Estándares Mundiales de las Cooperativas Sociales

Documentos relacionados
Conferencia "Fortaleciendo la coordinación entre los servicios de empleo y los servicios sociales en España: experiencias y nuevas oportunidades"

INCORPORACIÓN DE LA PERSPECTIVA DE GÉNERO EN LA LEGISLACIÓN DE LA REGIÓN

ASAMBLEA GENERAL DE LA ONU

III JORNADA SOBRE RSC EMPRESAS SOCIALMENTE RESPONSABLES. Cátedra de Finanzas Internacionales Universitat de València Santander Universidades

sobre Cooperativismo de Trabajo Asociado

CONFEDERACIÓN NACIONAL DE COOPERATIVAS DEL PERU CONFENACOOP ABRIL 18, DE 2007

ASAMBLEA PARLAMENTARIA PARITARIA ACP-UE

DECLARACIÓN MUNDIAL SOBRE EL COOPERATIVISMO DE TRABAJO ASOCIADO

30º ENCUENTRO DE DELEGADOS

4to Foro Mundial de Desarrollo Económico Local

Balance Social: Desarrollo metodológico según disposiciones de la LOEPS. II Jornadas de Supervisión y Control Quito, 16 y 17 de Octubre de 2013

La legislación y la identidad cooperativa

Ley Marco para las Cooperativas de América Latina

Resolución de la CES: Mejorar la calidad del aprendizaje y de la formación mediante el trabajo

Ley 5/2011 de 29 de marzo, de Economía Social

Capítulo 5: Fortalezas y debilidades de la Administración Pública dentro de un enfoque bottom-up de desarrollo rural *

CODIGO COOPERATIVO ESTATUTO FISCAL COOPERATIVO 1980 LEGISLACIÓN COMPLEMENTAR POR RAMAS 1981 ASÓCIACIONES DE SOLIDARIDAD SOCIAL 1983 COOPERATIVAS DE

SI ERES SOCIO O SOCIA DE UNA COOPERATIVA O ESTÁS VALORANDO LA POSIBILIDAD DE INTEGRARTE A UNA QUÉ DEBES SABER SOBRE EL COOPERATIVISMO?

Seminario La Economía Social y Solidaria en los procesos de integración

Constitución y formalización de cooperativas. 2 de noviembre del Econ. Flor Cruzado Dirección de Cooperativas Ministerio de la Producción

ROL DE LA CONAFIPS EN LA ECONOMÍA POPULAR Y SOLIDARIA

Recomendaciones para las políticas de retorno

II. FORTALECIMIENTO DE LA NEGOCIACION COLECTIVA Y PROMOCION DEL DIALOGO SOCIAL

Buen Gobierno en las Cooperativas

Buen Gobierno Cooperativo Gobernabilidad, Ética y Liderazgo

GUÍA PARA LA CONSOLIDACIÓN DE COOPERATIVAS DE CONSUMIDORES Y USUARIOS SOSTENIBLES Y RESPONSABLES. Sé tú el cambio que quieres ver en el mundo, GANDHI

TEMA 4 Las relaciones industriales

Declaración de México: Docentes por la Educación 2030

Módulo 3. Naturaleza de las cooperativas.

Primer Encuentro de Economía Social en México de octubre 2014

Investigación sobre empresa social: colaboración con proyectos internacionales

Respetar los derechos y asegurando beneficios

Ley Marco para las Cooperativas de América Latina. Manuel Mariño Director Regional ACI Américas

La Recomendación 193 de la OIT Significado y alcances

Las cooperativas como personas de derecho social

Conclusiones relativas al trabajo decente en las cadenas mundiales de suministro

LA ECONOMÍA INFORMAL Y LA ACCIÓN DE OIT

CARTA IBEROAMERICANA DE AUTONOMÍA MUNICIPAL

HACIA LA CONFORMACIÓN DEL CONSEJO SUPERIOR LABORAL

Presentación del Código de Ética de GIZATEA y sus empresas de inserción asociadas

Retos y acciones para la construcción de un desarrollo con equidad social. Panamá, 30 de mayo 2012 Barbara Auricchio

EL DESARROLLO LOCAL SOBRE BASES COOPERATIVAS: VALORIZACIÓN DE LOS RECURSOS LOCALES Y CREACIÓN DE REDES

PRINCIPIOS SINDICALES SOBRE LA EFICACIA DEL DESARROLLO

Libertad sindical, negociación colectiva y derecho de huelga

DECLARACIÓN. del Comité Económico y Social Europeo destinada a la Asamblea Parlamentaria Paritaria UE-América Latina

OBJETIVOS ESTRATÉGICOS DE LA OEA

Declaración de Santo Domingo

Normalización en Responsabilidad Social Guía ISO FONDONORMA ISO

TEXTO DE LA RECOMENDACION Nº 193-OIT

Guía de los Derechos y Deberes de los Asociados de Aseguradora Solidaria de Colombia

PROYECTO DE INFORME. ES Unida en la diversidad ES. Parlamento Europeo 2016/2008(INI)

IDENTIDAD. Acompañamiento voluntario a personas enfermas de cáncer. Financiado a cargo del IRPF. Aecc

PREPARACIÓN DE DELEGADOS PARA LA ASAMBLEA GENERAL 2014

GRUPO EUROPEO DE ÉTICA DE LA CIENCIA Y LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS

Qué es la Agricultura Familiar?

Trabajo Decente, Los desafíos para el Maule. Leonardo Vergara Torrealba Gerente Corma del Maule Talca, 28 de septiembre 2016

ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO

JORNADA EMPRENDIMIENTO DE LA MUJER EN EL MEDIO RURAL:

22 de abril de 2014 DIRECCIÓN GENERAL DE FONDOS COMUNITARIOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN TERRITORIAL Y EVALUACIÓN DE PROGRAMAS COMUNITARIOS

Taller sobre las nuevas reglas de Contratación Pública y su impacto en la discapacidad y en el Tercer Sector en España

CAPITULO 23 DESARROLLO

DECRETO 291/007. VISTO: El Convenio Internacional del Trabajo No. 155 ratificado por la Ley No de 28 junio de 1988.

Mejores prácticas para la Gobernabilidad en las Cooperativas. MBA. Alberto Mora Portuguez

PROF. JHONNATHAN CARRERO

Universidad Nacional de Asunción Facultad de Derecho y Ciencias Sociales : SEMINARIO III- DERECHO COOPERATIVO

La Dirección Regional de Trabajo y Promoción del Empleo de Piura no realiza Participación Ciudadana.

integrales Guía de cooperativas en la Comunidad de Madrid Unión Europea Fondo Social Europeo El FSE invierte en tu futuro

Propuesta de marco de referencia en la toma de decisiones para la gestión segura del mercurio excedente

MODELO DE ORGANIZACIÓN DEL SECTOR SALUD EN SITUACIONES DE DESASTRE

El Tercer Sector de Intervención Social y su relación con otros agentes.

Economía Social Solidaria Conceptos, valores y principios

Balance Social para Organizaciones de la Economía Popular y Solidaria en Ecuador

Plan Estratégico

Se declara de interés nacional su promoción y desarrollo

El Futuro de la Educación en México

RESUMEN DE PONENCIA AMNISTÍA INTERNACIONAL-SECCIÓN DE PUERTO RICO

VIH /SIDA en el lugar de trabajo: tendencias mundiales y regionales

I. CONTEXTO Y DESAFÍOS DE LA CRISIS MUNDIAL DEL EMPLEO

PRESUPUESTO DE LA GENERALITAT 2016 DETALLE DE TRANSFERENCIAS Y SUBVENCIONES F.P. 7

XXXII JORNADAS UNIVERSITARIAS DE CONTABILIDAD Rosario Octubre 2011 BALANCE SOCIAL:

Ministerio de Desarrollo Social Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social

CAPÍTULO 15 BIS MEJORA REGULATORIA

Los Proyectos Europeos. Fondos Estructurales Programas Competitivos

JORNADA DE COOPERATIVAS ESCOLARES Aprender a Emprender

VISTO La Ley de Educación Nacional Nº y las Resoluciones CFE Nos. 251/05, 23/07, 30/07 y 46/08, y

DERECHOS DE LOS PACIENTES DE CÁNCER: DIRECTRICES EUROPEAS.

La RSCoop: Su medición como forma de asegurar la identidad cooperativa. El compromiso responsable del cumplimiento de los principios cooperativos

Introducción al proceso de elaboración de planes locales de proyección internacional. Noviembre 2013

DECLARACIÓN DE FOZ DE IGUAZÚ II FORO MUNDIAL DE DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL Diálogo entre territorios: otras miradas del Desarrollo Económico Local

Nueva York, 22 de abril de 2013 Señor Primer Ministro, Señor Viceprimer Ministro, Señor Vicesecretario General, Excelencias, Señoras y señores,

SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 26 JUN 2013

ORIENTACIONES PARA GARANTIZAR EL RESPETO DE LA CARTA DE LOS DERECHOS FUNDAMENTALES DE LA UNION EUROPEA EN LA EJECUCION DE LOS FONDOS EIE

LA ASOCIACIÓN INTERNACIONAL DE MARCAS COMENTARIOS AL MANUAL DE EXAMEN DE MARCAS DE LA SUPERINTEDENCIA DE COMERCIO

INFORMACIÓN INSTITUCIONAL, ORGANIZATIVA Y DE PLANIFICACIÓN. 1. Funciones desarrolladas por CECE-GALICIA:

Los Lic. en Gestión y Desarrollo de Empresas Sociales son profesionistas con conocimientos en organizaciones cooperativas y en empresas sociales.

RECOMENDACIONES CONFERENCIA DEL LDAC SOBRE DIMENSIÓN EXTERIOR DE LA PCP LAS PALMAS, Septiembre Consideraciones generales

Ventajas, por la garantía de autenticidad de los productos hacia los consumidores.

Identidad Cooperativa y Gestión Empresarial Cómo lograr el desarrollo de las empresas Cooperativas sin que pierdan su identidad?

Transcripción:

Organización Internacional de las Cooperativas de Producción Industrial, Artesanal y de Servicios Organización sectorial de la Alianza Cooperativa Internacional (ACI) Estándares Mundiales de las Cooperativas Sociales Sobretodo desde los años setenta, se ha observado en el mundo en general la emergencia de nuevos tipos de cooperativas que responden a necesidades insatisfechas, principalmente en los campos de la provisión de servicios sociales y de la integración laboral. En algunos países, esos nuevos tipos de cooperativas han obtenido gradualmente su propio estatuto legal, bajo denominaciones diferentes, como cooperativa social, cooperativa de solidaridad social, cooperativa de iniciativa social, cooperativa de solidaridad y sociedad cooperativa de interés colectivo, resaltando la importancia de este nuevo fenómeno dentro del movimiento cooperativo. CICOPA, como organización internacional representativa de las cooperativas industriales, de artesanos, de servicio, sociales y de trabajo asociado 1, organizó un proceso de consulta de dos años con sus miembros para desarrollar un concepto común acerca de este tipo de cooperativas. Los presentes Estándares Mundiales de las Cooperativas Sociales son el resultado de este proceso. Fueron aprobados en substancia por la Asamblea General de CICOPA celebrada en Ginebra el 18 de noviembre de 2009 y, en su forma definitiva, por la Asamblea general de CICOPA, celebrada en Cancún, México, el 16 de noviembre de 2011. 1. Las cooperativas sociales como cooperativas recientemente emergentes en el movimiento cooperativo Las cooperativas sociales son una de las principales respuestas del movimiento cooperativo a las necesidades emergentes de las personas. Estando firmemente basadas en la definición, los valores y los principios internacionalmente reconocidos de las cooperativas, las cooperativas sociales tienen además sus propias características distintivas. - Debido a los distintos contextos nacionales y regionales, la clasificación de las cooperativas sociales dentro del movimiento cooperativo varía de un país a otro. - A pesar de tales diferencias, las cooperativas sociales comparten fundamentalmente todos los 1 Reglamento de CICOPA, Art. 1.3. Copyright CICOPA 2004 1 CICOPA - C/O European House of Cooperatives - avenue Milcamps 105 BE-1030 BRUSSELS TEL. (32/2) 543 10 33 FAX (32/2) 543 10 37 CICOPA@CICOPA.COOP

estándares acordados en común del modelo cooperativo, o sea la definición, los valores y los principios operativos insertos en la Declaración Mundial sobre la Identidad Cooperativa (Manchester, 1995) y en la Recomendación 193 de la OIT sobre la Promoción de las Cooperativas (Ginebra, 2002). Al mismo tiempo, disponen de características importantes que son diferentes de las de otros tipos de cooperativas. 2. Principales características 2.1. Misión explícita de interés general El rasgo más distintivo de las cooperativas sociales es que ellas definen explícitamente una misión de interés general como su propósito primario,, realizando la misma directamente a través de la producción de bienes y servicios de interés general. La inserción laboral, que es una misión clave en muchas cooperativas sociales, debería considerarse como un servicio de interés general a todos los efectos, más allá de los bienes o servicios que ellas produzcan. - Desde los orígenes del movimiento cooperativo, y de acuerdo con los estándares acordados internacionalmente arriba mencionados, las cooperativas en su conjunto han basado sus actividades en las necesidades y aspiraciones comunes de las personas, y por lo tanto, están intrínsecamente caracterizadas por su dimensión social, más allá del tipo de cooperativa de que se trate. Además, el séptimo principio cooperativo menciona claramente el compromiso de las cooperativas con la comunidad. - No obstante, la misión de interés general como propósito primario es una característica esencial de las cooperativas sociales. El concepto de interés general está vinculado a las necesidades humanas fundamentales en un territorio o comunidad dados, y su alcance cubre a todos los ciudadanos que viven en él. Las cooperativas sociales gestionan a menudo actividades de interés general abandonadas o desatendidas por el sector público. - La misión de interés general de las cooperativas sociales se realiza directamente a través de la producción de bienes y servicios de interés general. La misión de interés general de las cooperativas sociales no es instrumental a otros fines, sino que es su verdadera razón de ser. 2.2. Naturaleza no estatal En conformidad con el cuarto principio cooperativo (autonomía e independencia), las cooperativas sociales son entidades no estatales. Como o tales, deben ser esencialmente independientes del sector público y de otras entidades, independientemente de los diversos tipos y montos de ayuda pública que puedan recibir, los acuerdos de partenariado con las autoridades estatales que podrían firmar y hasta la misma representación de autoridades estatales que podría existir entre sus asociados. - Como todas las cooperativas, las cooperativas sociales son entidades no estatales basadas en la libre asociación de las personas, a pesar de que las actividades que realicen sean a menudo financiadas con presupuesto público, dado su carácter, precisamente, de interés general. - Si las cooperativas sociales fueran mal utilizadas como puros instrumentos por las autoridades públicas u otras entidades, su carácter cooperativo como entidades autónomas e independientes correría riesgo. 2

- Si las cooperativas sociales dependen sustancialmente de subsidios públicos para el desempeño de la misión de base, es difícil para ellas mantener una posición de autonomía frente a las autoridades públicas. En consecuencia, las cooperativas sociales deberían evitar depender prevalentemente de subsidios públicos regulares para desempeñar sus funciones de base. - En el mismo orden de ideas, para evitar influencias y controles excesivos por parte de las autoridades públicas, el poder de voto de los organismos públicos en la estructura de gobernanza de la cooperativa social, donde tales organismos estuvieran autorizados a ser miembros de una cooperativa social, debería ser siempre menor en comparación con el de las personas privadas, jurídicas o físicas, socias de la cooperativa. 2.3. Estructura de gobernanza con múltiples grupos de interés ( (multi multi-stakeholder stakeholder) Una estructura de gobernanza potencial o efectivamente basada en múltiples grupos de interés ( (multi multi-stakeholder stakeholder) ) es un rasgo importante de las cooperativas sociales. - La misión de interés general de las cooperativas sociales implica que ellas pueden involucrar a varios grupos de interés, como trabajadores, usuarios, autoridades locales, diversos tipos de personas morales, etc. - Una estructura asociativa con múltiples grupos de interés implica un patrón de gobernanza en la cual diferentes tipos de stakeholders (grupos de interés) son o pueden tornarse socios de la cooperativa y por lo tanto tener una propiedad común y ejercer un control democrático sobre la empresa. Una estructura de gobernanza multistakeholder' (basada en múltiples grupos de interés) es un aporte innovador de las cooperativas sociales al desarrollo de sistemas de gestión democráticos y participativos, en respuesta a su misión de interés general y consiguiente implementación efectiva. 2.4. Representación sustancial de los socios trabajadores Los socios trabajadores deberían estar representados en todos los niveles posibles de la estructura de gobernanza de las cooperativas sociales. La representación de los socios trabajadores debería ser, al menos, mayor a un tercio de los votos en cada una de las estructuras de gobernanza. En el caso de las cooperativas sociales de d integración laboral, por lo menos el 51% de los socios deberían ser trabajadores (considerando los trabajadores desfavorecidos junto con los otros trabajadores). En los dos casos, por lo menos el 51% de los trabajadores deberían ser socios. Además, todos los estándares de la Declaración Mundial sobre Cooperativismo de Trabajo Asociado deberían aplicarse a los socios trabajadores. - Mientras la composición de una estructura de gobernanza que representa múltiples grupos de interés puede variar en función de las circunstancias, los socios trabajadores deberían contar con una representación significativa en cada una de las estructuras de gobernanza existentes, porque los trabajadores son siempre uno de los principales actores involucrados en las cooperativas sociales, ya sea como prestadores de servicios o como beneficiarios en el caso de actividades de integración laboral. 3

- Una representación sustancial de socios trabajadores puede representar un punto de fuerza para el desarrollo de las cooperativas sociales. En primer lugar, permite a los trabajadores participar mejor en el diseño y la producción de los bienes o servicios de interés general, promoviendo la innovación organizacional y técnica y la motivación de los trabajadores. En el caso particular de los servicios a la persona, los trabajadores juegan un papel crucial por ser quienes prestan directamente los servicios, y su nivel de motivación es fundamental para asegurar una alta calidad de los servicios. En segundo lugar, su representación en las estructuras de gobernanza puede ofrecer un mejor equilibrio complementando los intereses de los usuarios. - En el caso específico de las cooperativas de integración laboral, la integración de los trabajadores en situación de desventaja dentro de la estructura de gobierno de la empresa puede garantizar un proceso de integración eficaz. - Además, la experiencia acumulada ha demostrado que, para garantizar una verdadera integración laboral que tome en cuenta la dimensión económica de la empresa, y para evitar una utilización oportunista de esta forma de cooperativa, el porcentaje de trabajadores en situación de desventaja debería permanecer entre el 30% y el 50% de la mano de obra en su conjunto. 2.5. La no-distribución o la distribución limitada de excedentes Mientras las cooperativas pueden utilizar parte de sus excedentes para beneficiar a sus socios en proporción a su transacción con la cooperativa (tercer principio cooperativo), las cooperativas sociales practican la distribución limitada o la no-distribución de excedentes. Sin embargo, esta forma de aplicar el tercer principio cooperativo debería adaptarse a cada contexto específico. - Dado que la redistribución de excedentes a los socios de las cooperativas se realiza en proporción a las transacciones entre los mismos y la cooperativa, se trata de un ajuste al precio de la transacción. - Las cooperativas sociales que tienen diversas tipologías de socios basados en la asociación entre varios grupos de interés (multi-stakeholder), deben considerar diversos tipos de transacciones con diversos tipos de socios a la hora de distribuir excedentes. Con independencia de la forma en que se paguen las transacciones (pago directo del usuario o pago indirecto -parcial o total- mediante regímenes públicos), los socios-usuarios de la cooperativa social pueden tener un mayor interés en obtener un mejor servicio y/o a un costo reducido que en beneficiarse con una redistribución de excedentes, considerando el carácter de interés general del servicio. - La no-distribución o la distribución limitada de excedentes en las cooperativas sociales confirma que su propósito principal es la misión de interés general. 3. Recomendaciones para las autoridades públicas Las autoridades públicas en sus diferentes niveles deberían considerar las siguientes recomendaciones en el tratamiento de las cooperativas sociales 1. Los procesos de institucionalización y de diseño de políticas deberían basarse en las 4

opiniones y puntos de vista de los actores involucrados, especialmente las propias cooperativas sociales y sus s organizaciones representativas, si éstas ya existieran. 2. En tanto organizaciones que persiguen una misión de interés general, la especificidad de las cooperativas sociales debería ser adecuadamente reconocida por las autoridades públicas. 3. Cuando las autoridades públicas introduzcan nueva legislación sobre cooperativas sociales, deberían considerar los presentes estándares que se basan en la experiencia y el know-how de los actores sobre el terreno. 4. Cuando se elaboren políticas públicas, en particular las s políticas relacionadas con los servicios de interés general, la inclusión social, el desarrollo local y las PYMES, las autoridades públicas deberían reconocer las características específicas de las cooperativas sociales - Dado que las cooperativas sociales desempeñan misiones de interés general, están pueden llegar a estar involucradas en actividades principalmente financiadas por el sector público o implementadas en cooperación con las autoridades públicas. - Las recomendaciones descriptas precedentemente no han sido diseñadas para requerir algún tipo de tratamiento preferencial para las cooperativas sociales, sino sólo para hacer posible la implementación de su misión de interés general. - Las ayudas de estado específicamente otorgadas a las cooperativas sociales, en particular para la integración de trabajadores en situación de desventaja, deberían ser entendidas como una justa compensación por el servicio de interés general suministrado, teniendo en cuenta la menor productividad laboral que resulte, o los costos adicionales incurridos, en ocuparse de dichos trabajadores. - Las cooperativas sociales, como actores que trabajan sobre el terreno, deberían ser reconocidas como un socio imprescindible en el proceso de diseño de políticas públicas. 5