PROBLEMAS CLASES NO PRESENCIALES PROBLEMA 1 Los ingresos del matrimonio Martínez, que tienen 3 hijos menores de edad, durante el año 2008 fueron los siguientes: El Sr. Martínez : 12.000 euros La Sra. Martínez: 18.000 euros Utilizando la escala de tipos impositivos adjunta y sabiendo que se permite una deducción general en la base de 100 euros y una deducción en la cuota del 2% de los ingresos, comparar la carga tributaria de esta unidad familiar en los siguientes casos: a) Tributación independiente b) Tributación conjunta c) Tributación conjunta con sistema Splitting d) Sistema de cociente familiar (coeficiente para cada cónyuge = 1, por hijo =0,25) BASE CUOTA RESTO TIPO RESTO HASTA HASTA 0 0 3.678,19 15 3.678,19 551,73 9.195,49 20,17 12.873,68 2.406,46 12.260,65 23,57 25.134,33 5.296,30 15.325,80 31,48 40.460,13 10.120,86 26.973,43 38,07 67.433,56 20.389,64 En adelante 39,60 SOLUCIÓN A) TRIBUTACIÓN INDEPENDIENTE a.1. Sr. Martínez Base Imponible= 12.000 Base Liquidable = 12000-100 = 11.900
Cuota Íntegra: Hasta 3.678,19------------- 551,73 Resto 8221,81------------1.658,33 (20,17%) Total---------------------2.210,06 Cuota líquida = 2.210,06 240(2% de 12000) = 1.970,06 a.2. Sra. Martínez Base imponible = 18.000 Base Liquidable = 18.000 100 = 17.900 Cuota íntegra Hasta 12.873,68-------2.406,46 Resto 5.026,32-------1.184,70 (23,57%) Total------------------- 3.591,16 Cuota líquida = 3.591,16 360(2% de 18000) = 3.231,16 FACTURA FISCAL FAMILIAR = 1970,06 + 3.231,16 = 5.201,22 B) TRIBUTACIÓN CONJUNTA Base imponible = 30.000 Base Liquidable = 30.000 100 = 29.900 Cuota Integra: Hasta 25.134,33---------5.296,3 Resto 4.765,67-------- 1.500,23(31,48%) Total----------------------6.796,53
Cuota Líquida = 6.796,53 600 (2% de 30.000) = 6.196,53 = FACTURA FISCAL FAMILIAR c) SISTEMA SPLITTING Base Imponible Split. = 30.000/2 = 15.000 Base liquidable = 15.000 100 = 14.900 Cuota Íntegra: Hasta 12.873,68-------2.406,46 Resto 2.026,32------- 477,60(23,57%) Total---------------------2.884,06 Cuota líquida = 2.884,06 600 (2% de 30.000) = 2.284,06 Cuota final = 2.284, 06* 2 = 4.568,12 D) Sistema Cociente Familiar Base Imponible c. familiar = 30.000/(1+1+0,25+0,25+0,25) = 30.000/2,75 = 10.909,09 Base liquidable = 10.909,09-100 = 10.809,09 Cuota Integra: Hasta 3.678,19---------551,73 Resto 7.130,9---------1.438,31(20,17%) Total------------------ 1.990,04 Cuota Líquida = 1990, 04 600(2% de 30000) = 1.390,04 Cuota final = 1.390,04 * 2,75 = 3.822,61 Resumen a) Tributación individual.5.201,22 B)Tributación conjunta.6.196,53
C) Sistema Splitting.4.568,12 D) Cuota familiar 3.822,61 PROBLEMA 2 D. Miguel Ángel López es titular de un estudio de arquitectura, que le proporcionó unos ingresos brutos en el ejercicio 2008 de 100.000 euros. Los gastos deducibles de su actividad como arquitecto ascendieron en ese mismo periodo a 24.400 euros. El 1 de julio de 2008 se rompe el ordenador principal del estudio y ese mismo día compra uno nuevo por un importe de 4.500 euros. Asimismo obtuvo rentas brutas de capital mobiliario de 2000 euros y unos gastos bancarios deducibles valoradas en 500 euros. Además se conoce que pagó 5.500 euros en concepto de amortización e intereses de un préstamo hipotecario que obtuvo del Banco APT para la financiación de su vivienda habitual, en enero de 2004. Calcular: 1. La cantidad que tendrá que abonar antes del 2 de julio de 2009 si ha realizado pagos anticipados por importe de 1000 euros y le han practicado unas retenciones por rendimientos de capital mobiliario por valor de 360 euros 2. El tipo medio nominal y efectivo de D. Miguel Ángel 3. El mínimo exento del impuesto en este caso concreto La legislación aplicable es la siguiente: Se consideran gastos deducibles de los rendimientos de actividades profesionales el 10% de los ingresos brutos por dichas actividades, en concepto de gastos de difícil justificación, con un límite máximo de 2.500 euros. Existe una deducción general en la base de 500 euros Existe una deducción de la cuota, del 5% de la inversión en activos fijos nuevos.
Se puede deducir de la cuota el 10% de las cantidades abonadas en concepto de amortización e intereses de préstamos hipotecario, sabiendo que si se efectuó antes del 1 de enero de 2006, puede aumentarse la deducción hasta el 15% La tarifa del impuesto se especifica en la tabla que se muestra a continuación: BASE HASTA CUOTA RESTO HASTA TIPO RESTO 0 0 4.000 9 4000 360 10.000 16 14.000 1.960 12.000 20 26.000 4.360 20.000 25 46.000 9.360 En adelante 30 SOLUCIÓN 1.-Base Imponible = 100.000-24.400 2.500 (gasto difícil justificación)+ 2000-500 = 74.600 Base Liquidable = 74.600 500 = 74.100 Cuota Integra. Hasta 46.000-------9.360 Resto 28.100.8.430 (30% ) Total 17.790 Cuota líquida = 17.790 225(5% de 4.500 ordenador) 825 (15% de 5.500 ptmo antes 2006) = 16.740 Deuda Tributaria = 16.740 1.360 (retenciones y pagos a cuenta) =15.380
2.- Tipo medio nominal = Cuota integra/ base liquidable = 17.790/74.100 = 24% Tipo medio efectivo = cuota líquida/base imponible = 16.740/74.600 = 22,43% 3.- Mínimo exento----- Cuota líquida = 0 Cuota integra = Cuota líquida + deducciones cuota = 0+ 1050 = 1.050 Base Liquidable. Hasta 4.000----- 360 Resto X.. Y Total.1.050 Y = 1.050-360 = 690; X*0,16 = 690, X= 4.312,5 Base Liquidable = 4.000 + X = 4.000 + 4.312,5 = 8.312,5 Base imponible = base liquidable + deducciones base = 8.312,5 +500 = 8.812,5 Minimo exento de D. Miguel Ángel López = 8.812,5
PROBLEMA 3 Dª Rosario González, soltera y sin hijos, obtuvo en 2008 una renta neta de trabajo de 38.000 euros. Sabiendo que existe una deducción general de la base de 1.000 euros y una deducción de la cuota por rendimientos de trabajo de 150 euros. 1. Calcule la cantidad que tendrá que pagar Dª Rosario en concepto de impuesto sobre la renta de 2008. 2. Calcule el tipo medio nominal y efectivo del impuesto de Dª Rosario de 2008 La tarifa de 2008 fue la siguiente: BASE HASTA CUOTA RESTO HASTA TIPO RESTO 0 0 4.000 9 4000 360 10.000 16 14.000 1.960 12.000 20 26.000 4.360 20.000 25 46.000 9.360 En adelante 30 SOLUCIÓN 1.-Base Imponible = 38.000 Base liquidable = 38.000 1.000 = 37.000 Cuota integra Hasta 26.000..4.360 Resto 11.000 2.750 Total 7.110 Cuota líquida = 7.110 150 = 6.960 2.- Tipo medio nominal = Cuota integra/ base liquidable = 7.110/37.000 = 19,21% Tipo medio efectivo = cuota líquida/base imponible = 6.960/38.000 = 18,31%