Visto; La necesidad de descongestionar y ordenar el transito en el área central de la ciudad y; y Considerando; Que conforme lo dispone el Plan Integral de Movilidad Rosario una planificación urbana eficiente debe, por un lado, optimizar el uso de los distintos modos y medios de transporte (más transporte público masivo, menos automóvil particular), y por otro, definir estrategias de desarrollo urbano que tiendan a reducir la demanda de desplazamiento de larga distancia motorizados, creando condiciones favorables para los desplazamientos a través del transporte publico masivo, o no motorizados, a pie o en bicicleta. Que para ello debe potenciarse la construcción de infraestructura que permita los cambios modales como los estacionamientos disuasivos que aquí proponemos, con el fin de desplazar el obsoleto paradigma organizado en base al uso del auto particular. Que a través del emplazamiento y construcción de los denominados Centros de Transferencia Vehicular (CTV) en el área delimitada por la Av. Francia, el Bv. 27 de Febrero y el Río Paraná (inmediaciones de los Parques España, Nacional a la Bandera, Urquiza, Italia, Alem, Irigoyen y otros que pudieran corresponder) se tiende a reducir el impacto del transito de vehículos particulares y del estacionamiento en el área céntrica, evitando el congestionamiento y la obstrucción vehicular. Que ello genera políticas de calidad del aire y protección general del medioambiente a través de la reducción y/o minimización de las emisiones y ruidos. Que los mencionados Centros de Transferencia Vehicular se organizarán como playones de estacionamiento de uso gratuito ubicados en puntos determinados y aptos para dichos fines, custodiados por personal de seguridad, de lunes a viernes, desde las 6 hs. a.m. hasta las 19 hs. p.m.
Que ello promueve el uso equilibrado del transporte motorizado individual, mejora la educación y la seguridad vial y favorece el uso de la bicicleta como modo de transporte a través del mantenimiento y ampliación de la infraestructura de sendas y resguardo de los mencionados rodados. Que la concreción de este Plan de Estacionamiento Disuasivo (PED) permitirá reducir los tiempos de viajes de pasajeros y cargas, disminuyendo los costos de operación y estacionamiento, los efectos contaminantes y los índices de siniestralidad. Que el área geográfica delimitada es precisamente la de mayor asignación de flujos de transito en hora pico en la red vial de Rosario durante el año 2010. Nuestra área central atrae diariamente a miles de personas que utilizan distintos modos de transporte para llegar a sus trabajos, estudiar, realizar trámites o hacer compras. Que la propia Municipalidad reconoce que en la actualidad, no existe una racionalización adecuada del transporte público y privado. En el caso del transporte público de pasajeros, en algunas calles del área central comprendida en el presente proyecto, concentra 150 unidades por hora llevando al servicio a una situación de alta irracionalidad y baja calidad (Ver Plan de Movilidad Rosario). Que por otra parte, los automóviles privados, al no ser adecuadamente disuadidos para estacionar en los bordes del área central, pueden ingresar por cualquier vía con la consecuencia de que el transito medio anual (en algunas arterias internas del área central) alcanza los 12.000 vehículos/día, llegando a los valores máximos superiores a 25.000 vehículos/día en Av. Pellegrini, causando situaciones de saturación de la capacidad de vías y en algunos casos, la congestión. Que según datos de la última Encuesta Origen-Destino, en un día típico ingresan al centro 74.000 autos y 8.400 motos, mientras que a la zona calma ingresan 30.900 autos y 2.650 motos. Que en un relevamiento realizado en 2010 se contabilizan 52.000 vehículos ingresando al área central en el horario de 7.30 a 10.30 de la mañana.
Que el estacionamiento es un elemento clave para organizar la movilidad de la ciudad. Que es por eso que fomentamos estos planes disuasivos de estacionamiento, con el fin de optimizar la fluidez circulatoria en las calles frente al considerable aumento de la tasa de motorización individual de la población y el crecimiento de los flujos vehiculares diarios. Que el plan propuesto se dirige a establecer al peatón como protagonista de la movilidad en la ciudad, promover el transporte público de uso masivo y el transporte no motorizado y permite concretar acciones que produzcan un cambio de conducta hacia métodos más eficientes y no contaminantes de transporte. Que en el área geográfica delimitada en el artículo precedente, se crea un Servicio Diferencial de Transporte Publico de Pasajeros, que transita por corredores o vías exclusivas, con frecuencia de salidas cada quince (15) minutos, con origen y/o destino en los Centros de Transferencia Vehicular hacia el centro de la ciudad y viceversa. Que existen ejemplos en nuestro país de ciudades que adoptaron similares medidas como una alternativa para descomprimir el tránsito en el centro, cuando como en el caso de Rosario, este se encuentra colapsado por la superpoblación de vehículos. En el caso de la ciudad de La Plata los conductores pueden dejar su coche a 60 cuadras del sector urbano que concentra los principales edificios públicos (Tribunales, la jefatura policial, la Gobernación y las grandes sucursales bancarias) en cocheras gratuitas y custodiadas). Que se puede demostrar que reemplazar el viaje hacia el centro, abonando estacionamiento y combustible para llegar en un auto particular, por el sistema de estacionamiento gratuito en playas de intercambio reduce notablemente los costos hasta en un tercio. Que por estas razones el Concejal abajo firmante solicita el apoyo de sus pares para la aprobación del presente proyecto de:
ORDENANZA PLAN DE ESTACIONAMIENTO DISUASIVO ARTÍCULO 1.- Créase el Plan de Estacionamiento Disuasivo Rosario con los siguientes objetivos: Reducir el impacto del transito de vehículos particulares y del estacionamiento en el área céntrica, evitando el congestionamiento. Generar políticas de calidad del aire y protección del medioambiente a través de la reducción y/o minimización de las emisiones y ruidos. Promover el uso equilibrado del transporte motorizado individual. Mejorar la educación y la seguridad vial. Favorecer el uso de la bicicleta como modo de transporte a través del mantenimiento y ampliación de la infraestructura de sendas y resguardo de los mencionados rodados. Establecer al peatón como protagonista de la movilidad en la ciudad. Promover el transporte público de uso masivo y el transporte no motorizado. Concertar acciones que produzcan un cambio de conducta hacia métodos más eficientes y no contaminantes de transporte. ARTICULO 2.- El Plan de Estacionamiento Disuasivo Rosario se desarrollará a través del emplazamiento y construcción de Centros de Transferencia Vehicular (CTV) con el fin de agilizar la movilidad vial y descomprimir el transito del transporte motorizado privado en el área delimitada por la Av. Francia, el Bv. 27 de Febrero y el Río Paraná. Los mencionados Centros de Transferencia Vehicular se organizarán como playones de estacionamiento, de uso gratuito ubicados en puntos determinados y aptos para dichos fines, custodiados por personal de seguridad, de lunes a viernes, desde las 6 hs. a.m. hasta las 19 hs. p.m. ARTICULO 3.- Créase en el área geográfica delimitada en el artículo precedente, un Servicio Diferencial de Transporte Publico de Pasajeros,
complementario del actualmente existe, que transite por corredores o vías exclusivas, con frecuencia de salidas cada quince (15) minutos, con origen y/o destino en los Centros de Transferencia Vehicular hacia el centro de la ciudad y viceversa. ARTÍCULO 4.- Los Centros de Transferencia Vehicular contarán con biciestaciones apropiadas para el estacionamiento temporario y gratuito de bicicletas con el fin de favorecer ese medio de transporte, ampliando la infraestructura de sendas y resguardo de los rodados, especialmente en el área del microcentro al que se refiere la presente Ordenanza ARTICULO 5.- El Departamento Ejecutivo Municipal deberá determinar la ubicación estratégica de los Centros de Transferencia Vehicular conforme la disponibilidad de espacio, comodidad y cumplimiento de los fines dispuestos por la presente Ordenanza, debiendo contemplar los accesos y egresos de la ciudad y su relación con la zona céntrica, el flujo de movilidad hacia las áreas de trabajo, centros educativos y de esparcimiento, los ejes socio- institucionales y el movimiento comercial. ARTÍCULO 6.- De forma.-