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DICTAMEN DE ACREDITACIÓN N 318 Programa de Segunda Titulación en Educación Diferencial mención en Transtornos Específicos del Lenguaje Oral de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano En base a lo acordado en la sexagésima primera sesión del Consejo de Evaluación y Acreditación del Área de Educación de la Agencia Acreditadora AcreditAcción, de fecha 8 de marzo de 2013, la agencia dictaminó lo siguiente: VISTOS: Lo dispuesto en la Ley 20.129 que establece un sistema de aseguramiento de la calidad de la educación superior; el reglamento para la autorización de las agencias de acreditación de noviembre de 2007; la autorización de AcreditAcción para operar como agencia acreditadora, según Acuerdo de Autorización de Agencias N 7 de la Comisión Nacional de Acreditación, CNA; el documento de normas y procedimientos para la acreditación autorizado por la CNA; los criterios de evaluación para carreras de educación vigentes y validados por la CNA; el informe de autoevaluación del Programa de Segunda Titulación en Educación Diferencial mención en Transtornos Específicos del Lenguaje Oral presentado por la Universidad Academia de Humanismo Cristiano; el informe de visita de verificación emitido por el comité de pares externos; las observaciones enviadas por la institución al informe de los pares externos y los antecedentes analizados en la sesión Nº 61, de fecha 8 de marzo de 2013 del Consejo de Evaluación y Acreditación del Área de Educación de AcreditAcción. TENIENDO PRESENTE: 1. Que el Programa de Segunda Titulación en Educación Diferencial mención en Transtornos Específicos del Lenguaje Oral de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano se sometió al proceso de acreditación de carreras administrado por esta agencia en el marco de lo que señala la Ley 20.129. 2. Que con fecha 30 de julio de 2012, el representante legal de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, don José Bengoa Cabello y don José Miguel Rodríguez Sáez, representante legal de AcreditAcción firmaron contrato para la Acreditación de la carrera. 3. Que los días 5, 6 y 7 de diciembre de 2012 la universidad fue visitada por un comité de pares externos designado por la agencia y aceptado por la institución. 4. Que con fecha 7 de enero de 2013 el comité de pares externos emitió un informe que señala las principales fortalezas y debilidades de la carrera y provee recomendaciones, teniendo como referentes de evaluación los Criterios de 1

Acreditación para carreras de educación y los propósitos declarados por la misma institución y su carrera. 5. Que dicho informe fue enviado a la institución, para su conocimiento. 6. Que con fecha 29 de enero de 2013, la institución envió a la agencia un documento con sus observaciones y comentarios al informe del comité de pares externos. 7. Que la Dirección Ejecutiva de AcreditAcción envió a los integrantes del Consejo de Evaluación y Acreditación del Área de Educación de la agencia los documentos de evaluación relacionados con este proceso para el conocimiento y análisis de cada uno de los consejeros. 8. Que el Consejo de Evaluación y Acreditación del Área de Educación de la agencia se reunió, discutió y analizó todos los antecedentes anteriormente mencionados en su sesión Nº 61 del 8 de marzo de 2013. CONSIDERANDO: Que los resultados de los procesos de autoevaluación y de verificación externa de la carrera permiten identificar las siguientes principales fortalezas y debilidades, para cada una de las dimensiones de evaluación: Dimensión N 1: Perfil de Egreso y Resultados El programa cuenta con un perfil de egreso que define conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes de manera clara y consistente con la declaración de misión y visión, tanto de la Facultad de Educación, como de la institución; asimismo la mención que otorga promueve un campo laboral de alta demanda en la actualidad. Sin embargo, es necesario revisar las pruebas de nivel diseñadas para constatar el logro del perfil, pues éstas evalúan conocimientos que no son pertinentes a la actual mención del programa. En este mismo sentido y respecto de la revisión y actualización del perfil de egreso, cabe señalar que, no obstante la unidad cuenta con un mecanismo formalmente establecido para evaluar el perfil, no se aprecia la incorporación de agentes externos a la comunidad de la universidad ni al programa, que pudiesen aportar, desde otras visiones, a la formación del profesional que se desea formar. Se observa consistencia entre el plan de estudio y la declaración de principios y objetivos del programa, destacando una clara identificación de sus líneas de formación representadas en especialidad formativa, pedagógica y desarrollo profesional docente, situación que no se observa para el área de las prácticas. Del mismo modo, se requiere incrementar la incorporación de las tecnologías de información, comunicación y estrategia metodológica, para facilitar el proceso de enseñanza aprendizaje. 2

La unidad mantiene vínculos con el medio pedagógico y disciplinar, insertándose no sólo en la escuela sino también en la comunidad, manteniendo coherencia con su modelo educativo de corte hermenéutico-crítico; sin embargo, éstos no son diversos y se inscriben más bien como apoyo de sectores vulnerables, reflejando inexistencia de una política de vinculación explícita que permita orientar de mejor forma las actividades que la carrera desarrolla con el entorno. Dimensión N 2: Condiciones Mínimas de Operación La unidad cuenta con un adecuado y equilibrado sistema de gobierno y sus recursos están acotados al presupuesto anual asignado. Aún así, la institución asegura la sustentabilidad del programa con una dirección administrativa y financiera, que coordina y centraliza las operaciones mediante un plan operativo anual, sobre la base de las necesidades del programa lo que le permite cumplir con los objetivos y brindar el apoyo que los estudiantes requieren. El programa posee un cuerpo de profesores con experiencia profesional y académica suficiente para desarrollar las funciones docentes requeridas por la unidad. Aunque la universidad cuenta con un reglamento de carrera académica, no se constata un mecanismo formalmente establecido para incentivar el perfeccionamiento docente. Por otra parte, la dedicación horaria y vinculación contractual del equipo académico del programa resulta insuficiente para enfrentar los desafíos, adicionales a la docencia, propios de un programa universitario. La infraestructura, instalaciones y equipamiento son, en general, adecuados para servir a los requerimientos del programa. Se sugiere aumentar las salas para el trabajo docente, además aumentar y actualizar los recursos bibliográficos. Dimensión N 3: Capacidad de Autorregulación La unidad cuenta con una declaración explícita de sus propósitos institucionales, los que son ampliamente compartidos y conocidos por académicos, estudiantes y egresados, dichos propósitos se hacen transversales en sus sentidos al programa y son evaluados en forma periódica. Aún así, se aprecia la necesidad de enfatizar acciones y mecanismos específicos que permitan visualizar objetivos y metas de forma más clara y explícita. La unidad cuenta con un reglamento académico conocido y validado por la comunidad universitaria. Por otro lado, se observa que proporciona los servicios ofrecidos y respeta las condiciones esenciales de enseñanza al momento del ingreso de los estudiantes, expresando correctamente la realidad de la institución y del programa. La unidad mantiene una cultura auto crítica que se evidencia no sólo en los procesos de acreditación, sino también a partir de constantes reflexiones sobre su modelo formativo, el ejercicio docente y la evaluación del perfil formativo. 3

El proceso de autoevaluación no consideró adecuada y suficientemente la opinión de egresados y empleadores, lo que llevó a que el respectivo informe careciera, en sus conclusiones, de sustento a ciertos juicios respecto de debilidades y fortalezas del programa. El plan de mejoramiento, por su parte, compromete acciones para superar las debilidades señaladas en el proceso de autoevaluación. No queda clara la viabilidad real de este plan respecto de aquellas acciones relacionadas con aumento de personal docente, lo que todo caso será materia de evaluación en un futuro proceso de acreditación. SE ACUERDA Y DICTAMINA: El Consejo de Evaluación y Acreditación del Área de Educación de AcreditAcción acuerda, por la unanimidad de sus miembros presentes, que el de Programa de Segunda Titulación en Educación Diferencial mención en Transtornos Específicos del Lenguaje Oral de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano cumple con los criterios de evaluación y acreditación vigentes. Conforme a lo acordado por el Consejo de Evaluación y Acreditación del Área de Educación de AcreditAcción y a las alternativas de acreditación vigentes, la Agencia AcreditAcción acredita el Programa de Segunda Titulación en Educación Diferencial mención en Transtornos Específicos del Lenguaje Oral de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, impartida en modalidad presencial y en jornada diurna en la sede institucional de Santiago, por un período de cuatro (4) años, el que culmina el 8 de marzo de 2017. 4

En el plazo señalado, la carrera de Programa de Segunda Titulación en Educación Diferencial mención en Transtornos Específicos del Lenguaje Oral de la Universidad Academia de Humanismo Cristiano, conforme a la normativa vigente, deberá someterse a un proceso de acreditación, presentando un nuevo Informe de Autoevaluación y documentación anexa pertinente, al menos noventa (90) días antes del vencimiento de esta acreditación, en cuyo caso serán especialmente consideradas las observaciones señaladas en este dictamen. MOISÉS SILVA TRIVIÑO Director Académico de AcreditAcción JOSÉ MIGUEL RODRÍGUEZ SÁEZ Director Ejecutivo y Representante Legal de AcreditAcción 5