La Formación de Demanda

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Transcripción:

La Formación de Demanda (RD 395/2007 y OM TAS/2307/2007) Comprobación de Bonificaciones Aplicadas y Justificación de Costes XXV CONGRESO NACIONAL DE EMPRESAS DE FORMACIÓN BILBAO, 20 y 21 de Septiembre de 2013

Introducción a la Formación de Demanda

Beneficiarios Empresas Entidades con centros de trabajo en el territorio estatal y que coticen por de formación profesional (excluida la Administración Pública) Destinatarios Trabajadores asalariados Fijos discontinuos en periodo de no ocupación Que accedan a desempleo durante el periodo formativo Acogidos a regulación de empleo

Qué se bonifica? Acciones formativas: dirigidas a la adquisición y mejora de las competencias profesionales de los trabajadores y que responden a las necesidades especificas de formación de las empresas. DEBERÁN GUARDAR RELACIÓN CON LA ACTIVIDAD EMPRESARIAL Permisos Individuales de Formación: Autorización que la empresa da a un trabajador para disponer de horas laborables para la realización de una formación reconocida por titulación oficial.

Participación de las empresas Empresa bonificada Empresa que organiza y gestiona su propia formación, así como, la bonificación que le corresponde. Empresa agrupada Empresa que organiza la formación de sus trabajadores a través de la agrupación voluntaria con otras empresas con necesidades semejantes mediante la firma de un convenio de agrupación con una empresa (Entidad Organizadora) que asume la gestión de los programas de formación y que es la responsable de realizar las comunicaciones telemáticas con la Fundación Tripartita.

Participación de las empresas Las empresas agrupadas por una entidad organizadora han de tener en cuenta que: Deben firmar un Convenio de Agrupación (modelo orientativo en la página web). El convenio debe recoger los costes de organización. Con independencia de la firma de dicho convenio, la empresa bonificada es responsable del cumplimiento del Artículo 5 de la Orden Ministerial.

Fases de la bonificación A. IDENTIFICACIÓN Y ALTA (FIRMA DIGITAL) B. INFORMACIÓN A LA RLT C. ALTA DE ACCIONES FORMATIVAS D. COMUNICACIÓN DE INICIO E. REALIZACIÓN DE LA FORMACIÓN F. COMUNICACIÓN DE LA FINALIZACIÓN G. APLICACIÓN DE LA BONIFICACIÓN H. SEGUIMIENTO Y CONTROL EXPOST I. COMPROBACIÓN DE BONIFICACIONES APLICADAS

Seguimiento y Control Tipos de actuaciones En Tiempo Real Expost Comprobación de las bonificaciones aplicadas Otras actuaciones : actuaciones específicas de seguimiento y control, en virtud de denuncias o de la existencia de indicios de fraude o irregularidades, y de control de fondos públicos.

Seguimiento y Control Quién los lleva a cabo? Servicio Público de Empleo Estatal con la colaboración de la Fundación Tripartita Órganos competentes de las Comunidades Autónomas Inspección de Trabajo y Seguridad Social Otros órganos de control nacionales (I.G.A.E., Tribunal de Cuentas).

Justificación de Costes

Justificación de costes AA.FF. COSTES IMPUTABLES (Internos y Externos) Empresas Bonificadas Empresas Agrupadas Costes directos Costes asociados (25 % de los costes directos) Costes de personal Costes de impartición Costes de organización (25 % de costes impartición) Costes de personal.

Conceptos de costes Costes directos o de impartición Retribución de los formadores, internos y externos, por los siguientes conceptos: Impartición, preparación de clases, tutorías, evaluación y seguimiento de alumnos. Preparación de los medios didácticos Gastos de medios didácticos y/o adquisición de materiales didácticos, así como los gastos en bienes consumibles. Gastos de amortización de equipos didácticos y plataformas tecnológicas, así como el alquiler o arrendamiento financiero de los mismos.

Conceptos de costes Costes directos o de impartición Gastos de alquiler, arrendamiento financiero o amortización de las aulas, talleres y demás superficies utilizadas en el desarrollo de la formación. En el caso de arrendamiento financiero, el coste imputado no incluirá impuestos ni los gastos bancarios, y no superará el valor comercial del bien arrendado. Seguro de accidentes de los participantes. Gastos de transporte, alojamiento y manutención para participantes y formadores.

Conceptos de costes Costes asociados o de organización No podrán superar el 25% de los costes directos. Costes de organización, personal, instalaciones y equipos de apoyo para el desarrollo de la formación. Costes de luz, agua, calefacción, mensajería, limpieza... y otros costes asociados de la actividad formativa. La imputación se realizará teniendo en cuenta criterios de proporcionalidad de la actividad formativa respecto a la actividad general de la empresa.

Conceptos de costes Costes de personal Computan a efectos de la cofinanciación privada. No bonificables. Costes salariales de los trabajadores que reciben formación en jornada laboral (horas efectivas de formación, horas extras abonadas y horas libres otorgadas por asistir al curso fuera del horario laboral). Se calculan, generalmente, en base a la masa salarial y las horas de jornada laboral según convenio.

Requisitos generales Normativa fiscal y contable vigente. Detalle suficiente para identificar la actividad formativa bonificada. Se admiten certificados o anexos emitidos por el proveedor con información complementaria (firmado y/o sellado). Corresponderse con los comunicados en la aplicación telemática Período de custodia para acciones formativas bonificadas. MÍNIMO 4 AÑOS

Requisitos generales Quedan en poder de las empresas. Serán puestos a disposición de los órganos de control si se solicitan. Los costes de formación se determinarán para cada grupo o acción. Prorrateo de los gastos entre varios grupos: se efectuará atendiendo a las horas de formación de cada uno de ellos Horas de Formación = horas de duración x nº de participantes del grupo Costes de entidades organizadoras: en la factura correspondiente a cada empresa deberán figurar desglosados los costes de impartición y los costes de organización cuando la facturación no se realice por separado.

Ejemplo Factura Empresa organizadora Impartición 336 Organización 84 Total 420 Facturas emitidas a la organizadora Impartición 120 Material 108 Alquiler 108 Total 336

Ejemplo Factura Empresa organizadora Impartición 336 Organización 84 Total 420 Facturas emitidas a la organizadora Impartición 120 Material 108 Total 228

Tipos de Justificantes de costes Costes Externos Facturas y facturas simplificadas Recibís Póliza de seguros Contratos de leasing o arrendamiento Costes internos Certificado de retención de IRPF o de haberes Justificantes retributivos (nóminas). Estado de cálculo de amortización Hojas de autoliquidación o de gastos

Requisitos formales Factura (R.D. 1619/2012 ) Número, y en su caso, serie. Lugar y fecha de expedición. Nombre y apellidos, razón social, del expedidor y del destinatario. NIF y domicilio del expedidor y del receptor. Descripción de la operación, base imponible y tipo tributario.

Requisitos formales Recibí Emitidos por personas físicas cuando el servicio prestado no sea habitual ni continuado en el tiempo. Identificación de emisor y receptor y, al menos, el NIF del receptor. Firma del receptor. Fecha. Concepto detallado de la prestación.

Requisitos formales De personal interno Certificado de haberes firmado por el representante legal: retribución íntegra anual del trabajador (no incluir Seg. Social) Certificado de retención de IRPF firmado por el representante legal. Modelo 190 o declaración anual de IRPF presentado ante la Hacienda Pública. Justificantes retributivos (nóminas).

Requisitos formales Hoja de autoliquidación Datos identificativos de la empresa bonificada y del receptor del importe. Firma del receptor. Límites fiscales fijados en el RD 439/2007, de 30 de marzo. Rendimiento financiero ó leasing Contrato de leasing. Cuadro de amortización. Recibos de pago.

Contenido Justificantes Externos Impartición Denominación de la acción formativa Descripción del servicio prestado Fechas de inicio y finalización de cada grupo Número de horas de la acción formativa Número de participantes por grupo Aulas Descripción del servicio prestado. Periodo de alquiler. Ubicación del inmueble

Contenido Justificantes Externos Equipos didácticos o plataformas Descripción del servicio prestado. Periodo de alquiler. Número de elementos. Medios y material didáctico Detalle del material y número de elementos adquiridos. Preparación y/o Elaboración de material didáctico: fecha de realización y número de ejemplares facturados. Acciones modalidad teleformación: desglose de servicios prestados a través de la plataforma virtual.

Contenido Justificantes Externos Transporte, alojamiento y manutención Fechas y número de participantes. Detalle para comprobar la vinculación del gasto imputado con la actividad formativa bonificada Seguro de accidentes para participantes Periodo de cobertura. Número de participantes. Costes de Organización Descripción del servicio prestado identificando la actividad bonificada

Justificación de costes de PIF Los costes estarán están constituidos por: Salario del trabajador (sueldo base, antigüedad y complementos fijos, así como la parte correspondiente de pagas extraordinarias) y las cotizaciones devengadas a la Seguridad Social durante el periodo del permiso. Los costes de los permisos individuales de formación no computan para cofinanciación privada. Costes Salariales

Justificación de costes de PIF Soportes justificativos Certificado de haberes firmado por el representante legal, con retribuciones íntegras anuales (sin incluir Seguridad Social) del trabajador. Certificado de retención de IRPF firmado por el representante legal. Modelo 190 o declaración anual de IRPF presentado ante la Hacienda Pública. Justificantes retributivos (nóminas).

Justificación de costes. Otros Contabilización Los costes de Acciones formativas y de permisos individuales deben identificarse como tales en la contabilidad de la empresa en cuenta separada o epígrafe específico. Las bonificaciones que se apliquen también deben identificarse. Pueden considerarse una subvención a efectos contables y contabilizarse en el subgrupo 74 o en el subgrupo 75. La denominación o epígrafe debe ser formación profesional para el empleo. Se debe aportar la anotación contable de los gastos y los pagos remitiendo los apuntes contables del libro diario.

Justificación de costes. Otros Contabilización Costes asociados: estado del cálculo correspondiente a cada concepto imputado. Para costes internos no es necesaria la contabilización en cuenta contable diferente a la utilizada habitualmente, pero se debe realizar una memoria justificativa que relacione los costes imputados con su contabilización. Amortización de aulas, talleres o locales. El soporte justificativo de la adquisición se podrá sustituir por el apunte contable del mismo. Constituye obligación de la empresa disponer de libros contables, registros diligenciados y demás documentos debidamente auditados, tal y como exige la legislación mercantil.

Justificación de costes. Otros Acreditación del Pago Las empresas deberán conservar los justificantes de pago de los costes declarados. Extracto bancario. Documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico mercantil para los pagos realizados por caja. Cheque (nominativo y copia). Si el pago se realiza de forma fraccionada o por remesas bancarias, se deberá conservar el desglose en el que se identifique la actividad bonificada.

Justificación de costes. Otros Acreditación del Pago La materialización del pago (no es suficiente la orden de pago) debe hacerse antes del último día hábil para la presentación del boletín de cotización del mes de diciembre del ejercicio económico que corresponda Subcontratación Los centros o entidades contratadas por las empresas para la ejecución de la formación no podrán delegar ni contratar con terceros la coordinación de la misma. Las entidades organizadoras no podrán delegar ni subcontratar la organización de la formación.

Justificación de costes. Otros IVA La imputación del IVA como coste formativo bonificable no es admisible, salvo para las entidades exentas o no sujetas al impuesto. La formación sólo está exenta de IVA si está realizada por entidades de derecho público o privadas autorizadas (Art. 20.9 Ley del IVA) y en ese caso la exención se extenderá a las prestaciones de servicios y entregas de bienes efectuadas por dichas empresas. Deberá emitirse una factura o documento sustitutivo rectificativo en los casos en que el documento original no cumpla alguno de los requisitos que se establecen en los artículos 6 ó 7 del Reglamento.

Justificación de costes. Otros REQUERIMIENTO EXPOST La documentación que se requiere es la siguiente: Certificado emitido por la Delegación de la Agencia Tributaria en el caso de que la empresa esté exenta o no sujeta a IVA y siempre que dicho impuesto constituya un coste bonificable. Facturas y/o justificantes de los gastos declarados Extractos bancarios o justificantes de pago Justificantes de las anotaciones contables Certificado acreditando que no se ha recibido ayuda o subvención

Justificación de costes. Otros REQUERIMIENTO EXPOST Acuerdo del Convenio de Agrupación de las Empresas y Compromiso de Adhesión (si procede). Copia de los diplomas, así como justificante de su entrega. Copia de los partes de firma y/o controles de aprendizaje (según modalidad de impartición) En formación a Distancia o Tele-formación, copia de la guía didáctica del curso. Justificación de haber sometido las AAFF a información de la RLT. Acreditación del cumplimiento de requisitos de PIF.

Comprobación de Bonificaciones Aplicadas

Comprobación de Bonificaciones Esta comprobación incluye lo siguiente: Crédito de bonificación asignado y bonificaciones aplicadas Formación finalizada Cumplimiento del porcentaje de cofinanciación privada en función de la plantilla media de la empresa. Permisos individuales de Formación Pertenencia de los trabajadores participantes a las empresas beneficiarias (vida laboral). Cumplimiento del deber de información a la representación legal de los trabajadores en los términos previstos en el artículo 16.

Comprobación de Bonificaciones Participantes: régimen de cotización en la seguridad social, consideración de colectivo prioritario o no (vida laboral) Colectivos prioritarios: computan a estos efectos los participantes de acciones (bonificadas y comunicadas para cofinanciación privada) y los de permisos individuales de formación. Se computa por trabajador independientemente de si cumple más de un requisito o participa más de una vez. Actuaciones de Seguimiento y Control: Ejecución y justificación de Costes Entidad que no cumple los requisitos para acogerse a la formación profesional de demanda (administración pública, )

Comprobación de Bonificaciones El resultado puede ser: CONFORME La empresa se ha aplicado bonificaciones iguales o inferiores al resultado de los cálculos y comprobaciones realizadas. Esta comunicación se realizará en la página web. NO CONFORME La empresa se ha aplicado bonificaciones superiores al resultado de los cálculos y las comprobaciones realizadas. Esta comunicación se realizará por escrito y la empresa dispondrá de un plazo para presentar alegaciones o proceder a la devolución de la diferencia.

Comprobación de Bonificaciones Resultado No Conforme: Importe a Devolver 24.036.421,55 43.483 empresas 23.289.465,21 48.506 empresas 20.855.921,91 30.621 empresas 2009 2010 Importe 2011

Comprobación de Bonificaciones Ingresos de bonificaciones aplicadas Se realizarán a favor del Servicio Público de Empleo Estatal en la cuenta que tiene designada a tal fin en el Banco de España, indicando CIF, Razón Social y número de expediente de la empresa a la que se refiere el ingreso y se comunicarán a la Fundación Tripartita. SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL BANCO DE ESPAÑA, ALCALÁ, 50, 28014 MADRID CÓDIGO IBAN ES32 9000 0001 2002 0340 5128 LAS DEVOLUCIONES NO SE REALIZAN A TRAVÉS DE TC

Comprobación de Bonificaciones Cierre del proceso Si no se produce la devolución o las alegaciones no son aceptadas el Servicio Público de Empleo Estatal lo comunicará a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social. La aplicación indebida o fraudulenta de las bonificaciones determinará que las cantidades correspondientes a las cuotas no ingresadas sean objeto de reclamación administrativa mediante acta de liquidación de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

Servicio al Cliente y Orientación

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Muchas gracias por su atención