RECURSOS HUMANOS: AUXILIARES EXTERNOS, AUXILIARES ASESORES Inspector de Seguros del Estado Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones Foro Inade Vigo, 21 de febrero de 2012 Índice: II. III. IV. Atribuciones. Contrato mercantil. Registro Oficial. V. Formación previa y continua. VI. Facturación. 2de 36-1-
DISTRIBUCIÓN AGREGADA POR PRIMAS Y CANALES* VOLUMEN CARTERA NUEVA PRODUCCION 2009 2010 2009 2010 PRIMAS % PRIMAS % PRIMAS % PRIMAS % Agentes exclusivos 15.039 24,52% 14.030 23,88% 3784 3.784 14,23% 3408 3.408 13,81% Agentes vinculados 255 0,42% 491 0,84% 93 0,35% 306 1,24% OBS-exclusivos 9.145 14,91% 9.899 16,85% 6.775 25,48% 7.387 29,93% OBS-vinculados 13.233 21,58% 12.511 21,30% 9.018 33,92% 8.168 33,10% Corredores 10.888 17,76% 10.022 17,06% 3.482 13,10% 3.094 12,54% Oficinas de la Entidad 9.830 16,03% 8.506 14,48% 2.476 9,31% 1.650 6,69% Portal de Internet 289 0,47% 346 0,59% 81 0,30% 92 0,37% Otros Canales 2.644 4,31% 2.939 5,00% 880 3,31% 573 2,32% TOTAL 61.323 100,00% 58.744 100,00% 26.589 100,00% 24.678 100,00% GENTES DE SEGUROS+ CORREDORES OBS (exclusivos + vinculados) 26.182 42,70% 24.543 41,78% 7.359 27,68% 6.808 27,59% 22.378 36,49% 22.410 38,15% 15.793 59,40% 15.555 63,03% * Datos en millones de. Fuente: Avance informe 2010 3de 36 25,00% 20,00% 15,00% 10,00% 5,00% 000% 0,00% Distribución Volumen Cartera 35,00% Comparativa Cartera vs Nueva producción 30,00% 25,00% 20,00% 15,00% 10,00% 5,00% 0,00% 00% CARTERA 2009 % CARTERA 2010 % CARTERA 2010 % NUEVA PRODUCCION 2010 % 4de 36-2-
VOLUMEN CARTERA 2009 2010 PRIMAS % PRIMAS % 2010 AGENTES DE SEGUROS+ CORREDORES 26.182 42,70% 24.543 41,78% OBS 79,93% (exclusivos + vinculados) Oficinas de la Entidad 22.378 9.830 36,49% 16,03% 22.410 38,15% 8.506 14,48% resto 2.933 4,78% 3.285 5,59% 61.323 58.744 Primas/PIB 5,85% 5,59% Fuente: Elaboración propia 5de 36 FORMACIÓN: CORREDORES MEDIOS PERSONALES Nº NIVEL HORAS MEDIOS Elemental Reciclaje Gestión Ramos Internos Externos GASTO Personal de Dirección 4.158 43 56 54 62 118.498 53 60 886.523 Empleados 11.521 59 69 62 69 347.899 65 71 33 3.310.743 Colaboradores 27.671 43 47 36 50 173.274 50 47 584.046 Otro Personal de administración 654 26 39 32 43 13.796 40 36 72.356 44.004 TOTAL MEDIOS PERSONALES MEDIOS PERSONALES Nº MEDIOS PERSONALES Nº FORMACIÓN: AGENTES VINCULADOS Personal de Dirección 4.401 NIVEL MEDIOS Empleados 14.546 Elemental Reciclaje Gestión Ramos HORAS Internos Externos GASTO Colaboradores 63.770 Personal de Dirección Empleados Red de distribución 121.412 243 14 30 29 36 9.073 20 33 54.034 Otro Personal de 661 3.025 20 28 16 30 81.502 25 28 670.725 administración Colaboradores 36.099 15 10 2 13 30.748 14 8 230.671 TOTAL MEDIOS 204.790 Red de distribución 121.412 7 12 2 12 1.864.645 11 11 3.063.369 Otro Personal de administración 7 1 2 0 3 110 1 3 218 160.786 6de 36-3-
: MEDIOS PERSONALES Nº de efectivos Nº MEDIADORES (dec'2010) (31/12/2011) Personal de Dirección 4.401 Empleados 14.546 corredores+ag. Vinculados Colaboradores 63.770 5.153 Red de distribución 121.412 Otro Personal de administra 661 ag. Exclusivos Registrados (2010) 91.604 89.356 TOTAL PERSONAS 291.993993 94.509 POBLACION ACTIVA (2010) 18.394.200 Nº MEDIADORES EU (2006) 918.000 1,59% 10,30% Fuente: Elaboración propia 7de 36 Índice: II. Atribuciones. III. Contrato mercantil. IV. Registro Oficial. V. Formación previa y continua. VI. Facturación. 8de 36-4-
II. Atribuciones: Cuestiones previas 1. Definición. 2. Responsabilidad. AUXILIAR EXTERNO RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Del agente exclusivo Entidad aseguradora (art. 18) Del ag. Vinculado Agente vinculado (art. 23) Del corredor Corredor (art. 30) 3. Incompatibilidad con la actividad simultánea como agente (exclusivo o vinculado), o corredor. 4.- Obligación de la llevanza de un libro registro. 5.- Formación.- grupo C o B y la continua (30 o 60 horas). 6.- Tributación.- exenta de IVA II. Atribuciones: Definición auxiliar tar Formación Persona física Persona jurídica: > 50% órgano de dirección y empleados que asesoren Auxiliar externo Auxiliar asesor Comp probar antes de contrat Incompatibilidades Información Inscripción en registro administrativo No auxiliar a mediadores de clase No auxiliar a ag. exclusivos de entidades Identificarse como auxiliar-asesor y de qué mediador Asesoramiento: todo o parte del art. 42. Tomador ha de recibir esa información COMPLETA Para garantizar el cumplimiento de las incompatibilidades 10 de 36-5-
II. Atribuciones: Funciones Nota característica: Promover la participación activa del mediador del que son auxiliares. Funciones: Lista no cerrada. 1. Entrega a quien se interese de la documentación preparada a esos efectos por el mediador. 2. Recogida de datos del cliente y su traslado al mediador. 3. Entrega al tomador de las condiciones generales, particulares y especiales del contrato para recabar su consentimiento. 4. Recibir con posterioridad los documentos necesarios para actualizar los datos de la póliza original. 5. Recabar la documentación necesaria acreditativa de que el tomador ha recibido la información previa conforme a los art. 42 y 43 de la Ley 26/2006. 11 de 36 II. Atribuciones: Funciones (cont.) Funciones: Lista no cerrada. (cont.) 6. Cobro de los recibos de prima siempre que la entidad aseguradora lo haya autorizado. 7. Recogida de la declaración de los siniestros. 8. Entrega a los asegurados de la documentación correspondiente a la liquidaciones de los siniestro. 9. Traslado al cliente, en nombre del mediador, de la documentación en la que se contenga el procedimiento a seguir en caso de siniestro, reclamación o queja en relación con los servicios prestados de mediación. 12 de 36-6-
II. Atribuciones: Funciones (cont.) En particular de los auxiliares asesores: En el momento de entrega de la documentación, asistir a la interpretación de la documentación entregada elaborada por el mediador. d Bajo los parámetros especificados por el mediador, evaluación de los datos recogidos en relación a la solicitud para su posterior traslado al mediador. Entrega y, si procede, aclaración de aquellos términos del contrato de seguro a petición del tomador. Recibir y, si procede, depuración de la documentación que contenga la información necesaria para la actualización de las condiciones de las pólizas de seguro y traslado al mediador. 13 de 36 En particular de los auxiliares asesores: (cont.) Recogida de las declaraciones de siniestros y, si procede, solicitar aclaraciones de aquellos términos que resulten confusos bajo la directrices i promulgadas por el mediador d del que son auxiliares asesores. Entrega a los asegurados de la documentación correspondiente a las liquidaciones y, a petición del asegurado, aclaración de los términos que resulten confusos de acuerdo con las pautas establecidas por el mediador. Traslado al cliente de la documentación relativa a los procedimientos a seguir ante el mediador en caso de siniestro, queja o reclamación, pudiendo en caso de solicitarlo el cliente aportar cuantas aclaraciones sean necesarias en relación a estos procedimiento. 14 de 36-7-
Índice: II. III. IV. Atribuciones. Contrato mercantil. Registro Oficial. V. Formación previa y continua. VI. Facturación. 15 de 36 III. Contrato mercantil. Requisito: La condición de auxiliar se adquiere mediante la formalización del correspondiente contrato mercantil. Contrato mercantil: es un negocio jurídico bilateral que tiene por objeto un acto de comercio. Un «acto de comercio» es todo aquel acto regulado en el Código de Comercio. Partes: De un lado: De otro: el mediador. Auxiliar externo Auxiliar asesor Trabajador autónomo 16 de 36-8-
III. Contrato mercantil. Aspectos a tener en cuenta en el contrato mercantil del auxiliar: El auxiliar persona física debe prestar sus servicios con independencia, autonomía y plena responsabilidad para organizar su trabajo. Sin ninguna excepción, el auxiliar debe ceñir su actividad profesional a las funciones que le permite la ley, esto es, a las que identifica el art. 8 de la ley 26/2006. El auxiliar externo debe contar con su propia organización. El auxiliar debe identificarse como auxiliar, en ningún caso debe identificarse con el mediador. En todo momento, debe quedar claro que se trata de un profesional distinto del mediador. Como el auxiliar-asesor debe estar inscrito en el Registro que la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones. 17 de 36 Índice: II. III. IV. Atribuciones. Contrato mercantil. Registro Oficial. V. Formación previa y continua. VI. Facturación. 18 de 36-9-
Actualización Obligaciones registrales: REGISTRO DE MEDIADORES DE SEGUROS, CORREDORES DE REASEGUROS Y DE SUS ALTOS CARGOS. DGSFP Registros de agentes y OP-B-S exclusivos de las aseguradoras @ REGISTRO MEDIADORES DE SEGUROS Y DE REASEGUROS LPS /DE MEDIADORES U.E SECCION AGENTES Y OP-BS EXCLUSIVOS SECCION AGENTES Y OP. B-S. VINCULADOS SECCION CORRED.SEG. SECCION CORRE.REASEG. ACUERDOS DE DISTRIBUCION ENTRE ENTIDADES ASEGURADORAS ALTOS CARGOS AUXILIAR ASESOR PROBLEMÁTICA: o Recepción masiva de información. Remisión por parte de los mediadores Periodo de formación del registro de auxiliaresasesores. Envíos periódicos. o Integración de esa Información o Punto Único de Información (PUI). 20 de 36-10-
SOLUCIÓN (I): Se basa en el intercambio de documentación que está sujeta a los siguientes requisitos: I. Seguridad (canales seguros, certificados). II. Legales (LAECSP,LFE,LM,LRJPAC). III. Interoperabilidad d (xml, pkcs, SOAP, X509V3..). 21 de 36 Solución (II): SOLICITANTE Servidor Registro Telemático Ministerial ws LISTA BLANCA Empresa 1 Empresa 2 Empresa N Nº de registro de entrada Almacenes de la DGSFP 22 de 36-11-
Resumen: 2 Se cumplimenta por ordenador 3 Se envía por medio de la Sede Electrónica. Obligatorio identificarse con certificado electrónico 4 La DGSFP emite inmediatamente un acuse de recibo del Registro del MEH 1 El formulario se descarga desde la Sede Electrónica de la DGSFP 23 de 36 PROCEDIMIENTO (I): I. ASPECTOS GENERALES: Periodicidad: A determinar por el propio p solicitante (mediador/entidad aseguradora) Una solicitud: Un expediente. Un documento tasa modelo 790 Altas, bajas, modificaciones. Formato: xls, xlm. 24 de 36-12-
Comunicaciones por comparecencia: Enlace en la pág. Web: https://www.sededgsfp.gob.es/ Pi Principales i cambios: Ampliación de su utilización a todo tipo de comunicaciones relacionadas con los actuales procedimientos telemáticos. Utilización del correo electrónico como medio de aviso de la existencia de una comunicación puesta a disposición de la entidad. Acceso al contenido de la comunicación a través de la web. - Plazo del computo del plazo: Desde el momento de la comunicación y puesta a disposición de su contenido en la web. Momentos de la comunicación: - Pre-solicitud. - Comunicación errores. - Resolución final. 25 de 36 PROCEDIMINETO (II): II. FASES: Auxiliares Asesores PRE-SOLICITUD: OBJETIVO: Calculo del importe de la tasa y elaboración del Modelo 790 correspondiente a la solicitud enviada. OPERATIVA: a) Se procesa de forma individual todas y cada una de las solicitudes recibidas en el periodo, se crean un expedient por solicitud. b) Se realiza el cálculo del importe de la tasa correspondiente. c) Se confecciona el correspondiente modelo 790. d) Se remite a la entidad para que realice el correspondiente abono en la entidad bancaria (o a través de la pasarela de pago telemático, actualmente en proyecto). e) La entidad debe enviar el justificante para la administración debidamente cumplimentado. 26 de 36-13-
SOLICITUD: FORMATO EXCEL 27 de 36 Auxiliares del resto de mediadores: 28 de 36-14-
PROCEDIMINETO (IV): II. FASES: APROVISIONAMIENTO Se procesan todas las pre-solicitudes justificadas recibidas. Validación de las solicitudes procesados. Situaciones posibles tras el aprovisionamiento: a) Que todos los registros de la solicitud superan las validaciones establecidas. b) Que no las superen Se envían para su subsanación. 29 de 36 PROCEDIMIENTO (V): SUBSANACIÓN DE ERRORES Se envía a la entidad escrito comunicando los errores de validación detectados. (Notificaciones Fehacientes) Fichero de referencia: Fichero_corregir Acciones: Depurar el fichero enviado No se pueden añadir nuevos registros. Enviar el mismo fichero corregido a través del procedimiento de la Sede Electrónica Subsanación de errores Se pueden adjuntar las alegaciones que la entidad considere oportunas para aclarar cualquier situación. 30 de 36-15-
PROCEDIMIENTO (II): RESOLUCIÓN: Se vuelve a cruzar todos los datos de las solicitudes. Notificación de la resolución Ficheros claves: Fichero_de_validos.xls l Fichero_no_inscritos Desglose_todas_validaciones_por agente Acciones: Sólo cabe recurso de alzada contra dicha la misma. CODIGO INSCRIPCIÓN: AA+tipoMediador+nºsecuencial Tipo mediador: E : agente exclusivo V : agente vinculado C : corredor. 31 de 36 Índice: II. III. IV. Atribuciones. Contrato mercantil. Registro Oficial. V. Formación previa y continua. VI. Facturación. 32 de 36-16-
V. Formación Previa y continua: Objetivo: Necesidad de garantizar la capacitación profesional para el ejercicio de la actividad de mediación. Requisito establecido art. 4 de la Directiva 2002/92/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 9 de diciembre de 2002, sobre la mediación en los seguros. Regulación: RD 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional. Resolución, de 18 de febrero, de la DGSyFP por la que se establecen los requisitos y principios básicos de los programas de formación para los mediadores de seguros, corredores de reaseguro y demás personas que participen directamente en la mediación de los seguros y reaseguros privados. RD 1490/2011, de 24 de octubre, por el que se modifica el Real Decreto 764/2010, de 11 de junio, por el que se desarrolla la Ley 26/2006, de 17 de julio, de mediación de seguros y reaseguros privados en materia de información estadístico-contable y del negocio, y de competencia profesional. 33 de 36 Índice: II. III. IV. Atribuciones. Contrato mercantil. Registro Oficial. V. Formación previa y continua. VI. Facturación. 34 de 36-17-
VI. Facturación: Ideas: Los auxiliares externos (asesores), en su condición de empresarios o profesionales, están obligados a expedir y entregar, en su caso, facturas por las operaciones que realicen en el desarrollo desuactividad, id d así como a conservar copia de la misma. En el caso particular de las comisiones que percibe el auxiliar por la participación de contratos póliza de seguro, está obligado a expedir factura y copia, siendo el destinatario de la misma el mediador con el que mantiene el contrato de auxiliar. Cuota Tributaria? (la cuota no existe al estar la operación exenta de IVA) Inversión del sujeto pasivo. Para ello habrán de cumplirse los siguientes requisitos: o Debe existir un acuerdo documentado por escrito. o Remitir copia al auxiliar. o Aceptación por el auxiliar en el plazo de 15 días. 35 de 36 Muchas gracias por su atención 36 de 36-18-