que hayan realizado dicho examen. Tales alumnos deberán necesariamente inscribirse en una lista habilitada al
efecto en la secretaría de Derecho Privado (situada junto a Derecho Civil). El plazo para inscribirse concluirá inexorablemente un día antes de la revisión y, por requerimiento expreso del personal administrativo del Departamento, no se admitirán las inscripciones que se intenten realizar por teléfono. Tampoco se dará en ningún caso información particularizada sobre la nota obtenida antes de la fecha establecida para la revisión. No se admitirán las revisiones por delegación. Únicamente quien realizó el examen está autorizado y capacitado para revisar tal. En todas las convocatorias que se realicen durante el curso se seguirán todos los criterios de evaluación recién expuestos. 5. OTROS: Para que se redacte una carta de recomendación por parte de los profesores, será necesario que el alumno solicitante haya participado en prácticas y que tenga una nota mínima de notable en dicha asignatura.