Seminario «Asociación Público-Privada» Cámara Argentina de la Construcción Buenos Aires, Agosto 2016 CONCESIONES DE OBRAS PÚBLICAS y resolución de controversias Experiencia en Chile JUAN EDUARDO FIGUEROA VALDÉS Profesor de Derecho Universidad de los Andes, Santiago
TEMAS Introducción: asociación público-privada Inversiones ejecutadas mediante sistema concesión El régimen chileno de concesiones de obras públicas (O.O.P.P.) Resolución de controversias en contratos de concesión de O.O.P.P: Arbitraje Conclusiones
Asociación público-privada Década 90 en Chile: déficit de inversión en infraestructura pública - Carreteras congestionadas e inseguras - Deficiente capacidad aeroportuaria y portuaria - Congestión y deterioro de vialidad urbana Objetivo: solucionar el déficit, mejorando la prestación de servicios realizada por el Estado, sin aumentar la inversión pública.
Inversiones en Chile Panorama general Nueva forma relación contractual entre Estado y privados: Incorporación de inversiones y gestión del sector privado en obras de infraestructura y servicios públicos - 1993: Túnel El Melón, Ruta 5, primera obra adjudicada bajo régimen concesiones - 1993-2016: inversiones por US$ 19.000 millones - Más de 80 obras ya ejecutadas y en funcionamiento
Inversión licitada y materializada, período 1992-2014 (Miles de MMUS$) Fuente: M.O.P.
Resultados Concesiones por Tipo de Obra de Infraestructura
En Santiago: Autopistas urbanas: Altos estándares de seguridad Reducción de 40 70% tiempos de viaje Efectiva conectividad
Inversiones en Chile Panorama general Licitaciones y re-licitaciones 2014-2020: Proyectos por más de US$11.000 millones - Edificios públicos - Estacionamientos subterráneos - Revitalización zonas históricas - Nueva cárcel Copiapó; Tren Santiago Malloco; Aeropuerto Balmaceda. - Re-licitación principales aeropuertos del país.
Inversiones en Chile Panorama general Proyectos 2014-2020 buscan aumentar la oferta de infraestructura en: - 363.810 m2 de infraestructura aeroportuaria - 99.324 m2 de edificios públicos - 930 km. de vías interurbanas - 54 km. de vías urbanas - 600 millones de m3 de soluciones hídricas
Régimen chileno de concesiones de O.O.P.P. Concesión de O.O.P.P. Contrato administrativo entre el Ministerio de Obras Públicas y particular concesionario, el que ejecuta, repara o conserva obra pública fiscal, a cambio del derecho de explotar la obra, y a obtener la tarifa o peaje pactados, dentro del plazo y de acuerdo a las condiciones legales y reglamentarias del decreto de adjudicación.
Régimen chileno de concesiones de O.O.P.P. Licitaciones públicas competitivas y transparentes: viabilidad técnico-económica Contratos BOT (Build, Operate and Transfer) Relación contractual de largo plazo Equilibrio facultades y responsabilidades de Autoridad licitante y privado concesionario; derecho de indemnización Mecanismo de prevención y resolución de controversias: Panel técnico y arbitraje.
Ventajas del sistema de concesiones Aumento de la inversión en infraestructura pública Mejora en la gestión durante construcción y administración de la obra Distribución de los riesgos entre Estado y concesionario Alta credibilidad en el sistema financiero
Regulación régimen de concesiones Decreto Supremo N 900, año 1996 Reforma del año 2010, mediante Ley 20.410: Rango legal al Consejo de Concesiones. Rol y funciones. Seguridad jurídica al particular, frente al cambio en las condiciones de contratación: - Antes de la reforma: bastaba el «interés público» - Reforma: «acto sobreviniente de autoridad con potestad pública». Requisitos. Debida indemnización: equilibrio económico del contrato Desincentivo de evasión del pago de los peajes por los usuarios Resolución de controversias.
Resolución de controversias en contratos de concesión de O.O.P.P. Modelo previo a la reforma de 2010 - Comisión Conciliadora. Integración y funciones. En caso de no lograr acuerdo, se transformaba en: - Comisión Arbitral, como árbitro arbitrador. - Proceso: 1. Demanda (Concesionaria) 2. Contestación (MOP) 3. Período de prueba 4. Sentencia definitiva Luego de la Reforma 2010 (1) Creación del Panel Técnico o «Dispute Board», reemplazante de Comisión Conciliadora; (2) Comisión Arbitral, como árbitro mixto. Proceso: 1. Demanda (Concesionaria/MOP) 2. Contestación (Concesionaria/MOP) 3. Período de prueba 4. Sentencia definitiva
Resolución de controversias: Primera etapa Panel Técnico o «Dispute Board» Experiencia comparada y desarrollo de su normativa, Reglamento ICC Designación por Consejo de Alta Dirección Pública. Integración: 5 profesionales (2 ingenieros, 2 abogados y 1 profesional de ciencias económicas). 6 años en el cargo. Decisiones no vinculantes
Resolución de controversias: Panel Técnico o «Dispute Board» Ámbito de competencia: evaluación técnica y económica del contrato; estado de avance, costos y plazos; controversias ante término del contrato por incumplimiento grave.
Resolución de controversias: Panel Técnico o «Dispute Board» Ventajas: - Carácter permanente - Nivel técnico - Recomendaciones objetivas e independientes - Conocen «in situ» el conflicto, utilidad para posterior arbitraje o reclamo.
Resolución de controversias: Comisión Arbitral Integrada por 3 profesionales universitarios, a lo menos 2 abogados. Elegidos por las partes del contrato, de nóminas confeccionadas por Corte Suprema y Tribunal de Defensa de Libre Competencia, mediante concurso público. Plazo para reclamar: 2 años.
Resolución de controversias: Comisión Arbitral Conoce como árbitro mixto: árbitro arbitrador en cuanto al procedimiento (equidad) y de derecho en el fallo (consideraciones de hecho, derecho, técnicas y económicas). Sana crítica al apreciar la prueba. Decisiones no susceptibles de recursos. Posibilidad de recurrir directamente ante la justicia ordinaria: Corte de Apelaciones. Ventajas y desventajas.
Conclusiones Luego de 20 años desde implementación: Régimen de concesiones ha permitido el desarrollo de importantes obras de infraestructura. Mecanismos de resolución de controversias: equilibrio en asociación público-privada. Ante la pérdida de dinamismo: inversiones en infraestructura representan herramienta en contra de la desaceleración y permiten estimular de la economía de un país.
MUCHAS GRACIAS Juan Eduardo Figueroa V. jef@fihsabogados.cl Santiago, Chile