Reglamentación Ley Mercado de Capitales. Reglamentación C.N.V. de la Ley 26.831 y Decreto Reglamentario 1023/13. Nuevo texto ordenado 2013



Documentos relacionados
MERCADO ARGENTINO DE VALORES S.A. Mercado registrado bajo el N 15 de la CNV

El mercado bursátil en la Argentina

Resolución Conjunta 208/2014 y Resolución General 628/2014. SAGP y CNV. Mercado de Capitales. Contratos Futuros. Contratos.

GUIA PARA EL TRAMITE DE SOLICITUDES DE NEGOCIACION EN EL MAE

Resolución S.B.S. Nº El Superintendente de Banca y Seguros CONSIDERANDO:

REGULACIONES CAMBIARIAS Y MERCADO INMOBILIARIO

RECOPILACIÓN DE NORMAS DE CONTROL DE FONDOS PREVISIONALES ADMINISTRADORAS DE FONDOS DE AHORRO PREVISIONAL LIBRO I AUTORIZACIONES Y REGISTROS

TEXTO RESALTADO CON CARACTERES ESPECIALES PARA DESTACAR CAMBIOS TEXTO ORDENADO ACTUALIZADO DE LAS NORMAS SOBRE B.C.R.A.

INFORMACIÓN GENERAL SOBRE

REGLAMENTO DE OPERACIONES EN RUEDA DE BOLSA Resolución CONASEV Nº EF/94.10 TITULO I DISPOSICIONES GENERALES

INFORME TRIMESTRAL AL CONTRATO DE AGENTE FINANCIERO

AVISO DE SUSCRIPCIÓN

EPÍGRAFE 74º.- OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES EN MERCADOS EXTRANJEROS

REGLAMENTO DE LA LEY DE CASAS DE CAMBIO

Agente de Compensación y Liquidación Integral Nro. 108 Comisión Nacional de Valores CODIGO DE CONDUCTA

Nos dirigimos a Uds. a los efectos de comunicarles que con vigencia a partir del inclusive, se ha dispuesto lo siguiente:

OBLIGACIÓN DE INFORMACIÓN SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO

Bolsa de Valores ( Ver Nota 1 ) Compra o venta de valores de Renta Variable.(Recepción de órdenes, transmisión y liquidación).

SUPERVISION DE ENTIDADES REGULADAS. CASO PRÁCTICO EN ARGENTINA

COMUNICACIÓN A /10/2011

Cuál es el modelo de la Integración de los Mercados de Perú, Chile y Colombia?

RESOLUCIÓN DE MESA DIRECTIVA N 1627

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA. TEXTO CONSOLIDADO Última modificación: 29 de junio de 2015

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

REGLAMENTO PARA LA UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS DE ASISTENCIA AID LÍNEA DE CRÉDITO N 2A

NIFBdM B-12 COMPENSACIÓN DE ACTIVOS FINANCIEROS Y PASIVOS FINANCIEROS

REGISTRO y CUSTODIA DE VALORES EN EL PERU (Custodia y depósito de valores en el Perú)

Corretaje, Sociedades Administradoras y Compañías Inversoras Página 1

Fondos Comunes de Inversión Educación Mercado de Capitales

FONDOS DE INVERSION ABIERTOS EN CHILE

REGLAMENTO PARA LA APERTURA DE CUENTAS DE AHORROS

FORMULARIO RC RELATIVO A LOS REQUERIMIENTOS DE CAPITALIZACIÓN DE LAS INSTITUCIONES DE CRÉDITO (vigente a partir de 1 abril del 2015)

GARANTÍAS. Se incluyen en esta categoría, con el carácter de enumeración taxativa, las siguientes:

REPÚBLICA DE COLOMBIA. liberlod yorden. MINISTERIO DE HACIENDA Y CRÉDITO PlISLlCO 22 JUN201S

DECLARACIÓN DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO Plazo de presentación hasta el 31 de marzo

ASPECTOS MÁS DESTACADOS DE LEY DE MUTUAS APROBADO POR EL PLENO DEL CONGRESO

DECLARACIÓN INFORMATIVA REFERIDA A 2013 SOBRE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO

GUIA DE NEGOCIACIÓN EN EL MAE ARANCEL EMISORES PROCEDIMIENTO PARA SU PAGO TRAMITES DE NEGOCIACION

Principios generales de protección de los instrumentos financieros de clientes.

Qué es el Fondo de Seguro de Depósito?

RECOPILACIÓN DE NORMAS DE REGULACIÓN Y CONTROL DEL SISTEMA FINANCIERO LIBRO II REQUISITOS MÍNIMOS DE LIQUIDEZ Y RELACIONES TÉCNICAS

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

ASESORIA DE POLITICA ECONOMICA - APRUEBA REGLAMENTO DE CREDITOS DE LIQUIDEZ A LAS ENTIDADES DEL SISTEMA DE INTERMEDIACION FINANCIERA.

ORDEN EHA/XX/2007 por la que se regulan determinados aspectos del régimen jurídico del depositario de instituciones de inversión colectiva.

Ciudad de Córdoba, [ ] de [ ] de Señores [ ]

República de Colombia DECRE70

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

BANCO CENTRAL DE VENEZUELA RIF: G

NIFBdM C-7 OTRAS INVERSIONES PERMANENTES

Manual de Contabilidad

REGIMEN INFORMATIVO CONTABLE MENSUAL 6. RELACION PARA LOS ACTIVOS INMOVILIZADOS Y OTROS CONCEPTOS (R.I. -A.I.) - Indice -

Boletín Jurídico 3.- CONSULTA SOCIETARIA: EMPRESA UNIPERSONAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA

TEMAS 4 y 5 EL CICLO CONTABLE Y EL PLAN GENERAL CONTABLE PREGUNTAS TEST

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

DOCUMENTO CON INFORMACIÓN CLAVE PARA LA INVERSIÓN STER-EQ

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

I. DISPOSICIONES GENERALES

REQUISITOS DE AUTORIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO PARA PUESTO DE BOLSA

Marimón Abogados OBLIGACIÓN DE REALIZAR DECLARACIONES INFORMATIVAS SOBRE BIENES Y DERECHOS EN EL EXTRANJERO

OPERACIONES CON FONDOS COMUNES DE INVERSIÓN

Política sobre relación con clientes

LEY FONDOS DE INVERSIÓN

VII. Régimen cambiario

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

FRACCIONAMIENTO DEL RIESGO CREDITICIO Sección 3. Financiaciones comprendidas Primas por opciones de compra y de venta tomadas.

ALTERNATIVAS DE INVERSIÓN Y FINANCIAMIENTO EN EL MERCADO DE CAPITALES

Sociedad Anónima ("SA")

Política Conflicto de Interés

INSTRUCCIONES PARA LA CONFECCIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA N Movimientos de partidas financieras del activo y el pasivo del fondo de inversión.

DMEDIO DOCUMENTO CON INFORMACIÓN CLAVE PARA LA INVERSIÓN

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

Cuáles son los mecanismos de supervisión de un fondo de pensiones?

Capítulo III. Sección

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

REGLAMENTO DE ENTIDADES ESTRUCTURADORAS DEL MERCADO DE VALORES CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

SISTEMAS DE CAPITALIZACIÓN INVERSIÓN OBLIGATORIA DE RESERVAS MATEMÁTICAS Y OTROS FONDOS RESOLUCIÓN GENERAL I.G.J. N 3/99.

AVISO DE SUSCRIPCIÓN. YPF Sociedad Anónima

CIRCULAR-TELEFAX 40/2000

REGLAMENTO DEL SISTEMA DE LLAMADA POR LLAMADA EN EL SERVICIO PORTADOR DE LARGA DISTANCIA, APLICABLE A LOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS MÓVILES

ADDENDUM AL ACUERDO GENERAL DE INTERCONEXIÓN. OIR 2010 ACCESO AL SERVICIO DE CONSULTA TELEFÓNICA SOBRE NÚMEROS DE ABONADO, 118AB

MODELO 720 DECLARACION INFORMATIVA DE BIENES Y DERECHOS SITUADOS EN EL EXTRANJERO

Nos dirigimos a Uds. a efectos de comunicarles que se ha dispuesto con vigencia a partir del inclusive, lo siguiente:

CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA FEDERACIÓN DE ASOCIACIÓNES DE JÓVENES EMPRESARIOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE (JOVEMPA) Y CAJA RURAL CENTRAL

CUENTAS DE COMPENSACIÓN SUBDIRECCION DE GESTION DE CONTROL CAMBIARIO

Pensión de Invalidez

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

Resolución Numero 4/2003. Normas contables para Agentes y Sociedades de Bolsa

LÍNEAS DE CRÉDITOS ICO 2009 ICO-PYME

Principales modificaciones! de. la nueva normativa propuesta! para el mercado de valores. Antecedentes

RESUMEN DEL MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE PREVENCIÓN DEL BLANQUEO DE CAPITALES Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO. Febrero, 2014

COMUNICACIÓN A /06/2008

Regulación cambiaria y desarrollo del mercado de capitales Simposio de Mercado de Capitales Medellín, mayo 2010

Fondos de Inversión de Capital Extranjero Ley Nº LEY Nº (1) AUTORIZA CREACION DE FONDO DE INVERSION DE CAPITAL EXTRANJERO TITULO I

FOLLETO INFORMATIVO DE TARIFAS MÁXIMAS EN OPERACIONES Y SERVICIOS DEL MERCADO DE VALORES INDICE

NORMAS DE PROCEDIMIENTO

Política General de Salvaguarda de Instrumentos Financieros

Superintendencia de Administradoras de Fondos de Pensiones CIRCULAR N 15

Ley sobre Bolsa de Productos. Ley N 26361

Transcripción:

Reglamentación Ley Mercado de Capitales Reglamentación C.N.V. de la Ley 26.831 y Decreto Reglamentario 1023/13 Nuevo texto ordenado 2013

Tipos de Agentes (Título VII N.T.) Agente Productor Agente de Negociación Agente de Liquidación y Compensación Propio (ALyCp) Agente de Liquidación y Compensación Integral (ALyCi) Agentes de Corretaje de Valores Negociables (ACVN)

Agente Productor Agentes productores de agentes de negociación: actividades de difusión y promoción de valores negociables. Estructura jurídica: personas físicas o jurídicas Patrimonio neto mínimo: $ 250.000 Organización Contratos con uno o varios AN y ALyC Código de Conducta Persona física: i) título universitario relacionado con la actividad, ii) Inscripción en Registro de Idóneos, iii) Manifestación de bienes. Personas jurídicas: i) Estados contables anuales, ii) Auditores externos, iii) Personal de asesoramiento inscripto en Registro de idóneos

Agente Productor Limitaciones y prohibiciones Constituir domicilio o desarrollar actividades en el mismo domicilio del AN y ALyC con el que haya suscripto un contrato. Utilizar la denominación de AN y ALyC como propia. Recibir o custodiar fondos o valores negociables de clientes o en nombre de clientes.

Agente de Negociación Agentes de negociación: intermediarios que actúen en la colocación primaria y negociación secundaria a través de los Sistemas de los Mercados. Estructura jurídica: Sociedades Anónimas Patrimonio neto mínimo: $ 1.000.000 Contrapartida: 20%

Agente de Negociación Organización Integrantes de los órganos de administración y fiscalización inscriptos en Registro Especial de CNV Memoria anual y Estados contables trimestrales (42 días corridos de finalizado el trimestre) y anuales (70 días corridos de finalizado el ejercicio) Auditores externos registrados en el registro de auditores externos que lleva la CNV Código de conducta Organigrama Manual de procedimientos Sistema de control interno Sistemas informáticos con auditoría externa anual de sistemas

Agente de Negociación Organización (continuación) Persona con Función de Cumplimiento Regulatorio Persona con Función de Relaciones con el Público Personal de asesoramiento, promoción, etc. inscripto en Registro de Idóneos Convenio con un ALyC Integral Actas de órganos de administración y fiscalización cargadas a la Autopista de Información Financiera (AIF) Convenios de apertura de cuenta con clientes Cumplimiento de las regulaciones aplicables a la Prevención de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo Informe semanal sobre detalle diario de los activos que conforman la contrapartida, cumpliendo las exigencias dispuestas Publicidad de comisiones y costos al cliente. Comisiones máximas autorizadas por CNV

Agente de Negociación Limitaciones y prohibiciones Recibir cobros de clientes ni efectuar pagos a éstos. Recibir, entregar o transferir valores negociables. Efectuar custodia de valores negociables (de la cartera propia o de sus clientes). Custodiar fondos de sus clientes. Liquidar fondos ni valores negociables forma directa con el Mercado o la Cámara Compensadora. Ser depositantes en Agentes de Depósito Colectivo.

Agente de Liquidación y Compensación Los ALyC podrán desarrollar las actividades propias de los Agentes de Negociación. ALyC PROPIO: solamente interviene en la liquidación y compensación de operaciones para cartera propia y de sus clientes. Patrimonio neto mínimo: $ 3.500.000 Contrapartida: 50% ALyC INTEGRAL: interviene en la liquidación y compensación de operaciones para cartera propia y de sus clientes y ofrecer el servicio de liquidación y compensación a otros AN registrados. Patrimonio neto mínimo: $ 15.000.000 Contrapartida: 50%

Agente de Liquidación y Compensación Estructura jurídica: Personas Jurídicas Organización Agente de Liquidación y Compensación propio Idem Agentes de Negociación Segregación de activos de clientes y propios Organización Agente de Liquidación y Compensación Integral Idem Agentes de Negociación Convenios que celebren con AN Segregación de activos de clientes propios, de AN, de clientes de AN y propios de los ALyC

Agente de Liquidación y Compensación Prohibición de financiamiento a clientes: Los ALyC no podrán realizar operaciones que constituyan bajo cualquier forma la concesión de financiamiento, préstamos, adelantos a clientes propios, de AN o a clientes de AN, incluso a través de la cesión de derechos.

Agente de Corretaje de Valores Negociables Agentes de corretaje: poner en relación a dos o mas partes para la conclusión de negocios sobre valores negociables. Estructura jurídica: Sociedades Anónimas Patrimonio neto mínimo: $ 2.000.000 Contrapartida 20% Organización Idem Agentes de Negociación. Auditoría externa anual de sistemas.

Agente de Corretaje de Valores Negociables Obligaciones: - Contar con una membresía otorgada por un mercado. - Registrar diariamente en un libro especial las operaciones concertadas por los participantes con su intervención. - Informar diariamente al Mercado el volumen total operado con su intervención. - Brindar a la CNV, en tiempo real la misma información que suministran a los participantes.

Aplicación PN y Fondos de Garantía La contrapartida exigida para cada tipo de Agente y los Fondos de Garantía Obligatorio y para Reclamo de Clientes deberá estar constituida en los siguientes activos: 1.Activos Disponibles en Pesos y en otras monedas. En cuentas a la vista abiertas en bancos locales y en bancos del exterior. En Plazos fijos precancelables en período de precancelación constituidos en bancos locales. En subcuentas comitentes abiertas en Agentes de Depósito Colectivo (acreencias). En cuentas abiertas en el Banco Central de la República Argentina (BCRA). 2.Activos en Instrumentos Locales Acciones que conforman el ÍNDICE MERVAL 25. Títulos Públicos Nacionales con negociación secundaria. Títulos Emitidos por el BCRA con negociación secundaria. Fondos Comunes de Inversión con liquidación de rescates dentro de las 72 horas.

Aplicación PN y Fondos de Garantía Los sujetos alcanzados podrán reemplazar hasta el 50% de la contrapartida mínima exigida, contratando una Fianza Bancaria por el importe del valor reemplazado. Deberán remitir semanalmente a la CNV (dentro de los 3 días hábiles siguientes de finalizada la semana), por medio de la AIF, un detalle diario de los activos que conforman la contrapartida y los Fondos de Garantía con su respectiva valuación correspondiente a cada día de la semana anterior, indicando entidad, número y denominación completa de la cuenta donde se encuentran en custodia y depositados.

Mercados Control societario de los Mercados a cargo de la CNV Capital representado en acciones de VN $ 1.000 y 1 voto cada una. Oferta pública de sus acciones y listado en un mercado autorizado antes del 31.12.2014. Aplicación obligatoria del Código de Gobierno Societario. Conectividad y difusión de órdenes y operaciones entre mercados: fecha límite 30 de septiembre de 2013. Ruteo de órdenes bajo esquema de interconexión antes del 01.03.2014

Mercados Límite a la tenencia accionaria: Ningún accionista podrá poseer en forma directa o indirecta, individual o conjunta una participación mayor al 20% del capital social. Régimen informativo de tenencias para quienes posean un porcentaje accionario mayor al 2%. La reglamentación no establece plazo para la desinversión.

Mercados y Cámaras Compensadoras Patrimonio neto mínimo Mercados que compensan por si mismo: $ 25.000.000 Mercados que no compensan por si mismo: $ 10.000.000 Cámaras Compensadoras: $ 20.000.000 Como mínimo el 50% de la diferencia entre PN mínimo y el fondo de garantía deberá estar aplicado activos disponibles o en inversiones locales

Mercados Límite a la actuación de los Mercados. Los mercados y sus sociedades controladas o vinculadas no podrán llevar a cabo actividades que compitan con aquellas que pueden llevar a cabo los agentes registrados ante la Comisión, con excepción de la organización de un agente de liquidación y compensación integral.

Mercados y Cámaras Compensadoras Fondo de garantía Para hacer frente a compromisos no cumplidos por los Agentes, originados en operaciones garantizadas, se deberá constituir un fondo de garantía con el 50% como mínimo de las utilidades anuales. La CNV podrá establecer un valor máximo cuando el fondo alcance una magnitud razonable. Los importes aplicados a la constitución de este fondo no están alcanzados por el impuesto a las ganancias.

Mercados y Cámaras Compensadoras Fondo de garantía para reclamos de clientes. Estará conformado por Fondo de Garantía especial que hubiese constituido el Mercado con anterioridad a la sanción de la Ley 26.831. Aportes que efectúen los agentes que registran operaciones (derechos de mercado de cada agente x % que fije la CNV) Rentas derivadas de la inversión del fondo. Recobro a los agentes de las sumas abonadas a clientes por reclamos efectuados. Los mercados no serán titulares de este fondo de garantía, solamente se limitarán a calcular el aporte mensual que deberán realizar los agentes.

Mercados y Cámaras Compensadoras Derechos, aranceles y membresías La comisión aprobará los montos máximos de derechos y aranceles a percibir por los Mercados. Los mercados podrán otorgar membresías a los agentes, respetando lo siguiente: Podrán tener costos iniciales y de mantenimiento. No podrá impedirse que los agentes adquieran membresías de otros mercados ni que liquiden y/o compensen a través de otros Mercados y/o Cámaras.

Mercados Órganos de administración de los Mercados La mayoría de los miembros del órgano de administración deberá reunir la condición de independientes. Igual condición deberá acreditar el Director Ejecutivo en caso de que exista. No se reúne la calidad de independiente cuando: Cuando tenga una participación significativa en la sociedad. Sea miembro del órgano de administración o fiscalización, o sea dependiente de algún agente (AP, AN, ALyC, ACVN) Idem anterior pero respecto de entidades cuyos valores negociables se encuentren listados en el Mercado Está vinculado con el Mercado por una relación de dependencia. Sea miembro del órgano de administración o fiscalización, o sea dependiente de accionistas con participación significativa.

Mercados Interconexión de sistemas: Los Mercados deberán interconectar sus sistemas informáticos con los sistemas de negociación de los otros Mercados de modo tal de permitir: Intercambio de información. La negociación, liquidación y compensación de las operaciones. existencia de libros de órdenes comunes accesibles para todos los agentes de negociación y liquidación registrados ante la Comisión y miembros de algún mercado. Difusión de precios Los mercados deberán difundir al público en general, en tiempo real, sin retraso artificial y sin costo la información de las operaciones realizadas en su seno.

Mercados Operaciones secundarias Los mercados desarrollarán un sistema para el registro de los contratos de derivados no estandarizados, llevados a cabo en forma bilateral con la intervención de entidades bajo competencia de la Comisión y/o agentes registrados ante la Comisión, donde deberán incluir datos registrables agrupados por tipo de contrato y de activo subyacente. Ruedas de operaciones A partir del 01.03.2014 todas las ruedas de operaciones de valores negociables deberán ser efectuadas a través de sistemas informáticos de negociación autorizados por la CNV.

Actuación de las Bolsas No podrán iniciar nuevos trámites de autorización de cotización. Autorizarán el listado de valores negociables en sus mercados adheridos hasta el 01.03.2014. Deberán presentar en forma inmediata ante la CNV al reglamentación transitoria de autorización, interrupción, suspensión y cancelación de Valores negociables.

Actuación de las Bolsas Las Bolsas de Comercio podrán Prestar servicios de asesoramiento. Incubadoras de empresas y desarrollo de mercado de capital de riesgo Desarrollo de Dpto de asistencia a Pymes Precalificación de oferta pública Delegación de tareas a cargo de mercados (Tribunales arbitrales, informativos, etc) Funcionamiento como Cámara Compensadora. Agente custodia de Productos de Inversión Colectiva. Colocación y distribución de VN Desempeño como agente de calificación de riesgo.

Disposiciones transitorias Inscripción definitiva de Mercados y Cámara: 01.03.2014 Oferta pública de Mercados: 31.12.2014 Conectividad de información entre mercados: 30.09.2013 Ruteo de órdenes entre mercados: 01.03.2014. Adecuación de patrimonios de Mercados, Cámaras y Agentes: 50% al 01.03.2014 y 100% al 01.09.2014.

Disposiciones transitorias Muchas gracias

Mercados y Cámaras Compensadoras Administración de márgenes y garantías Fondos de garantía Los mercados y Cámaras deberán constituir los siguientes fondos de garantía bajo la estructura de fideicomisos: Fondo Gtía I: Constituida por Agentes de L y C para márgenes y garantías de sus clientes. Fondo Gtía II: Constituida por Agentes de L y C para márgenes y garantías de clientes que operan a través de ellos. Fondo Gtía III: Constituida por ALyC en función al riesgo generado en los últimos seis meses, para hacer frente en forma mancomunada a incumplimientos por parte de ALyC