Reclamacion de cantidad

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Transcripción:

informa Depósito Legal: M. 11.149-1998 - Reclamacion de cantidad PAGA POR ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA

RECLAMACIÓN DE CANTIDAD EN LA PAGA POR ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA

F S I E M A D R I D I N F O R M A Edita: FSIE MADRID. C/ Comandante Zorita,6. 2º. Pta. 8. 28020 MADRID. Telf.: 91 554 08 68 Fax: 91 554 88 94 fsie.madrid@fsie.es www.fsie.es Depósito Legal: M. 11.149-1998 2

RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Paga por antigüedad en la empresa 2006 En el pasado curso 2006-2007 generaste el derecho a la PAGA POR ANTIGÜEDAD EN LA EMPRESA, tal y como lo regulaba el artículo 61* del anterior IV CONVENIO de Concertada, y ésta se te abonó. * Los trabajadores que cumplan 25 años de antigüedad en la empresa, tendrán derecho a una paga cuyo importe será equivalente al de una mensualidad extraordinaria por cada quinquenio cumplido. Este abono te lo efectuó la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid gracias a un acuerdo firmado con la totalidad de las Organizaciones Sindicales y Empresariales más representativas del ámbito de la Enseñanza Concertada de la Comunidad de Madrid para el abono de dicha paga extraordinaria por antigüedad en la empresa. Coincide que el abono que te hizo la Consejería de Educación lo calculó según las tablas salariales de 2005, que son las que en ese momento estaban vigentes. Sin embargo, al haberte abonado la paga en el año 2006 ésta tenía que haber sido calculada según las tablas salariales de 2006. A pesar de que estas tablas no se publicaron en el B.O.E. hasta el 17 de enero de 2007, la Consejería de Educación debería recalcular la cantidad que os abonó en su día en concepto de paga por antigüedad y adaptarla a las tablas salariales de 2006 y abonarte la diferencia. Cómo esto no se ha producido, la ley establece que tienes el PLAZO DE UN AÑO para realizar cualquier tipo de RECLAMACIÓN SALARIAL. Pasado este año, ya no se tiene derecho a dicha reclamación. EN DEFINITIVA, te correspondería una cantidad mayor por la Paga de Antigüedad en la Empresa que ya se te ha abonado. Como la Consejería no te actualiza esta cantidad según las tablas salariales de 2006, DEBES SER TÚ QUIEN INICIE LOS TRÁMITES DE LA RECLAMACIÓN. SINDICATO INDEPENDIENTE DE ENSEÑANZA DE MADRID 3

F S I E M A D R I D I N F O R M A QUÉ PASOS DEBO SEGUIR PARA REALIZAR LA RECLAMACIÓN? A. TRABAJADORES EN PAGO DELEGADO 1. RECLAMACIÓN SALARIAL EN VÍA ADMINISTRATIVA El trabajador deberá presentar una reclamación salarial en vía administrativa ante la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. 2. CONTESTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN En todos los casos habrá que esperar el plazo de UN MES. Tanto si la Consejería de Educación deniega esta reclamación como si no responde en este plazo, habrá que pasar al siguiente punto. 3. DEMANDA ANTE EL JUZGADO Transcurrido el plazo de un mes desde que se inició la vía administrativa, el trabajador debe presentar una demanda de salarios ante los Juzgados de lo Social demandando a la Comunidad de Madrid y al colegio. IMPORTANTE La prescripción del año para ejercer la acción judicial de reclamación de cantidad se interrumpe con la mera presentación de esta reclamación en vía administrativa. 4

RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Paga por antigüedad en la empresa 2006 B. TRABAJADORES QUE NO ESTÁN EN PAGO DELEGADO 1. ACTO DE CONCILIACIÓN S.M.A.C.- El trabajador deberá presentar una papeleta de conciliación por reclamación de cantidad en el S.M.A.C. En el caso de no haber acuerdo se pasará al siguiente paso. 2. DEMANDA ANTE EL JUZGADO Transcurrido el plazo de un mes desde que se inició la vía administrativa, el trabajador debe presentar una demanda de salarios ante los Juzgados de lo Social demandando al colegio. IMPORTANTE La prescripción del año para ejercer la acción judicial de reclamación de cantidad se interrumpe con la mera presentación de la papeleta de conciliación en el S.M.A.C. Es importante que en todos estos pasos estés asesorado, siempre, por un abogado laboralista, para que te vaya informando y aconsejando en todo momento. Recuerda que en el caso de tener que interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social será imprescindible que cuentes con un abogado. SINDICATO INDEPENDIENTE DE ENSEÑANZA DE MADRID 5

F S I E M A D R I D I N F O R M A PROCEDIMIENTO PARA LOS AFILIADOS A FSIE MADRID FSIE MADRID ofrece a sus afiliados un ABOGADO LABORALISTA para que les asesore y defienda en todo este tipo de casos. Recuerda que en el Reglamento de Régimen Interno se establece en su artículo 7.4 que cuando se trate de reclamaciones de cantidad, y sólo en el caso de que la resolución del caso sea favorable al afiliado, éste abonará el 7 % de la cantidad conseguida. Esta cantidad será percibida directamente por los servicios jurídicos. Además recuerda que para utilizar el servicio jurídico, debes tener una antigüedad de seis meses en el sindicato. Si decides hacer una reclamación de cantidad y eres AFILIADO a FSIE MADRID, deberás seguir los siguientes pasos: 1. RECLAMACIÓN POR VÍA ADMINISTRATIVA Para agilizar los trámites y evitar que caduque el plazo de prescripción, deberás rellenar el modelo de reclamación que te adjuntamos y presentarla ante la Comunidad de Madrid dando su entrada a través de un registro. 2. INFORMACIÓN AL ABOGADO DE FSIE MADRID A continuación, deberás solicitar cita con el abogado de FSIE MADRID para llevarle la reclamación para que sea él el que siga el proceso, por si hubiera que presentar demanda judicial. Junto con esta deberás traer la nómina donde se te efectuó el pago de la Paga por Antigüedad y 5 nóminas anteriores. 3. PRESENTACIÓN DE LA DEMANDA Si en el plazo de un mes la Consejería no contesta o deniega la reclamación, habrá que presentar una demanda ante el juzgado de lo social, por parte de los servicios jurídicos del sindicato y en tu nombre. A partir de este momento seguirás las instrucciones del servicio jurídico para todas aquellas cosas que sean necesarias. 6

RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Paga por antigüedad en la empresa 2006 PREGUNTAS FRECUENTES PLAZO DE PRESCRIPCIÓN DE LA RECLAMACIÓN El plazo de prescripción de la reclamación será, en todo caso, un año posterior a la fecha de publicación de las tablas salariales de 2006, es decir, el 17 de enero de 2008. QUIÉNES PUEDEN PRESENTAR LAS RECLAMACIONES? Las reclamaciones las pueden presentar aquellos trabajadores afectados de manera individual o de manera conjunta de varios trabajadores en ambos casos ya que las entidades demandadas son las mismas y la causa de pedir también es la misma. DÓNDE DEBO PRESENTAR LA RECLAMACIÓN ADMINISTRATIVA? El documento con la reclamación administrativa se debe presentar en cualquier registro de la Comunidad de Madrid o mediante correo administrativo antes del plazo de prescripción de un año. QUÉ ES LA PAPELETA DE CONCILIACIÓN Y EL S.M.A.C.? La papeleta de conciliación es una solicitud del trabajador ante el Servicio de Mediación, Arbitraje y Conciliación (SMAC) con el que se solicita un ACTO DE CONCILIACIÓN. Éste es un intento de acuerdo entre las dos partes el trabajador y la parte demandada-. Éste es un requisito previo para la tramitación del procedimiento ante el Juzgado de lo Social.. CUÁNDO TENGO QUE PRESENTAR LA DEMANDA JUDICIAL? Se interpondrá la demanda en el juzgado de lo social justo al día siguiente de transcurrido un mes desde su presentación sin que haya respuesta por parte de la Administración, o en el caso de que ésta sea denegada. SINDICATO INDEPENDIENTE DE ENSEÑANZA DE MADRID 7

F S I E M A D R I D I N F O R M A 8

RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Paga por antigüedad en la empresa 2006 MODELO DE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD POR VÍA ADMINISTRATIVA SINDICATO INDEPENDIENTE DE ENSEÑANZA DE MADRID 9

F S I E M A D R I D I N F O R M A A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN DE LA COMUNIDAD DE MADRID D./Dña..., con DNI/ NIF número... y domicilio en... (C. P. 28...), en la calle..., número..., piso..., comparezco y, como mejor proceda en Derecho, DIGO, que por medio del presente escrito viene a interponer RECLAMACION PREVIA a la vía jurisdiccional social en materia de reclamación salarial, en base a los siguientes, H E C H O S PRIMERO.- Presto servicios como Docente de niveles educativos concertados con la Comunidad de Madrid en el Colegio..., sito en... (C. P....) en la calle..., número... desde el... de... de 19... Por ello, mis retribuciones me las abona directamente la Consejería de Educación a través del sistema de pago delegado previsto en el artículo 117.5 de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación. SEGUNDO.- El artículo 61 del Convenio Colectivo de Empresas de Enseñanza Privada Sostenidas Total o Parcialmente con Fondos Públicos regula una paga extraordinaria por antigüedad en la empresa de tal forma que: Los trabajadores que cumplan 25 años de antigüedad en la empresa, tendrán derecho a una única paga cuyo importe será equivalente al de una mensualidad extraordinaria por cada quinquenio cumplido. Además, la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid firmó un acuerdo con la totalidad de las Organizaciones Sindicales y Empresariales más representativas del ámbito de la Enseñanza Concertada de la Comunidad de Madrid para el abono de dicha paga extraordinaria por antigüedad en la empresa. 10

RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Paga por antigüedad en la empresa 2006 TERCERO.- En cumplimiento de lo anterior, la Consejería de Educación me abonó el pasado mes de... de 200... la cuantía de... en concepto de esta paga extraordinaria por antigüedad en la empresa calculada conforme a las tablas salariales de 2005 vigentes en ese momento. CUARTO.- Que el BOE de 17 de enero de 2007 publicó las tablas salariales del Convenio Colectivo mencionado para el año 2006. QUINTO.- Que la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid procedió a abonar los atrasos salariales correspondientes a la aplicación de las tablas salariales de 2006 con efectos desde el 1 de enero de 2006 en la nómina del mes de febrero de 2007. SEXTO.- Que la cuantía calculada para el abono de la paga extraordinaria por antigüedad en la empresa no ha sido recalculada conforme a las tablas salariales de 2006. SÉPTIMO.- Por todo ello, considero que la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid me adeuda la cantidad de... euros por falta de aplicación de las tablas salariales 2006 a la paga extraordinaria por antigüedad en la empresa que, insisto, se me abonó en el mes de... de 2006 calculada conforme a las tablas salariales de 2005. Y por lo expuesto, S O L I C I T O Que, teniendo por presentado este escrito, se sirva admitirlo, teniendo por interpuesta RECLAMACION PREVIA, en los términos expuestos y a los efectos legales que procedan. En Madrid, a... de diciembre de 2007 Fdo.... SINDICATO INDEPENDIENTE DE ENSEÑANZA DE MADRID 11

F S I E M A D R I D I N F O R M A INSTRUCCIONES PARA RELLENAR EL MODELO DE RECLAMACIÓN DE CANTIDAD A la hora de rellenar el modelo de reclamación de cantidad, es importante que se rellenen todos los datos con bastante rigurosidad, ya que lo legal es concretar la solicitud que se le plantea a la administración lo máximo posible, de lo contrario puede adolecer de defecto al que se agarre la administración en vía judicial. Para rellenar estos datos deberás tener a mano la nómina en la que se te abonó la paga por antigüedad en la empresa. QUÉ DATOS DEBES RELLENAR? COLEGIO EN DONDE SE PRESTA SERVICIOS En el punto primero debes rellenar los datos del Colegio donde trabajas. De no conocer todos, podrás sacarlos de la propia nómina. MES DE ABONO DE LA PAGA Y CUANTÍA En el punto tercero debes indicar el mes concreto en el que se te abonó la paga por antigüedad y la cuantía de ésta. Estos dos datos vienen reflejados en la nómina. CANTIDAD QUE ADEUDA LA CONSEJERÍA En el punto séptimo debes indicar la cantidad exacta que la Consejería te adeuda. Tú debes realizar el cálculo. A continuación te explicamos cómo realizarlo. Además, en este punto séptimo, se vuelve a indicar el mes de abono de la paga por antigüedad que ya pusiste en el punto tercero. 12

RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Paga por antigüedad en la empresa 2006 EN MI NÓMINA, DÓNDE ESTÁN ESTOS DATOS? SINDICATO INDEPENDIENTE DE ENSEÑANZA DE MADRID 13

F S I E M A D R I D I N F O R M A CÓMO CALCULO LA CANTIDAD QUE SE ME ADEUDA El cálculo de la cantidad que se te adeuda es muy sencillo. PRIMERO, tenemos que calcular el sueldo que te correspondería en un mes cualquiera según las tablas salariales del 2006. Para ello tienes que localizar los siguientes datos: QUÉ BUSCO SUELDO DÓNDE LO ENCUENTRO En las TABLAS SALARIALES DEL 2006. En estás tendré que buscar el sueldo según el nivel educativo que impartía en ese momento TRIENIOS A) CALCULAR EL NÚMERO DE TRIENIOS: En mi nómina, hay una casilla denominada ANTIGÜEDAD, que es la fecha en la que entraste a trabajar en tu centro. Desde esta fecha hasta la fecha en la que te pagaron la paga, tienes que calcular el número de trienios completos (grupo de tres años) que tienes y que se te abonan. B) CALCULAR EL IMPORTE DE LOS TRIENIOS: en las TABLAS SALARIALES DEL 2006 deberás buscar el importe del trienio, según el nivel educativo en el que impartías, y multiplicarlo por tantos trienios como tengas. COMPLEMENTO AUTONÓMICO En una tabla posterior te indicamos las cantidades. SEGUNDO, tenemos que multiplicar esa cantidad por 5, que representan los quinquenios que contiene los 25 años de antigüedad en la empresa. 14

RECLAMACIÓN DE CANTIDAD Paga por antigüedad en la empresa 2006 TERCERO, a esta cantidad que nos resulta, la debemos restar la cantidad que nos abonó la Consejería de Educación o el Centro. EL RESULTADO DE ESTA RESTA SERÁ LA CANTIDAD QUE TENGAMOS QUE RECLAMAR BIEN A LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN BIEN AL CENTRO. ANEXO COMPLEMENTO AUTONÓMICO DE MADRID Cantidades del Complemento Autonómico de Madrid calculados para el año 2006 y 2007. MAESTROS y categorías semejantes LICENCIADOS y categorías semejantes Año 2006 327,99 340,87 Año 2007 361,97 375,10 SINDICATO INDEPENDIENTE DE ENSEÑANZA DE MADRID 15

F S I E M A D R I D I N F O R M A EJEMPLO Profesor de 2º ciclo de secundaria y que empezó a trabajar en el Centro el 3 de septiembre de 1980. PRIMERO calculo del sueldo mensual en 2006 Salario según tablas 2.006. 1.676,58 Número de trienios 2.006 1981 = 25 25 : 3 = 8 trienios. Cantidad del trienio en 2006 para prof. primaria 34,16 x 8 trienios 344,48 Complemento autonómico 2006 340,87 TOTAL.. 2.361,93 SEGUNDO - cálculo de la cantidad de la paga de antigüedad Cantidad según cálculos 2.006 2.361,93 x 5 TOTAL.. 11. 809,65 TERCERO cálculo de la cantidad a reclamar Cantidad según cálculos 2.006 11.809,65 Cantidad abonada.. 11.512,75 TOTAL. 296,90 16

SINDICATO INDEPENDIENTE DE ENSEÑANZA DE MADRID C/ Comandante Zorita, 6. 2º, puerta 8-28020 Madrid. Tels.: 91 554 08 68-91 554 89 22 Fax: 91 554 88 94 fsie.madrid@fsie.es www.fsie.es - --