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4.1. Procedimientos de Inspección de recibo de materiales, partes, componentes, herramientas Todo material, incluyendo herramientas, equipos y componentes nuevos o reparados de uso aeronáutico que ingresen a la OMA, estarán sujetos a inspección por un Inspector de recibo, quien asegurará su conformidad en cuanto a su identificación, condición, preservación, trazabilidad, apariencia visual, cantidad, etc. según las órdenes de compra, especificaciones certificadas de los fabricantes, dibujos o normas de la industria que sean aplicables. Se utilizará el formato Reporte de Inspección de Recibo (Forma FO-CAL-031) para registrar los resultados de dicha inspección. Los materiales, componentes, partes, herramientas, etc. que sean aceptadas en la inspección de recibo serán entregados al encargado de almacén con todos los documentos de trazabilidad, incluyendo el formato FO-CAL-031 y deberán ser conservados mientras el material o componente se encuentre en el almacén. Podrá mantenerse una copia digital de dicha documentación. Si alguna situación inusual o cuestionable es detectada, el personal del almacén debe pedir asistencia técnica al inspector de recibo. 4.1.1 Criterios de Inspección de Recibo Los siguientes criterios serán utilizados durante el proceso de Inspección de Recibo de Materiales, Partes, herramienta, equipos y componentes nuevos o reparados de uso aeronáutico: a) La OMA efectuará a todas las partes o materiales aeronáuticos recibidos, una inspección que garantice su estado de preservación, que no tenga defectos aparentes y que haya sido adquirido de un proveedor reconocido, antes de que sean almacenadas. b) Las partes o materiales para aeronaves deben ser inspeccionadas tomando como referencia las circulares informativas AC 20-62E de la FAA y otras aplicables. c) Las partes reparadas que se compran a proveedores serán inspeccionados para asegurarse que no provengan de aeronaves siniestradas. d) Las herramientas calibrables serán identificadas mediante una Etiqueta de Control de Calibración (Forma FO-CAL-022). Se deberá asegurar que los adhesivos de calibración del proveedor no estén dañados y que estén debidamente diligenciados. e) Mediante la Etiqueta de Control de Vida de Almacenamiento (Forma FO -CAL-023) se identificarán las partes o materiales que tengan tiempo de vida límite de almacenamiento, según las especificaciones del fabricante. f) Las partes, materiales o componentes de aeronaves nuevos fabricados bajo un Certificado Tipo, un Certificado de Producción o de acuerdo con una Orden Técnica Estándar (TSO) o Datos Técnicos similares aprobada por EASA, FAA, o Autoridad de Aviación Civil del país de origen o si las partes, materiales o componentes han sido reconstruidos por su fabricante, PAGE: (4-2)
según las especificaciones de producción, solo requerirán de una inspección de recibo visual para determinar su condición física, siempre y cuando tengan su respectiva tarjeta de aprobación de aeronavegabilidad, aptitud para el servicio o certificación equivalente. g) El Inspector de Recibo deberá especificar la cantidad de partes o materiales que ha recibido y aceptado en las casillas correspondientes del Reporte de inspección de Recibo (Forma Forma FO-CAL-031). Una vez diligenciado, el reporte de inspección de recibo será adjuntado al contenedor donde aparece el lote. h) Todo material, incluyendo partes nuevas o reparadas y/o herramientas que sean enviados por el propietario/operador para la instalación y/o utilización en una aeronave en servicio, serán sujetos a inspección por un inspector de recibo de la OMA. i) En caso que se presente un eventual retorno al almacén de materiales aptos para el servicio que fueron despachados y no fueron utilizados durante un servicio, estos requerirán una nueva Inspección de recibo. j) Todo material, componente o herramienta que no cumpla con lo estipulado en este procedimiento y en las regulaciones aplicables o que su documentación esté incompleta, deberá ponerse en cuarentena, según se describe en el numeral 5.3.3 de este manual. k) Todo elemento no aeronáutico como herramientas generales, componentes para equipos tierra, materiales de ferretería general, etc. no requerirán inspección por parte del inspector de recibo. Este control será exclusivo del almacén y del encargado de equipo tierra. Una vez las partes, materiales, herramientas y/o componentes hayan cumplido con las especificaciones de inspección de recibo y se haya llenado el Reporte de inspección de recibo (Forma FO-CAL-031), el Inspector asignado hará entrega formal de dichos elementos al personal de almacén con su respectiva documentación. Como evidencia de la entrega, se utilizará el formato de Inspección de recibo de materiales, herramientas y equipos (Forma FO -CAL-021) donde el encargado de almacén firmará que recibe a conformidad cada parte, material, herramienta y/o componente. 4.1.2 Partes Sospechosas No Aprobadas (SUP s) Las partes sospechosas no aprobadas pueden ser: partes que fueron rechazadas durante la producción debido a defectos; partes que no han tenido un correcto mantenimiento; partes a las cuales se les ha hecho mantenimiento, reconstrucción, alteración, revisión o retorno a servicio por personas o talleres no autorizados; partes falsificadas o partes nuevas que no han sido aprobadas o no han pasado por el sistema de calidad y no cumplen con la información o diseño aprobado; partes que no están autorizadas para ser utilizadas bajo los parámetros de servicio FAR partes 43 y/o 145 u otras condiciones que especifiquen las circulares informativas aplicables de cada autoridad. Se debe verificar que las partes hayan sido enviadas en un empaque correcto y que sus documentos de envío reflejen la misma información que aparece en la Orden de Compra y demás PAGE: (4-3)
documentos. Hay que verificar que la identificación en la parte no haya sido alterada (ejemplo, número de serie sobrescrito, placas o números de parte/serie inadecuados o faltantes, grabado vibro-tech o números de serie localizados en otras posiciones a las normales) o si hay números que no concuerden o que falten. Además, evaluar cualquier irregularidad visible (ejemplo superficie alterada o inusual, ausencia de recubrimiento requerido, evidencia de uso, ralladuras, pintura nueva sobre vieja, intento de reparación exterior, picaduras, corrosión, etc.). Cuando el inspector de recibo, personal de mantenimiento o cualquier persona identifique una parte sospechosa (SUP), deberá enviarla a cuarentena e informarlo al Jefe de Control Calidad o persona encargada, quien evaluará el componente y en caso de estar de acuerdo con la sospecha, hará un reporte a la autoridad de aviación civil correspondiente indicando las condiciones encontradas en el elemento, según formatos y procedimientos aplicables. 4.2. Procedimientos para Inspecciones Preliminares de Componentes El Inspector a cargo, es el responsable de la realización de las inspecciones apropiadas, en las que se incluyen Pruebas Funcionales y No Destructivas (si l as hubiera disponibles en la OMA o en un Taller sub-contratado), para constatar el estado de preservación o existencia de algún defecto no reportado en los elementos o aeronaves entregadas a la OMA para su mantenimiento, alteración o reparación de acuerdo con el alcance del Certificado de Funcionamiento. Se deberá registrar el resultado de las Pruebas Funcionales y No Destructivas en el formulario del paso a paso correspondiente. Estos formularios deberán tener el numero de la Orden de Trabajo correspondiente y estar firmados por el técnico habilitado que cumplió la prueba. Se deben anexar al paquete de trabajo. Las discrepancias encontradas durante esta inspección deberán ser registradas en el Formato de paso a paso correspondiente, y deberá permanecer con los registros de inspección hasta que las aeronaves o unidades sean Retornadas para Servicio. Antes de empezar cualquier trabajo, el Inspector a cargo deberá verificar especialmente si es para un explotador aéreo debidamente identificado, comercial regular o no regular; que esté de acuerdo con los requerimientos de aeronavegabilidad continuada; que toda la información necesaria y actualizada, además de las especificaciones, estén incluidas o se refieran a las instrucciones de trabajo que deben acompañar al producto por todo el taller y que el trabajo y las inspecciones se realicen según el Manual del Fabricante, el Programa de Mantenimiento o el Manual General de Mantenimiento del explotador aprobado por la autoridad de aviación civil correspondiente, como sea aplicable Las inspecciones preliminares son aquellas que incluyen (sin estar limitadas a éstas) lo siguiente: 1) Métodos de Inspección: visual, endoscópica, NDT, etc. 2) Operación Funcional antes del desensamble, si es aplicable. 3) Rastreo de Vida Límite o de Overhaul (a través de los registros en talleres u operadores anteriores). 4) Verificaciones por preservación o defectos. PAGE: (4-4)
4.3. Procedimientos para Inspecciones por Daño Oculto Para componentes que presentan evidencia o se tiene información (provista por el cliente) que ha estado involucrada en un accidente, la inspección preliminar no se limitará a una inspección por daño evidente o deterioro del área involucrada, si no que incluirá también una inspección detallada por daño oculto en áreas adyacentes al área afectada. En el caso de deterioro, se deberá cumplir una revisión completa de todos los materiales o equipos similares en un sistema o estructura semejante. El alcance de esta inspección dependerá de la unidad afectada, con especial consideración a la historia operacional, fallas o reportes de defectos, SB, y AD s que puedan aplicar a la unidad en cuestión. El Inspector asignado deberá referirse a las instrucciones de trabajo escritas, antes de efectuar la inspección física. Igualmente será responsable de enumerar todas las discrepancias observadas durante la inspección en el formato de paso a paso correspondiente y proceder a informar al Jefe de Control Calidad, con el fin de que éste notifique al propietario/operador de la aeronave, para que se proceda a la autorización de los trabajos adicionales requeridos. Esta inspección por daño oculto, también se deberá llevar a cabo cuando la parte o componente proviene de una aeronave que ha estado involucrada en accidentes. 4.4 Procedimientos para Inspecciones en Progreso Los Inspectores autorizados deberán efectuar inspecciones en las distintas etapas del proceso de desensamble, overhaul y reparación de todas las aeronaves o componentes recibidos por la OMA, para cumplirles algún trabajo o mantenimiento. Las Inspecciones Progresivas se cumplirán a intervalos recomendados por el manual aplicable, los Programas de Mantenimiento y/o los formatos propios originados por la OMA (Ordenes de Ingeniería y Órdenes de Trabajo). Los reportes o discrepancias encontradas en la Inspección en Proceso serán consignados en el formato de Reporte No Rutina (FO-CAL-019)o formatos de paso a paso correspondientes. Todos los procesos de reparación y overhaul efectuados en la OMA, estarán basados en procesos tomados de recomendaciones, manuales y tolerancias establecidos por los respectivos fabricantes. 4.5 Procedimientos para Inspección Final de Aeronaves o Componentes Ver numeral 2.2 Procedimientos para Preparar la Certificación de Conformidad de Mantenimiento de este MOM PAGE: (4-5)
4.6 Procedimientos de Registros de Personal de Certificación El Área de Aseguramiento de Calidad es responsable de mantener y conservar un archivo con la información de todo el personal técnico y de inspección que labora en el mismo, el cual debe ser actualizado dentro de los 5 primeros días hábiles posteriores a un cambio de personal (ingreso o retiro). Este archivo contendrá como mínimo la siguiente información: - Cargo - Años de experiencia - Antecedentes de trabajo - Licencias aplicables - Cursos de capacitación, habilitaciones y recurrentes. El Jefe de Control Calidad deberá conservar un listado actualizado del personal de inspección con sus debidas licencias y habilitaciones, incluyendo el personal autorizado para aprobar los Ítems de Inspección Requerida (RII) y las liberaciones de servicio. PAGE: (4-6)