De Qué Trata El Caso?



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ATENCIÓN: Si Usted Es Una Persona Ciega O Tiene Un Impedimento Grave De La Visión Y Necesita Información Sobre Los Subsidios de Medicaid O SNAP (Cupones Para Alimentos) En Formatos Alternativos Accesibles, Un Acuerdo Federal Propuesto Le Podría Afectar De Qué Trata El Caso? Se ha llegado a un acuerdo en la demanda colectiva entablada en contra de la Administración de Recursos Humanos de la Ciudad de Nueva York (New York City Human Resources Administration - HRA, siglas en inglés), la Oficina de Asistencia Temporal y Asistencia para Incapacitados del Estado de Nueva York (New York State Office of Temporary and Disability Assistance -OTDA, siglas en inglés) y el Departamento de Salud del Estado de Nueva York (New York State Department of Health -DOH, siglas en inglés). La demanda sostiene que esas agencias violaron la Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades (Americans 1

with Disabilities Act) y las leyes pertinentes de derechos civiles, federales y locales, al no proporcionar solicitudes, notificaciones, publicaciones y demás material accesible en formatos alternativos a personas ciegas o personas que tienen un impedimento visual grave y que tratan de tener acceso a los subsidios de Medicaid y SNAP (Cupones para Alimentos). La demanda se titula Rafferty v. Doar, No. 13-cv-1410 (TPG) y está pendiente ante el Tribunal Estadounidense de Distrito del Distrito Sur de Nueva York (United States District Court for the Southern District of New York). Las partes han sometido el acuerdo de conciliación ante el Tribunal para su aprobación. A Quién Afecta El Acuerdo? El Tribunal certificó miembros de la demanda colectiva como: «Todo residente de la Ciudad de Nueva York que (1) tenga impedimentos visuales que significativamente limitan la actividad principal diaria de la visión o que tenga una discapacidad visual según la definición de «discapacidad» conforme a la Ley sobre Estadounidenses con Discapacidades de 1990, y la Sección 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973; (2) seao será futuro solicitante o beneficiario de los subsidios de SNAP o Medicaid, o ambos; y (3) necesitematerial 2

por escrito en formatos alternativos que faciliten la comunicación eficaz sobre los programas de SNAP y Medicaid». Según esta notificación, las personas que corresponden a esta descripción se conocen como «Miembros de la Demanda Colectiva». Cuáles Son Los Términos Básicos Del Acuerdo? 1. Conversión de documentos en formatos alternativos: a más tardar, para el 1º de julio de 2016 OTDA, DOH, y HRA suministrarán cierto material por escrito tales como publicaciones, solicitudes y notificaciones en formatos alternativos a personas ciegas o con un impedimento visual grave. Entre esos formatos se citan los siguientes: (a) letra grande en tamaño de fuente 18; (b) formato en audio (grabaciones que se puedan usar en computadoras y reproductores de audio digital; y (c) formato de datos (versiones electrónicas de documentos de texto compatibles con software de lectura asistida en pantalla). Si usted es Miembro de la Demanda Colectiva, también podrá solicitar que este tipo de material por escrito se le brinde en Braille, si otros formatos 3

no son igualmente eficaces para usted. 2. Acceso al sitio web: la oficina de HRA introducirá, paulatinamente, comenzando el 1º de agosto de 2015 y terminando el 1º de diciembre de 2017, la disponibilidad de un portal en su sitio web que, a partir de ese período de implementación, hará posible que los clientes tengan acceso al contenido del sitio web desde una computadora, y les permitirá recibir, rellenar y someter solicitudes y revalidaciones; tener acceso a ciertas notificaciones; obtener saldos de cuenta; y subir documentación justificativa pertinente a los subsidios de SNAP. 3. Peticiones de grabaciones en formatos alternativos: a más tardar, para el 1º de julio de 2016, OTDA grabará en sus sistemas de computación las adaptaciones de formatos alternativos solicitados por los Miembros de la Demanda Colectiva. 4. Informes: OTDA y DOH suministrarán informes trimestrales a los abogados de los Demandantes que indican cuántos Miembros de la Demanda Colectiva han solicitado material por escrito en formatos alternativos y qué formatos han solicitado. 4

5. Capacitación: OTDA y HRA capacitarán a su respectivo personal sobre la obligación de suministrar acceso a material por escrito en formatos alternativos relativos a los programas de SNAP y Medicaid a personas ciegas o personas con un impedimento visual grave. 6. Cumplimiento: el Tribunal retendrá la jurisdicción con motivo de hacer cumplir este acuerdo por lo menos por un período de 12 meses una vez los Demandados hayan implementado por completo los términos del acuerdo. Dónde Puedo Encontrar el Acuerdo de Conciliación? El acuerdo de conciliación está disponible en el sitio web de los abogados que representan a los Demandantes, el Centro Nacional sobre Derecho e Igualdad Económica (National Center for Law and Economic Justice) http://nclej.org/ y Drinker Biddle & Reath LLP, http://www.drinkerbiddle.com/rafferty. También está publicado en el sitio web de HRA http://www.nyc.gov/html/hra/html/news/news.sht ml, OTDA, https://otda.ny.gov/, y DOH, https://www.health.ny.gov/. 5

Cuándo Examinará El Acuerdo El Tribunal? El Tribunal llevará a cabo una audiencia de equidad el 1º de octubre de 2015 a las 2 p.m. La audiencia se llevará a cabo ante el honorable Thomas P. Griesa, en la siguiente dirección: United States District Court for the Southern District of New York Daniel Patrick Moynihan United States Courthouse 500 Pearl Street, Courtroom 26B New York, NY 10007-1312 Quién Puede Oponerse Al Acuerdo? Los Miembros de la Demanda Colectiva pueden oponerse al acuerdo propuesto si creen que no es justo, razonable y adecuado. Si usted desea oponerse al acuerdo, puede presentarse a la audiencia de equidad en persona o por medio de representación legal e interponer sus objeciones. También puede oponerse al acuerdo enviando una carta marcada «Rafferty v. Doar Class Settlement» 6

y matasellada para el 26 de septiembre de 2015 al Tribunal, a la dirección anterior. Quién Representa A Los Miembros de la Demanda Colectiva? El Tribunal ha nombrado a abogados para que representen a los Miembros de la Demanda Colectiva. Ellos son los siguientes: Greg Bass National Center for Law and Economic Justice 275 Seventh Avenue Suite 1506 New York, NY 10001-6708 Tel. (212) 633-6967 Joshua M. Link, Michael P. Daly Drinker Biddle & Reath LLP One Logan Square, Ste 2000 Philadelphia, PA 19103-6999 Tel. 215-988-2700 7

A Quién Puedo Llamar Si Tengo Preguntas Sobre La Notificación O El Acuerdo? Si tiene preguntas sobre este acuerdo, le sugerimos comunicarse con los abogados de los Miembros de la Demanda Colectiva: National Center for Law and Economic Justice al (212) 633-6967; o Drinker Biddle & Reath LLP al (215) 988-2700. FAVOR DE NO MARCAR EL NÚMERO DE TELÉFONO DEL TRIBUNAL. Se Puede Obtener La Notificación En Formatos Alternativos? Sí. La notificación se puede ver en inglés y español, en letra grande (tamaño de fuente 18) y se puede descargar en formato audio de los siguientes sitios web: HRA, http://www1.nyc.gov/site/hra/news/legalnoticesrules.page OTDA, http://otda.ny.gov/ DOH, https://www.health.ny.gov/ 8

National Center for Law and Economic Justice, http://nclej.org/ Drinker Biddle & Reath LLP, http://www.drinkerbiddle.com/rafferty Si desea una copia de la notificación en Braille, formato audio (en disco compacto), o letra grande (tamaño de fuente-18), sírvase comunicarse con: National Center for Law and Economic Justice; o Drinker Biddle & Reath LLP. 9