DEDUCCIÓN ADICIONAL DE 3 UIT AL IMPUESTO A LA RENTA EN PERSONAS NATURALES
Base Legal D.L. 1258, modifica la Ley del Impuesto a la Renta D.S. 399-2016-EF Establecen las profesiones, artes, ciencias, oficios y/o actividades que darán derecho a la deducción a que se refiere el inciso d) del artículo 46 de la Ley del Impuesto a la Renta D.S. 033-2017-EF Reglamento del D.L. 1258 Ley 30551 incorpora un segundo párrafo al artículo 79 del texto único ordenado de la ley del impuesto a la renta, aprobado por el decreto supremo 179-2004-ef, modificado por el decreto legislativo 1258
Justificación Se busca combatir la informalidad En rentas de trabajo sólo podían deducir 7 UIT, donaciones e ITF Compensación de deducciones de 3 UIT Con el aumento de recaudación por impuesto a la renta
Deducciones Permitidas De 4ta y 5ta Categoría se Deducen 7 UIT (Monto fijo no sustentable) Adicionalmente se pueden deducir 3 UIT (Sustentadas)
Novedad 2017 Rentas de trabajo Antes del DL 1258 Deducción Renta Anual: 7 UIT 7 UIT + 3 UIT (S/.12,150). Podrá deducir hasta: 10 UIT (S/.40,500)
El cálculo del Impuesto a la Renta Anual de PPNN se realiza deduciendo las 7 UITs a los ingresos netos anuales y 3 UITs adicionales que se sustentan de acuerdo a la forma y oportunidad que señala el reglamento Si producto de la determinación del impuesto a la renta de PPNN se generara un saldo a favor del contribuyente este podrá solicitar su devolución de acuerdo al procedimiento general de determinación de la deuda de SUNAT
Conceptos de la Deducción Adicional Hasta el Límite de 3 UIT
Nuevos Gastos Deducibles para PPNN Arrendamiento/ subarrendamiento de inmuebles Intereses de Créditos Hipotecarios primera vivienda Gastos Deducibles (3 UIT) Honorarios profesionales de médicos y odontólogos Servicios prestados Rentas de cuarta categoría Aportes ESSALUD Trabajadores del Hogar
Gasto por arrendamiento y/o Subarrendamiento Inmuebles situados en el país No estén destinados exclusivamente al desarrollo de actividades que generen rentas de tercera categoría Será Deducible como gasto el 30% de la Renta Convenida Renta convenida: íntegro de la contraprestación pagada por el arrendamiento o subarrendamiento del inmueble. Importe pagado por los servicios suministrados por el locador y el monto de los tributos que tome a su cargo el arrendatario o subarrendatario y que legalmente corresponda al locador
Consideraciones Condiciones Sustento Inmueble ubicado en Perú, no destinado exclusivamente a actividades de tercera cat. Sólo será deducible: 30% de la renta convenida. Si el arrendador es PPNN: Voucher del impuesto pagado por alquiler (Form.1683). Si el arrendador es PPJJ: C/P físicos o electrónicos. A partir de julio sólo Factura Electrónica. Deducción anual: S/.600 X 12 Deducir S/. 7200 S/. 2 000 X 30% Deducir: S/. 600 Renta convenida: S/. 2 000
Intereses de Créditos Hipotecarios Primera Vivienda Se considera crédito hipotecario para vivienda al tipo de crédito establecido en las normas de SBS de igual forma el concepto de primera vivienda Los créditos otorgados para la refacción, remodelación, ampliación, mejoramiento y subdivisión de vivienda propia Los contratos de capitalización inmobiliaria Será Deducible como gasto el 100% de los intereses Los contratos de arrendamiento financiero
Consideraciones Condiciones Sólo para adquisición o construcción de primera vivienda inscrita en RRPP. Sólo 1 crédito. Deducción 100% de intereses. No incluye intereses moratorios. Sustento Documento autorizado emitido por las entidades financieras y más adelante, facturas electrónicas. Ejemplo: 100% de intereses ( S/.500) x 12 meses = S/.6000
Honorarios Profesionales de Médicos y Odontólogos Servicios prestados en el país Califiquen como rentas de cuarta categoría Será Deducible como gasto el 30% de los honorarios profesionales
Gastos por atención de salud (médicos y odontólogos) Gastos deducibles Atención de salud del titular. Atención de sus hijos < edad. Atención de sus hijos > edad con discapacidad inscritos en CONADIS. Cónyuge o concubino(a) insc. Reg. Personas SUNARP. Condiciones Servicio prestado en Perú. Médicos y odontólogos que realicen su trabajo de forma independiente y emita Recibo por Honorario electrónico. Sustento Recibos por honorarios electrónicos.
Servicios Prestados Rentas de Cuarta Categoría El monto de los servicios prestados en el país cuya contraprestación califique como rentas de cuarta categoría Excepto los referidos a las rentas que se perciban por desempeño de funciones de director de empresas, síndico mandatario, gestor de negocios, albacea y actividades similares, regidor municipal o consejero regional. El MEF estableció las profesiones, artes, ciencias, oficios y/o actividades que darán derecho a la deducción indicada Funciones todas estas por las cuales perciban dietas (reguladas en el inciso b) del artículo 33 de la LIR)
Nuevas profesiones que dan derecho a deducción Se incluyen 13 profesiones (*) : Médicos y odontólogos Abogado Analista de sistemas y computadoras Arquitecto Enfermera Entrenador deportivo Fotógrafo y operador de cámara, cine y tv Ingeniero Intérprete y traductor Nutricionista Obstetra Psicólogo Condiciones y sustento: Los mismos que los señalados para médicos y odontólogos, excepto que el gasto deducible será exclusivamente para el titular. Tecnólogo médico Veterinario
Aportes ESSALUD Trabajadores del Hogar El monto de las aportaciones al Seguro Social de Salud ESSALUD que se realicen por los trabajadores del hogar de conformidad con el artículo 18 de la Ley N 27986, Ley de los Trabajadores del Hogar o norma que la sustituya Los gastos por aportaciones al Seguro Social de Salud ESSALUD, serán deducibles por el contribuyente que se encuentre inscrito como empleador en el Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar
Gastos por aportación ESSALUD Trabajadores del Hogar Condiciones: El contribuyente debe encontrarse inscrito como empleador en SUNAT (Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y sus Derechohabientes) Sustento: Form. 1676. Remuneración trabajador del hogar S/. 850 Aporte empleador ESSALUD (9%) S/. 77 Se podrá deducir en la Renta Anual: 77x 12 = S/. 924
Cómo se Deduce Renta 5ta. Categoría (-) 7 UIT (-) Gastos del Art. 46 de la LIR, hasta el limite de 3 UIT Renta Neta de 5ta. Categoría --- / Saldo a favor + Renta de 4ta. Categoría 20 % Renta Neta del Trabajo Renta Bruta PN Deducción 7 UIT Deducción 3 UIT Hasta el límite de la renta neta de 4ta y 5ta categoría
Ejemplo Henry Cotrado tiene los siguientes ingresos 4ta categoría : 40 000 5ta categoría : 30 000 Gastos 2017 Médicos odont. : 2 000 Crédito hipotecario AMORTIZACIÓN INTERESES CUOTA 2016 6540 4050 10 590 2017 7550 3560 11 110 De acuerdo al D.L. 1258, puede deducir adicionalmente: Gastos médicos odontológicos 2000 * 30% = 600 Intereses hipotecarios. 3560 (intereses del 2017) TOTAL DEDUCCIÓN : 4160
30 000 (-) 28350 7 UIT (-) 4160 Gastos del Art. 46 de la LIR, -2510 Saldo a favor + 32 000 Renta de 4ta. Categoría 20 % 29 490 Renta Neta del Trabajo
Precisiones Complementarias Los que obtengan rentas de 4 y 5 categoría sólo podrán deducir el monto adicional, hasta 3 UIT por una sola vez. Las retenciones de 5 categoría se efectuarán considerando las 7 UIT de deducción. Las 3 UIT adicionales serán objeto de devolución luego del recálculo Debe haber sustento en comprobante electrónico o recibo por arrendamiento no siendo deducible si el emisor es no habido o tiene baja de inscripción o se le haya notificado la baja de inscripción en el RUC
Precisiones Complementarias El trabajador deberá utilizar en todos los casos medios de pago para cancelar los gastos deducibles, tales como: Transferencias bancarias. Depósitos en cuenta. Tarjetas de crédito y débito. Serán deducibles los gastos cancelados en el año. Los gastos deben sumar como máximo: 3UIT por año ( S/.12,150 para el 2017).
CASO PRÁCTICO ELENA SALVADOR ES UNA PPNN QUE PERCIBE ÚNICAMENTE RENTAS DE QUINTA CATEGORÍA En el año 2017 percibe un ingreso mensual de S/ 5,000 y su empleador le retiene S/ 4,616 por I.R. 5ta. Categoría Adicionalmente durante el año 2017 realiza los siguientes gastos: - Alquiler de un inmueble S/. 1000 por mes - Intereses por crédito hipotecario 1ra vivienda S/. 600 mensual - Atención médica para ella S/. 5000 - Atención médica para su menor hijo S/. 4000 - Contrata la asesoría de un abogado S/. 2000 - Realiza aportes a ESSALUD por su trabajadora del hogar por S/. 77 mensual Calcular el I.R. para el ejercicio 2017
Gastos Caso Práctico Elena es una trabajadora en planilla Durante el año 2017 realiza los siguientes gastos: Alquiler de inmueble: S/ 1,000 mensual Intereses crédito hipotecario 1ra. vivienda: S/ 600 mensual Atención médica: Elena S/ 5,000 Hijo menor de edad S/ 4,000 Asesoría de abogado: S/ 2,000 Aportes ESSALUD trabajador del hogar: S/ 77 mensual Cálculo de la Deducción Alquiler: 1,000 x 12 meses = 12,000 x 30% 3,600 Intereses: 600 x 12 meses = 7,200 7,200 Aten. Médica: 5,000 + 4,000 = 9,000 x 30% 2,700 Ases. abogado:2,000 x 30% 600 Essalud: 77 x 12 meses = 924 924 Total de gastos 15,024 Monto máximo a deducir (3 UIT) 12,150
Antes Con DL 1258 Descripción Deducción de 7 UIT Deducción de 10 UIT S/. S/. Total Rentas de Cuarta Cat. - - Total Rentas de Quinta Cat. 70,000 70,000 Total Rentas de Cuarta y Quinta Cat. 70,000 70,000 (-) Deducción de 7 UIT (Hasta el límite del total renta de cuarta y quinta cat.) 28,350 28,350 (-) Deducción de hasta 3 UIT sustentadas No aplica 12,150 (-) Deducción por ITF - - (-) Deducción por Donaciones - - Total Renta Imponible de Trabajo 41,650 29,500 Renta imponible de trabajo Tasa Tramos Impuesto Tramos Impuesto Hasta 5 UIT (S/. 20,250) 8% 20,250 1,620 20,250 1,620 Por el exceso de 5 UIT (S/. 20,250) y hasta 20 UIT (S/. 14% 21,400 2,996 9,250 1,295 81,000) Por el exceso de 20 UIT (S/. 81,000) y hasta 35 UIT (S/. 17% - - - - 141,750) Por el exceso de 35 UIT (S/.141,750) y hasta 45 UIT (S/.182,250) 20% - - - - Por el exceso de 45 UIT (S/.182,250) 30% - - - - Impuesto a la renta 4,616 2,915 Pagos a cuenta y/o saldo a favor de periodos anteriores - - (-) Retenciones de 5ta categoría - 4,616-4,616 Impuesto a pagar / Saldo a favor CERO - 1,701
Recomendaciones 1. Si eres un trabajador dependiente que recibe sólo remuneración en planilla deberás contar con Clave SOL pero no necesitas sacar RUC. 2. No olvides solicitar tus comprobantes de pago e indicar que es para gasto deducible de Persona Natural y dar tu número de DNI. 3. En caso tus gastos deducibles sean sobre intereses de crédito hipotecario o arrendamiento, ten en cuenta que podrás atribuir el 50% de estos gastos a tu cónyuge o concubino en la forma que señale SUNAT más adelante. 4. En caso tus gastos deducibles sean sobre intereses de crédito hipotecario podrán atribuir el % que corresponda a los copropietarios en la forma que señale SUNAT más adelante.
Gracias por su atención MUCHAS GRACIAS