ACUERDO INTERINSTITUCIONAL DE COOPERACIÓN ACADÉMICA, CIENTÍFICA, TECNOLÓGICA Y CULTURAL ENTRE LA FUNDACIÓ PRIVADA UNIVERSITAT I TECNOLOGÍA, LA SALLE - UNIVERSIDAD RAMÓN LLULL - ESPAÑA Y EL INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY - MÉXICO Conste por el presente documento, el Acuerdo Interinstitucional de Cooperación (AIC) Académica, Científica, Tecnológica y Cultural que suscriben de una parte, FUNDACIÓ PRIVADA UNIVERSITAT I TECNOLOGÍA, LA SALLE UNIVERSIDAD RAMÓN LLULL de España, representada por su Director General, Dr. Daniel Cabedo i Puy, con domicilio legal en el Passeig de la Bonanova No. 8, Barcelona, España, a quien en adelante se denominará LA SALLE URL, y de la otra parte el INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY de México, representada por su Rector, Dr. Rafael Rangel Sostmann, con domicilio legal en la Avenida Eugenio Garza Sada, nº 2501, Monterrey, México, a quien en lo sucesivo se le denominará ITESM, conforme a las declaraciones y cláusulas siguientes: DECLARACIONES DECLARA LA SALLE URL: Que es miembro fundador de la Universidad Ramón Llull, constituida oficialmente el año 1991, reconocida por Ley del Parlamento de Cataluña (DOGC del 22/05/91). Que, de acuerdo con sus Estatutos y normas legales, su representante legal es el Director General, quién tiene atribuciones para celebrar convenios en los términos que señala la Ley. LA SALLE URL, otorga en la categoría académica de título propio a sus Programas un reconocimiento universitario. DECLARA EL ITESM: Que forma parte del sistema educativo mexicano bajo el estatuto de Escuela Libre Universitaria, según el Decreto Presidencial expedido el 24 de julio de 1952 (DOF del 12/09/52). Que, de acuerdo con sus Estatutos y normas legales, su representante legal es el Rector del Sistema ITESM, quién tiene atribuciones para celebrar convenios en los términos que señala la Ley. DECLARAN AMBAS PARTES: I Que, ambas instituciones tienen propósitos comunes orientados a la realización de proyectos vinculados con la educación, la cultura, la tecnología y el servicio a la sociedad. II. Que, dado que la cooperación es de interés para ambas instituciones, consideran conveniente establecer el presente convenio que se regirá al tenor de las siguientes cláusulas:
CLÁUSULAS 1. OBJETO. El propósito de este AIC es promover y expandir la comprensión, la amistad y el desarrollo internacional por medio de la estimulación y el apoyo a actividades educativas, profesionales e interculturales entre ambas instituciones (LA SALLE URL e ITESM), y entre las comunidades que apoyan a las universidades. Además este acuerdo establece y describe las generalidades y los aspectos específicos del acuerdo, con la comprensión de ambas partes que estos podrán ser revisados, el contendido tanto general como específico del acuerdo podrá ser revisado bajo el mutuo consentimiento de la LA SALLE URL y el ITESM. 2. ALCANCE. Para el cumplimiento del presente AIC, las partes acuerdan desarrollar actividades como las que de manera enunciativa se mencionan: 2.1. Establecer las bases para suscribir convenios específicos con objetivos concretos, unidades responsables, plazos de ejecución, financiamiento y otras condiciones necesarias para la ejecución del presente AIC. 2.2. Colaborar en la ejecución de convenios específicos, sobre la base de reciprocidad de obligaciones y derechos, mediante servicios de profesionales e información científica y tecnológica, así como la participación en eventos científicos y culturales. 2.3. Facilitar el uso de instalaciones, equipos y materiales bajo la supervisión de la anfitriona, sin más restricción que la limitación de los recursos. 2.4. Designar entre su personal y/o funcionarios un coordinador para ejecutar cada uno de los acuerdos específicos. 2.5. Ambas instituciones acuerdan que en general la lengua de instrucción del ITESM es el español y la de LA SALLE URL es el catalán/castellano indistintamente. 2.6. Debido al deseo de ambas partes de implementar el AIC, las actividades que de este se deriven serán administradas de forma sistemática en la LA SALLE URL y el ITESM a través de los Departamentos de Programas Internacionales y/o similares. 2.7. Los profesores y personal administrativo de ambas universidades pueden participar en los proyectos derivados del AIC. 3. FINANCIAMIENTO Para la consecución de los objetivos trazados en el presente AIC, las partes se comprometen a dotarlos económicamente, de acuerdo con su disponibilidad presupuestal y a procurar apoyos financieros extra presupuestarios de carácter público o privado, nacional o internacional en la medida de lo posible.
4. RELACIÓN LABORAL Las partes convienen en que el personal seleccionado por cada una de ellas para la consecución del objetivo del presente AIC, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó; por ende, asumirá su responsabilidad por este concepto y en ningún caso serán considerados como patrones solidarios o sustitutos. 5. PROPIEDAD INTELECTUAL 5.1. La propiedad intelectual que se derive de los trabajos realizados conjuntamente derivados del presente AIC, estará sujeta a las disposiciones legales aplicables y a los instrumentos específicos que sobre el particular suscriban las partes, otorgando el reconocimiento correspondiente a quienes hayan intervenido en la ejecución de dichos trabajos. 5.2. Queda estrictamente prohibido para ambas instituciones el uso de marcas y/o denominaciones que sean representativas de la otra institución para cualquier uso o aplicación fuera de lo establecido en el objeto del presente acuerdo. Las partes convienen que este AIC no otorga a ninguna de las partes, licencia ó algún tipo de derecho respecto de la Propiedad Intelectual de su contraparte. 6. VIGENCIA Este AIC tendrá una vigencia de cinco años contados a partir de la fecha de su firma, y será prorrogado automáticamente por períodos iguales, a menos que una de las partes comunique por escrito a la otra y con una antelación de seis meses, su intención de darlo por terminado. Se sugiere que el acuerdo y las actividades desarrolladas bajo el presente AIC sean revisadas y evaluadas anualmente por cada una de las instituciones de tal forma que se determine el status de la relación para el año siguiente. Para el caso de rescisión del presente AIC, ambas partes tomarán las medidas necesarias para evitar perjuicios tanto a ellas como a terceros, en el entendido que deberán continuar hasta su conclusión las acciones aprobadas y en ejecución. 7. INTERPRETACIÓN Y CONTROVERSIAS Este AIC, su interpretación, formalización y cumplimiento, es producto de la buena fe, razón por la cual de surgir conflictos durante su vigencia, éstos serán solucionados de común acuerdo por las partes. En caso necesario, ambas partes determinaran por acuerdo mutuo un árbitro mediador neutral para la solución de la controversia. 8. MODIFICACIONES Y ANEXOS Toda modificación del presente AIC deberá realizarse por escrito y adjuntarse al mismo como ANEXO y/o CONVENIO ESPECÍFICO y previo al consentimiento expreso de ambas partes.
Estando conformes las partes con el contenido y alcances del presente AIC, lo firman en cuatro ejemplares, igualmente válidos, en la ciudad de Barcelona, a los 26 días del mes de julio del año dos mil cinco. FUNDACIÓ PRIVADA UNIVERSITAT I TECNOLOGÍA LA SALLE UNIVERSIDAD RAMÓN LLULL ESPAÑA INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY MÉXICO Dr. Daniel Cabedo i Puy Director General Fecha Dr. Enrique Zepeda Bustos Vicerrector de Internacionalización Sistema ITESM Fecha INSTITUTO TECNOLÓGICO Y DE ESTUDIOS SUPERIORES DE MONTERREY MÉXICO Dr. Rafael Rangel Sostmann Rector y representante legal Sistema ITESM Fecha
ANEXO I: INTERCAMBIO DE ALUMNOS DE PREGRADO. 1. Cada institución huésped reservará 6 plazas anuales para los alumnos de la institución de origen. 2. La fecha límite para la recepción de solicitudes en la institución huésped es el 15 de junio. 3. Cada universidad aceptará estudiantes de tiempo completo en base de uno a uno de la institución socia en programas de pregrado durante el año académico de acuerdo al siguiente sistema de equivalencias mutuamente aprobado: ITESM TABLA DE EQUIVALENCIAS LA SALLE URL 2 semestres (mínimo 64 créditos) 2 semestres (mínimo 64 créditos) 4. El proceso de selección por medio del cual los estudiantes son nominados es responsabilidad de la institución de origen. Los candidatos pueden ser de licenciatura. 5. Cada institución se reserva el derecho de requerir a los candidatos la entrega de todos los documentos requeridos. 6. Cada institución se reserva el derecho de aceptar o rechazar la admisión de los candidatos en base criterios de selección académicos. Para el propósito de este acuerdo se establece lo siguiente: Candidatos del ITESM: - Solicitud de admisión para estudiantes internacionales, - Fotocopia del pasaporte, - Transcript oficial, - 4 fotografías tamaño pasaporte. Candidatos de LA SALLE URL: - Solicitud de admisión para estudiantes internacionales, - Transcript oficial, - 4 fotografías tamaño pasaporte. 7. La aceptación del intercambio esta condicionada a obtener la documentación migratoria necesaria para el viaje. La institución huésped apoyará en la obtención de este documento. 8. Los participantes están sujetos a las reglas y normas de la universidad huésped durante su estancia. 9. Los estudiantes están condicionados a obtener el estándar mínimo de rendimiento académico que requiera la universidad huésped.
10. Mediante presentaciones, los participantes en los intercambios representarán a su universidad y país de origen ante organizaciones, clubs, escuelas, y otras instituciones de la localidad visitante. 11. Los participantes en los intercambios remitirán sus colegiaturas en la institución de origen. Los participantes en los intercambios pagarán alojamiento y comidas en la institución huésped. Los estudiantes intercambiarán plazas con sus contrapartes por el tiempo determinado del intercambio. 12. Los participantes serán hospedados en las residencias de la universidad huésped, siempre y cuando hayan plazas disponibles. En caso de estar disponibles se ofrecerán opciones como familias, departamentos y casa de huéspedes. 13. El estudiante es responsable de los gastos de transportación y gastos personales de viaje incluyendo los periodos de vacaciones. 14. Los estudiantes de intercambio son responsables por todos los gastos personales como llamadas telefónicas, libros, etc. 15. Los estudiantes de intercambio deben comprar el plan de salud de la universidad huésped o comprar una cobertura similar o mayor adquirida con anticipación. 16. La institución huésped proveerá a la institución de origen el récord académico de los alumnos (transcript). Los cursos completados en cada universidad serán tratados con las equivalencias de cada institución. Los sistemas de calificaciones utilizados por las instituciones participantes en este intercambio son: ITESM 100 Excelente 99-90 Muy bien 89-80 Bien 79-70 Promedio Inferior a 70 Reprobado LA SALLE URL 10 Matricula de Honor 9-10 Excelente 7-8 Notable 5-6 Aprobado Inferior a 5 Suspenso 17. La universidad huésped enviará una copia del transcript del estudiante a la universidad de origen con un máximo de tres meses después de la fecha de terminación del último período académico cursado. Copias adicionales podrán ser solicitadas a cargo del estudiante. 18. Violaciones a la ley del país de la universidad huésped estarán sujetas a la expulsión del país, recesión de la visa y expulsión de la universidad. 19. Si ocurriera un desbalance en los números de los alumnos de intercambio en un año dado, el déficit sería compensado el siguiente año. Sin embargo, el balance es flexible dentro de los límites racionales.
20. Como segunda alternativa para compensar un desbalance, existe la posibilidad de organizar cursos específicamente diseñados para una u otra institución con la intención de recibir un grupo de alumnos ya sea durante un período semestral o durante el verano. Esta posibilidad tendrá que revisarse caso por caso.
ANEXO III: MODIFICADO EN 2008 PROGRAMA DE BECAS LA SALLE PARA EXALUMNOS DEL ITESM INTERESADOS EN COLABORAR CON LA OFICINA DE ENLACE DEL ITESM EN BARCELONA 1. Objetivo de la Beca. Que exalumnos del Sistema ITESM, con excelente expediente académico, puedan cursar estudios de Máster impartidos por LA SALLE URL. 2. Dotación. La dotación económica es de hasta el 75% del coste académico de cualquiera de los Programas de Máster impartido por LA SALLE URL. Esta beca es sólo de estudios, en ningún caso están estipulados dentro de la dotación de la beca los gastos de viaje desde el país de origen del becario hacia España, ni los costes de alojamiento y manutención durante el período de estancia en España. Así mismo, no se contempla ningún otro coste adicional que implique cada programa y que deberá ser cubierto por el alumno. 3. Candidatos. Cualquier exalumno del Sistema ITESM. Los candidatos deberán cumplir con los requisitos exigidos por el Programa de Máster de su elección y superar las pruebas de admisión propias de LA SALLE URL. 4. Plazas. TRES becas de hasta el 75% del coste académico de cualquier Programa de Máster LA SALLE URL. En el caso del Programa MBA la beca será del 50%. 5. Aplicación. La fecha límite para que los interesados presenten sus solicitudes a LA SALLE URL será indicada cada año. Todas las solicitudes deberán incluir la siguiente documentación: 1. Copia del documento de transferencia de los 70 (euros) de pago por concepto de Gestión del Proceso de Admisión. 2. Solicitud de Inscripción. 3. Documento de Identidad o Pasaporte (escaneado). 4. Currículum Vitae. Muy Importante: incluir teléfono de contacto. 5. Título Universitario que permita acceder a los estudios de máster (escaneado). 6. Documento académico (con calificaciones de toda la carrera) (escaneado).
7. Una carta de un directivo y/o académico del ITESM avalando al candidato. Incluir e-mail de contacto de la persona firmante (escaneado). 8. Carta personal solicitando la aplicación al Programa de Becas La Salle para exalumnos del ITESM interesados en colaborar con el ITESM en España. 6. Selección y Concesión. La selección de los candidatos presentados por el ITESM será llevada a cabo por LA SALLE URL. La concesión de la beca será llevada a cabo por LA SALLE URL. 7. Asignación y evaluación de becarios. Será obligación de LA SALLE URL asignar un becario a la Oficina Internacional de Enlace del ITESM en Barcelona. Será obligación de la Oficinas de Enlace del ITESM en Barcelona evaluar el desempeño de los becarios y reportar dicha evaluación a LA SALLE URL. 8. Promoción. Será obligación del ITESM promocionar los Programas Máster de LA SALLE URL y los Programas de Becas LA SALLE tanto a través de los Departamentos de Programas Internacionales del ITESM así como de sus oficinas de Ex-A-Tec y de relación con egresados. Será obligación del ITESM proporcionar el apoyo logístico necesario para la realización de sesiones informativas sobre los Programas Masters LA SALLE URL de acuerdo a la disponibilidad en el ITESM.
ANEXO IV: PROGRAMA ESPECIAL DE APOYO DE LA SALLE URL PARA EXALUMNOS DEL ITESM OBLIGACIONES DE LA SALLE URL: 1. Otorgar un descuento del 15% (no acumulable) del costo académico de cualquiera de los Programas de Master impartidos por LA SALLE URL a los exalumnos del ITESM que hayan sido admitidos a alguno de dichos programas. 2. Facilitar el uso de instalaciones académicas y/o deportivas a las Asociaciones Ex-A-Tec de Europa de acuerdo a la disponibilidad en LA SALLE URL. OBLIGACIONES DEL ITESM: 1. Canalizar información sobre los Programas Máster de LA SALLE URL y los Programas de Becas LA SALLE a través de los Departamentos de Programas Internacionales del ITESM. 2. Apoyo logístico necesario para la realización de sesiones informativas sobre los Programas Masters LA SALLE URL de acuerdo a la disponibilidad en el ITESM.
ANEXO V: COLABORACIÓN ACADÉMICA 1. Ambas instituciones colaborarán recíprocamente mediante la realización de Seminarios Especializados vía Videoconferencias y/o Internet, en el ámbito del management, arquitectura e ingenierías afines. 2. Posibilidad de desarrollar programas de estancias académicas en la Escuela de Post Grado de LA SALLE URL para estudiantes de Post Grado del ITESM y viceversa. 3. Posibilidad de desarrollar programas de estancias de investigación dentro de los PARQUES CIENTÍFICOS TECNOLÓGICOS de ambas instituciones.