DEC t Éá tä áxüä v É wx V{ Äx



Documentos relacionados
LIBRO I.- NORMAS GENERALES PARA LA APLICACIÓN DE LA LEY GENERAL DE INSTITUCIONES DEL SISTEMA FINANCIERO

120 años al servicio de Chile

SEGUROS EN EL TURISMO RURAL

01 Dirección Superior del Municipio 31 Representación Legal del Municipio

CONTRATAS Y SUBCONTRATAS NOTAS

Buenas prácticas de Rendición de Cuentas

Preguntas. sobre el Tribunal de Justicia de la Unión Europea

Engloban tanto los convenios que afectan a toda la plantilla de una empresa como a parte de la misma.

Generación de información para la evaluación de los indicadores internacionales sobre la violencia contra las Mujeres

Solución de Controversias entre Usuarios y Prestadores de Servicios en los Sistemas de Salud EXPERIENCIA EN CHILE

Segunda Encuesta de Confianza en la Justicia LyD

TIENES DERECHO A VOTAR QUE NADIE TE LO QUITE

Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales. 1

INFRACCIONES A DERECHOS DE MARCAS Y PATENTES: EXPERIENCIA DE LOS TRIBUNALES Y DEL MINISTERIO PÚBLICO. P

RESULTADOS CONSULTA CIUDADANA VIRTUAL. Consulta Laboral en Línea

RESPONSABILIDAD CIVIL

OFICIO CIRCULAR GESTION-31-05

intercomarcal.com Juan Carlos Bajo officers- una- profesion- con- gran- futuro/

Dicha lista formará parte del Informe de la Administración Concursal como documento separado (art º LC).

PROYECTO DE LEY QUE PROTEGE A LAS ALUMNAS DE ESTABLECIMIENTOS DE EDUCACIÓN SUPERIOR EN SITUACIÓN DE EMBARAZO O MATERNIDAD.

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES

Cuánto cuestan y cuándo llegan los reclamos por mala praxis médica?

INFORME AL PROYECTO DE REAL DECRETO DE ASISTENCIA SANITARIA TRANSFRONTERIZA

Gabinete Jurídico. Informe 0084/2009

CONCAPA-BARÓMETRO: EDUCACIÓN Y FAMILIA 1. Estudio de ASTURBARÓMETRO

CUENTA PÚBLICA PARTICIPATIVA VIRTUAL GESTIÓN 2011 VISIÓN Agosto 2012

CARTILLA INFORMATIVA LORETO PASOS A SEGUIR PARA INTERPONER DENUNCIA PENAL POR DELITOS AMBIENTALES

CONCLUSIONES. De la información total que acabamos de facilitar al lector podemos realizar el siguiente resumen:

REFLEXIONES FUNDAMENTALES

PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE GUANAJUATO. PRIMER ENCUENTRO ESTATAL DE JUECES. LA REPARACIÓN DEL DAÑO EN RELACIÓN CON LA CONDENA CONDICIONAL

INTRODUCCION. Consultora de Marketing y Comunicación Formación Información - Televisión legal. I ENCUESTA DE FORMACIÓN LAWYERPRESS - Pág.

EXPROPIACIONES EN GENERAL

RESOLUCIÓN 01/2003. El Consejo de Autorregulación, en uso de la atribución que le confiere el

Acciones Colectivas en Materia de Daño Ambiental Regulación en México

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 31 de octubre de 2015

PROPUESTA PRESENTADA AL PRESIDENTE DE LA PREVISORA S.A. COMPAÑÍA DE SEGUROS

Por qué interesa suscribir un plan de pensiones?

La salud ambiental es un componente importante de manejo y preocupación de los países, lo que se muestra en las actividades de las últimas décadas.

LA IMPORTANCIA DE MONITOREAR EL USO DE LA RENTA DE LA INDUSTRIA EXTRACTIVA, LA FUTURA CONFIGURACIÓN EN LA DISTRIBUCIÓN DEL CANON Y LA TRANSPARENCIA

ENCUESTA COLEGIADOS ICAM

Cuestionario de honorabilidad y buen gobierno

Capítulo 7 Conclusiones y Recomendaciones

En este documento se hacen cuatro series de propuestas para mejorar el servicio que presta el Seguro Escolar en estos momentos.

Tipos de sociedades Qué es una sociedad? contrato Características de las sociedades persona jurídica capital de los socios patrimonio propio

Preguntas frecuentes (SBS)

4.4.1 Servicio de Prevención Propio.

Destinatarios Abogado Procurador Fiscal de Santiago del Consejo de Defensa del Estado.

compromisos del pasado. Y sin considerar que lo que tiene o con lo que dispone México no se gasta de la mejor forma.

Derecho a la Salud en Chile: Del derecho a la salud al ejercicio del derecho a la salud

4.2 Mecanismos de consulta. Recomendación

INSCRIPCIÓN AUTOMÁTICA Y VOTO VOLUNTARIO

Master de Negocios y Alta Dirección 2008

Reglamento sobre el Control de la Información y el Acceso a los Ficheros de INTERPOL

PONENCIA DE ESTUDIO DE LAS NECESIDADDES DE RECURSOS HUMANOS EN EL SISTEMA NACIONAL DE SALUD

POLÍTICA DE APORTES A LA COMUNIDAD CELULOSA ARAUCO Y CONSTITUCIÓN S.A. Y FILIALES

RESUMEN. CUALIFICACIONES. Estudios seguridad y salud

SECRETARÍA GENERAL DEL PLENO

RESUMEN Seguridad industrial-organismos de control

COMENTARIOS AL PRINCIPIO 10

Dentro de las alternativas discutidas, los municipios han planteado las siguientes:

Enfoque de la subcontratación en PRL

Breve investigación sobre la función social. Nicolás Zorrilla Filosofía Pontificia Universidad Javeriana Bogotá

Prestaciones adicionales, ampliaciones de plazo y contrataciones complementarias

Gabinete Jurídico. Informe 0049/2009

CAPÍTULO I PECULADO COMO UN DELITO QUE PUEDE COMETER UN SERVIDOR PÚBLICO.

LA ENTREVISTA PERSONAL EN LA SELECCIÓN DE AUTORIDADES JUDICIALES

Esta obra forma parte del acervo de la Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM

Como vemos, para garantizar la realización adecuada del intercambio

Publicar datos de carácter personal en la web supone tratamiento automatizado de datos y exige consentimiento de los afectados.

gestión económica programación económica gestión financiera contratación administrativa

OPINIÓN DE LA JUNTA MONETARIA ACERCA DE LA EMISIÓN DE BONOS DEL TESORO PREVISTA EN EL PROYECTO DE PRESUPUESTO DE INGRESOS Y EGRESOS DEL ESTADO 2005

SÍNTESIS Y PERSPECTIVAS

Guía para ser un empresario formal del Turismo en Chile

Regla de Exclusión prueba obtenida vulnerando garantías fundamentales. Felipe Marín Verdugo

Madrid, 18 de junio de 2007

CONCLUSIONES FORO LABORAL

Me es grato dirigirme a ustedes en esta segunda promoción del. curso virtual sobre Gestión Basada en Resultados, dirigido a

Impactos económicos del gasto turístico. Capítulo 7

Cuándo se pueden utilizar estos sistemas?

CONTABILIDAD ANALISIS VERTICAL Y HORIZONTAL DE ESTADOS CONTABLES

Guía Práctica para el Diseño de Proyectos Sociales

COMENTARIOS AL NUEVO TEXTO DEL ANTEPROYECTO DE LEY DE TRANSPARENCIA, ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA Y BUEN GOBIERNO

Master en Gestion de la Calidad

TRIBUTOS AMBIENTALES PARA LA PROTECCIÓN DE LA ATMÓSFERA EN EL DERECHO CHILENO. RESUMEN

Ley Postal de 22 de noviembre de 2012

Nº Delegados de Prevención

ASIGNACIÓN GRATUITA DE DERECHOS E INGRESOS DE LOS GENERADORES POR QUÉ RECIBEN LOS GENERADORES DERECHOS DE EMISIÓN GRATUITOS?

Servicio de Marketing

Calidad en los servicios de la Administración General Jurídica. Encuesta telefónica nacional

Informativo de Prevención del Cohecho o Soborno

NOVEDADES EN LAS MUTUAS Y EN LA GESTIÓN DE LA INCAPACIDAD TEMPORAL (IT)

GUIA PARA LA IMPLEMENTACION Y SEGUIMIENTO DE PLANES DE MEJORAMIENTO

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

DECLARACION DE PRINCIPIOS Y VALORES ETICOS

CHILE Lic. Tamara Salgado

REFORMA INTEGRAL DEL SISTEMA TRIBUTARIO ESPAÑOL LA COMISIÓN DE EXPERTOS HA PRESENTADO SU INFORME.-

Nuevo régimen de solución de conflictos de consumo: se podrá fijar indemnización administrativa por daño directo sin límite

LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA COMO POLÍTICA PÚBLICA: CHILE CUMPLE

QUÉ ES EL DERECHO INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS?

Transcripción:

DEC t Éá tä áxüä v É wx V{ Äx Discurso Cuenta Pública 2014 Abogado Procurador Fiscal de Antofagasta Carlos Bonilla Lanas 12 de Junio de 2015 Agradeciendo vuestra presencia y con motivo de cumplirse este año los 120 años de existencia del Consejo de Defensa del Estado, me es grato rendir la Cuenta Pública 2014 de la Procuraduría de Antofagasta, la que tengo el honor de dirigir desde el año 1993. Una actividad similar a esta la realizamos cuando nuestro Servicio cumplió 100 años de existencia. La preocupación por la defensa de los intereses del Estado por sobre toda otra consideración particular constituye el principal rasgo de nuestra cultura institucional, que se ha forjado como identidad por el trabajo y convicción de todos y cada uno de quienes han pasado por el Servicio durante más de una centuria. Por ello, el acervo de experiencia y conocimiento son el primer patrimonio del Consejo construido a partir de esos primeros 243 pleitos que justificaron su creación, en 1895, y que hoy coincidentemente se han más que centuplicado. Detrás de la defensa de todos ellos puede encontrarse un gran número de personas abocadas a transformar ese conocimiento en resultados y poner esa experiencia a disposición de los intereses fiscales. Breve visión del trabajo del l CDE a nivel nacional A diciembre de 2014 como lo mostró el video con que abrimos esta Cuentael Consejo de Defensa del Estado patrocina más de 26 mil causas en todo el territorio nacional. Lo anterior representa una cuantía de US$ 19.514 millones, equivalente al 8,2% del PIB estimado para ese año. Durante 2014 ingresaron también 12.650 nuevos asuntos; un 10,6% más que en 2013. 1

Durante el año recién pasado la defensa patrimonial del Fisco en el ámbito judicial mantuvo estándares de excelencia, conservando un alto grado de eficacia. Respecto de las sumas demandadas en juicios civiles, penales e infraccionales, juicios laborales y expropiaciones éstas alcanzaron, a nivel nacional, aproximadamente los $544 mil millones, fijándose en sentencias condenatorias ejecutoriadas, aproximadamente, $16 mil millones. Es decir, se evitó al Fisco un pago equivalente al 97% del total demandado. De la misma forma, respecto de las demandas sobre indemnizaciones de perjuicio contra el Estado, que alcanzaron en 2014 una cuantía por $240 mil millones, se condenó al Fisco a pagar sólo $2.491 millones. Ello permitió evitar al Estado un pago equivalente al 99% del total demandado. En los casos de reclamo de monto de indemnización por expropiación, en causas terminadas durante el año pasado, el Estado fue demandado por una cuantía total de $69 mil millones. La defensa del Consejo de Defensa del Estado acogida en las sentencias permitió que se fijara, en definitiva, un monto del orden de $6.200 millones, evitándose un pago equivalente al 91% del total demandado. En cuanto a las transacciones como término de causas judiciales en que se demandó al Estado, se efectuaron un total de 30 en el año, obteniéndose un porcentaje de pago evitado de 91,5% del total de los montos demandados, que alcanzaron los $12.767 millones. El Consejo transigió sólo en $1.087 millones. En materia penal, el Consejo obtuvo un 82,9% de sentencias favorables. Y en lo que lo que se refiere a causas contencioso-administrativas, durante 2014 se finalizaron 485 casos, con una tasa de resultados positivos de 90,5%. Por último, en la representación en acciones constitucionales y tribunales especiales en defensa de la Administración, el Consejo de Defensa del Estado obtuvo un 93,5% de sentencias a favor del Fisco. Estructura del CDE a nivel nacional 2

Conforme a nuestra Ley Orgánica, el CDE es un servicio público descentralizado, dotado de personalidad jurídica, sujeto a la supervigilancia del Presidente de la República e independiente de los diversos Ministerios, lo que asegura su plena independencia y autonomía respecto de los diversos órganos del Estado Chileno. Es dirigido, a nivel nacional, por un Consejo compuesto por doce abogados designados por el Presidente de la República, pudiendo recaer el nombramiento en personas ajenas a nuestro Servicio y son inamovibles en sus cargos. El Presidente del Consejo lo designa el Presidente de la República, durando tres años en el cargo, pudiendo renovarse su nombramiento, cargo que ocupa actualmente el Doctor en Derecho Penal don Juan Ignacio Piña Rochefort. La Misión de nuestro Servicio es la de defender y representar judicialmente los intereses patrimoniales y no patrimoniales del Estado, a través de acciones y defensas judiciales y nos hemos propuesto como Visión, la de ser una institución de excelencia, reconocida por su prestigio profesional, que actúa proactivamente en la defensa judicial de los intereses del Estado y se proyecta como actor relevante en el ámbito jurídico, contribuyendo al fortalecimiento y desarrollo de la institucionalidad jurídica del país La Procuraduría de Antofagasta No existe claridad sobre la fecha en que esta Procuraduría comenzó a funcionar en Antofagasta, toda vez que la I. Corte de Apelaciones se instaló en el mes de Junio del año 1966, pero todo indica que, dada la lejanía de la I. Corte de Apelaciones de Iquique (400 kms.), de la cual dependió la Segunda Región hasta la creación de la Corte en esta ciudad, siempre existió un abogado a cargo de la defensa de los asuntos fiscales en la región. Ejercieron dicha función destacados abogados como don Jorge Manterola Fighetti, don Lionel Lisboa Basualto, don Juan de Dios Reyes Franzani y don Jorge León Vargas. Correspondió a don Juan de Dios Reyes la instalación de la Procuraduría en una oficina pública ya que, con anterioridad, funcionaba en las oficinas privadas de los abogados. 3

Actualmente nuestra dotación de funcionarios asciende a 12, de los cuales 6 son abogados litigantes, dos técnicos procuradores, dos administrativas y dos auxiliares. La Procuraduría cubre todo el territorio de la región de Antofagasta y tiene a su cargo una variada gama de causas, entre las cuales se destacan las servidumbres mineras, las infracciones al Código de Aguas (pese a ser una zona desértica, existen conflictos por las aguas subterráneas y la excesiva explotación de nuestros escasos ríos, entre ellos el río Loa, que es el más largo de Chile) y las de medio ambiente. Estas últimas causas han demandado una gran movilidad y es así como abogados de la Procuraduría se han constituido en los geiseres del Tatio; han visitado diversos lugares de la región para constatar la destrucción de monumentos nacionales y hasta han debido navegar en la bahía de Antofagasta por causas relacionadas con derrame de hidrocarburos desde naves. Al mes de Diciembre de 2014, los asuntos a nuestro cargo alcanzaban a las 1.040 causas, con una cuantía total de $ 74.634.104.176, (setenta y cuatro mil seiscientos treinta y cuatro millones de pesos) destacándose los juicios civiles con un total de 280, los juicios contenciosos administrativos con una total de 44 y los juicios penales con un total de 111. Paso a referirme a resultados estadísticos de esta Procuraduría Fiscal durante el año 2014, según datos e información refrendada por nuestro nivel central para nuestra gestión, en base a indicadores internos elaborados a tal efecto: - Indicador Porcentaje de pagos evitados al Fisco demandado en juicios civiles, penales e infraccionales, respecto de los montos demandados : En un total de 19 causas terminadas, la cuantía demandada ascendió a $ 3.558.633.704 (tres mil quinientos cincuenta y ocho millones de pesos) y sus respectivas sentencias ejecutoriadas condenaron al Fisco a pagar $ 133.402.164, (ciento treinta y tres millones cuatrocientos dos mil pesos), lo que importa un pago evitado al erario estatal de $ 3.425.231.540.- tres mil cuatrocientos veinticinco millones), esto es, un 96,3% de los montos demandados. - Indicador Porcentaje de sentencias favorables en juicios penales no patrimoniales : Durante el año 2014 terminaron 3 juicios de esa índole, 4

obteniéndose dos sentencias favorables y una desfavorable, representando un porcentaje exitoso de un 67%. - Indicador Porcentaje de sentencias favorables en causas contenciosoadministrativas : De un total de 25 causas terminadas se obtuvo sentencia favorable en todas ellas, esto es, un porcentaje de un 100%, superior porcentaje a nivel nacional que ascendió a un 90,5%. - Indicador Porcentaje de pagos obtenidos por el Fisco demandante : En un total de 35 causas terminadas, la cuantía demandada ascendió a $ 127.280.486 (ciento veintisiete millones doscientos ochenta mil pesos) y sus respectivas sentencias ejecutoriadas se condenó a los demandados a pagar al Fisco la suma $ 85.816.505 (ochenta y cinco millones ochocientos dieciséis mil pesos), recuperándose un total de $ 30.171.971 (treinta millones ciento setenta y un mil pesos). Conocidos los datos estadísticos más relevantes de la Procuraduría permítanme hace una breve reseña de las materias en que intervenimos. Como todos ustedes saben los seres humanos somos esencialmente sociables y, para vivir en forma más o menos organizada, creamos este ente abstracto y poderoso al que denominamos Estado, al que dotamos de una institucionalidad jurídico-política en la cual se radica el poder, tratando de evitar los caudillismos. El problema de todos los Estados, incluido el nuestro, es lograr el adecuado equilibrio entre el poder y los derechos de los gobernados y es así como el Estado interactúa, día a día, a través de sus órganos, con las personas y los diversos cuerpos intermedios que conforman la sociedad civil. Es así como el Estado puede demandar como también puede ser demandado ante los Tribunales de Justicia en las materias más variadas, que es justamente la labor que corresponde a nuestro Servicio y, entre las materias que actuamos destacaré las más importantes: Competencia civil En este ámbito actuamos, principalmente, en juicios de indemnización de perjuicios y otras acciones patrimoniales, en los que se persigue se resarzan los daños causados a particulares por los órganos o agentes del Estado los que generalmente se imputa falta de servicio; daños causados en accidente de tránsito por vehículos fiscales así como también el cobro de los daños que se ocasionen a éstos; juicios de cobro de pesos por prestaciones de salud y/o 5

venta o arrendamiento de bienes raíces fiscales; acciones de restitución de bienes raíces fiscales ocupados ilegalmente y constitución de servidumbres mineras. De todas estas materias destaco las relacionadas con la servidumbres mineras, ya que por ser la minería la actividad económica más importante de la región estas demandas han aumentado en forma significativa año a año, dando origen a diversos conflictos, entre ellos, los relacionados con la solicitudes de servidumbres que pretender ocupar terrenos fiscales que se encuentran regulados en planes reguladores comunales o intercomunales o las que pretenden ocupar terrenos que el Fisco ha destinado a la Fuerzas Armadas o reservado para el desarrollo de energías no contaminantes, entre ellos, los parques de energía eólica. Sin lugar a dudas una de las causas emblemáticas de la Procuraduría en materias civiles fue la del Cerro Paranal en el cual se instaló el observatorio astronómico del mismo nombre, cerro que fue donado, el año 1988, a un organismo internacional que gozaba de inmunidad de jurisdicción como lo era la E.S.O., integrada por ocho países europeos. Sin embargo, dicho cerro tenía dueño, ya que pertenecía a la sucesión del Almirante Juan José Latorre, quienes interpusieron una acción reivindicatoria en contra del Fisco. Fue una causa bastante movida, ya que, cada vez que los demandantes solicitaban la presencia de la fuerza pública para paralizar las obras de construcción del observatorio, llegaban sendas quejas al Ministerio de Relaciones Exteriores por parte de los países que formaban parte de la E.S.O., alegando que no se estaba respetando su inmunidad de jurisdicción. En definitiva, se celebró una transacción por una cuantiosa suma, superándose, de este modo, todos los inconvenientes de orden diplomático que este juicio significó para el Gobierno de la época. Competencia contenciosa administrativa En esta área nos corresponde asumir la defensa de autoridades o funcionarios del Estado en los recursos de protección interpuestos en su contra, la defensa en los recursos de amparo económico; el rechazo o sostenimiento de nulidades de derecho público y la defensa de las multas impuestas por la autoridad sanitaria en los sumario sanitarios. En el año 2014 nos tocó asumir la defensa en 21 recursos de protección obteniendo una sentencia favorable en todos ellos. Asimismo, obtuvimos 6

sentencias favorables en las defensas que asumimos representando a la Municipalidades de Antofagasta, Sierra Gorda y Mejillones en las demandas que interpusieron en su contra sus propios funcionarios reclamando el pago de una supuestas prestaciones laborales adeudadas desde el año 1980 por el incremento previsional contemplado en el Decreto Ley 3.501 que cambió el sistema previsional público de nuestro país por el actual basado en las AFP. De haberse acogido estas demandas, los Municipios deberían haber desembolsado sumas millonarias para cubrir las prestaciones demandadas. Competencia laboral Durante 2014, la jurisprudencia en materia laboral experimentó un importante cambio, debido a la modificación de ciertos criterios por la Cuarta Sala de la Corte Suprema, que rápidamente fue adoptada por los restantes tribunales del país. Así, comenzaron a ser desestimadas argumentaciones jurídicas que este Consejo había planteado exitosamente en los últimos años, como la relativa a la incompetencia de los tribunales laborales para conocer demandas interpuestas por funcionarios regidos por el Estatuto Administrativo, o la referida a la inaplicabilidad de las normas sobre subcontratación laboral a los servicios públicos. Lo anterior produjo un aumento de demandas laborales que ha incrementado, por ende, la intervención del Servicio en juicios de este tipo. Esto ha impactado significativamente la carga de trabajo de quienes asumen causas laborales, tanto por el número de asuntos de los que han tenido que hacerse cargo, como por la necesidad de rediseñar las estrategias jurídicas y reevaluar los contenidos de nuestra argumentación. Hoy podemos decir que hemos logrado gestionar efectivamente estas nuevas circunstancias gracias al esfuerzo de nuestros funcionarios asumiendo este incremento como recarga de trabajo aunque esto probablemente requiera de una revisión seria a partir del sostenido incremento de las causas y, si bien esperamos revertir los resultados judiciales adversos, es justo hacer presente que en la mayoría de los casos se han obtenido fallos favorables. Esto naturalmente releva una preocupación antes inexistente, pues por vía jurisprudencial comienza a robustecerse una interpretación que probablemente, según lo señaló el Presidente del CDE en su cuenta nacional, deba llamar a los colegisladores a hacerse cargo. Un proyecto de ley sería el 7

curso natural para satisfacer las necesidades de tutela del sector público en lugar de hacerle aplicable un estatuto que en principio le es ajeno, produciendo una serie de consecuencias asistemáticas a lo largo del país además de una marcada incerteza jurídica para las autoridades que bajo el amparo de Estatuto administrativo toman sus decisiones de contratación. Competencia penal Las causas penales, si bien comparativamente son un segmento menor en el trabajo del Consejo, pues las limitaciones legales de nuestra Legitimación Activa nos sustraen de intervención en algunos asuntos de alta connotación, resultan un ámbito de especial relevancia para nuestro trabajo. Nuestro deber de intervención (y al mismo tiempo nuestra rigurosa circunscripción a ello) en aquellos delitos que puedan acarrear perjuicio fiscal o a la administración y aquellos cometidos en el desempeño de su función por empleados públicos nos da un marco acotado de intervención. Antes de la reforma procesal penal nuestro Servicio registraba un alto número de causas penales en atención a que no correspondía actuar en las causas relacionadas con los delitos de tráfico de estupefacientes, cumpliendo labores que realiza actualmente el Ministerio Público, con el cual, en la actualidad, hemos logrado un muy buen nivel de coordinación, recibiendo la información oportuna de investigaciones penales que pueden afectar los intereses del Estado de Chile. En el año 2014 nuestra Procuraduría registró el ingreso de 121 causas penales en las más diversas materias, entre ellas, delitos de cohecho, fraude al Fisco, malversación de caudales públicas, cuasidelito de lesiones con resultado de daños a vehículos fiscales. Competencia ambiental La Ley 19.300 otorgó al Consejo de Defensa del Estado el ejercicio de la acción de reparación ambiental y la indemnización de perjuicios derivada de dicho daño. Desde entonces, a través de su Unidad de Medio Ambiente, el organismo ha presentado más de 80 demandas de reparación ambiental, obteniendo sentencias favorables en casi la totalidad de las causas y, terminando otras tantas, mediante transacciones judiciales. La entrada en vigencia de la Ley 20.417, que crea la nueva institucionalidad ambiental y, en particular, la Ley 20.600, que crea los Tribunal Ambientales, han abierto un nuevo desafío para el Consejo. Asimismo, la creación del 8

Ministerio del Medio Ambiente y sus respectivas Secretarías Regionales Ministeriales, suman un nuevo cliente en la defensa judicial que realiza este Servicio. En este contexto, el Consejo ha desplegado sus mayores esfuerzos para avanzar en la consolidación de sus competencias en el marco de la nueva institucionalidad ambiental, actuando coordinadamente con cada uno de los organismos que la conforman, logrando ya importantes avances. Por una parte, ha mantenido su forma de trabajo ante tribunales ordinarios de justicia y, paralelamente, ha insertado sus competencias en el marco de la nueva institucionalidad ambiental, actuando particularmente coordinado con el Ministerio de Medio Ambiente y con la Superintendencia, de modo de presentarse adecuadamente ante los tribunales especializados, cuyas resoluciones poseen un alto estándar técnico-jurídico. En este ámbito destaco las siguientes causas tramitadas ante los Tribunales Ordinarios de Justicia: Caso de contaminación de la bahía de Mejillones: en el año 2009, tras el derrame de 2.500 litros de hidrocarburo desde la motonave Liquid Challenge, tramitada ante el Ministro de la I. Corte de Apelaciones de Antofagasta don Oscar Clavería Guzmán, en la que se obtuvo sentencia favorable tanto en primera como en segunda instancia. Esta causa se destaca por ser la primera sentencia favorable dictada por la Corte Suprema en el marco de una demanda tramitada bajo las normas de la Ley de Navegación. En fallo unánime, el máximo tribunal estableció responsabilidad civil por el derrame de sustancias contaminantes en el medio marino, así como la procedencia de la reserva para discutir la especie y monto de los perjuicios en la etapa de cumplimiento de fallo, en materia de responsabilidad extracontractual. Ello confirmó lo sostenido por el Consejo, en orden a que los propietarios y armadores de las naves causantes de derrames deben responder por el daño ecológico causado. Caso de contaminación de las costas de Antofagasta por derrame de hidrocarburos desde la motonave Eider : En esta causa, también tramitada conforme a las normas de la Ley de Navegación se investigó el derrame de hidrocarburos desde la motonave Eider causando una contaminación grave en las costas de la ciudad de Antofagasta que abarcó desde la playa del Hotel 9

"Antofagasta" hasta las playas del sector norte de la ciudad. Se celebró una transacción con los armadores de la nave la que cubrió el total de los daños ambientales ocasionados, como también se indemnizó a los particulares afectados, especialmente a los pescadores artesanales. Caso de la Casa Huéspedes de Soquimich: En este caso, tramitado conforme a la Ley Nº 19.300, por haberse alterado el medio ambiente cultural e histórico, se persiguió la responsabilidad de la Sociedad Química y Minera de Chile y de la Municipalidad de Antofagasta por la demolición, sin la autorización del Consejo de Monumentos Nacionales, de la Casa de Huéspedes ubicada en el barrio histórico de nuestra ciudad declarada Zona Típica, específicamente, al interior de las oficinas de Soquimich en calle Aníbal Pinto. Esta casa tenía un gran valor histórico ya que en ella se alojaron los oficiales del Ejército de Chile, al mando del Coronel Rafael Sotomayor, que desembarcaron en Antofagasta el año 1879, dando inicio a la Guerra del Pacífico. Luego de un largo juicio se obtuvo sentencia favorable de la Excma. Corte Suprema, la que obligó a los demandados a reconstruir la casa en la forma más fiel posible, obteniéndose el resultado que Uds. aprecian en las fotos que en estos momentos se exhiben. Servicios de mediación por daños en salud Gran parte de nuestra labor emplea como herramienta fundamental el litigio, sin embargo tenemos un mecanismo distinto en el seno de nuestro Servicio, que se desarrolla en torno a la colaboración. Nos referimos a la Mediación por daños en salud que este 2015 cumple 10 años desde su instalación, incorporando métodos de resolución participativa para las divergencias, que se susciten entre el ciudadano y los servicios públicos de salud, ante posibles faltas de servicio. La mediación es un procedimiento gratuito y obligatorio antes de un juicio, que no requiere abogado. Frente a un daño en salud, la mediación podría permitir a los afectados llegar a un acuerdo reparatorio (indemnización, prestaciones asistenciales, explicaciones o disculpas), o aún en caso de falta de acuerdo, recibir una explicación médica respecto de las causas del daño producido. Para los establecimientos de salud, la mediación es una fuente de información respecto de la percepción de sus usuarios y del funcionamiento, para adoptar medidas de prevención de riesgos y daños clínicos. 10

Nuestra Procuraduría ha recibido 272 solicitudes de mediación, desde 2005 a 2014, representando el 2,7% del total nacional. Se trata de conflictos entre pacientes y familiares, por una parte, y sus funcionarios, por la otra. Los reclamos reflejan disconformidad con una prestación médica y brindan la posibilidad de llegar a un acuerdo reparador, en la forma de una indemnización, prestaciones asistenciales, explicaciones o disculpas. De un total de 23 mediaciones terminadas por decisión de las partes, ninguna logró acuerdo, bajando significativamente el porcentaje de acuerdos del año anterior (2 acuerdos correspondientes a 9,5%). Aparte de razones regionales, esta baja del porcentaje de acuerdos podría deberse al cambio de autoridades en salud, ello porque la baja se percibe en varias regiones y porque hemos constatado que con cambios de gobierno y de autoridades sanitarias y hospitalarias, cada 4 años ingresan directivos que generalmente desconocen las virtudes de la mediación. La Encuesta de Participación Ciudadana aplicada en los meses de julio y agosto 2014, que tuvo como objetivo conocer la percepción de los usuarios(as) en cuanto a calidad de atención otorgada, tanto por las Encargadas de Atención Ciudadana y los(as) Mediadores(as), fue contestada por 5 personas en la PF de Antofagasta (correspondiente a 2,7% del total nacional de encuestas). Las evaluaciones fueron positivas, se obtuvo que el 80% de las personas que contestaron la encuesta, se considera muy satisfecho o satisfecho con los aspectos de trato e información proporcionada, porcentaje levemente menor que el nacional, pero que en todo caso muestra un alto grado de satisfacción. Palabras finales Finalizando esta cuenta permítanme algunas reflexiones sobre un tema que ha preocupado a nuestro país en los últimos meses y respecto del cual, sin lugar a dudas, corresponde afrontarlo con la mayor decisión y severidad, a todas las instituciones nacionales, evitando que se dañe gravemente nuestro sistema jurídico-político con todo lo que ello significa: me refiero a la corrupción, la que siempre ha existido en nuestro país en niveles controlados y que, actualmente, debido a la mayor transparencia de los actos públicos y a la eficiente actuación del Ministerio Público, ha permitido descubrir niveles preocupantes y que se deben erradicar con la mayor premura posible. Al respecto, hace poco tiempo atrás leí en el diario El Mercurio de Santiago un 11

artículo publicado por el periodista cubano don Carlos Alberto Montaner, autor del libro Tiempo de Canallas, en el cual se refirió a los tres enormes daños que provoca el fenómeno de la corrupción: El primero, pudre la premisa esencial del Estado de Derecho, desmintiendo el principio de que todo están sujetos a la autoridad de la ley. Si el político o el funcionario roban impunemente o reciben coimas para otorgar favores, por qué el ciudadano común va a pagar impuestos? Qué le impide mentir o hacer trampas? La ley establece que es delito vender cocaína y también apoderarse de los bienes públicos. Por qué no vender cocaína si otros desfalcan impunemente el tesoro nacional? Por qué no asaltar un banco Qué diferencia moral hay entre robarles a todos o robarle a una empresa o a una persona específicamente? Agrega este autor, como segundo daño, el que la corrupción adultera y encarece todo el proceso económico. La economía de mercado está basada en la libre competencia. Se presume que los bienes y servicios compiten en precio y calidad. Es el consumidor final el que decide cuál empresa pierde o gana. Cuando un político o funcionario favorece a una empresa a cambio de una comisión, esta operación non sancta fuerza al consumidor a seleccionar una opción peor y más cara, dado que el costo de la corrupción se agrega a los precios. Por otra parte, la corrupción elimina los incentivos para innovar y mejorar la calidad de lo ofertado, mientras reduce notablemente la productividad, que es la base del crecimiento. Para qué ser más productivos y bajar los costos si tenemos una clientela cautiva? Para qué diseñar un auto nuevo y mejor si el cliente está obligado a comprar el de siempre? A veces son las propias empresas las que distorsionan el mercado pactando entre ellas para aumentar los precios. Esa es otra forma grave de corrupción. Termina señalando este autor que el tercer daño que provoca la corrupción es el que destroza la estructura ideal de la meritocracia a que debe aspirar toda sociedad sana. Debilita la pasión por estudiar y frena el impulso de los emprendedores. En las sociedades corruptas prevalecen las conexiones personales. El que tiene padrinos se bautiza. Esa es la consigna general. Los vínculos son más importante que el esfuerzo por competir en un mercado abierto y libre. Qué sentido tiene quemarse las pestañas estudiando cuando, para enriquecerse, basta pasarle un sobre bajo la mesa a un funcionario corrupto? Para qué sudar y penar en el esfuerzo por crear una empresa exitosa, si para lograr el triunfo económico basta una combinación entre las 12

relaciones personales y la falta de escrúpulos? Finaliza este autor señalando que, sin lugar a dudas, la corrupción acaba con el sistema político, el económico y con los valores morales. De ahí entonces la importancia que tiene el combatir la corrupción en forma oportuna y severa que es lo que justamente está haciendo nuestro país a través de sus instituciones de las cuales ustedes son representantes en la Región de Antofagasta, compromiso que, sin lugar a dudas, ha asumido el Consejo de Defensa del Estado a nivel nacional y regional, con la adecuada coordinación con el Ministerio Público y la Contraloría General del República. Ello, con la Visión que nos hemos trazado como meta al cumplir 120 años, y mirando hacia los cien próximos: Ser una institución de excelencia, reconocida por su prestigio profesional, que actúa proactivamente en la defensa judicial de los intereses del Estado y se proyecta como actor relevante en el ámbito jurídico, contribuyendo al fortalecimiento y desarrollo de la institucionalidad jurídica del país. Muchas gracias. 13