El pensamiento abstracto y la exclusión de lo otro Gabriel Restrepo Estudiante de Filosofía Universidad de los Andes Según se puede ver en El espíritu del cristianismo y su destino, existe un riesgo real de violencia cuando el pensamiento abstracto se materializa en leyes. Al ser éstas conceptos universales vacíos y al decir lo que debe ser la realidad, más que permitir que ésta se despliegue, la fijan y desconocen tanto su movimiento como la multiplicidad de sus posibilidades. Una de las violencias que pueden resultar de este tipo de pensamiento es la exclusión de lo diferente y de lo otro, puesto que, al ser completamente externo a la legalidad que se establece, la universalidad de las leyes desconoce su particularidad y lo ignora en cuanto singularidad e interlocutor válido. Se puede decir entonces que el pensamiento abstracto, que está implícito en la universalidad de las leyes, al fijar la realidad y desconocer su multiplicidad y movimiento, produce una exclusión hacia lo diferente e imposibilita un diálogo con lo otro. Lo que se pretende en este ensayo es exponer cómo se da esta relación estrecha entre la filosofía teórica y las leyes, y ver cómo, a la luz de la crítica de Hegel, se puede entender uno de los peligros reales que dicha relación implica. Es necesario, primero, mostrar lo que implica el pensamiento abstracto y cómo lo trabaja Hegel. Para esto, es de especial importancia el texto Quién piensa abstractamente? La pregunta fundamental en este texto es qué significa el pensar abstracto y qué implicaciones tiene. Hegel manifiesta que quien piensa abstractamente es aquel que no puede pensar más allá de las etiquetas. Es decir, aquel que toma sólo un aspecto de la realidad de un individuo y lo juzga únicamente desde este punto de vista reducido, por lo que desconoce la multiplicidad de su realidad y las diferentes caras que ésta pueda tener: Esto significa pensar
abstractamente: no ver en el asesino más que esto abstracto, que es un asesino, y mediante esta simple propiedad anular en él todo remanente de la esencia humana (Hegel, 2007, p. 155). Con el ejemplo del asesino, Hegel manifiesta que aquellos que no pueden ver más allá de este concepto han fijado la realidad de este individuo y no lo pueden entender más que como asesino. Pero, como un individuo es una multiplicidad de aspectos y también cambio constante, lo que se está llevando a cabo con el pensamiento abstracto es un desconocimiento del otro, porque se ignora su particularidad. Cuando Hegel dice que se anula todo remanente de esencia humana, se puede entender que en realidad se está ignorando su esencia humana completamente, en cuanto a su multiplicidad, porque se fija al individuo y se concibe desde una única perspectiva. El pensar abstracto es, como se ha entendido hasta ahora, el movimiento del pensamiento en el que se juzga al otro y se le abstrae: no se entiende en su totalidad. Es, también, una forma de dominio teórico porque se ejerce una autoridad sobre lo que se abstrae: sólo se juzga al otro desde los presupuestos propios y, por lo tanto, se fija y no se permite que se despliegue libremente. Como se da a entender en Quién piensa abstractamente? el pensar abstractamente es elevar a una cosa a un universal vacío, es decir, a un concepto carente de contenido, que es pura forma. Este concepto, al ser sólo forma, niega el contenido a lo que se le aplica. Hay allí implícita una violencia porque, como se había sugerido, se niega la particularidad de los individuos y, por lo tanto, se desconocen las diferencias. Lo diferente, entonces, no puede ser aceptado o siquiera entendido. Todavía en el campo teórico se puede ver que Hegel en las Lecciones sobre la historia de la filosofía, en la sección en la que habla sobre Zenón de Elea, manifiesta respecto a la dialéctica objetiva lo que implica desconocer el punto de vista que es diferente o ajeno a quien juzga:
Cuando un sistema filosófico refuta a otro suele ocurrir, en efecto, que se tome por la base el primer para luchar, partiendo de él, contra el otro. La cosa se hace fácil y llana, cuando se dice, sencillamente: El otro no encierra verdad alguna, porque no coincide con el mío (Hegel, 1995, p. 244). Esta cita, que se puede entender como una crítica a la unilateralidad de ciertas corrientes filosóficas, señala cómo al negarle cualquier tipo de verdad a otra corriente filosófica únicamente por ser diferente, se anula cualquier posibilidad de diálogo. El otro sencillamente no es un interlocutor válido y se ignora. Si no se le reconoce verdad alguna, entonces ya se está llevando a cabo un proceso de exclusión hacia la posición filosófica que es diferente a la que juzga. Como dice Hegel, este tipo de unilateralidad resulta fácil y llana y, por lo tanto, no es fértil para el pensamiento porque desconoce el movimiento y se niega la posibilidad de cambiar y transformarse por el contacto con lo que es diferente. La realidad y lo que considera verdadero permanecen estáticos. Este tipo de filosofía que se critica tiene, sin embargo, implicaciones prácticas que Hegel explora en El espíritu del cristianismo y su destino, especialmente en la sección de El espíritu del judaísmo. Pero no queda claro cómo se pasa del nivel teórico -expresado en la filosofía que pretende siempre abstraer y que es unilateralal nivel práctico. Este paso, propongo, se puede ver a través de las leyes. Éstas, como están expresadas en El espíritu del judaísmo, se derivan directamente del pensar abstracto: las leyes son conceptos que pretenden abarcar la realidad de una determinada relación humana y, en tanto que conceptos universales, son abstractas y vacías. Son sólo forma sin contenido. Debido a que por medio de las leyes, especialmente las morales, se pretende juzgar al otro desde la unilateralidad, no se puede entender la particularidad del otro. Se fija la realidad y, por lo tanto, se desconoce la diferencia y se domina a lo externo o se excluye, como si no existiera, se desconoce su individualidad. Este riesgo ya está presente en un nivel práctico porque
la ley ya dice un deber ser de la realidad y, por lo tanto, hay una violencia concreta hacia lo otro. En El espíritu del judaísmo Hegel pone de relieve la violencia que según él ha ejercido el pueblo judío debido a su espíritu y a sus leyes morales que resulta de su relación con Dios. Se da a entender en el texto que la única forma en la que la comunidad judía puede relacionarse con las comunidades externas es excluyéndolas o dominándolas. Lo que subyace a este tipo de relación es la tendencia a no reconocer verdad en lo diferente y, por lo tanto, la tendencia a fijar la realidad del otro sin permitirle que se despliegue y hable desde sí misma: Lo que está fuera de la unidad infinita, en la que no puede participar nadie salvo ellos, los favoritos, es todo ello materia la cabeza de Gorgona transformaba todo en piedra- un elemento sin amor y sin derecho [propio], algo maldito que tan pronto como se tiene la fuerza suficiente se lo trata de acuerdo a lo que es, fijándole, no bien intente moverse, su lugar correspondiente (Hegel, 2003, p. 290). La ley de los judíos, que se puede entender como una ley moral desde la que se juzga lo externo, hace de ellos una comunidad cerrada que fija todo lo diferente y no lo considera más que como materia (sin espíritu ni derecho propio). Es evidente que no puede haber un diálogo con los otros porque no se los reconoce como individuos; su propia verdad es la única que están dispuestos a entender. Independientemente de si este juicio del pueblo judío es o no justo, se puede entender la crítica que Hegel hace al carácter unilateral y dominante presente en las leyes. Hasta ahora se ha visto cómo las leyes en general resultan en una violencia real concreta debido a su universalidad. Sin embargo, se puede ver que en el caso de las leyes específicas que dictan un deber ser de un tipo de relación concreta, la violencia que resulta es mayor: las leyes específicas no son sólo universales vacíos
porque, al regular un tipo de relación, tienen un contenido. Sin embargo, como tratan de aplicarse a toda la realidad debido a su universalidad (en cuanto leyes), tratan de acoplar la realidad, independientemente de su particularidad y de las diferentes formas que pueda tener, a su contenido. Es decir que si una ley dicta que una relación debe ser de cierta manera, desconoce cualquier otra posibilidad: Se conserva un resto de positividad indestructible en el cual el carácter odioso de la positividad alcanza su punto máximo por el hecho de que el contenido adquiere el mandamiento universal del deber ( ) Ay de las relaciones humanas que no llegan a caer dentro del concepto del deber! Pues en la medida en que no es meramente el pensamiento vacío de la universalidad, sino que se ha de manifestar en una acción, excluye o domina todas las otras relaciones (Hegel, 2003, p. 308). Todas las relaciones que se someten a leyes específicas implican una acción determinada. Esta acción es evidentemente real y tiene un impacto sobre el mundo y sobre las relaciones humanas. La acción específica excluye todas las otras relaciones humanas porque no puede entender que sean diferentes, sino que trata siempre de someterlas a su unilateralidad, es decir, a sus presupuestos desde los que juzga. La ley, en este sentido, implica, tanto por su forma de concepto universal vacío como por su contenido específico, una violencia que se traduce en la exclusión de lo diferente. Aunque su intención sea la de cubrir la existencia con su universalidad, está destinada a fracasar: por su naturaleza y definición, la ley universal y aplicada no puede abarcar al otro sin negarlo simultáneamente: toda diferencia se tiene que anular para que se pueda juzgar desde la universalidad. Se puede ver que existe un peligro real de desconocimiento de lo diferente cuando se juzga únicamente desde las leyes o presupuestos del propio pensamiento. Éstas, al ser universales vacíos, no pueden comprender la particularidad de lo externo. Se les niega a los que son diferentes la propia existencia como individuos.
Lo otro no puede ser nunca parte de la propia comunidad. Se ve, entonces, que la teoría tiene una implicación directa en la realidad, en lo práctico, porque la violencia que ejerce en el pensamiento siempre se traduce en una violencia concreta. Quedan, sin embargo, varías preguntas relacionadas con las propuestas de Hegel ante esta violencia: Cómo puede establecerse una comunidad sin la mediación directa de las leyes? Es posible crear una comunidad en el amor que, en vez de excluir a lo diferente, lo haga parte de su misma comunidad y se enriquezca con ello? Estos son temas de gran importancia para la forma en la que podemos pensar en la actualidad las diferentes relaciones humanas y relaciones entre comunidades. Es, sin duda, relevante para pensar cómo pueden darse las relaciones entre opuestos sin que esto implique siempre una acción violenta, en la que una parte termine dominando o excluyendo a la otra eliminando así la posibilidad de enriquecerse y transformarse por el contacto con lo diferente. Bibliografía Hegel, G. W. F. (2003) El espíritu del cristianismo y su destino: El espíritu del judaísmo. (J.M. Ripalda y Z. Szankay, Traductores). México D.F: Fondo de cultura económica.. (1995) Lecciones sobre la historia de la filosofía: Zenón. (W. Roces, Traductor). México D.F: Fondo de cultura económica.. (2007, Abril) Quién piensa abstractamente? (G. Macedo y M. Del Rosario Acosta Traductor). Ideas y valores No.133.