Asamblea Nacional Secretaría General TRÁMITE LEGISLATIVO 2017-2018 ANTEPROYECTO DE LEY: 025 PROYECTO DE LEY: 538 LEY: GACETA OFICIAL: TÍTULO: POR EL CUAL SE MODIFICA LA LEY 51 Y SE CREA JUBILACIONES PARA LOS TRABAJADORES DISCAPACITADOS A LOS 25 AÑOS DE LABORES FECHA DE PRESENTACIÓN: 18 DE JULIO DE 2017. PROPONENTE: H.H.D.D. ROSA CANTO Y MARIA DELGADO. COMISIÓN: TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL. Apartado 0815-01603 Panamá 4, Panamá
; ' Panamá, 17 de julio del 2017. Honorable Diputada YANIBEL ABREGO Presidente de la Asamblea Nacional Respetada, señora Presidenta: Actuando en nuestra condición de Diputado de la República, concurrimos ante usted, respetuosamente, a fin de presentar para consideración de esta Asamblea el Anteproyecto de Ley "POR EL CUAL SE MODIFICA LA LEY 51 Y SE CREA JUBILACIONES PARA LOS TRABAJADORES DISCAPACITADOS A LOS 25 AÑOS DE LABORES", el cual se merece la siguiente Exposición de Motivos. EXPOSICiÓN DE MOTIVOS: En el mundo moderno en el que vivimos y más en la actualidad existe en todas partes del mundo una masa de población que requiere, de una u otra forma, que los gobiernos vuelvan la mirada hacia ellos y elaboren pollticas de Estado tendientes a brindar un apoyo efectivo y eficaz y a que analicemos detenidamente que este tipo de personas reciban de manera directa e indirecta, los mecanismos legales que les asegure una garantfa de sus derechos y que se hagan efectivos a las partes en una política de Estado serio, coherente, prudente y tiempo oportuno, de tal suerte que no se vean marginados de los beneficios que de diversas maneras puede un gobierno ejercer, promover y proveer a grupos sociales que los hay en todas las sociedades del mundo, pero que requieren de una adecuada reglamentación legal que opere con regularidad y con seguridad. Para un discapacitado, resulta una ardua labor poder conseguir trabajo, y una vez que lo consigue las condiciones en que se desenvuelve se le convierte en un verdadero problema y en muchas ocasiones en objeto de burla, humillaciones y limitaciones, por su propia condición humana, circunstancia que amerita que a este grupo humano se le de el apoyo necesario que le permita una vida más normal, cónsona con las necesidades de ser humano, lo que convierte el tema en una exigencia social y de dimensiones considerables para que sea incorporado al sistema de trabajo de un pars, con expectativas de desarrollo y evolución. Es por ello que la idea de un sistema que asegure a los discapacitados será a una jubilación después de 25 años de servicio, como trabajadores, sería de muchísima utilidad y de aceptación ciudadana, pues estarra extendiendo un beneficio a un gran número de personas que en muchos paises alcanza del 12 o 18 por ciento de la población total de un pars. No se puede hablar de país de primer mundo ni podemos aspirar a ello si en el proceso de desarrollo de nuestro país no elaboramos politicas públicas, que sirvan de soporte económico a los habitantes y que permitan condiciones especiales a un grupo humano que lo necesita para poder subsistir y poder adaptarse a la vida moderna con todos sus inconvenientes y que suma un gran porcentaje de la población actual.
",. Apoyar a esta población de manera permanente es ejecutar las politicas adecuadas con las exigencias que la vida modema promueve y obliga a que los gobiemos sean responsables asl como el MIDES en la administración de este gobierno proyecta hacia la comunidad, apoyos constantes hacia las personas de 120 a los 60 y otras actividades en las que con mayor razón los trabajadores discapacitados requieren, Que el Estado extienda sus beneficios a los discapacitados con 25 años de labores con jubilaciones como una consideraci6n especial a quienes por su incapacidad flsica se les brinde un mecanismo que garantice una subsistencia decorosa es necesario. Las politicas públicas de asistencia sociales reciben o deben recibir el beneplácito de toda la poblaci6n y más en este caso que va dirigido a un grupo humano que por su condición de discapacidad no tienen la misma consistencia flsica y mental que el resto de la poblaci6n humana. El Estado en la actualidad aspira a mejorar la vida de la poblaci6n en consecuencia el momento es oportuno y a la fecha presente una ley que le garantice a los discapacitados este beneficio debe ser visto como un avance y una conquista de esta Asamblea Nacional actual en lograr beneficios para las clase sociales necesitadas. Nosotros como politicos tenemos una misi6n sagrada y ella es representar la voluntad popular y ser el canal facilitador que otorga a la poblaci6n humana mejores condiciones de vida, de seguridad de prosperidad y un ambiente de trabajo que asegure a cada uno un derecho a una subsistencia decorosa, Es por ello que me anima el tema y me obliga como Diputada de esta augusta cámara a presentar este anteproyecto de ley, con la seguridad que darán ustedes el apoyo necesario para que se convierta en ley de la República por ser el mismo de carácter social y humanitario~ Q ~ k ~SJO]r
ANTEPROYECTO DE LEY No., De...:de 2013 "ANTEPROYECTO DE LEY POR EL CUAL SE MODIFICA LA LEY 51 Y SE CREA JUBILACIONES PARA LOS TRABAJADORES DISCAPACITADOS A LOS 25 AÑOS DE LABORES". LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: ARTICULO PRIMERO: Tendrán derecho a jubilación los trabajadores discapacitados que hayan cumplido 25 años de servicio. ARTICULO SEGUNDO: Esta Ley comenzará a regir el dia siguiente de su promulgación. CUMUNIQUESE y PUBLIQUECE. Presentado a consideración del Honorable Pleno de la Asamblea Nacional, hoy 17 de julio del 2017, por la Honorable Diputada ROSA CANTO ~"OQCo-u~
M~MI'l'DL.CM NACIONAL Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social H.D. JOSÉ LUIS CASTILLO GÓMEZ Teléfono: 512-8300, ext. 8831/8102 Presidente Panamá, 12 de septiembre de 2017 Honorable Diputada y ANIBEL ABREGO SMITH Presidenta Asamblea Nacional S. D. Respetada señora Presidenta: Debidamente analizado y prohijado por la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social en reunión efectuada el 12 de septiembre de 2017, en el Salón B-l del cuarto piso del edificio nuevo de la Asamblea Nacional, le remitimos para los trámites correspondientes el Proyecto de Ley '''Por el cual se modifica la ley 51 y se crea jubilaciones para los trabajadores discapacitados a los 25 años de labores", que corresponde al Anteproyecto de Ley 25, originalmente presentado por las Diputadas Rosa Canto y María Delgado. En virtud de lo dispuesto en el Artículo 1 09 del Reglamento Interno, le solicito se sirva impartir las instrucciones de rigor, con el objeto de que el citado Proyecto sea sometido próximamente a Primer Debate. Atentamente, LUI~ILLO H.D. JOSÉ GÓMEZ Presidente de la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social Apartado 0815-01603 Panamá, Rep. de Panamá Palacio Justo Arosemena
(jl,,)-r EXPOSICiÓN DE MOTIVOS?'~ ""~ En el mundo moderno en el que vivimos y más en la actualidad existe en todas partes del mundo una masa de población que requiere, de una u otra forma, que los gobiernos vuelvan la mirada hacia ellos y elaboren políticas de Estado tendientes a brindar un apoyo efectivo y eficaz y a que analicemos detenidamente que este tipo de personas reciban de manera directa e indirecta, los mecanismos legales que les asegure una garantía de sus derechos y que se hagan efectivos a las partes en una política de Estado serio, coherente, prudente y tiempo oportuno, de tal suerte que no se vean marginados de los beneficios que de diversas maneras puede un gobierno ejercer, promover y proveer a grupos sociales que los hay en todas las sociedades del mundo, pero que requieren de una adecuada reglamentación legal que opere con regularidad y con seguridad. Para un discapacitado, resulta una ardua labor poder conseguir trabajo, y una vez que lo consigue las condiciones en que se desenvuelve se le convierte en un verdadero problema y en muchas ocasiones en objeto de burla, humillaciones y limitaciones, por su propia condición humana, circunstancia que amerita que a este grupo humano se le de el apoyo necesario que le permita una vida más normal, cónsona con las necesidades de ser humano, lo que convierte el tema en una exigencia social y de dimensiones considerables para que sea incorporado al sistema de trabajo de un país, con expectativas de desarrollo y evolución. Es por ello que la idea de un sistema que asegure a los discapacitados será a una jubilación después de 25 años de servicio, como trabajadores, sería de muchísima utilidad y de aceptación ciudadana, pues estará extendiendo un beneficio a un gran número de personas que en muchos países alcanza del 12 o 18 por ciento de la población total de un país. No se puede hablar de país de primer mundo ni podemos aspirar a ello si en el proceso de desarrollo de nuestro país no elaboramos políticas públicas, que sirvan de soporte económico a los habitantes y que permitan condiciones especiales a un grupo humano que lo necesita para poder subsistir y poder adaptarse a la vida moderna con todos sus inconvenientes y que suma un gran porcentaje de la población actual.,. Apoyar a esta población de manera permanente es ejecutar las políticas adecuadas con las exigencias que la vida modera promueve y obliga a que los gobiernos sean responsables así como el MIDES en la administración de este gobierno proyecta hacia la comunidad, apoyos constantes hacia las personas de 120 a los 60 y otras actividades en las que con mayor razón los trabajadores discapacitados requieren,
Que el Estado extienda sus beneficios a los discapacitados con 25 años de labores con jubilaciones como una consideración especial a quienes por su incapacidad física se les brinde un mecanismo que garantice una subsistencia decorosa es necesario. Las políticas públicas de asistencia sociales reciben o deben recibir el beneplácito de toda la población y más en este caso que va dirigido a un grupo humano que por su condición de discapacidad no tienen la misma consistencia física y mental que el resto de la población humana. El Estado en la actualidad aspira a mejorar la vida de la población en consecuencia el momento es oportuno y a la fecha presente una ley que le garantice a los discapacitados este beneficio debe ser visto como un avance y una conquista de esta Asamblea Nacional actual en lograr beneficios para las clase sociales necesitadas. Nosotros como políticos tenemos una misión sagrada y ella es representar la voluntad popular y ser el canal facilitador que otorga a la población humana mejores condiciones de vida, de seguridad de prosperidad y un ambiente de trabajo que asegure a cada uno un derecho a una subsistencia decorosa, Es por ello que me anima el tema y me obliga como Diputada de esta augusta cámara a presentar este anteproyecto de ley, con la seguridad que darán ustedes el apoyo necesario para que se convierta en ley de la República por ser el mismo de carácter social y humanitario
PROYECTO DE LEY No. De de 2017 --------- ----------- "POR EL CUAL SE MODIFICA LA LEY 51 Y SE CREA JUBILACIONES PARA LOS TRABAJADORES DISCAPACITADOS A LOS 25 AÑOS DE LABORES", LA ASAMBLEA NACIONAL DECRETA: ARTICULO PRIMERO: Tendrán derecho a jubilación los trabajadores discapacitados que hayan cumplido 25 años de servicio, ARTICULO SEGUNDO: Esta Ley comenzará a regir el día siguiente de su promulgación. ClIMUNIQUESE y PUBLlQUECE. POR LA COMISiÓN DE TRABAJO, SALUD Y DESARROLLO SOCIAL '1 HD. MARIO LAZARUS Vicepresid~n,te /". " /~i' e f. ~--.,.,"--- HD. GABRIEL SOTO Comisionado Presidente 0 ~ v/;,/ '?t \(1,; Hti:JiOR Secretari. ( ~",~/{I: r~}---(~[j HO. SALVADOR REAL A CANTO Comisionada Comisionado