Estrategias de litigación oral
1 Sesión No. 6 Nombre: La audiencia intermedia Contextualización Es importante conocer qué se desahoga en la audiencia intermedia? La audiencia intermedia se encuentra ubicada en la etapa conocida como intermedia o de preparación a juicio oral, esta audiencia inicia con la acusación por escrito del Ministerio Público, la cual, una vez que es de conocimiento del juez de control, éste la notifica a la defensa y al imputado. Es de suma importancia esta audiencia toda vez que en ella se van a ofrecer y depurar las pruebas que serán desahogadas en la etapa de juicio oral, es el último momento donde se puede solucionar el caso con medidas alternas, resuelve excepciones, excluye pruebas y se pueden hacer acuerdos probatorios. Es evidente que es de suma importancia conocer cada una de las cosas que se pueden hacer valer en este momento, tan es así que se puede dar por terminado el conflicto y ambas partes salir beneficiadas o satisfechas. Como lo veremos en el desarrollo de la presente sesión.
2 Introducción al Tema El 18 de junio de 2008 fueron publicadas las reformas de nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, cambiando el proceso penal el cual será acusatorio y oral. Ante esta situación es evidente que el proceso penal acusatorio y oral tiene una nueva estructura y, por lo tanto los objetivos y mecanismos de las audiencias son diferentes a las del sistema inquisitivo mixto, como es el caso de la Audiencia Intermedia, la cual se desarrolla en segunda etapa del sistema acusatorio. Esta audiencia es determinante para saber si llegaremos a la tercer etapa, ya que ésta es la última oportunidad de llegar a solucionar el conflicto con una medida alterna, en caso de llegar a la tercer etapa, esta audiencia limita qué pruebas van a desahogarse en esa, ya que aquí se ofrecen, admiten y desechan pruebas, por eso se dice que se depura el material probatorio que se va a introducir en el debate y se depuran los hechos controvertidos que serán materia del juicio. Es por ello que vayamos desmenuzando la audiencia intermedia durante nuestra sesión, la cual no sólo comprenderemos, veremos su desarrollo y técnicas que se pueden aplicar.
3 Explicación Identificar qué es una audiencia intermedia y cuáles son sus antecedentes La audiencia intermedia la encontramos en la etapa que lleva el mismo nombre de la audiencia, en su fase oral, esta audiencia también recibe el nombre de audiencia de preparación de juicio oral, la cual tiene como objeto la depuración de los medios de prueba que se presentarán en el juicio oral para su desahogo, y es llevada por el juez de control. Como es sabido, con la reforma del año 2008 se crea un proceso penal acusatorio y oral, el cual tiene una diferente estructura para su desarrollo, tan es así que en el sistema inquisitivo mixto no existía un juez de control o de garantías que tuviera dentro de sus funciones y facultades el celebrar una audiencia donde las partes harán de saber sus medios de prueba y la autoridad revisará sobre la licitud de los medios de convicción y de su obtención de los mismos, así como de los hechos controvertidos que serán materia del juicio oral, lo que acontece en el nuevo sistema penal. Esta audiencia es de suma importancia, no sólo por la depuración de las pruebas o de los hechos controvertidos, sino porque es la última oportunidad de solucionar el conflicto penal por medio de salidas alternas; toda vez que una vez dictado el auto de apertura a juicio oral, ya no se podrá utilizar ninguna de las salidas alternas. Hasta antes del fin de la audiencia intermedia las partes pueden reiterar la solicitud de diligencias precisas de investigación, que el Ministerio Público hubiera rechazado y si el Juez acoge la solicitud se reapertura la investigación. En esta audiencia concurren las partes ante el juez de control con el fin de poner sus puntos de vista sobre las solicitudes formuladas por el Ministerio Público y el querellante, aquí las partes pueden dar contestación a su adversario de forma
4 oral, con ello se respeta el principio de contradicción y oralidad, y se realiza en una audiencia ininterrumpida. Para que se pueda celebrar la audiencia intermedia el Ministerio Público se debió presentar por escrito la acusación, lo cual el juez ordenará su notificación y citará a las partes para la audiencia intermedia. El defensor o el imputado pueden hacer las manifestaciones que consideren convenientes respecto a la acusación del Ministerio Público, por escrito cuando las hagan antes de la audiencia o verbal, que se harán al inicio de la audiencia intermedia. El acusado podrá plantear cuestiones como incompetencia, litispendencia, cosa juzgada, falta de autorización para proceder penalmente, extinción de la acción penal. La audiencia intermedia la cual es llevada por un Juez de Control (principio de inmediación), el cual una vez identificada las partes, cada contrincante hará una exposición sintetizadas de su presentación. En esta audiencia también se pueden presentar pruebas, más en cuestiones de cosa juzgada o de extinción de la pretensión que plantea el acusado. El juez resolverá de manera inmediata cuestiones de litispendencia, incompetencia y la extinción de la acción penal. También se pueden llevar debates sobre los medios de prueba que tiene la parte contraria, con el fin de excluir los medios de prueba que no cumplan con los requisitos necesarios, de igual manera pueden las partes desahogar pruebas para demostrar la ilicitud del medio de prueba que se quiere introducir en la audiencia de juicio oral. En esta audiencia las partes podrán solicitar al Juez de manera conjunta, que dé por acreditados cierto hechos que no podrán ser discutidos en el juicio; éstos son los acuerdos probatorios y el juez los autorizará siempre que esté justificado que hay antecedentes en la investigación con los que se puede acreditar la
5 certeza del hecho. Éstos al ser autorizados por el juez los incorporará al auto de apertura del juicio oral. Al finalizar la audiencia intermedia el juez dictará el auto de apertura de juicio oral, que contendrá: El tribunal competente para celebrar la audiencia de debate de juicio oral. La o las acusaciones. Los hechos que se dieron por acreditados. Las pruebas que deberán producirse en el juicio oral y las de la audiencia de individualización de las sanciones. La individualización de los que deban ser citados a la audiencia de debate. Aplicar las técnicas para el desarrollo de la audiencia intermedia Como técnica para que nuestras pruebas no sean desechadas, se debe tomar en cuenta que éstas no deben ser impertinentes, es decir que no tienen relación con los hechos, que no sean inadmisibles, es decir que sean de origen nulo y violenten derechos fundamentales, se aplica aquí la teoría del fruto del árbol envenenado, que no sean sobreabundantes, dilatorias o bien para acreditar hechos públicos o notorios, que como es sabido no necesitan demostración. Como se rige esta audiencia por el principio de oralidad es importante que los contrincantes, vayan preparados y no quieran improvisar o leer en sus intervenciones, deben saber los puntos que van a pedir y cómo lo van a sustentar, pero no pueden dictarlos, ya que el juez les hará saber que la audiencia es oral. Si bien es cierto, en esta audiencia se puede dar réplica a lo vertido por el contrincante, pero es importante analizar cuando se hará valer, no se debe replicar por el simple hecho, ya que no es bien visto y demuestra la falta de preparación que se tiene en la teoría del caso.
6 Identificar la imputación y la vinculación al proceso como partes fundamentales de la audiencia intermedia La imputación o acusación es parte fundamental de la audiencia intermedia, toda vez que cuando el Ministerio Público realiza la acusación por escrito, es cuando se le notifica a la defensa y al imputado, para que ellos tengan conocimiento y se fije la audiencia intermedia. Si no hubiese acusación no habría audiencia intermedia, de ahí que sea sumamente importante, con independencia de ello, esa imputación será de la que se defienda el acusado, con base en ello presenta las pruebas para que éstas puedan ser en su momento desahogadas en la audiencia de juicio oral.
7 Conclusión En la segunda etapa del proceso penal se desahoga la audiencia intermedia, siendo ésta la última oportunidad para que se concluya el caso por medio de soluciones alternas, en caso contrario se depuran pruebas que son introducidas en el debate, esta audiencia se lleva con los principios constitucionales, motivo por el cual ya se estudiaron los principios rectores de la audiencia y en sesiones posteriores se aprenderá a realizar objeciones y técnicas que se pueden emplear en esta audiencia.
8 Para aprender más Tramitación de la Acusación La audiencia se realiza en un plazo no mayor a 30 días Segunda etapa: Intermedia
9 Villegas, C. (2011) Código modelo del proceso penal acusatorio para los estados de la federación. http://brd.unid.edu.mx/codigo-modelo-del-proceso-penal-acusatorio... Baclini, J. (2012) Etapa intermedia. http://brd.unid.edu.mx/etapa-intermedia/
10 Actividad de Aprendizaje Instrucciones Con la finalidad de reforzar los conocimientos adquiridos a lo largo de esta sesión y con apoyo de la legislación del Estado de México y de dos legislaciones a su elección, realiza un cuadro comparativo, el cual contendrá los lineamientos de la audiencia intermedia vista en esta sesión, el objetivo es indicar diferencias y semejanzas. En esta actividad se tomará en cuenta lo siguiente: Tus datos generales. Investigación. Diagramas. Fundamento.
11 Bibliografía González Obregón, C. (2011) Manual Práctico de Juicio Oral. Ubijus. Islas Colín, A.; Altamirano Santiago, M. y Cornelio Landero, E. (2012) Juicios Orales en México, Tomo III. Flores Editor y distribuidor.