La Propiedad en Derecho Civil

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La Propiedad en Derecho Civil

1 Sesión No. 9 Nombre: Derecho real de habitación Contextualización Para realizar un mejor estudio sobre los derechos reales se ha optado por separarlos y así conocer de manera fehaciente los derechos que las personas tienen respecto a los bienes reales en el derecho mexicano, específicamente se revisará el derecho de habitación, breve pero importante debido a las relaciones jurídicas que conlleva y que de él se originan. El esta sesión comprenderemos el uso legal y doctrinario del derecho real de habitación, su aplicación en nuestra legislación y entenderá las diferencias entre el derecho real de uso, usufructo y el de habitación.

2 Introducción al Tema Sabes cuál es el derecho de usufructo? En la sesión anterior se analizó a detalle lo qué son los derechos reales, el usufructo es un derecho real que se refiere a los casos en los cuales por algún motivo se tiene el derecho de uso sobre los bienes de alguien más, lo cual está establecido dentro del Código Civil Federal, el usufructuario tiene derechos y obligaciones sobre los bienes, durante este bloque se analizará todo lo relacionado al derecho real de usufructo. El derecho real de habitación surte efecto para quien tiene el derecho de ocupar un bien inmueble a título gratuito y las piezas necesarias para sí y las personas que necesite, siempre y cuando formen parte de su familia.

3 Explicación Derecho real de habitación Por qué se sigue regulando el derecho real de habitación? Efectos y características El derecho real de habitación surte efecto para quien tiene el derecho de ocupar un bien inmueble a título gratuito y las piezas necesarias para sí y las personas que necesite, siempre y cuando formen parte de su familia. Este tiene las mismas características del derecho real de uso para ocupar las piezas de una casa. A diferencia del uso que puede ser como usufructo, gratuito u oneroso, la habitación siempre es a título gratuito; aunque para éste son aplicables supletoriamente las disposiciones relativas al usufructo. La figura jurídica del derecho de habitación, al igual que ocurre con el derecho de uso, tiene un importante desarrollo en el derecho histórico, si bien se encuentra revitalizada su regulación y difusión en la legislación moderna. El derecho de habitación otorga la posesión respecto de la cosa consumible, la habitación, sin que ésta otorgue la propiedad, de manera que se parece al préstamo de consumo, con la diferencia de que termina con la muerte y se trasmite a los herederos del deudor, pero el usufructuario debe prestar las mejoras necesarias para que la habitación esté en las condiciones en que fue usufructuada. También puede ser a título vitalicio, es decir, una persona puede ocupar la habitación, siempre a título gratuito (de lo contrario sería arrendamiento) para que viva con su familia. Desde un punto de vista material o sustancial se pueden distinguir dos posturas: a) Modalidad especial del derecho real de habitación. b) Diferente del derecho real de habitación.

4 Asimismo también tiene analogías con el usufructo: se asemejan por ser ambos derechos reales que confieren a sus titulares el disfrute y goce temporal sobre cosas ajenas. Diferencias A diferencia del usufructo tiene carácter intransmisible y la extensión más restringida en el contenido del derecho. No obstante, la doctrina moderna tiende a unificar en lo posible las figuras del usufructo, uso y habitación, entendiendo que ésta es una forma particular de uso y este derecho a su vez no es más que un usufructo restringido. Cuáles son las obligaciones del causante? La habitación es un derecho originario que nace en cabeza del cónyuge por la muerte del causante, quien debe conservar la vocación hereditaria como condición para su ejercicio. Si se dan los requisitos impuestos por la ley, éste derecho se relaciona con la partición de la herencia y desde esta perspectiva, constituye una indivisión forzosa, dada la imposibilidad de partir el dominio útil del inmueble, durante la vida del habitador. Extinción El derecho de habitación se extingue por las mismas causas que el usufructo, por abuso grave de la habitación y además por las siguientes causas: a) Resolución del derecho de los nudos propietarios o del causante de éstos. b) Muerte del habitador o declaración de muerte presunta. c) Consolidación de cualquier causa en cabeza del habitador o del patrimonio propietario d) Renuncia expresa o tácita. e) Pérdida o destrucción total de la cosa.

5 Conclusión La figura jurídica del derecho de habitación tiene un desarrollo importante en el derecho histórico, su regulación y difusión se revitaliza en la legislación. Tiene analogías y diferencias tanto con el derecho real de usufructo como con el de uso, así mismo se extingue por las mismas causas que el usufructo. En la siguiente sesión revisaremos otro de los derechos reales; el derecho real de servidumbre

6 Actividad de Aprendizaje Instrucciones: Con la finalidad de reforzar los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión, ahora tendrás que realizar un resumen sobre el tema visto. Puedes realizarlo en cualquier programa, al final tendrás que guardarlo con formato PDF, con la finalidad de subirlo a la plataforma de la asignatura. Recuerda que esta actividad te ayudará a entender y apropiarte de los conocimientos sobre el tema.

7 Referencias Bibliográficas Aguilar, L. (1960). Segundo curso de derecho civil. México: UNAM. Borja, M. (1960). Teoría general de las obligaciones. México: Porrúa. Código Civil Federal (2011). México: Editorial ISEF. Morineu, O. (1961). El estudio del derecho civil. México: UNAM. Vanossi, J. (2011). El derecho de habitación. México: Revista de investigaciones Jurídicas de la Escuela Libre de Derecho.