PAQUETE ECONÓMICO 2012

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Transcripción:

PAQUETE ECONÓMICO 2012 El pasado 8 de septiembre el Ejecutivo Federal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, entregó a la Cámara de Diputados el Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal de 2012, que incluye la iniciativa de decreto por la que se expide la Ley de Ingresos de la Federación, el Presupuesto de Egresos de la Federación y los Criterios Generales de Política Económica. La Ley de Ingresos de la Federación establece el monto de los recursos que habrá de obtener la Federación y su procedencia durante el ejercicio fiscal; el Presupuesto de Egresos establece el destino de los recursos económicos que el sector público recauda por impuestos, prestación de servicios o financiamiento durante el año, mientras que, los Criterios Generales de Política Económica son todas aquellas estrategias, objetivos y metas en materia de ingresos, gastos, deuda y tarifas públicas que sirven como fundamento para los demás componentes del paquete. A continuación señalaremos los aspectos más relevantes del paquete económico para el ejercicio fiscal de 2012. Ley de Ingresos de la Federación Impuesto Empresarial a Tasa única Se propone continuar con la obligación para los contribuyentes de presentar en forma anual la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el Impuesto; de igual manera, se mantiene la limitante de acreditar el Crédito fiscal del Impuesto Empresarial a Tasa Única en contra del Impuesto sobre la Renta del ejercicio, únicamente se podrá aplicar contra el propio Impuesto Empresarial a Tasa única en los 10 ejercicios fiscales posteriores.

Régimen de intereses Se posterga la entrada en vigor del Nuevo Régimen Fiscal de Intereses hasta el 1 de Enero de 2013. Facultad para Impuestos Locales Se pretende facultar a las entidades federativas adheridas al sistema nacional de coordinación fiscal para que puedan establecer impuestos locales a la enajenación de bienes, prestación de servicios independientes, y al otorgamiento del uso o goce temporal de bienes muebles, aplicando para ello una tasa máxima del 5% sobre el monto de la contraprestación, sin que el impuesto al valor agregado y el impuesto local formen parte de la base gravable. Se establecen como sujetos del citado impuesto, las personas físicas o morales que en el territorio de la entidad federativa de que se trate realicen las actividades referidas. El impuesto se causaría en el momento en que efectivamente se cobren las contraprestaciones y contra el monto de cada una de ellas. No podrán ser gravadas por el presente impuesto las actividades exentas por la ley del impuesto al valor agregado así como la prestación de servicios públicos concesionados por el gobierno federal y los de energía eléctrica. Reducción de Multas Se propone nuevamente otorgar a los contribuyentes que incumplan con sus obligaciones fiscales federales, distintas a sus obligaciones de pago, una reducción del 50% sobre el monto de la multa que resulte aplicable, siempre que ésta se pague después que las autoridades fiscales inicien el ejercicio de sus facultades de comprobación y hasta antes de que se levante el acta final de la visita domiciliaria o se notifique el oficio de observaciones, siempre que las contribuciones omitidas se enteren junto con los accesorios correspondientes.

Estímulos Fiscales Por lo que se refiere al impuesto especial sobre producción y servicios, se propone mantener el estímulo fiscal para diversos sectores de contribuyentes que adquieren diesel para su consumo final, entre los cuales destacan los sectores agrícola, ganadero y pesquero así como el de transporte público y privado de personas o de carga. De igual manera se propone mantener como parte de los estímulos fiscales, el relativo al acreditamiento de los gastos realizados en el pago de los servicios para el uso de carreteras de cuota hasta en un 50 %, del monto erogado por ese concepto, para aquellos contribuyentes que se dediquen al transporte terrestre público y privado de personas o de carga. Por otra parte, como medida para contribuir a conservar y mejorar el medio ambiente, se propone continuar apoyando la comercialización de autos eléctricos o híbridos, mediante la exención del impuesto sobre automóviles nuevos para aquellas personas físicas o morales que enajenen al público en general o que importen definitivamente en términos de la legislación aduanera, este tipo de vehículos. Asimismo, se propone continuar con la exención de derecho de trámite aduanero a las personas que importen gas natural. Impuesto sobre tenencia o uso de vehículos A partir del 1 de enero de 2012 se elimina el impuesto sobre tenencia o uso de vehículos a nivel federal por lo que será decisión de cada entidad federativa el cobro o no de este impuesto, así como los términos del mismo en el caso de aquellos gobiernos estatales que decidan mantener el cobro.

Código Fiscal de la Federación Considerando que los requisitos de los comprobantes fiscales se encuentran dispersos en diversas disposiciones, se propone simplificar dichos requisitos y compilarlos en el Código Fiscal de la Federación. Respecto de los comprobantes fiscales digitales, se propone establecer la opción de señalar un registro federal de contribuyentes genérico para el caso de que la persona a favor de quien se expida el comprobante sea un extranjero o una persona no obligada a inscribirse en dicho registro, en cuyo caso, el comprobante fiscal que se emita se considerará simplificado y no podrá deducirse o acreditarse, salvo por las devoluciones del impuesto al valor agregado que soliciten los turistas extranjeros. Se propone que el dispositivo de seguridad de los comprobantes fiscales en forma impresa sea proporcionado directamente por el Servicio de Administración Tributaria y no por terceros, asimismo dicho dispositivo perderá vigencia al transcurrir un plazo de dos años. Se simplifican los requisitos para que los estados de cuenta que expidan las entidades financieras y otras personas autorizadas para ello, puedan ser utilizados como comprobantes fiscales sin que en los mismos se tengan que consignar los impuestos trasladados, para lo cual, el Servicio de Administración Tributaria emitirá las reglas de carácter general correspondientes. Se considerará fraude el dar efectos fiscales a un comprobante impreso que no reúna los requisitos mínimos señalados por la Ley.

Presupuesto de Egresos de la Federación Por su parte, el Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el 2012 contempla aportaciones federales a los estados y municipios por 481,751 millones de pesos, lo que significa un incremento de 6.8% con respecto al 2011, mientras que las participaciones ascenderían a 503, 606 millones de pesos, esto es 2.01% respecto de lo presupuestado para el ejercicio fiscal del 2011. Entre las 32 entidades federativas, el Estado de México será el que reciba no sólo una mayor proporción de las aportaciones, sino también el que vio un mayor crecimiento de las mismas respecto al Presupuesto de este año. El estado recibiría un total de 20,177 millones de pesos por aportaciones federales, lo que implica un crecimiento de 9.3% con respecto al presupuesto 2011 y significa 10.7% del total de las aportaciones. Tras el Estado de México, las entidades federales que vieron un mayor crecimiento en las aportaciones que recibirán serán Guanajuato con 8.5%; Nuevo León con 8.1% y Tlaxcala con 8 por ciento

CONCLUSIONES De acuerdo con el Ejecutivo Federal, el citado paquete económico tiene como sustento cuatro consideraciones fundamentales: mantener la estabilidad económica y la responsabilidad fiscal; acelerar el desarrollo del mercado interno; impulsar la competitividad de nuestra economía y promover eficaz y responsablemente el bienestar y las oportunidades de las familias mexicanas. De acuerdo a estimaciones dadas a conocer por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para resarcir el boquete fiscal que dejará el cobro de la tenencia vehicular a partir del próximo año, bastaría que sólo 14 de las 31 entidades y el Distrito Federal del país cobraran una tasa de 1% del impuesto final a ventas y servicios; la recaudación del gravamen en 1% dotaría a los 13 estados y al Distrito Federal de una bolsa cercana a los 26,635 millones de pesos en el 2012, cuando por la tenencia se prevé que reciban ese año 9,005 millones de pesos. Cabe destacar que la captación de impuestos en las entidades federativas apenas representa 0.6% del Producto Interno Bruto del país, cuando en otras naciones de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos es de hasta 6 por ciento. Es importante destacar que el citado paquete económico estará sujeto a discusión y aprobación en el Congreso de la Unión, por lo que el contenido del mismo pudiera verse modificado. CORPUSIURE INTERNATIONAL ASSOCIATED FIRMS pone a sus órdenes a los abogados asociados de esta Firma, para prestarles el servicio de asesoría con respecto a los temas abordados en este boletín; así como para cualquier comentario o sugerencia respecto del mismo