ESTUDIANTES Y PROFESIONALES ADVENTISTAS

Documentos relacionados
DISTRITO ESCOLAR UNIFICADO DE LA CIUDAD DE SACRAMENTO COMITÉ ASESOR DE APRENDICES DEL INGLÉS DEL DISTRITO ESTATUTOS

Asociación de formación y cultura laboral. Estatutos

REGLAMENTO REBIUN. Que se necesita en cada Universidad un servicio bibliotecario sufragado por la misma, estructurado

REGLAMENTO INTERNO COMITÉ DE SOLIDARIDAD

REGLAMENTO INTERNO DEL COMITÉ DE COMPENSACIONES DE LA JUNTA DIRECTIVA DE EEB S.A. E.S.P.

CONVOCATORIA CONSEJO DIRECTIVO CENTRO DE ESTUDIOS DE INGENIERÍA QUÍMICA.

REGLAMENTO INTERNO FUNCIONAMIENTO OBSERVATORIO MUNICIPAL PERSONAS CON DISCAPACIDADES RIVAS-VACIAMADRID.

ASOCIACIÓN DE FACULTADES DE DERECHO EUROPEAS [A.F.D.E.] ESTATUTOS

Reglamento para Comités Nacionales del ICOM

NORTH AMERICAN COLLEGE Towars a future with faith (Hacia un futuro con Fé) REGLAMENTO DEL CONSEJO ESCOLAR

Modelo de Gobierno de INES 30 Septiembre 2010 v2.2

ESTATUTOS DEL GRUPO COLOMBIANO DE LA ASOCIACION HENRI CAPITANT DES AMIS DE LA CULTURE JURIDIQUE FRANÇAISE

CONSEJO DIRECTIVO ( )

ESTATUTOS SOCIALES DE LA FUNDACION PARA EL SERVICIO DE ASISTENCIA MEDICA HOSPITALARIA PARA LOS ESTUDIANTES DE EDUCACION SUPERIOR.

REGLAMENTO INTERNO DE LA SOCIEDAD DE ALUMNOS DEL PROGRAMA DE ARQUITECTURA DE LA UNIVERSIDAD DE SONORA UNIDAD REGIONAL CENTRO HERMOSILLO.

(PUBLICADOS EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA REGION DE MURCIA EL DIA Y ) TEXTO REFUNDIDO DE LOS ESTATUTOS DEL CONSEJO MUNICIPAL

ANEXO I REGLAMENTO DE COORDINACIONES DE CARRERAS

IGLESIA EVANGÉLICA METODISTA DE COSTA RICA

ANTECEDENTE. El Consejo Consultivo de Ciencias y su Secretaría Ejecutiva emiten los siguientes estatutos para el más eficaz cumplimiento de su misión.

REGLAMENTO INTERNO DE LA FUNDACIÓN

REGLAMENTO DEL MOVIMIENTO DE TRABAJADORES Y PRODUCTORES. CAPÍTULO PRIMERO DISPOSICIONES GENERALES

REGLAMENTO DE COMISIONES. Mayo 2011

Información General sobre el Objetivo y los Requisitos de la Ley Estatal Educativa (P.A )

ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN PERIODO

ACUERDO NUMERO 010 De (Octubre 04)

ACTA CONSTITUTIVA DEL CONSEJO ESCOLAR DE PARTICIPACIÓN SOCIAL EN LA EDUCACIÓN PERIODO

PROCEDIMIENTO DE ELECCIONES

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS, REMUNERACIONES Y GOBIERNO CORPORATIVO DE BIOMAX BIOCOMBUSTIBLES S.A.

REGLAMENTO DEL CENTRO DE ESTUDIANTES, INSTITUTO SUPERIOR DE FORMACIÓN DOCENTE JOGE LUIS BORGES

FIJA REGLAMENTOS DE MEMBRECÍA DE LA SOCIEDAD DE ECOLOGÍA DE CHILE

Organigrama FEDDI ASAMBLEA GENERAL COMISION DELEGADA PRESIDENTE JUNTA DIRECTIVA VICEPRESIDENTE ORGANIZACION VICEPRESIDENTE ECONOMICO

Juntas Directivas para Pymes. Mag Jaime González Ortiz Escuela de Negocios Universidad del Norte

Reglamento interno de funcionamiento de las redes de cooperación para el apoyo conjunto, al servicio comunitario del estudiante de Educación Superior.

ESTATUTO DEL COMITÉ NACIONAL DE LA UNIÓN GEODÉSICA Y GEOFÍSICA INTERNACIONAL CAPITULO I DE LOS OBJETIVOS. Artículo 1

ADENDA al Reglamento para la Captación del Congreso Anual de COCAL. En relación con las candidaturas: Cronograma de las candidaturas:

MEDALLA DE BRON MEDALLA DE BRONCE INTEGRACIÓN A LA IGLESIA

REGLAMENTO. Nombre: La Organización Matemática Estudiantil de Gestión Académica será reconocida con el nombre de OMEGA.

NORMAS DE FUNCIONAMIENTO DEL COMITÉ CIENTÍFICO

PROCEDIMIENTO PARA LA CONFORMACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE ASOCIACIÓN O LIGA DE USUARIOS

REGLAMENTO DEL COMITÉ DE GESTION Y MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS HOSPITALARIOS DEL HOSPITAL NACIONAL ARZOBISPO LOAYZA 2015

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACION BANCARIA DE VENEZUELA

Nombre del cargo. coordinación interinstitucional, la planeación y dirección de programas educativ os de Nivel:

Revista Latinoamericana de Psicología ISSN: Fundación Universitaria Konrad Lorenz Colombia

Federación de Sociedades de Jóvenes Adventistas

CASETA DE FERIA LA PERGOLITA ESTATUTOS

REGLAMENTO INTERNO DE LA JUNTA DIRECTIVA DE LA FACULTAD DE AGRONOMÍA

CAPÍTULO I 810. Estatuto de la Juventud Nazarena Internacional

PRIMER CAMPEONATO DE BABY FUTBOL ORGANIZADO POR CGPA COLEGIO SAN JORGE TALCA. Reglamento

Gobiernos Escolares. Tribunal Supremo Electoral. Instituto Electoral, Guatemala

ACUERDO No 001 (Febrero 17 de 2014)

CENTRO DE APOYO Y CAPACITACIÓN PARA EMPLEADAS DEL HOGAR CACEH.

COMITÉ DE BUENA CONVIVENCIA ESCOLAR DSO Elementos Estructurales de la Convivencia Escolar Definidos en Base a la Ley

CONVOCATORIA No. 9 DE 2016 PROCESO DE SELECCIÓN PARA EL CARGO DE ASISTENTE DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA. ROL: Asistente de la Dirección Ejecutiva

Política de selección, nombramiento, y sucesión de la Junta Directiva. BBVA Colombia

Escuela de Análisis Input- Output (ESAIO)

Jornadas de formación y trabajo para representantes de estudiantes

SOCIEDAD MEXICANA DE CIRUJANOS TORACICOS GENERALES S.C. ESTATUTOS ARTICULO I NOMBRE, OBJETIVOS, GOBIERNO Y LOGO CORPORATIVO

REGLAMENTO DE LA COORDINACIÓN NACIONAL DE AUTORIDADES MUNICIPALES DE MOVIMIENTO CIUDADANO. TÍTULO PRIMERO Capítulo Único Disposiciones Generales

Reglamento de Régimen Interno División de Psicología Jurídica

Reglamento Interno Facultad de Ciencias Agropecuarias y Desarrollo Rural U.N.P

Sociedad Española de Cirugía Ortopédica y Traumatología, SECOT REGLAMENTO DE PROYECTOS CIENT FICOS E INVESTIGACIŁN SECOT 2016

ASOCIACION MEXICANA DE CIRUGIA DEL APARATO DIGESTIVO A.C.

Reglas y Procedimientos

COLEGIO RITA CASTRO RAMOS Una forma diferente de educar ORGANIZACIÓN ESTUDIANTIL

REGLAMENTO PARA LA CREACION Y DESEMPEÑO DE LOS GRUPOS DE ESTUDIO DE LA LIGA PANAMERICANA DE ASOCIACIONES DE REUMATOLOGÍA (PANLAR)

ESTATUTOS DE LA HERMANDAD DE SAN MARTÍN DE PORRES

COOPERATIVA MULTIACTIVA TRANSPORTAQDORA DE GAS INTERNACIONAL COOMTGI CONSEJO DE ADMINISTRACION REGLAMENTO DEL FONDO DE EDUCACION Y COMITÉ DE EDUCACIÓN

COMISIÓN DE HISTORIAS CLÍNICAS

COLEGIO DE CONTADORES PRIVADOS DE COSTA RICA REGLAMENTO DE LA COMISIÓN DE LOS CONSEJOS REGIONALES CAPITULO PRIMERO

REGLAMENTO DEL COMITÉ ADMINISTRATIVO DEL CONSEJO DIRECTIVO TÍTULO I. ASPECTOS ESTATUTARIOS

ESTATUTOS. Centro de Estudiantes. Facultad de Derecho de la UNAM

Transformamos personas en ciudadanos socialmente responsables. Una iniciativa de

BASES DEL I CONCURSO DE MISS Y MISTER AGROINDUSTRIAL Y COMERCIO EXTERIOR

Procedimiento para Descripciones detalladas de perfil profesional para cargos en el IEB y de Auditores Internos

Sistema de Gestión de la Calidad SGC

Reglamento de Régimen Interno. Recursos Humanos PTORH

9. EL COMITÉ DE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ

II ENCUENTRO DE COMISIONES

MERCADO DE VALORES DE ROSARIO S.A. ROSARIO, 04 de Noviembre de COMUNICADO Nro. 876

REGLAMENTO COMITÉ DE NOMBRAMIENTOS Y RETRIBUCIONES GRUPO DE INVERSIONES SURAMERICANA S.A. PREÁMBULO

REGLAMENTO DEL CONSEJO TÉCNICO CONSULTIVO DEL CIESAS. ARTÍCULO l. FUNCIONES

REGLAMENTO DEL USO DE EQUIPOS DE CÓMPUTO, PROYECTORES MULTIMEDIA Y LABORATORIOS DE FACEM

ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL POLÍTICAS DE ADMISIÓN A LAS CARRERAS DE PREGRADO DE LA ESCUELA POLITÉCNICA NACIONAL

REGLAMENTO DE LA ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE UNIVERSIDADES CON TITULACIONES DE INFORMACION Y COMUNICACION

Título I Escolar-Póliza De Participación De Los Padres Escuela de Golden Valley

1. LA SECCIÓN SINDICAL

Municipio de Manta Cundinamarca. Alcaldía Nit No DECRETO Nº 017 Mayo 15 de 2014

PROCEDIMIENTO PARA EL DESARROLLO DEL CAMPEONATO RECREATIVO MUÉVETE UIS

REGLAMENTO CAPITULO I DE LOS MIEMBROS

LA JUNTA DIRECTIVA DEL COLEGIO DE INGENIEROS AGRÓNOMOS DE GUATEMALA CONSIDERANDO

GUIA OPERATIVA RED DE COMITES DE ETICA EN INVESTIGACION CON HUMANOS. RECEIH -Cali

ESTATUTOS DE LA ASOCIACIÓN DE PROFESIONALES EN GERENCIA DE PROYECTOS DEL PMI BOGOTÁ COLOMBIA CHAPTER

MODELO PARA LA INSCRIPCIÓN DE EPSAL Código: OT-R Fecha: 2016/01/04 Versión: 010

SGC para la Formación y Actualización Profesional Docente. Revisión: 7 Referencia a la Norma ISO 9001: Página 1 de 6

INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO REGLAMENTO JUNTA DIRECTIVA REGLAMENTO DE LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO TECNOLÓGICO SUPERIOR DE IRAPUATO

CAPÍTULO 17 ADMINISTRACIÓN DEL TRATADO

REGLAMENTO DEL COMITÉ LATINOAMERICANO DE SEGURIDAD BANCARIA CELAES

El Consejo Municipal de Desarrollo Rural - CMDR, CONSIDERANDO

Estatutos prescritos a los clubes Rotaract

Transcripción:

ESTUDIANTES Y PROFESIONALES ADVENTISTAS Organizada el Artículo I. Nombre El nombre de esta organización será Asociación de Estudiantes Universitarios y Profesionales Adventistas. Artículo II. Propósitos Los propósitos de la Asociación Profesionales Adventistas son: de Estudiantes Universitarios y a. Proveer la oportunidad de relacionarse y disfrutar de una sana comunión entre estudiantes y maestros que asisten a universidades no adventistas y que tienen intereses comunes. b. Promover el crecimiento espiritual, personal y grupal de los miembros de la asociación. c. Animar a los miembros a desarrollar el servicio personal y evangelístico en favor de otros. d. Capacitar a los jóvenes adventistas para afrontar los problemas y tendencias sociales e ideológicas en su paso por el aula, y para hacerle frente a la vida. e. Mantener informados a los miembros sobre la filosofía de nuestra iglesia y de las preocupaciones de la misma. f. Crear programas sociales, culturales y espirituales que promuevan la unidad, la superación y el desarrollo personal de los miembros de la asociación, como la semana del estudiante, el servicio de acción de gracias, etc. g. Capitalizar la experiencia de los profesionales activos para asesorar e inspirar a los estudiantes. h. Brindar apoyo moral, espiritual y financiero para llevar adelante proyectos en bien de los profesionales y estudiantes. i. Que la asociación aporte sus experiencias profesionales al servicio de la de la iglesia. j. Mantener los canales abiertos de comunicación entre las organizaciones y los profesionales, para conocer las oportunidades de trabajo en la obra, y entre empresarios y profesionales adventistas. Artículo III. Membresía a) Todo estudiante universitario y profesional adventista puede ser miembro de la asociación.

b) Los profesionales que sean miembros de la Iglesia Adventista, serán aceptados para formar parte de esta asociación. c) No se discriminará ni habrá privilegios para ser miembro, basados en raza, o sexo en esta organización. Artículo IV. Finanzas Los fondos de esta asociación serán: a. Una cuota anual determinada por la junta directiva. b. Una cuota de inscripción para los congresos regulares. c. Donativos especiales. d. Venta de materiales. Todo capital será utilizado de acuerdo a los planes y decisiones de la junta directiva. Artículo V. Proyectos Todo proyecto será sometido a la aprobación de la junta de la Asociación/Misión, a través del director de actividades juveniles y de educación. Estos proyectos deberán beneficiar: a. A los estudiantes y profesionales de la asociación. b. A la organización inmediata superior (iglesia). c. A la comunidad. Artículo VI. Disolución de la asociación La disolución de esta asociación podrá ejecutarse: a. Por voto de la junta directiva de la Asociación/Misión. b. Por voto de las tres cuartas partes de los delegados y presentes en cualquier sesión regular, con el entendido de que en caso de que se proponga la disolución de la asociación, se notifique en la convocatoria.

REGLAMENTOS Artículo I. Membresía La membresía de esta asociación será activada después de cumplirse los siguientes requisitos: Los requisitos para ser miembro son los siguientes: a. Ser estudiante de una carrera o de centros superiores de educación. b. Ser profesional en cualquier ramo. c. Podrán asistir como invitados al congreso de esta asociación los no adventistas, pero que tienen los mismos intereses o ideales. Será miembro activo todo aquel que haya cumplido satisfactoriamente los requisitos financieros de la organización, y que asiste regularmente a las reuniones convocadas por la directiva. Sección 4 Dejará de ser miembro activo quien deje de apoyar e identificarse con los ideales, intereses y planes de la organización. Artículo II. Cargos Debe ser miembro regular de la Iglesia Adventista del Séptimo Día todo aquel que sea nominado para algún cargo en la Asociación de Estudiantes y Profesionales Adventistas. Cualquier oficial que renuncie a su cargo, deberá hacerlo a través de un escrito dirigido a la junta directiva. Cuando se produzca una vacante, dicho cargo será remplazado por voto de la mayoría del quórum. Artículo III. Enmiendas

Todos los asuntos no mencionados, específicamente, en estos estatutos, serán sometidos a las normas y reglamentos que rigen a nuestra Iglesia y organizaciones superiores. Cuando un reglamento que afecta a la asociación de estudiantes y profesionales es votado por la Asociación/Misión, éste llegará a formar parte de los estatutos. Cualquier modificación a los estatutos de esta constitución deberá ser sometida a la junta de la Asociación de Estudiantes y Profesionales Adventistas. Artículo IV. Junta directiva Los integrantes de la junta directiva de esta asociación serán: un presidente, un vicepresidente, un secretario, un tesorero y un consejero, el cual será elegido entre los pastores de la Asociación/Misión. El director de jóvenes y/o director de educación de la Asociación/Misión será miembro ex oficio de esta junta directiva. Las funciones de la junta directiva de la asociación serán las siguientes: a. Organizar las reuniones de la asociación, las cuales se llevarán a cabo como mínimo dos veces por año, exceptuando los meses de vacaciones. b. Administrar los fondos de la asociación. c. Decidir el lugar y la fecha de la próxima reunión y el orador invitado, en consulta con el líder de jóvenes de la Asociación/Misión. d. Velar para que se cumplan los propósitos de la asociación. e. Apoyar los programas y planes de trabajo del departamento de jóvenes y de educación. Artículo V. Elección de oficiales La elección de los oficiales se efectuará al final de cada año académico. El período de dichas elecciones será por un año lectivo; una persona podrá desempeñar el mismo cargo sólo por dos períodos consecutivos.

Una comisión de nombramientos será la autorizada de estudiar los nombres y presentarlos a la asamblea general para su votación. La comisión de nombramientos puede ser elegida por votación directa del pleno, o a través de un comité. La elección de los oficiales será por voto secreto. Sección 4 Tendrán derecho a votar los miembros de la asociación, los consejeros y oficiales de la asociación u organizaciones superiores. Sección 5 El director de jóvenes de la Asociación/Misión y/o el director de educación serán responsables de presidir las juntas de nombramientos; los administradores o departamentales de la Asociación/Misión y de las organizaciones superiores que estén presentes, podrán asistir a la comisión de nombramientos en su calidad de consejeros. Sección 6 Con la presencia de un 60% de los delegados habrá quórum para sesionar. Sección 7 Se tendrá en cuenta, que si el presidente es un profesional, el vicepresidente deberá ser un estudiante, o viceversa.