FONDOS MUTUOS: REGULACION Y CONTROL DE CONFLICTOS DE INTERES EN LA GESTION DE PORTFOLIOS

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Transcripción:

FONDOS MUTUOS: REGULACION Y CONTROL DE CONFLICTOS DE INTERES EN LA GESTION DE PORTFOLIOS Seminario Regional sobre Desarrollo Hernán López Böhner de Instituciones Financieras no Bancarias 5 de Diciembre de 2002 en Latino América Santiago - Chile

FONDOS MUTUOS: REGULACION Y CONTROL DE CONFLICTOS DE INTERES RESPONSABILIDAD DEL ADMINISTRADOR DE FONDOS Administrar cada fondo, atendiendo exclusivamente a la mejor conveniencia de éste. Efectuar todas y cada una de las operaciones con el mejor interés para el fondo.

FONDOS MUTUOS: REGULACION Y CONTROL DE CONFLICTOS DE INTERES CONFLICTOS DE INTERES DEL ADMINISTRADOR Administrador tiene capital propio y familia. Finalidad de una correcta gestión de los fondos de terceros se puede contraponer a intereses del administrador y sus relacionados. Imposición de intereses propios, sobre los del fondo pueden perjudicar a los aportantes de este último. Pérdida de confianza de inversionistas en vehículo de inversión.

FONDOS MUTUOS: REGULACION Y CONTROL DE CONFLICTOS DE INTERES AREAS DE CONFLICTO Gestión del portfolio de inversiones Gestión de proveedores de servicios de intermediación Gestión de proveedores de servicios de depósito Gestión de registros contables y procesos internos Gestión de distribución y comercialización

INVERSION EN ACTIVOS EMITIDOS O GARANTIZADOS POR RELACIONADOS AL ADMINISTRADOR Interés de los fondos, en materia de rentabilidad y riesgo, se contrapone a interés de emisores relacionados al administrador, de colocar sus valores a precios convenientes. Regulación: Se limita o prohíbe que recursos del fondo se destinen a inversiones en relacionados. Se requiere generación de precios en mercado público. Se exige mínimo en clasificación de riesgos de valores

TRANSACCIONES CON PERSONAS RELACIONADAS AL ADMINISTRADOR Interés de los fondos, se contrapone a interés de relacionados al administrador, de adquirir o enajenar valores a precios convenientes. Regulación: Se limita o prohíbe la compra o venta a personas relacionadas. Se requiere generación de precios en mercados públicos.

INVERSION EN VALORES DE PERSONAS EN LAS CUALES ADMINISTRADOR O RELACIONADOS TIENEN INTERÉS Interés de generar rentabilidad de los fondos, se contrapone a interés de relacionados de mejorar su posición en créditos, garantías, comisiones de colocación, etc. Regulación: Define el alcance del interés (montos) sujetos a límite o control (comités de vigilancia).

USO DE INFORMACION DE OPERACIONES A REALIZAR POR EL FONDO Futuras adquisiciones para el fondo pueden verse perjudicadas por compras previas para el administrador o sus relacionados. Lo mismo en caso de ventas. Regulación: Restricción a información esencial relativa a la compra o venta de activos del fondo, a personas distintas a las que deban participar de la operación. Prohíbe utilización de información en beneficio propio o ajeno de información relativa a operaciones por realizar por el fondo. Exige separación de la gestión de inversiones de la de terceros.

USO DE RECURSOS DEL FONDO A FIN DE AFECTAR VALORES DE MERCADO Compras o ventas para el fondo, fuera de su objetivo de riesgo y rentabilidad, pueden alterar precios de valores, beneficiando posiciones o negociaciones del administrador o sus relacionados. Regulación: Se establecen plazos en que se prohíbe la compra como la venta de valores para el fondo, respecto a operaciones para el administrador o relacionados, a precios menos convenientes. Plazos más extensos a menor liquidez.

ASIGNACION DE OPERACIONES ENTRE LOS FONDOS Y EL ADMINISTRADOR Las compras o ventas de lotes de valores para el fondo y para el administrador, a diferentes precios, enfrenta al administrador a un conflicto de interés con ocasión de su asignación. Regulación: Se prohíbe la negociación del administrador para sí, en el mismo día de las efectuadas para el fondo, si las primeras resultaren más ventajosas.

CONTROL DE CONFLICTOS DE INTERES Al interior del administrador: Mantención de nómina de personas con acceso a información privilegiada, registro de transacciones de relacionados. Informe de auditores externos sobre mecanismos de control del administrador en materia de acceso a información y de actividades prohibidas. Códigos de comportamiento. Por parte de inversionistas y competencia: Información periódica de transacciones con relacionados e interfondos. Comités de vigilancia (fondos de capital cerrado)

CONTROL DE CONFLICTOS DE INTERES Por parte de la SVS: Análisis de información periódica remitida por administradores (carteras de inversión, registros de transacciones). Análisis de documentos de acuerdos sobre decisiones de inversión. Auditoria en terreno para verificar independencia en gestión de portfolios de inversión. Análisis de registros públicos y privados de transacciones de relacionados al administrador. Análisis de informes de auditoria interna, y de actuación de comités de vigilancia (fondos cerrados)

CONCLUSIONES Inconveniente resolución de conflictos de interés, perjudica relación de confianza entre administrador e inversionistas. Regulación debe equilibrar esquemas de prohibición, verificación de operaciones en mercado y difusión de información. Control no sólo debe descansar en la autoridad reguladora, sino también en el administrador (sistemas de control interno auditados, códigos de ética).

FONDOS MUTUOS: REGULACION Y CONTROL DE CONFLICTOS DE INTERES EN LA GESTION DE PORTFOLIOS Seminario Regional sobre Desarrollo Hernán López Böhner de Instituciones Financieras no Bancarias 5 de Diciembre de 2002 en Latino América Santiago - Chile