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Transcripción:

CONTRATOS DE FUTUROS Y OPCIONES SOBRE PETRÓLEO Guía de Negociación

CONTRATOS DE FUTUROS Y OPCIONES SOBRE PETRÓLEO GUÍA DE NEGOCIACIÓN JULIO DE 2014

Indice 1. Resumen 04 2. Derivados sobre Petróleo 05 2. a. Descripción 05 2. b. Especificaciones del contrato 06 3. Cuestiones particulares de negociación 08 3. a. Horario de rueda 08 3. b. Modalidades de negociación 08 3. c. Márgenes 08 3. d. Límites a las Posiciones Abiertas (LPA) 09 3. e. Derechos de registro 09 3. f. Siglas E-Trader 10 4. Clearing 11 03

1. Resumen El 15 de junio ROFEX lanzó la operatoria de los nuevos contratos de futuros sobre petróleo crudo. Este documento introduce el producto a la vez de enumerar sus características principales, describiendo además los aspectos básicos para su negociación. La guía se completa con información acerca de cómo preparar los sistemas de front-office y back-office para incorporar este producto. El contenido del presente documento es de carácter informativo y tiene como objetivo resumir los principales puntos de interés relacionados a la negociación de la operatoria de los contratos de futuros sobre petróleo crudo. Si bien este documento contempla las características más importantes del contrato a la fecha, estás están sujetas a modificaciones según cambie la coyuntura del mercado. La guía de negociación no reemplaza ni complementa el Reglamento Interno, los términos y condiciones de los contratos de futuros y opciones, Avisos ni otra disposición emanada por el Directorio y demás órganos competentes del Mercado a Término de Rosario S.A. (ROFEX) y de Argentina Clearing S.A. ROFEX podrá modificar el contenido y el cronograma de actividades previstas en el presente, en cuyo caso informará los cambios. 04

2. Derivados sobre Petróleo 2. a. Descripción. En un intento por brindar a los inversores un producto con mucha liquidez en el mercado internacional, ROFEX desarrolló un innovador producto en el mercado financiero doméstico, el contrato de futuros sobre petróleo crudo, fortaleciendo el posicionamiento de la División Derivados Financieros (DDF). Este nuevo contrato permite a ROFEX ofrecer a sus agentes la posibilidad de: Cobertura de precio para los activos financieros domésticos relacionados al petróleo. Cobertura de precio a los participantes del mercado (Productores de Crudo, Refinerías, Distribuidores, Demandantes de Crudo, etc.) Acceso del inversor minorista a un producto financiero de importantísima liquidez a nivel global. Posibilidad de apalancamiento ante expectativas del precio del petróleo. Invertir en petróleo crudo mediante un activo financiero negociado, compensado y liquidado en la plaza local. 05

2. Derivados Sobre Petróleo 2. b. Especificaciones del contrato. 1.1. Activo Subyacente Petróleo Crudo, WTI (Light Sweet Crude Oil). 1.2. Tamaño del Contrato Será de BLS 10,- (10 barriles). 1.3. Moneda de negociación Cada contrato será denominado, cotizado, negociado, registrado, ajustado y compensado en dólares y Cotización estadounidenses (en adelante, U$S). La cotización se realizará por Barril, con dos decimales. La unidad de negociación será un (1) Contrato de Futuros sobre Petróleo Crudo. 1.4. Meses de contrato Los contratos serán listados para los meses de mayo y noviembre. 1.5. Fecha de vencimiento y Será el cuarto día hábil (EE.UU.) previo al día 25 del mes del contrato. En caso que el día 25 fuera Último día de negociación inhábil (EE.UU.), el contrato vencerá el cuarto día hábil (EE.UU.) previo al día hábil (EE.UU.) inmediato anterior al día 25 del mes de contrato. 1.6. Variación mínima de precio La variación mínima de los precios del contrato será de U$S 0,01 por cada Barril. 1.7. Variación máxima de precio Se adoptará un sistema de límites de fluctuación de precios de hasta, cómo máximo, un valor equivalente al 150% de los márgenes exigidos por la Cámara Compensadora. Esta fluctuación máxima no se aplicará los días primero y último de negociación o cuando el contrato respectivo no se hubiese negociado el día anterior. 1-Aunque la CNV aprobó que el contrato podrá ser listado todos los meses del año, por el momento, el Directorio de ROFEX decidió que se listaran los meses de mayo y noviembre. 06

2. Derivados Sobre Petróleo 1.8. Forma de liquidación 2. Emergencia No habrá entrega física del producto Petróleo Crudo para los contratos que continuaran abiertos al final del último día de negociación. Estos se liquidarán entregando o recibiendo, según corresponda, dinero en efectivo que cubra la diferencia entre el precio original del contrato y el precio de ajuste final determinado por: - El precio Nymex Ligth Crude de la primera posición de futuros informada por Thomson Reuters (Ric: 0#CL:) para el día de vencimiento. -En la imposibilidad de establecer el precio de ajuste final, conforme al procedimiento consignado precedentemente, el Directorio podrá declarar una emergencia y determinar el precio de ajuste final correspondiente, de acuerdo a las facultades estatutarias y reglamentarias y a lo prescripto en el punto 2 (Emergencia) del presente Reglamento. Si la Gerencia, el Directorio o el Comité del Contrato estimaren que el cálculo del precio de ajuste final de cualquier mes-contrato de futuros, o que el ejercicio de algún contrato de opciones, su asignación o cualquier precondición o requerimiento de cualquiera de estos podría ser afectado por hechos o resoluciones del gobierno, de la autoridad de supervisión, de otros organismos o por casos extraordinarios, fortuitos o de fuerza mayor, citarán, en el momento, a una reunión especial del Comité del Contrato o del Directorio y expondrán sobre las condiciones de emergencia. Si el Comité del Contrato o el Directorio determinan que existe una emergencia, se tomarán las resoluciones que consideren apropiadas y la decisión será efectiva, final y definitiva respecto de todas las partes intervinientes en el contrato. En ningún caso podrá considerarse como emergencia una devaluación o revaluación de la moneda argentina de curso legal o del dólar de EE.UU., a excepción que, por disposición oficial, se declare ilegal o punible la tenencia, depósito, recepción o entrega de moneda extranjera en la República Argentina. Tampoco podrán considerarse como emergencia los fenómenos meteorológicos, salvo que los mismos afecten la posibilidad de funcionamiento de los mecanismos de negociación o la asistencia del personal del Mercado o la imposibilidad del procesamiento manual de las transacciones o liquidaciones previas o del día. Cualquier otro aspecto que no se encuentre cubierto en forma específica por las presentes disposiciones, será determinado de acuerdo al Reglamento Interno y Estatuto del Mercado o las resoluciones que el Comité del Contrato o el Directorio puedan adoptar, en virtud de las facultades legales, estatutarias o reglamentarias que se encuentren en vigencia. 07

3. Cuestiones Particulares de Negociación 3. a. Horario de Rueda. Los contratos de futuros sobre petróleo se negocian dentro de la División Derivados Financieros de ROFEX. Por lo tanto, el contrato está disponible para los agentes de dicha división, y la rueda de negociación es de: Horario de Inicio: 10:00 Hrs. GTM -3 Horario de Cierre: 15:30 Hs. (GTM -3) 3. b. Modalidades de negociación. MODALIDAD Interferencia de ofertas: CANTIDAD MÍNIMA RENGLÓN Renglón simple 1 contrato Renglón Todo o Nada: 100 contratos 3. c. Márgenes. Los márgenes serán establecidos por Comunicación de Argentina Clearing. Estos valores se ajustarán periódicamente en función a la volatilidad y otras condiciones de mercado y se actualizarán en:http: //www.argentinaclearing.com.ar/riesgo/margenes.aspx 08

3. Cuestiones Particulares de Negociación 3. d. Límites a las Posiciones Abiertas (LPA). Los LPA serán establecidos por Aviso de Argentina Clearing. Al día de la fecha son: a) Límite general: No se podrán mantener contratos abiertos que superen el 20% del interés abierto del contrato o 25.000 contratos, de ambos el mayor. 3. e. Derechos de registro. (1) Incluye operaciones de Negociación Previa (Aviso 233) y contratos cancelados automáticamente al vencimiento. (2) MC = Miembro Compensador; MC ROFEX = Miembro Compensador Agente ROFEX. (3) Facturado por la Cámara Compensadora. (4) Para operaciones concertadas por el mecanismo de Negociación Previa (Aviso 205), el derecho de registro por contrato incluye U$S 0,035 (para futuros de Dólar, Euro y Real) y $ 0,85 (para Futuros sobre Títulos Públicos Nacionales) que serán facturados por ROFEX por cuenta y orden del Agente de Negociación Previa y liquidados mensualmente a éste. A los importes mencionados se les adicionará el IVA y serán debitados de la Cuenta de Compensación y Liquidación en la Cámara Compensadora del respectivo Miembro Compensador. Los derechos de registro son establecidos por Comunicación de ROFEX. Al día de la fecha, y en sintonía con los contratos vigentes, son: Producto Futuros de Dólar, Euro, Real, Oro y Petróleo Opciones de Dólar, Euro, Real, Oro y Petróleo ROFEX Cuentas que registren mensualmente (1) Hasta 150.000 contratos Más de 150.000 y hasta 500.000 contratos Más de 500.000 contratos Todos los contratos Derecho deregistro por contrato U$S 0,14 U$S 0,14 U$S 0,10 U$S 0,12 U$S 0,07 U$S 0,10 U$S 0,10 Derecho de registro Negociación Previa (4) N/A ARGENTINA CLEARING Categoría de Miembro Compensador (2) MC MC ROFEX MC MC ROFEX MC MC ROFEX MC Derecho de clearing por contrato (3) U$S 0,02 U$S 0,05 U$S 0,02 U$S 0,05 U$S 0,02 U$S 0,05 U$S 0,02 MC ROFEX U$S 0,05 09

3. Cuestiones Particulares de Negociación 3. f. Siglas E-Trader. En la pantalla de negociación (e-trader) el producto figurará en el panel central, con la siguiente sigla: WTI 10

4. Clearing Las diferencias, resultados y primas serán debitadas o acreditadas en la Cuenta de Compensación y Liquidación en USD del Miembro Compensador. Los saldos de la Cuenta de Compensación y Liquidación en USD serán cancelados o retirados mediante una operación de compra o venta de USD, respectivamente. Las solicitudes de Compra o Venta de USD deberán realizarse a través de la Extranet de Argentina Clearing mediante Notas/Solicitud de compra venta de Dólares Com. 3566 A 11