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Transcripción:

NORMA TÉCNICA GUATEMALTECA COGUANOR NTG 41043 Masas de referencia y dispositivos para determinar la masa y el volumen para uso en los ensayos físicos de los cementos hidráulicos. Especificaciones Esta norma es esencialmente equivalente a la norma ASTM C1005-10 en la cual está basada e incluye la designación propia de las normas guatemaltecas. Aprobada 2012-03-08 Adoptada Consejo Nacional de Normalización: Comisión Guatemalteca de Normas Ministerio de Economía Edificio Centro Nacional de Metrología Calzada Atanasio Azul 27-32, zona 12 Teléfonos: (502) 2247-2600 Fax: (502) 2247-2687 www.mineco.gob.gt info-coguanor@mail.mineco.gob.gt Referencia

2/11 Prólogo COGUANOR La Comisión Guatemalteca de Normas (COGUANOR) es el Organismo Nacional de Normalización, creada por el Decreto No. 1523 del Congreso de la República del 05 de mayo de 1962. Sus funciones están definidas en el marco de la Ley del Sistema Nacional de la Calidad, Decreto 78-2005 del Congreso de la República. COGUANOR es una entidad adscrita al Ministerio de Economía, su principal misión es proporcionar soporte técnico a los sectores público y privado por medio de la actividad de normalización. COGUANOR, preocupada por el desarrollo de la actividad productiva de bienes y servicios en el país, ha armonizado las normas internacionales. El estudio de esta norma, fue realizado a través del Comité Técnico de Normalización de Concreto y del Comité Técnico de Normalización de Cemento, con la participación de: Ing. Emilio Beltranena Coordinador de Comité Ing. Luis Álvarez Valencia Representante Instituto del Cemento y del Concreto de Guatemala Ing. Rommel Ramírez Representante CEMEX Ing. Ramiro Callejas Montufar Representante FHA Ing. Sergio Quiñónez Representante PRECÓN Ing. José Manuel Vásquez Representante MIXTO LISTO Ing. Joaquín Rueda Representante CEMENTOS PROGRESO Ing. Juan Carlos Galindo Representante PISOS CASA BLANCA Arq. Paulo César Castro Representante MACROMIX Ing. Manuel de Jesús Castellanos Representante COLEGIO DE INGENIEROS DE GUATEMALA

3/11 Lic. Rodrigo García Representante MIXTO LISTO Ing. Xiomara Sapón Roldán Representante ICCG Ing. Jaime Samayoa Representante PRECÓN Ing. Marcelo Quiñónez Representante FORCOGUA Lic. Luis Alberto Velásquez Representante CEMENTOS PROGRESO Ing. Leonel Morales Representante CEMEX Ing. Estuardo Herrera Representante ICCG Ing. Orlando Quintanilla Representante FHA Ing. Oscar Sequeira Representante MEGAPRODUCTOS

4/11 Índice Página 1. Objeto....... 5 2. Documentos Citados... 5 3. Terminología... 5 4. Masa de referencia. 7 5. Requisitos para básculas y balanzas.. 8 6. Requisitos para probetas graduadas y vidrio.... 9 7. Tiempo de verificación.... 9 8. Descriptores.. 10 ANEXO X1 Verificación del desempeño de básculas y balanzas 11

5/11 1. OBJETO 1.1 Esta especificación cubre los requisitos mínimos para básculas, balanzas, masas de referencia y probetas de vidrio graduadas usadas en los ensayos físicos de los cementos hidráulicos. 1.2 Los requisitos para masas de referencia analíticas y balanzas analíticas no son incluidos en esta especificación, pero pueden encontrarse en los métodos de ensayo ASTM C114. Internacionalmente se ha evitado el uso de terminología restrictiva, clases, rangos, etc., para permitir el uso de esta especificación por otros organismos de normalización con requisitos similares para las masas de referencia y dispositivos para determinar la masa, si así se desea. 1.3 Estos requisitos no son lo suficientemente descriptivos para ser usados como las únicas especificaciones para la compra de masas de referencia o de dispositivos para determinación de la masa. 1.4 Los valores en unidades SI deben ser obtenidos por medición directa en unidades SI, o por el cálculo de una apropiada conversión de las mediciones hechas en otras unidades, usando las reglas para la conversión y el redondeo dadas en la norma IEEE/ASTM SI-10. 2. DOCUMENTOS CITADOS 2.1 Normas NTG (ASTM) (ASTM C114) Método de ensayo. Determinación del análisis químico del cemento hidráulico. (ASTM E617) Pesas de laboratorio y estándares de masas de precisión. Especificaciones. IEEE/ASTM SI-10 Práctica para el uso del sistema Internacional de unidades (SI): El sistema métrico moderno. 3. TERMINOLOGÍA 3.1 Definiciones: 3.1.1 Exactitud Es el grado de conformidad de la indicación de un dispositivo para determinar la masa, con el valor verdadero de la masa aplicada. 3.1.2 Balanza Es un dispositivo para determinar la masa, que compara una masa con masa estándar. 3.1.3 Precisión Es la reproducibilidad de las lecturas de un dispositivo para determinar la masa, cuando se le aplica una masa de ensayo dada.

6/11 3.1.4 Rango de la determinación de la masa El rango de las indicaciones de un dispositivo desde la carga mínima de ensayo más cualquier auxiliar de pesaje o de contenedores en los elementos que reciben la carga hasta la carga máxima con las mismas auxiliares de pesaje o contenedores, como se especifican por el método particular de ensayo que se esté usando. 3.1.5 Legibilidad La fracción más pequeña de una división a la que el indicador de la escala de un dispositivo para determinar la masa, puede leerse con facilidad ya sea por estimación o por el uso de un nonio o vernier. 3.1.6 Masa de referencia Pieza de un material de masa específica conocida, usado para comparar o medir la masa de otras masas. (Ver nota 1). 3.1.6.1 Discusión La definición de masa de referencia fue previamente incorrectamente designada como peso. El peso es una fuerza (Véase IEEE/ ASTM SI-10). 3.1.7 Báscula Es un dispositivo para determinar la masa que tiene un elemento receptor de carga y una escala con indicador (posiblemente en combinación con el uso de masas internas o masas proporcionales), calibrada casi siempre para indicar la masa indicada generalmente es de menor exactitud que una balanza. 3.1.8 Sensibilidad Es el cambio mínimo de la masa aplicada, requerido para mover perceptiblemente el elemento indicador de un dispositivo para determinar la masa. 3.1.9 Requisitos de sensibilidad Es el cambio mínimo en la posición de reposo del elemento indicador de un dispositivo para determinar la masa, en respuesta a un cambio especificado de la masa aplicada sobre el elemento receptor de carga. 1.1.10 Carga de ensayo La masa a ser determinada en una única determinación, excluyendo el uso de elementos auxiliares de pesaje o contenedores como se especifica en el método de ensayo que se está siguiendo. 3.1.11 Tolerancia Los criterios de precisión y de exactitud para las masas de referencia o para los dispositivos para determinar la masa. Tolerancia de aceptación Es la desviación máxima permisible de la correcta indicación, para masas de referencia o dispositivos para determinar la masa, nuevos o recientemente reacondicionados; y es igual a la mitad de la tolerancia de mantenimiento. Tolerancia de ajuste Es la tolerancia de aceptación. Tolerancia de mantenimiento Es la desviación máxima permisible de la correcta indicación para masas de referencia y dispositivos para determinar la masa, en servicio. Se reconoce también como tolerancia de servicio.

7/11 3.1.12 Carga total La suma de masas de los materiales, elementos auxiliares de pesaje y contenedores aplicadas al elemento receptor de carga en cualquier tiempo. 4 MASA DE REFERENCA 4.1 La masa de referencia para uso en los métodos de ensayos físicos de cemento hidráulico y materiales afines o similares, deben cumplir por lo menos con los requisitos de las masas de referencia clase 6 indicadas en la norma ASTM E617, excepto lo relacionado con las tolerancias de mantenimiento allí establecidas, las cuales se deben considerar como las tolerancias de aceptación para los propósitos de la presente norma, en tanto que las tolerancias de mantenimiento se deben considerar como el doble de esos valores. Véase el cuadro 1. (Véase la Nota 1). NOTA 1 Las masas de referencia NBS Clase P y F cumplen con esta norma, al igual que las masas de referencia OIML Clase M1. Las masas de referencia NBS Clase T de 100mg y menores, masas de referencia clase C de 1kg y mayores y las masas de referencia OIML Clase M2 de 200g y mayores, cumplen con esta norma. 4.2 Una masa usada estrictamente como una masa y no como una referencia, cuyo valor real no es necesario conocer, no tiene que cumplir con los requisitos del numeral 4.1 (Véase la Nota 2). NOTA 2 Una masa de la tara para un contenedor de pesaje se ubica dentro de esta categoría. No es necesario conocer el valor real de su masa, pero debe ser igual a la masa del contenedor de pesaje.

8/11 CUADRO 1 Tolerancia para las masas de referencia A, B Masa g Tolerancia de aceptación ± mg Tolerancia de mantenimiento ± mg 10000 1000 2000 5000 500 1000 3000 300 600 2000 200 400 1000 100 200 500 50 100 300 30 60 200 20 40 100 10 20 50 7 14 30 5 10 20 3 6 10 2 4 5 2 4 3 2 4 2 2 4 1 2 4 A Valores de la Tabla 1 de la especificación ASTM E 617 para masas de referencia métricas clase 6. B Para masas de referencia, con valores nominales que no están listados, la tolerancia será igual a la de la denominación menor más cercana que aparezca en la lista 5. REQUISITOS PARA BÁSCULAS Y BALANZAS 5.1 Capacidad La capacidad de un dispositivo para determinar la masa, debe ser por lo menos igual a la carga total máxima que va a ser aplicada sobre el elemento receptor de carga en cualquier momento. (Véase Nota 3). NOTA 3 En general, la capacidad de un dispositivo para la determinación de la masa no debe exceder apreciablemente del doble de la carga total máxima requerida para un ensayo dado, porque en dispositivos para determinar la masa con capacidades mayores se reducen la exactitud, la sensibilidad y la legibilidad. Hay excepciones a esta generalidad, como por ejemplo las balanzas de sustitución de alta calidad. 5.2 Precisión y exactitud La tolerancia de mantenimiento para un dispositivo para determinar la masa, no debe ser mayor que el 0.05% de la carga de ensayo en todo el rango de pesaje. Para balanza con una capacidad de 3000g o mayor, el rango de las cargas de ensayo debe ser de 300 a 3000g. Para balanzas con una capacidad de menos de 3000g el rango de las cargas de ensayo debe ser desde 10% de la capacidad, hasta la capacidad de la balanza. El dispositivo para la determinación de la masa debe ser capaz de reproducir las lecturas con la misma masa de ensayo hasta por lo menos la menor tolerancia de mantenimiento.

9/11 5.3 Legibilidad La escala indicadora de un dispositivo para la determinación de la masa debe ser legible por lo menos hasta 0.1g. 5.4 Requisitos de sensibilidad El elemento indicador de un dispositivo para determinar la masa, debe mostrar un cambio de por lo menos una de las divisiones más pequeñas de la escala indicadora, como respuesta a un cambio de 0.1% de la carga de ensayo dentro del rango de determinación de la masa. 6. REQUISITOS PARA PROBETAS DE VIDRIO GRADUADAS 6.1 Probetas de vidrio graduadas deben ser de las capacidades adecuadas (lo suficientemente grandes para medir el agua de mezclado de la pasta y del mortero en una sola operación) y deben estar hechas para contener el volumen indicado a 20 C (68 F). 6.1.1 La variación permisible para probetas de vidrio graduadas con capacidad de 100 ml a 150 ml, debe ser de ± 1.0mL; Para probetas de capacidades de 200 a 300 ml, debe ser de ± 2.0 ml y para probetas de mayor capacidad debe ser del ± 0.5% de la capacidad estimada. 6.1.2 Las probetas de vidrio graduadas deben estar subdivididas por lo menos cada 5 ml, con las siguientes excepciones: 6.1.2.1 En una probeta de 150 ml se pueden omitir las líneas de graduación de los primeros 15 ml. 6.1.2.2 En una probeta de 250 ml se pueden omitir las líneas de graduación de los primeros 25 ml. 6.1.2.3 En una probeta de 500mL se pueden omitir las líneas de graduación de los primeros 50 ml. 6.1.3 Las líneas principales de graduación se deben extender por lo menos las tres cuartas partes del diámetro de la probeta y deben estar numeradas (Véase la Nota 4). NOTA 4 Algunas probetas graduadas son fabricadas con dos sistemas de numeración, uno por cada lado de las líneas principales de graduación. En la lectura de abajo hacia arriba un sistema incrementa, cuando del otro lado, las lecturas decrecen. Se debe tener cuidado para no crear confusiones en las lecturas de volumen. 7. TIEMPO DE VERIFICACIÓN 7.1 Las masas de referencia y los dispositivos para determinación de la masa nuevos o recientemente acondicionados, no se deben poner en servicio si no cumplen con las tolerancias de aceptación especificadas en esta norma. 7.2 La masa de referencia y los dispositivos para la determinación de la masa en servicio, debe ser revisados y verificados como mínimo, anualmente y deben ser

10/11 retirados de servicio los que excedan la tolerancia de mantenimiento especificada en esta norma (Véase Nota 5). NOTA 5 Un procedimiento opcional de verificación del desempeño se da en el Anexo X1. 8. DESCRIPTORES Dispositivos para determinación de la masa; dispositivos para determinación del volumen; masas de referencia; probetas de vidrio graduadas.

11/11 ANEXO (Información no obligatoria) X1. VERIFICACION DEL DESEMPEÑO DE BÁSCULAS Y BALANZAS X1.1 Este procedimiento del uso de una masa de comprobación para la verificación, puede servir para verificar el desempeño continuo y preciso de una báscula o de una balanza. Este procedimiento debe realizarse en adición al procedimiento de verificación anual con masas de referencia. X1.1.1 La masa de comprobación para la verificación, debe ser de un material resistente a la corrosión (por ejemplo, un material como el usado para las masas clase 6 de la norma (ASTM E617) y debe tener una masa estable. La masa de comprobación para el propósito de este anexo no requiere cumplir con las tolerancias de las masas de referencia. X1.1.2 La masa de comprobación para la verificación, debe satisfacer los requisitos de tamaño de las masas de ensayo, descritas en el numeral 5.2 precisión y exactitud. X1.1.3 La masa de comprobación para la verificación, solo debe dedicarse a este uso, para prevenir que otros usos alternos la dañen o alteren. X1.1.4 Se hace una determinación de masa usando la masa comprobación para la verificación del desempeño en la báscula o en la balanza seleccionada. X1.1.5 Se mantiene la documentación de esta verificación en el laboratorio, se incluye la fecha y la determinación de la masa. Para lecturas sucesivas, si las diferencias entre la lectura actual y la lectura previa exceden de la tolerancia de mantenimiento de una masa de referencia de tamaño similar, listada en el cuadro 1, se debe verificar la balanza o la báscula con las masas de referencia y reajustar o reemplazar la báscula o la balanza, según se considere apropiado. X1.1.6 En el caso de un ajuste o reemplazo, establecer una nueva determinación del valor de la masa de verificación, y no ninguna comparación hasta la próxima verificación programada. X1.1.7 Se puede realizar este procedimiento en forma rutinaria y en cualquier momento en que se estime conveniente hacer una verificación del desempeño de la báscula o de la balanza. ---------- Última línea -----------