Novedades ECOVIS info. Issue 48/ 11 de febrero / 2015. Pasaje del IRNR al IRPF. IVA - Cannabis. IVA Exoneración



Documentos relacionados
Ley de Inversiones- Promoción a las actividades desarrolladas por Centros de Servicios Compartidos. Comunicado BPS - FONASA.

Extendiendo beneficios a los turistas. Novedades tributarias. El Poder Ejecutivo extiende aplicación de beneficios fiscales

Intereses fictos - IRAE sobre renta real? Ley de Astilleros, Diques y Varaderos

Parques eólicos. Novedades tributarias. Cesión de derecho de superficie para su instalación. DGI, FIS, IVA, IRPF y otros

IRAE - Donaciones a proyectos artísticos y culturales Novedades tributarias Otras novedades

Novedades tributarias Comunicados BPS Otras novedades

Promoción inversiones - bienes incorporales en proyectos eólicos

Aprobación de Ley de Minería de Gran Porte Novedades impositivas Otras novedades

IRAE Agropecuario - Cómputo de gastos por arrendamiento. Nueva modalidad de certificado de crédito - Certificados de crédito electrónico

Operaciones de leasing con ganado Novedades tributarias Comunicados BPS Otras novedades

De Zonas Francas a Zonas Económicas Especiales

Comienza la rebaja del IVA consagrada en la Ley de Inclusión Financiera

Sistema financiero. Novedades tributarias Comunicados DGI. Adopción de Normas Internacionales de Información Financiera

RESOLUCIÓN Nº 4979/2015

IVA - Exoneración a maquinaria agrícola. Ley promoción de inversiones. Interés Nacional - Biotecnología

Planes de continuidad del negocio para PYMEs

4. Modos de extinción de la obligación tributaria. La obligación tributaria puede extinguirse por:

Recopilación de Normas de la COMAP

TEMA: API Santa Fe Retenciones de Ingresos Brutos.

IRPF SOBRE RENTAS EN EL EXTERIOR Y AL PORTADOR

REPÚBLICA DE COLOMBIA MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO S U P E R I N T E N D E N C I A D E V A L O R E S RESOLUCIÓN NÚMERO 0478 DE 2002

Novedades tributarias Otras novedades

Cuadro de vencimientos 2015 actualizado

Valor en Aduana de bienes exportados Novedades tributarias Otras novedades

MINISTERIO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

TEXTO RESALTADO CON CARACTERES ESPECIALES PARA DESTACAR CAMBIOS POSICION DE LIQUIDEZ B.C.R.A. Sección 1. Políticas y responsables.

Ley de rendición de cuentas Novedades impositivas Otras novedades

Fomento al Deporte - cambios IVA - Combatiendo la inflación Seguridad Laboral

Impuesto al patrimonio. Actividades promovidas al amparo de la Ley N Novedades varias. Retornará definitivamente al sector agropecuario?

CAMPAÑA IRPF IASS 2013

IMPUESTO A LA ENAJENACIÓN DE BIENES AGROPECUARIOS (IMEBA) Decreto 778/008 de (art. 5º) Decreto 14/015 de

Marzo 2016 Novedades impositivas del al 16 03

TÍTULO 8 IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES (IRNR)

Impuesto al Patrimonio. Comunicados de DGI Otras novedades. Modificaciones finalmente aprobadas para el sector agropecuario

Novedades en la licencia por maternidad y paternidad Novedades tributarias Otras novedades

REEMPLAZA DECLARACIÓN JURADA 1850 POR DECLARACIÓN JURADA 1912

Agencia Tributaria PROYECTO DE ORDEN POR LA QUE SE APRUEBA EL MODELO 411 IMPUESTO SOBRE

Operador Económico Calificado - algunas consideraciones

MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO DECRETO NÚMERO DE 2014 ( )

DECRETO Nº 203/014 INCLUSIÓN FINANCIERA REDUCCIÓN DEL IVA IVA SE ESTABLECEN LAS NORMAS Y CONDICIONES VIGENCIA 1º

VISTO la Actuación SIGEA N del Registro de. Que mediante la Resolución General N se establecieron

IMPUESTO AL VALOR AGREGADO EN LAS PROMESAS DE COMPRAVENTA Y LEASING DE INMUEBLES A PARTIR DE LA REFORMA TRIBUTARIA

PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA SOBRE LAS OBLIGACIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS CONTRIBUYENTES FORMALES DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO

Contratos de Participación Público / Privada - Beneficios Fiscales. Comunicado BPS Sistema Nacional Integrado de Salud

Consulta DGI Regularización de sociedad de hecho. Marca Registrada Cancelación por falta de uso

307 Servicios en los que predomina 307 la mano de obra 2

UNIDOS AMPLIAREMOS EL CAMINO Calle 4 No Tópaga Boyacá Código Postal tesoreria@topaga-boyaca.gov.co

Reforma Tributaria: Los desafíos que vienen para la Agroindustria

Superintendencia de Seguros y Reaseguros

Régimen Impositivo Simplificado. Cambios derivados de la aprobación del nuevo reglamento para la aplicación de la ley de Régimen Tributario Interno.

E-FACTURA - Incorporación de nuevos contribuyentes Novedades tributarias Otras novedades

Ley de Inversiones - Beneficios fiscales para facilitar uso de medios de pagos electrónicos, dada la Ley de Inclusión Financiera

RESUMEN SOBRE LAS DISPOSICIONES PARA EL FORTALECIMIENTO DEL SISTEMA YTRIBUTARIO Y EL COMBATE A LA DEFRAUDACIÓN Y AL CONTRABANDO

Comercio internacional de bienes. IMESI - Combustibles. IVA Operaciones con no residentes - crédito

DECLARACIONES JURADAS 1851, 1852 Y CAMBIA FORMATOS

RETENCIÓN Y JUSTIFICACIÓN DEL IRPF

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS 2º TRIMESTRE 2015

C I R C U L A R N 1.968

Se acerca el Impuesto al Patrimonio agropecuario Novedades tributarias Otras novedades

TÍTULO 8 IMPUESTO A LAS RENTAS DE LOS NO RESIDENTES (IRNR)

IRNR: Gasto deducible a medias Novedades impositivas Proyectos de ley

Las respuestas facilitadas a las preguntas más frecuentes tendrán carácter meramente informativo y no tendrán efectos vinculantes para el ICEX

Emisión Títulos de Deuda en UR - Beneficios Impositivos. Facturación Electrónica, Inversión en Hardware y Software - Beneficios IRAE

TEMA 5 EL DICTAMEN FISCAL Concepto

A las personas físicas y entidades en régimen de atribución de rentas que cumplan los siguientes requisitos:

CALENDARIO TRIBUTARIO PARA 2012

INFORMACIÓN AL PÚBLICO. ANTECEDENTES ACERCA DEL BANCO QUE DEBEN MANTENERSE EN SUS OFICINAS


IVA: Devolución exprés para ciertos contribuyentes.

TÉRMINOS DE REFERENCIA

AYUDA DEL FORMULARIO VIRTUAL N SIMPLIFICADO RENTA ANUAL PERSONA NATURAL 2012

Cuáles son los principales incentivos fiscales a la internacionalización?

TERMINOS DE REFERENCIA

EXCMO. AYUNTAMIENTO DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA SECRETARIA GENERAL DEL PLENO SERVICIO DE TRIBUTOS Y EXACCIONES ANUNCIO

CIRCULAR EXTERNA NÚMERO 10 DE 2014 (noviembre 13)

MODIFICACIÓN DEL RÉGIMEN COMUNITARIO A LA SITUACIÓN DE RESIDENCIA Y TRABAJO POR CUENTA AJENA

Anexo I. Deducciones en el tramo autonómico del IRPF por donativos realizados a favor de fundaciones (año 2010)

ALGUNAS CLASIFICACIONES PARA LOS IMPUESTOS

Pesca y acuicultura Novedades tributarias Otras novedades

DECRETO. No. 454 (23 de Noviembre de 2015)

MANUAL DE FIJACION DE PRECIOS DE CIERRE

OBLIGACIONES IMPOSITIVAS Y DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Impuesto sobre la Renta (ISR)

INFORME N SUNAT/4B0000 MATERIA: Se formulan las siguientes consultas:

Lo nuevo. Aspectos a tener en cuenta para los vencimientos de los Impuestos Nacionales en abril de 2016

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA

A continuación se mencionan las principales novedades tributarias del mes de febrero de 2011.

LEY DE INGRESOS DE LA FEDERACIÓN PARA EL 2013.

TRIBUTOS - DECLARACIONES INFORMATIVAS

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA.

Novedades en la presentación de autoliquidaciones y declaraciones informativas y nuevo PIN 24 horas

Voces: Libros electrónicos ~ Registros electrónicos ~ Emisión electrónica ~ Registro de compra ~ Registro de venta ~ SLE-PLE ~ SLE-PORTAL

T Í T U L O 19 IMPUESTO A LAS TRASMISIONES PATRIMONIALES

Bizkaiko Foru Diputación Foral Aldundia de Bizkaia

ORDENANZA SOBRE EL USO DE LA FACTURA ELECTRÓNICA EN EL AYUNTAMIENTO DE BRIHUEGA (B.O.P. de Guadalajara de 4 de diciembre de 2015).

BOLETÍN JURÍDICO CCI NOVIEMBRE 30 DE 2015

IMPUESTO AL VALOR LEGISLACIÓN INTERNACIONAL COMPARADA

A) Tratamiento frente al Impuesto a las Rentas de las Personas Físicas (IRPF) de: 1) Anticipos provisorios de utilidades distribuidos a los socios

1. Cuál es la vigencia del crédito tributario por reinversión (CTR)?

Transcripción:

Novedades ECOVIS info. Issue 48/ 11 de febrero / 2015 Pasaje del IRNR al IRPF IVA - Cannabis IVA Exoneración

Pasaje del IRNR al IRPF En la presente edición comentaremos una consulta realizada a la DGI por un contribuyente relativa al pasaje de tributar IRNR a IRPF. Es así que una persona física, de nacionalidad argentina, comenzó a trabajar en Uruguay el 1º de abril de 2011 como dependiente en una empresa usuaria de Zona Franca. En su momento, acogiéndose a la normativa vigente optó por no tributar a la Seguridad Social en Uruguay y por tributar el Impuesto a las Rentas de los No Residentes (IRNR) en lugar del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF). El 1º de noviembre de 2013 la persona deja de ser dependiente de la empresa usuaria de Zona Franca, para pasar a serlo de una empresa uruguaya no usuaria de Zona Franca; por lo que comienza a aportar a la Seguridad Social Uruguaya y a tributar el IRPF. La persona plantea las siguientes dudas respecto al año 2013: 1. Si corresponde tributar IRPF por todo el año 2013 o si corresponde hacer un cierre parcial de IRNR hasta el momento en que tributó dicho impuesto y realizar en consecuencia la liquidación de IRPF solamente por los últimos dos meses del año. 2. Si la respuesta al primer punto es que debe realizarse el cierre parcial de IRNR y luego liquidar el IRPF por los últimos dos meses, confirmar que los ingresos de los últimos meses del 2013 deberán someterse a la escala anual de IRPF, escenario en el cual manifiesta que le surgirá un crédito de la liquidación de dicho impuesto. 3. Si la respuesta al primer punto es que corresponde liquidar IRPF por todo el año 2013 (incluyendo los ingresos gravados con IRNR y los gravados con IRPF), se solicita confirmación respecto a que las retenciones de IRNR pueden considerarse créditos a afectos de la Declaración Jurada de IRPF. La Administración le responde que debe liquidar el IRPF por todo el año 2013 incluyendo los ingresos gravados por el IRNR y que las retenciones de IRNR que le fueron realizadas serán imputadas al pago del IRPF. La respuesta de la Administración se basa en los siguientes argumentos: ECOVIS info. Issue 48/ 11 de febrero /2015 2

Por un lado, el artículo 4 del Título 8 del T.O. 1996 relativo al período de liquidación, establece que el IRNR se liquidará anualmente, produciéndose el acaecimiento del hecho generador el 31 de diciembre de cada año, salvo en los siguientes casos: A. Cuando se produzca el fallecimiento de la persona física contribuyente. B. En el caso de las demás entidades, cuando se produzca su disolución. C. Cuando los sujetos no residentes se transformen en residentes. D. Cuando la entidad no residente deje de obtener rentas gravadas en territorio nacional. Por su parte, el artículo 6 del Título 7 del T.O. 1996, define la residencia fiscal de las personas físicas y en los incisos quinto y sexto, faculta a los sujetos que cumplan ciertas condiciones, a optar por tributar el IRNR por las rentas del trabajo derivadas de las actividades prestadas exclusivamente en Zona Franca, en sustitución del IRPF. Con lo cual, la opción no altera la residencia fiscal de la persona física, sino solamente el impuesto a tributar, exclusivamente en relación a dichas rentas. Asimismo, tampoco se verifica alguna de las excepciones previstas en el artículo 4 del Título 8 citado, ya que el contribuyente nunca dejó de ser residente fiscal en Uruguay, por lo cual no es posible practicar un cierre del IRNR a una fecha distinta al 31 de diciembre. En consecuencia, deberá liquidar el IRPF por todo el ejercicio 2013, incluyendo los ingresos gravados con el IRNR. Las retenciones del IRNR podrán imputarse al pago del IRPF. ECOVIS info. Issue 48/ 11 de febrero /2015 3

IVA - Percepción A través de la Resolución de DGI Nº 455/015 (29/01/2015), la DGI ha fijado nuevos valores de carnes y menudencias a efectos de la percepción del IVA por la venta al público, así como el IVA que deben tributar quienes venden al público el producido de la faena de animales de su propiedad, realizada por ellos. Dichos precios rigen a partir del 1º de febrero de 2015. FIS (Fondo de Inspección Sanitaria) Mediante la Resolución N 454/015 (29/01/2015), la DGI ha establecido los precios fictos por kilo por el mes de febrero de 2015 para la carne bovina, ovina y suina, a efectos de que los contribuyentes liquiden y paguen el FIS. IVA - Cannabis El pasado 4/02/015 el Poder Ejecutivo dictó el Decreto N 46/015 reglamentando el uso y comercialización de la marihuana con fines medicinales. En lo que refiere a normas tributarias el decreto contiene dos artículos el 47 y 48 que establecen lo siguiente: por un lado se considera incluido dentro del concepto de bienes agropecuarios en estado natural al cannabis psicoactivo y no psicoactivo al que refiere el decreto. El decreto establece lo que se entiende por cannabis psicoactivo refiriéndose a las sumidades floridas con o sin fruto de la planta hembra del Cannabis, exceptuando las semillas y las hojas separadas del tallo, cuyo contenido de tetrahidrocannabinol (THC) natural, sea igual o superior al 1% (uno por ciento) en su peso. Esta inclusión del cannabis dentro de los bienes agropecuarios en estado natural implica que su comercialización estará gravada con IVA en suspenso, ello quiere decir que el productor no aplicará IVA en la factura de venta (hasta tanto se transforme o altere la naturaleza de los mismos) pero sí podrá recuperar el IVA compras incluido en el costo de bienes y servicios que estén asociados a la producción del cannabis. En el artículo 48 se fija en 0% la tasa del Impuesto a la Enajenación de Bienes Agropecuarios para los hechos generadores vinculados al cannabis psicoactivo y no psicoactivo para ser destinado en forma exclusiva a la investigación científica, o a la elaboración de Especialidades Vegetales o Especialidades Farmacéuticas para uso medicinal. ECOVIS info. Issue 48/ 11 de febrero /2015 4

IVA Exoneración El 23/01/2015 la DGI dictó la Resolución N 391/015 mediante la cual incluyó en la nómina de bienes cuya circulación interna se encuentra exonerada del I.V.A a las atadoras eléctricas de sarmientos completas (atadora, cinturón con batería y cable). Prórroga vencimientos A través de la Resolución N 334/015 del 21/01/2015 la DGI comunicó que las obligaciones tributarias con vencimiento el 16 de enero de 2015, realizadas hasta el día 19 del referido mes, se considerarán efectuadas en plazo. Circulares BCU En el siguiente cuadro se muestran las circulares emitidas por el BCU en últimas dos semanas: Número (Actividad) Tema 2214 Instituciones de Intermediación Financiera Garantías emitidas por bancos multilaterales de desarrollo y agencias de crédito a la exportación oficiales. Sustitución de los artículos 160 y 205 de la RNRCSF 2215 Instituciones de Intermediación Financiera Autorización para la contratación, cancelación del Registro y 2216 Mercado de Valores Autorización para la contratación, cancelación del Registro y 2217 Empresas de Seguros y Reaseguros Autorización para la contratación, cancelación del Registro y 2218 AFAP Autorización para la contratación, cancelación del Registro y Contactos Montserrat González montserrat.gonzalez@ecovis.com Alejandro Bouzada alejandro.bouzada@ecovis.com Marcelo Caiafa marcelo.caiafa@ecovis.com ECOVIS info. Issue 48/ 11 de febrero /2015 5

ACERCA DE ECOVIS Ecovis es una empresa internacional de consultoría, con origen en Europa continental, que dispone de más de 4.000 colaboradores en más de 50 países. Sus competencias en torno a la consultoría están basadas en el asesoramiento fiscal, la contabilidad y la auditoría, así como en el asesoramiento jurídico y los servicios de consultoría de gestión. La particular fortaleza de Ecovis radica en la combinación del asesoramiento personalizado a nivel local con el expertise interdisciplinario que proporciona su red de profesionales a nivel internacional, en base al cual cada una de las oficinas de Ecovis se beneficia del know-how de los especialistas en todo el mundo. Este expertise tan diversificado supone un apoyo efectivo para los clientes, especialmente en cuanto a transacciones e inversiones internacionales comenzando por las gestiones preparativas en el país de origen del cliente y terminando por la asistencia en el país de destino. Los servicios de consultoría que ofrece Ecovis están particularmente enfocados a medianas empresas. Su concepto de one-stop-shop garantiza una asistencia integral, tanto a nivel nacional como internacional, en todas las cuestiones legales, fiscales, administrativas y de gestión que puedan surgir. Como indica el nombre Ecovis, surge de la combinación de los términos economía y visión, y se caracteriza tanto por su internacionalidad como por su orientación al futuro y al crecimiento. ACLARACIÓN LEGAL Ecovis Uruguay - J. Ellauri 468 - Montevideo, Uruguay - Tel (598) 2712 4968 Departamento de Comunicación El contenido de esta publicación no constituye un asesoramiento, por lo que no debe tomarse una decisión sin realizar la consulta profesional correspondiente. Queda prohibida su reproducción parcial o total sin el consentimiento del autor. ECOVIS info. Issue 48/ 11 de febrero /2015 6