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Transcripción:

PREGUNTAS FRECUENTES De entre las cuestiones relacionadas con el IVQP, transcribimos a continuación aquellas que se nos han planteado con más frecuencia, que coinciden con las vinculadas, en su mayoría, a los procesos de reconocimiento de la experiencia laboral. Nos permitimos también sugerirle la consulta de la web del INCUAL (Instituto Nacional de Cualificaciones Profesionales) que incluye un significativo apartado de consultas más frecuentes. http://www.mepsyd.es/educa/incual/ice_faqs.html En todo caso, si no queda satisfecha su inquietud, puede dirigirnos su consulta particular a ivqp.edu@gva.es 1. Mediante acreditación de la experiencia laboral se puede obtener una titulación de Formación Profesional? 2. Se puede convalidar la experiencia profesional a fin de quedar exento de alguna de las pruebas a realizar para la obtención del título, ya sea de la parte teórica o de la práctica? 3. Los procesos de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o de vías no formales de formación, son permanentes o coyuntuales? 4. Qué es la acreditación de la competencia profesional y en qué consiste. 5. Cuándo me puedo acreditar? 6. La acreditación de mi experiencia laboral me puede eximir de la realización de alguna prueba conducente a la obtención de una titulación de Formación Profesional? 7. Cómo puedo obtener los certificados de profesionalidad? 8. Cómo puedo obtener un título de Formación Profesional (Técnico o Técnico Superior)?

1. Mediante acreditación de la experiencia laboral se puede obtener una titulación de Formación Profesional? Con la participación en un proceso de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación, que deberá ser convocado por la/s administración/es competentes en Formación Profesional, se podrá obtener la acreditación de ciertas Unidades de Competencia. Los estudios de Formación Profesional conducentes a la obtención de un Título de Formación Profesional Inicial o de un Certificado de Profesionalidad (Formación Profesional para el Empleo), comprenden un conjunto más o menos amplio de UC que constituyen una Cualificación Profesional. Todos los módulos profesionales que constituyen los certificados de profesionalidad son convalidables por las UC que hayan sido acreditadas, por lo tanto, el procedimiento indicado puede conducir directamente a la obtención de estos títulos profesionales. Con relación a los títulos de Formación Profesional Inicial, Técnico o Técnico Superior, podrán ser convalidables aquellos módulos profesionales cuyas unidades de competencia coinciden con las acreditadas, el resto, para poder obtener el título, deberán de cursarse presencialmente en un centro educativo, vía on-line, o, presentándose a la convocatoria de pruebas libres al respecto. 2. Se puede convalidar la experiencia profesional a fin de quedar exento de alguna de las pruebas a realizar para la obtención del título, ya sea de la parte teórica o de la práctica? Para poder convalidar la experiencia laboral es necesario haber adquirido las competencias profesionales a través del proceso de evaluación y acreditación de competencias que convoca el Instituto Valenciano de Cualificaciones Profesionales.

3. Los procesos de acreditación de competencias adquiridas por la experiencia laboral o de vías no formales de formación, son permanentes o coyuntuales? Los procedimientos de acreditación son coyuntuales, es decir, se realizan en unos períodos de tiempo determinado, previa convocatoria del proceso por parte de la/s Administración/es competentes en la Formación Profesional. 4. Qué es la acreditación de la competencia profesional y en qué consiste El proceso de acreditación es un procedimiento complejo, de orientación, asesoramiento y evaluación para reconocer la competencia profesional del solicitante definida en la acreditación de unidades de competencia de una cualificación profesional incluida en un Certificado de Profesionalidad o en un Título de Formación Profesional. El procedimiento consiste en asesorar al candidato para que evidencie su competencia profesional, adquirida por formación formal y no formal y por la experiencia laboral, ante una comisión evaluadora que emitirá un juicio. 5. Cuándo me puedo acreditar? Con fecha 25 de agosto de 2009, se ha publicado el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral. Este Real Decreto tiene por objeto establecer el procedimiento y los requisitos para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, así como los efectos de esa evaluación y acreditación de competencias, y tiene alcance y validez en todo el territorio del Estado.

Los fines del procedimiento que se regula en este Real Decreto son: Evaluar las competencias profesionales que poseen las personas, adquiridas a través de la experiencia laboral y otras vías no formales de formación, mediante procedimientos y metodologías comunes que garanticen la validez, fiabilidad, objetividad y rigor técnico de la evaluación. Acreditar oficialmente las competencias profesionales, favoreciendo su puesta en valor con el fin de facilitar tanto la inserción e integración laboral y la libre circulación en el mercado de trabajo, como la progresión personal y profesional. Facilitar a las personas el aprendizaje a lo largo de la vida y el incremento de su cualificación profesional, ofreciendo oportunidades para la obtención de una acreditación parcial acumulable, con la finalidad de completar la formación conducente a la obtención del correspondiente título de formación profesional o certificado de profesionalidad. Puesta en marcha del procedimiento El Real Decreto establece que las comunidades autónomas iniciarán las actuaciones necesarias para que, en el plazo máximo de un año, se implante el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral. 6. La acreditación de mi experiencia laboral me puede eximir de la realización de alguna prueba conducente a la obtención de una titulación de Formación Profesional? Evidentemente sí. Previa presentación a las pruebas libres correspondientes, se tendrá que solicitar que se exima de aquellas partes teóricas o prácticas que se tengan ya acreditadas.

7. Cómo puedo obtener los certificados de profesionalidad? Los certificados de profesionalidad están regulados en los Reales Decretos que los establecen: http://www.edu.gva.es/eva/val/ivqp/ivqp.htm En los correspondientes Reales Decretos se indican los procedimientos para su obtención. La Administración competente en relación a estos certificados de profesionalidad es la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, a través del Servicio Valenciano de Empleo y Formación, http://www.ocupacio.gva.es:7017/portal/web/home/inicio 8. Cómo puedo obtener un título de Formación Profesional (Técnico o Técnico Superior)? Los títulos de Formación Profesional Inicial están regulados en los Reales Decretos que los establecen: http://www.edu.gva.es/eva/val/ivqp/ivqp_titulos.htm En los correspondientes Reales Decretos se indican los procedimientos para su obtención. La Administración competente en relación a estos títulos es la Conselleria de Educación, a través de la Dirección General de Evaluación, Innovación y Calidad Educativa y de la Formación Profesional.