PR-UGDA-10.5 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y ARCHIVOS (UGDA)

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Página de 9 048 CODIGO: PR-UGDA-0.05 FECHA: 5 de enero 07 PR-UGDA-0.5 MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y ARCHIVOS (UGDA)

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Página de 9 048 CODIGO: PR-UGDA-0.05 FECHA: 5 de enero 07. INTRODUCCIÓN En el presente Manual se establecen los procedimientos que la Unidad de Gestión Documental y Archivos de la Asamblea Legislativa, realizará para el cumplimiento de su función principal la cual de conformidad con los lineamientos emitidos por el Instituto de Acceso a la Información Pública; consiste en diseñar e implementar el Sistema Institucional de Gestión Documental y Archivos de la Asamblea Legislativa como Órgano de Estado. Dichos procedimientos se resumen en tres líneas principales: En primer lugar, la implementación del Sistema Institucional de Gestión Documental y Archivos; derivado de ello, se encuentra en segundo lugar la administración del archivo central y archivo periférico; y en tercer lugar, la función normativa de gestión documental para los entes obligados a la Ley de Acceso a la Información Pública LAIP, según los Arts. 40 y 4.. OBJETIVO GENERAL. Definir y establecer los procedimientos de implementación, administración y aplicación de la normativa, implementada por la Unidad de Gestión Documental y Archivos (UGDA) de la Asamblea Legislativa. 3. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. Contribuir a la Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Institución Crear e implementar el Sistema de Gestión Documental SIGDA, en el Órgano Legislativo. Proporcionar el marco de referencia y de actuación de la Unidad de Gestión Documental y Archivo. 4. ALCANCE Los procedimientos establecidos en el presente documento están dirigidos a la Unidad de Gestión Documental y Archivos UGDA, que, de acuerdo a los lineamientos emitidos por el Instituto de Acceso a la Información Pública, y demás instrumentos internos y la normativa nacional, tiene la responsabilidad de implementar el Sistema Institucional de Gestión Documental y Archivos de la Asamblea Legislativa. Partiendo de este documento la UGDA debe elaborar procedimientos y otros instrumentos específicos cuando la particularidad del asunto lo requiera. 5. DISPOSICIONES DE REVISIÓN Este documento será revisado cada doce meses para hacer las modificaciones o ajustes necesarios con el fin de ser actualizada en base a las necesidades de la gestión documental institucional o en todo caso podrá ser revisada en tiempo menor si se amerita.

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Página 3 de 9 048 CODIGO: PR-UGDA-0.05 FECHA: 5 de enero 07 6. MARCO NORMATIVO Ley del Archivo General de la Nación 985. Ley especial de protección al patrimonio cultural de El Salvador. Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP), Título IV Administración de Archivos, Capítulo Único, artículos 40, 4, 4, 43 y 44. Reglamento Interior (RIA) Asamblea Legislativa. Art. 43. Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública (RELAIP), Capítulo X Administración de Archivos, artículos 47 y 48. Lineamientos de Gestión Documental y Archivos emitidos por el IAIP. Reglamento de normas técnicas de control interno, artículos 0, 4, 36 y 37. Política Institucional de Gestión Documental y Archivos de la Asamblea legislativa. 7. PROCEDIMIENTOS DE LA UNIDAD DE GESTIÓN DOCUMENTAL Y ARCHIVOS 7.. Normalizar los procesos archivísticos del Sistema Institucional de Gestión Documental y Archivos de la Asamblea Legislativa. 7... Identificación documental. 3 Aplicar la metodología de la identificación documental en cada una de las Unidades, departamentos y Gerencias Administrativas desde la creación, diseño, producción, circulación, resguardo, uso de tecnologías y disposiciones de los documentos creados o recibidos en cualquier soporte y en el marco de las Funciones y de la normativa respectiva de las distintas unidades productoras. Recopilar los insumos necesarios provenientes de las unidades productoras de acuerdo a la metodología de la identificación que se determine conveniente y con la participación de las unidades productoras quienes deberán proveer la información, insumos necesarios y validación de las prácticas archivísticas. El análisis de estas prácticas y la aplicación de principios archivísticos serán de acuerdo a normas y estándares vigentes. Plasmar estas actividades en instrumentos archivísticos como repertorios, cuadro de clasificación y otra documentación necesaria para su respectiva evaluación y posterior revisión. 3

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Página 4 de 9 048 CODIGO: PR-UGDA-0.05 FECHA: 5 de enero 07 7... Clasificación, ordenación y descripción documental. Emplear un sistema de clasificación documental que se adopte de acuerdo a normas y estándares nacionales e internacionales, siempre y cuando sea congruente con la identificación documental. Esta actividad deberá ser planificada y documentarse. 3 Ordenar los documentos en cualquier etapa de su ciclo de acuerdo al sistema de clasificación documental y emplear los métodos de ordenación física de las unidades documentales de acuerdo a la lógica del trámite, el cual debe ser validado con las respectivas unidades productoras. La ordenación deberá quedar reflejada por cada unidad productora según el instrumento que se adopte para tal fin. Realizar la descripción documental como resultado de la evaluación de las series documentales y contempladas en un plan de descripción que se llevará a cabo en coordinación con las Unidades productoras. 7..3. Conservación de documentos. Emplear buenas prácticas para la conservación desde la etapa de gestión. Para ello, deberá coordinar con la Gerencia de administración y finanzas, el listado de materiales y el requerimiento de los mismos para efectuar las adquisiciones necesarias. Elaborar disposiciones para emplear buenas prácticas de conservación entre las oficinas productoras, acompañadas de la capacitación y asesorías necesarias. 7..4. Valoración y Selección de documentos. Coordinar el Comité Institucional de Selección y Eliminación Documental, CISED 4

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Página 5 de 9 048 CODIGO: PR-UGDA-0.05 FECHA: 5 de enero 07 mediante las acciones siguientes:. Gestionar la conformación e inducción del comité.. Elaborar programación del trabajo a efectuar de acuerdo a la normativa sobre el particular..3 Elaborar los instrumentos de valoración y selección documental, así como su publicación..4 Implementar las disposiciones surgidas de este comité en las unidades productoras de documentos de la Asamblea Legislativa. 7..5. Uso de las tecnologías de información en la gestión documental de la Asamblea Legislativa. Coordinar y planificar con la unidad de informática actividades, proyectos y estrategias para emplear estas tecnologías en la gestión documental de la Asamblea Legislativa. Éstas deben regirse por los estándares nacionales e internacionales en la materia; así como normativas sobre el particular que se emitan dentro de la Institución. La identificación de las necesidades de uso de tecnologías debe ser acorde a las necesidades de las Unidades, en aras de modernizar y hacer más eficientes los procesos de trabajo así como los recursos que se emplean para generar y mantener la información del Órgano Legislativo; lo que requiere un involucramiento de las unidades organizativas 7..6. Acceso a la información a través de los instrumentos de la gestión documental. Elaborar y publicar los instrumentos de la gestión documental en cumplimiento con las disposiciones de los lineamientos sobre el particular emitidos por el Órgano Legislativo; así como otros que se consideren necesarios para transparentar la información pública. 7.. Elaboración e implementación de la normativa institucional de gestión documental y archivos. 7... Elaborar la normativa UGDA. Elaborar la normativa necesaria para los distintos procesos y tratamientos archivísticos, 5

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Página 6 de 9 048 CODIGO: PR-UGDA-0.05 FECHA: 5 de enero 07 3 4 5 desde la fase activa o de creación de los documentos en los archivos de gestión y durante todo su ciclo, abarcando la valoración documental que determine su transferencia, eliminación y conservación. Esta se elaborará teniendo como base el procedimiento de identificación y tomando en cuenta lo establecido en la Política Institucional de Gestión Documental y Archivos. Trabajar en conjunto con otras unidades necesarias para la creación de estas normativas según la particularidad o especificidad, tales como: Gerencias administrativas, unidades y departamentos y otras según lo establece los lineamientos emitidos por el IAIP y de conformidad con la Política Institucional de Gestión Documental y Archivos. Emplear los formatos establecidos para crear esta normativa y regirse por el procedimiento adecuado para su presentación, entrega y aprobación por parte de la autoridad competente Implementar proyectos de digitalización de documentos institucionales; así como también implementar sistemas de gestión de documentos electrónicos, y emitir las políticas para la gestión del correo electrónico institucional. Hacer revisiones y actualizaciones del cuerpo normativo al menos cada dos años, incorporando esta actividad en el Plan de trabajo anual de esta Unidad 6

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Página 7 de 9 048 CODIGO: PR-UGDA-0.05 FECHA: 5 de enero 07 7... Implementar la normativa de gestión documental en la Asamblea Legislativa. Capacitar al personal de las unidades, departamentos y gerencias administrativas, la cual será llevado a cabo de la siguiente manera:. Realizar programación anual o semestral en coordinación con la Gerencia de Recursos Humanos.. Documentar la actividad a través de listados, materiales elaborados, y otros. Asesorar a las unidades productoras en la implementación de la normativa de gestión documental de la siguiente manera:. Deberá quedar registrados en una bitácora que refleje el servicio de asesoría brindado. Elaborar informes de seguimientos para verificar el buen cumplimiento de la normativa y enviarlos a las unidades respectivas para la toma de decisiones..3 Se realizara informe periódico de estas actividades normativas según calendarización del Plan Operativo Anual de la Unidad. 7..3. Administrar el SIGDA. Proveer los insumos para la instalación y resguardo de los documentos de la siguiente manera: En coordinación con la gerencia de administración y finanzas se harán los requerimientos. necesarios. Los materiales de archivo que son administrados por la UGDA para entregar a las Unidades. deben quedar registradas en una bitácora de entregas. Evaluar el desarrollo del SIGDA mediante las siguientes actividades: Incorporar al plan de trabajo anual todas aquellas actividades relacionadas con su. implementación. Documentar todas las actividades correspondientes y emitir los informes correspondientes a. las Unidad de Planificación y de Auditoría; y otros requeridos por las autoridades competentes. Documentar a través de informes o reportes según la planificación de la Unidad, tendientes.3 a evaluar el cumplimiento y avance del SIGDA. Revisar, al menos cada dos años, las estrategias de implementación del SIGDA y.4 documentarlo por medio de un plan respectivo. 7

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS Página 9 de 9 048 CODIGO: PR-UGDA-0.05 FECHA: 5 de enero 07 7.3. Elaboración e implementación de la normativa institucional de gestión documental y archivos. 7.3.. Conservar el acervo documental del Archivo Central Elaborar un plan integrado de conservación de acuerdo a la normativa y estándares en la materia. Reportar inmediatamente a la gerencia administrativa los daños que se presenten para proceder a gestionar las reparaciones y adecuaciones respectivas. 7.3.. Administrar el acervo documental del Archivo Central. Elaborar normativa para regular las actividades que realizará el archivo central de la Asamblea Legislativa que incluya la transferencia documental primaria y secundaria, organización, descripción, acceso y consulta, evaluación, así como otros según lo establezcan las normativas pertinentes. Diseñar e implementar estrategias de difusión del acervo documental del archivo central mediante guías, catálogos u otros recursos derivados del inventario y de la descripción. 9