LA ATENCIÓN AL ALUMNADO CON DISCAPACIDADES EN LA UPV/EHU



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Transcripción:

LA ATENCIÓN AL ALUMNADO CON DISCAPACIDADES EN LA UPV/EHU EN PRUEBAS DE ACCESO SERVICIO DE ATENCIÓN www.ehu.eus

Curso académico 2015-2016 Esta guía está dirigida a los Asesores/as de Necesidades Educativas Especiales de BERRITZEGUNES y Orientadores/as de CENTROS DE SECUNDARIA. El objetivo es ofrecer información en la atención al alumnado preuniversitario con discapacidad. Guía disponible en www.ehu.eus/discapacidad

Índice 1. Misión... 3 2. Marco normativo: Estatutos de la UPV/EHU... 4 3. Ejes Estratégicos... 7 4. Equipo de Trabajo... 8 5. Evolución del alumnado censado... 9 5.1. Evolución del alumnado nuevo incorporado al censo.. 10 6. Programa de atención a las personas con discapacidades para el acceso a la universidad... 11 6.1. Objetivos... 11 6.2. Actuaciones... 11 6.3. Adaptaciones en las pruebas de acceso... 12 6.4. Procedimiento de solicitud de adaptación en las pruebas de acceso... 14 7. Glosario... 16 1

2

1. MISIÓN El Servicio de Atención a Personas con Discapacidades tiene como misión garantizar el principio de igualdad de oportunidades del alumnado con discapacidad, y en general con necesidades educativas especiales, facilitando el acceso a los estudios, al disfrute de los Servicios y a su plena participación en la Universidad. 3

2. MARCO NORMATIVO Las referencias de los documentos y normativas que enmarcan y guían el trabajo del Servicio se recogen en este apartado. Se puede acceder a ellos en la web del servicio. ESTATUTOS DE LA UPV/EHU Decreto 17/2011, de 15 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos de la Universidad del País Vasco/ Euskal Herriko Unibertsitatea. Recoge el mandato de garantizar la igualdad de oportunidades del alumnado con discapacidad y necesidades educativas especiales y las medidas para su consecución. Título I. De la naturaleza y fines de la UPV/EHU Art 4.- 2.- La UPV/EHU: b) Promoverá la integración en la Comunidad Universitaria de las personas con necesidades especiales 3.- La UPV/EHU garantizará la igualdad de las mujeres y los hombres que forman la Comunidad Universitaria y adoptará las medidas necesarias para prevenir o eliminar cualquier discriminación por razón de nacimiento, etnia, sexo, religión, opinión, lengua o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. A estos efectos, la UPV/EHU tendrá en cuenta los principios de igualdad de oportunidades, respecto a la diversidad y a la diferencia, integración de la perspectiva de género, acción positiva, eliminación de roles y estereotipos en función del sexo y representación equilibrada. 4

Título II. De la Comunidad Universitaria. Capítulo V: De las personas con necesidades especiales. Art 67.- Art 68.- La UPV/EHU promoverá acciones para favorecer que todas las personas de la Comunicad Universitaria que presenten necesidades especiales dispongan de los medios, información, apoyos y recursos que aseguren la igualdad real y efectiva de oportunidades en relación con los demás componentes de la Comunidad Universitaria. 1.- La UPV/EHU garantizará la igualdad de oportunidades del alumnado y demás integrantes de la Comunidad Universitaria con discapacidad, proscribiendo cualquier forma de discriminación y estableciendo medidas de acción positiva tendentes a asegurar su participación plena y efectiva en el ámbito universitario. 2.- El alumnado y demás personas con discapacidad de la Comunidad Universitaria no podrán ser discriminadas por razón de su discapacidad ni directa ni indirectamente en el acceso, el ingreso, la permanencia y el ejercicio de los títulos académicos y de otra clase que tengan reconocidos. 3.- Cuando las circunstancias del alumnado con discapacidad así lo requieran, los Departamentos y Centros Universitarios procederán a realizar las adaptaciones curriculares no significativas y establecerán tutorías específicas en función de las necesidades de estos alumnos y alumnas. 4.- El entorno universitario de la UPV/EHU deberá ser accesible de acuerdo con las condiciones legalmente establecidas. 5.- La UPV/EHU observará las disposiciones normativas reguladoras de la reserva de empleo a favor de las personas con discapacidad, que serán de aplicación en los procesos de selección y contratación del personal. 5

II PLAN DE INCLUSIÓN DE LA UPV/EHU 2012-2017 Aprobado en Consejo de Gobierno de la UPV/EHU, el 22 de junio del 2012. Reúne los objetivos, los ejes y programas de actuación del Servicio y los sistemas y procedimientos de evaluación. REGLAMENTO DE IGUALDAD DE OPORTUNIDADES EN LA ATENCIÓN AL ALUMNADO CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES DE LA UPV/EHU ACUERDO de 30 de abril de 2015, del Consejo de Gobierno de la UPV/EHU, por el que se aprueba el Reglamento de Igualdad de Oportunidades en Atención al Alumnado con Necesidades Educativas Especiales. Su objeto es regular las acciones de atención al alumnado de la UPV/EHU con discapacidad, y en general con necesidades educativas especiales, para facilitar su acceso a la Universidad, el desarrollo de sus estudios y la plena participación, garantizando el derecho a la educación en igualdad de oportunidades con el resto de estudiantes durante su permanencia en la universidad. Además contiene: Derechos y deberes del alumnado con necesidades educativas especiales. Procedimientos de actuación del Servicio de Atención a Personas con Discapacidades. Recursos para asegurar la igualdad de oportunidades del alumnado con necesidades educativas especiales. Procedimiento de reclamación. Protección de datos. 6

3. EJES ESTRATÉGICOS Información, asesoramiento y orientación - Atención a las personas con discapacidades para el acceso a la Universidad - Acogida al alumnado con discapacidad de nuevo ingreso - Atención al alumnado con discapacidad durante la permanencia en la universidad - Inserción laboral del alumnado con discapacidad titulado Equiparación de oportunidades - Gestión de recursos humanos: Intérpretes de Lengua de Signos y Especialistas de Apoyo Educativo - Gestión de productos de apoyo y/o recursos técnicos: medidas de apoyo a la docencia (Emisoras Frecuencia Modulada, cuadernos autocopiativos, ) Formación y sensibilización - Formación: cursos dirigidos a la Comunidad Universitaria (PDI, PAS y alumnado), participación en Congresos,.. - Sensibilización: elaboración de materiales, organización de eventos, colaboración con departamentos, Accesibilidad universal - Atención a las solicitudes de accesibilidad - Accesibilidad arquitectónica y de comunicación 7

4. EQUIPO DE TRABAJO Vicerrectorado de Estudiantes, Empleo y Responsabilidad Social Dirección de Estudiantes Servicio de Atención a Personas con Discapacidades Unidad de Atención de Álava Unidad de Atención de Gipuzkoa Unidad de Atención de Bizkaia Técnica de Orientación Técnica Responsable en Discapacidades Técnica de Orientación Técnico de Orientación Auxiliar Administrativa Especialistas de Apoyo Educativo Intérpretes de Lengua de Signos 8

5. EVOLUCIÓN DEL ALUMNADO CENSADO 2010-2011 2011-2012 2012-2013 2013-2014 2014-2015 M H Total M H Total M H Total M H Total M H Total VISUAL 17 16 33 13 12 25 15 10 25 18 10 28 15 10 25 AUDITIVA 19 11 30 13 9 22 17 6 23 15 7 22 14 10 24 MOTRIZ 51 56 107 39 43 82 38 41 79 40 31 71 33 28 61 OTRAS** 95 67 162 86 57 143 82 69 151 76 70 146 72 79 151 TOTAL 181 151 332 151 121 272 152 126 278 149 118 267 134 127 261* * En el curso académico 2013-2014 de 267 estudiantes censados se han titulado 51 y han abandonado sus estudios 42. En el curso académico 2014-2015 se han incorporado 87 nuevos alumnos y alumnas (ver tabla 3.1.). ** Esta categoría agrupa patologías derivadas de enfermedades de larga duración y/o especial tratamiento, así como trastornos psíquicos. 9

5.1. EVOLUCIÓN DEL ALUMNADO NUEVO INCORPORADO AL CENSO 2010-2011 2011-2012 2012-2013 2013-2014 2014-2015 M H Total M H Total M H Total M H Total M H Total VISUAL 8 5 13 4 2 6 2 3 5 7 2 9 3 3 6 AUDITIVA 10 3 13 4 3 7 3 6 9 4 2 6 6 4 10 MOTRIZ 8 11 19 9 11 20 11 9 20 12 11 23 7 10 17 OTRAS* 30 22 52 18 16 34 27 21 48 25 23 48 24 30 54 TOTAL 56 41 97 35 32 67 43 39 82 48 38 86 40 47 87 * Esta categoría agrupa patologías derivadas de enfermedades de larga duración y/o especial tratamiento, así como trastornos psíquicos. Más información en Universidad y Discapacidad en Cifras en la página web del servicio. 10

6. PROGRAMA DE ATENCION A PERSONAS CON DISCAPACIDAD PARA EL ACCESO A LA UNIVERSIDAD 6.1. OBJETIVOS Establecer cauces de comunicación para orientar, informar y asesorar en el acceso a la Universidad y en las pruebas de acceso. Evaluar las necesidades y gestionar los recursos que el alumnado precisará en la Universidad. 6.2. ACTUACIONES Informar sobre el procedimiento para la solicitud de adaptaciones en las Pruebas de Acceso a Berritzegunes, Centros de Educación Secundaria Post-Obligatoria y Centros de Enseñanza para Adultos. Atender las consultas realizadas por Berritzegunes, Centros de Educación Secundaria Post-Obligatoria y Centros de Enseñanza para Adultos. Gestionar las solicitudes de adaptaciones del alumnado preuniversitario con discapacidades en las Pruebas de Acceso a la Universidad. Asesorar a los tribunales de las pruebas de acceso para la atención del alumnado con discapacidades. Informar, asesorar y orientar sobre las titulaciones a las que el alumnado con discapacidad desee acceder. 11

6.3. ADAPTACIONES EN LAS PRUEBAS DE ACCESO Adaptaciones para el alumnado con discapacidad motriz: - Aula accesible - Auxiliar de Apoyo - Ampliación de tiempo - Trascripción - Aula aparte - Mobiliario adaptado Adaptaciones para el alumnado con discapacidad visual: - Ampliación de letra - Adaptación de los exámenes realizada por el CRI - Ampliación de tiempo - Aula aparte con equipamiento específico y para la realización del examen - Permiso para utilizar lupa Adaptaciones para el alumnado con discapacidad auditiva: - Intérprete de Lengua de Signos - Emisora FM - Ampliación de tiempo - Asiento en primeras filas - Informar personalmente al alumnado Adaptaciones para el alumnado con otras discapacidades: - Ampliación de tiempo - Permiso para acudir al baño o salir del aula 12

Adaptaciones para el alumnado con Dificultades Específicas de Aprendizaje (DEA) - Ampliación de tiempo - Lectura inicial del examen en voz alta por parte del profesorado - Informar sobre la estructura del examen para organizar el tiempo y recalcar las instrucciones de forma personalizada al alumnado - Revisión del examen por parte del profesorado al finalizar para comprobar que es comprensible y se han contestado todas las preguntas - Ordenador (en las asignaturas posibles) - Asiento reservado (para evitar distracciones) - Llamadas de atención - Información sobre dislexia para los correctores Adaptaciones para el alumnado con Trastorno del Espectro Autista (TEA): - Ampliación de tiempo - Permiso para acudir al baño o salir del aula - Informar sobre la estructura del examen para organizar el tiempo y recalcar las instrucciones de forma personalizada al alumnado - Ordenador (en las asignaturas posibles) - Asiento reservado o aula aparte - Visitar con antelación las instalaciones donde se celebrará el examen. 13

6.4. PROCEDIMIENTO DE SOLICITUD DE ADAPTACIÓN EN LAS PRUEBAS DE ACCESO FEBRERO ANTES DEL 4 DE MARZO 7 AL 18 DE MARZO Los centros de secundaria tendrán que nombrar una persona responsable para la gestión y seguimiento de las solicitudes de adaptaciones en el centro El centro enviará a discap@ehu.eus los siguientes datos del responsable: Nombre y Apellidos DNI Fecha de nacimiento Dirección de correo electrónico (cuenta no compartida) Nombre del centro, código y teléfono Con estos datos el Servicio enviará al responsable las claves de acceso para poder realizar la solicitud de adaptaciones a través de la web de la UPV/EHU. Estas medidas se han implantado en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos de Carácter Personal Plazo establecido para la realización de solicitudes de adaptaciones. Será necesario disponer de la siguiente documentación escaneada en formato pdf o word para poder formalizar las solicitudes según situación del alumnado. Alumnado registrado en el listado de Necesidades Educativas Especiales de Berritzegunes: se presentará un informe de adaptaciones del Berritzegune y el reconocimiento del grado de discapacidad si lo tiene o, en su defecto, informe médico o informe psicopedagógico. Alumnado no registrado en el listado de Necesidades Educativas Especiales de Berritzegunes: se presentará un informe del centro de estudios y el reconocimiento del grado de discapacidad si lo tiene o, en su defecto, informe médico o informe psicopedagógico. Los modelos de informe están disponibles en la página web del servicio: www.ehu.eus/discapacidad 14

4 DE ABRIL AL 20 DE MAYO 23 AL 31 DE MAYO 1 JUNIO El Servicio valorará las solicitudes y contactará con el responsable del centro para concretarlas El responsable de centro confirmará al Servicio que el alumnado ha superado o no los estudios en cuanto conozcan los resultados, para saber en qué convocatoria gestionar la solicitud. El Director de las Pruebas de Acceso informará al Servicio de la composición de los tribunales y los lugares de realización de las pruebas. CONVOCATORIA ORDINARIA 3 y 6 DE JUNIO El Servicio informará a los tribunales de las adaptaciones necesarias. 6 y 7 DE JUNIO El Servicio confirmará al responsable de centro que el tribunal está informado de las adaptaciones. CONVOCATORIA EXTRAORDINARIA 15 AL 24 DE JUNIO 1 y 4 DE JULIO 4 y 5 DE JULIO El responsable de centro confirmará al Servicio que el alumnado ha superado o no los estudios en cuanto conozcan los resultados. El Servicio informará a los tribunales de las adaptaciones necesarias. El Servicio confirmará al responsable de centro que el tribunal está informado de las adaptaciones. Persona de contacto: Mamen López Lizarralde T. 943 015184 discap@ehu.eus www.ehu.eus/discapacidad 15

7. GLOSARIO EDUCACIÓN INCLUSIVA: Diseño, organización y desarrollo de la enseñanza que permite el acceso, el progreso y la participación en los estudios en igualdad de oportunidades de todo el alumnado independientemente de sus condiciones o características personales. Se debe entender como un proceso de intervención educativa capaz de ajustarse y adaptarse para dar una respuesta a la diversidad. NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES: Necesidades que tienen algunos/as estudiantes para acceder y desarrollar sus estudios, debido a su discapacidad, dificultades específicas de aprendizaje, o algunos trastornos o enfermedades. Se refieren a las dificultades de mayor o menor grado para acceder y progresar en relación con los aprendizajes establecidos en el contexto educativo. DISCAPACIDAD: según la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la Discapacidad y de la Salud (CIF), publicada por la OMS en 2001, discapacidad es un término que recoge las deficiencias en las funciones y estructuras corporales, las limitaciones en la capacidad de llevar a cabo actividades y las restricciones en la participación social del ciudadano. IGUALDAD DE OPORTUNIDADES: es la ausencia de discriminación, directa o indirecta, así como la adopción de medidas orientadas a evitar o compensar las desventajas de una persona con discapacidad para participar plenamente en la vida política, económica, cultural y social. ACCESIBILIDAD: es el conjunto de características de que debe disponer un entorno, producto o servicio para ser utilizable en condiciones de confort, seguridad e igualdad por todas las personas y, en particular, por aquellas que tienen alguna discapacidad. DISEÑO UNIVERSAL: Supone asumir que la dimensión humana no puede definirse mediante unas capacidades, medidas o estándares, sino que debe contemplarse de una manera más global en la que la diversidad sea la norma y no la excepción. Implica que cualquier producto o servicio debe diseñarse e implementarse de tal modo que se ajuste a las necesidades de todas las personas. MEDIDAS DE ACCIÓN POSITIVA: son aquellos apoyos de carácter específico destinados a prevenir o compensar las desventajas o especiales dificultades que tienen las personas con discapacidad en la incorporación y participación plena en los ámbitos de la vida política, económica y social, atendiendo a los diferentes tipos y grados de discapacidad. 16