Ley de Ajustes al Sistema Contributivo Ley 77-2014 Lcdo. Jerry De Córdova, CPA 11 de Julio de 2014
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PATENTE NACIONAL 3
Aplicación para años contributivos comenzados antes de 1 de enero de 2014. o Corporaciones o Compañías de Responsabilidad Limitada o Individuos en su participación distribuible* en: Sociedades Sociedades Especiales Corporaciones de Individuos La base es el Ingreso Bruto de la entidad. Componente de la Contribución Alternativa Mínima o la Contribución Básica Alterna. 4
Aplicación para años contributivos comenzados luego del 31 de diciembre de 2013. o Corporaciones o Compañías de Responsabilidad Limitada o Sociedades o Sociedades Especiales o Corporaciones de Individuos La base es el Ingreso Bruto de la entidad. Contribución Adicional. 5
Tasas Contributivas: Negocios NO Financieros para años contributivos comenzados: o Antes de 1 de enero de 2014 ( Año 2013) Ingreso Bruto Tasa Aplicable De $1 Millón a 3 Millones.20% En Exceso de $3 Millones hasta $300 Millones.50% En Exceso de $300 Millones hasta $600 Millones.70% En Exceso de $600 Millones hasta $1,500 Millones.80% En Exceso de $1,500Millones.85% 6
Tasas Contributivas: Negocios NO Financieros para años contributivos comenzados: o Antes luego del 31 de diciembre de 2013 (Año 2014 en adelante) Ingreso Bruto Tasa Aplicable En Exceso de $3 Millones hasta $100 Millones.35% En Exceso de $100 Millones hasta $300 Millones.50% En Exceso de $300 Millones hasta $600 Millones.70% En Exceso de $600 Millones hasta $1,500 Millones.80% En Exceso de $1,500Millones 1.0% 7
Tasas Contributivas: Contribuyentes dedicados a la venta de alimentos al detal. Requisitos: o Dedicados PRINCIPALMENTE a la venta al detal de alimentos no preparados y provisiones. o Ingreso Bruto menor de $400 millones durante el año contributivo. 8
Contribuyentes dedicados a la venta de alimentos al detal. Definiciones: o Principalmente - Durante un período de 3 años contributivos inmediatamente anteriores al año de la determinación, un promedio de 70% o más de sus ventas al detal constituyan ventas al detal de alimentos no preparados y provisiones. o Contribuyente dedicado a la venta al detal Incluye los negocios comúnmente conocidos como Cash & Carry. 9
Contribuyentes dedicados a la venta de alimentos al detal. Definiciones: o Provisiones - Excluye, la venta de enseres, equipos electrodomésticos, juguetes, artículos de belleza, escuela, oficina, ferretería, zapatos, ropa, bebidas alcohólicas. o Ingreso Bruto se determinará tomando en consideración la suma total del ingreso bruto de cada una de las personas miembros del grupo controlado o del grupo de entidades relacionadas, incluyendo el ingreso bruto de cualquier miembros que haya elegido determinar su contribución bajo Opción-94 10
Coordinación con la contribución Sobre Ingresos: o No formará parte de la contribución sobre ingresos del año para el que se computa. o Admisión como deducción en el computo de ingreso neto: Tiene que pagarse la Patente Nacional en o antes de la fecha de vencimiento para la radicación de la planilla de contribución sobre ingresos. 11
Coordinación con la contribución Sobre Ingresos: o Contribuyentes con Dispensas Tasa aplicable será la establecida en la Dispensa, o La que resulte de la tasa aplicable para el año contributivo, según las tablas de la sección 1023.10A o No se puede aplicar la reducción concedida en la Dispensa a la tasa aplicable bajo las tablas de la sección 1023.10A 12
Créditos admisibles contra la Patente Nacional o No se admiten créditos contributivos generados o adquiridos por el Contribuyente en cualquier fecha. o Solo se consideran los créditos por contribución retenida y pagada en la medida que dichas partidas no se hayan utilizado contra la contribución sobre ingresos. Descripción Cantidad Responsabilidad Contributiv a $ 55,000.00 Menos: Contribución Retenida, Pagada (61,000.00) Más: Patente Nacional 6,000.00 Balance $ - 13
Contribución Sobre Ingresos Estimada o La Patente Nacional se tiene que incluir como parte de los pagos de contribución estimada y cumplir con las disposiciones de la Sección 1061.23 del Código. Requisito para poder reclamar la deducción. 14
Otros Cambios: o Determinación de Ingreso Bruto: Producción o venta de propiedad en el curso ordinario de negocio o El ingreso Bruto será el total generado por las ventas de bienes y productos sin deducir el costo de los bienes vendidos. Cadenas Voluntarias Certificadas: o Se aclara que el pago o flujo de efectivo recibido de sus miembros se excluirá del cómputo de Patente Nacional. 15
Otros Cambios: o Esta contribución se rediseñara como parte del proyecto de Reforma Contributiva. Se espera que entre en vigor para años comenzados con posterioridad al 31 de diciembre de 2014. 16
Ejemplo: Reglas aplicables al 2013 Supermercado con ventas totales de $30,000,000. Además de esto recibe los siguientes ingresos adicionales: o Renta: $100,000 o Otros Ingresos: $41,800 En su planilla de contribución sobre ingresos refleja un ingreso neto de operaciones de $450,000 para el año 2013. La entidad no es parte de un grupo controlado de corporaciones. 17
EJEMPLO #1 Contribución Regular Ingreso Neto $ 450,000 Tasa aplicable 20% Contribución Regular a Pagar 90,000 Cómputo Contribución Adicional (SURTAX) Ingreso Neto $ 450,000 Deducción (25,000) Ingreso Sujeto a Surtax $ 425,000 Contribución Alternativa Mínima Componente ("AMT") Prueba #1 Prueba #2 Ingreso sujeto a AMT $ 450,000 Tasa aplicable 30% N/A AMT 135,000 Componente- Entidades Relacionadas Cargos Afiliadas $ - $ - Tasa Aplicable N/A 20% Impuesto Cargos Afiliadas - Compra Afiliadas - Tasa Aplicable N/A 2.00% Contribución Compras a Afiliadas - SURTAX Ingreso sujeto a tasa de 19% 65,250 Contribución Regular $ 155,250 Contribución entidades Relacionadas $ - Componente ("Patente Nacional") Ventas Brutas $ 30,141,800 $ 30,141,800 Tasa Aplicable 0.5% 0.5% $ 150,709 $ 150,709 AMT Total $ 285,709 $ 150,709 Contribución a pagar $ 285,709 18
Ejemplo: Reglas aplicables al 2014 Supermercado con ventas totales de $30,000,000. Además de esto recibe los siguientes ingresos adicionales: o Renta: $100,000 o Otros Ingresos: $41,800 En su planilla de contribución sobre ingresos refleja un ingreso neto de operaciones de $450,000 para el año 2014. La entidad no es parte de un grupo controlado de corporaciones. La Planilla realizó todos los plazos de contribución estimada durante el año 2014, los que consideraban la Patente Nacional. 19
EJEMPLO #2 Contribución Regular Ingreso Neto $ 450,000 Patente Nacional (60,284) Ingreso Neto $ 389,716 Tasa aplicable 20% Contribución Regular a Pagar 77,943 Cómputo Contribución Adicional (SURTAX) Ingreso Neto $ 389,716 Deducción (25,000) Ingreso Sujeto a Surtax $ 364,716 Contribución Alternativa Mínima Componente ("AMT") Prueba #1 Prueba #2 Ingreso sujeto a AMT $ 450,000 Tasa aplicable 30% N/A AMT 135,000 Componente- Entidades Relacionadas Cargos Afiliadas $ - $ - Tasa Aplicable N/A 20% Impuesto Cargos Afiliadas - Compra Afiliadas - Tasa Aplicable N/A 2.00% Contribución Compras a Afiliadas - Contribución entidades Relacionadas $ - AMT Total $ 135,000 $ - SURTAX Ingreso sujeto a tasa de 19% 53,796 Contribución Regular $ 131,739 Más: Patente Nacional 60,284 $ 192,023.00 Patente Nacional Ventas Totales $ 30,000,000 Renta 100,000 Otros Ingresos 41,800 Total de Ingreso Bruto 30,141,800 Tasa aplicable 0.20% Patente Nacional $ 60,284 20
VENTANAS DE PREPAGO: 21
Ventanas de Prepago Contribuyente Instrumento sujeto a Beneficio Periodo de Efectividad Tasa Aplicable Sección Código Individuos Contratos de Anualidad Variable 7/1/2014-12/31/2014 10% 1023.20 Individuos, sucesiones y Fideicomisos Venta o sobrepago adelantado sobre el incremento en valor acumulado en ciertos activos 7/1/2014 10/31/2014 8%- Activos de Capital 15%- Ingreso Ordinario 1023.21 Corporaciones Venta o sobrepago adelantado sobre el incremento en valor acumulado en activos de capital 7/1/2014 10/31/2014 12% 1023.22 Individuos Cuentas de Retiro Individual 7/1/2014 10/31/2014 8% 1023.23 22
GANANCIAS Y PÉRDIDAS DE CAPITAL: 23
Cambios Transacciones de Capital Tipo de Transacción Término de Posesión Hasta 6/30/2014 A partir de 7/1/2014 Tasa Contributiva Término de Posesión Tasa Contributiva INDIVIDUOS Ganancia/Pérdida a Corto Plazo 6 meses Ordinarias 1 Año Ordinarias Ganancia/ Pérdida a Largo Plazo + 6 meses 10% + 1 Año 15% CORPORACIONES Ganancia/Pérdida a Corto Plazo 6 meses Ordinarias 1 Año Ordinarias Ganancia/ Pérdida a Largo Plazo + 6 meses 15% + 1 Año 20% 24
Cambios Transacciones de Capital Limitación en Pérdidas de Capital: o Corporaciones Hasta el 90% de las ganancias de Capital o Otros Contribuyentes: 90% de las ganancias, más Lo menor entre el ingreso neto y $1,000 25
Cambios Transacciones de Capital Arrastre de Pérdida de Capital: Pérdida Generada en Años Período de Arrastre 2006 al 2013 10 años 2014 en adelante 7 años 26
OTROS CAMBIOS: 27
Otros Cambios Crédito por responsabilidad Contributiva Mínima de Año Contributivo Anterior (corporaciones) o Crédito disponible hasta que se agote: o Limitado al 25% del exceso: la obligación contributiva regular del contribuyente para dicho año reducida por contribuciones pagadas al extranjero, sobre La contribución mínima tentativa de dicho año. 28
Otros Cambios Contribución Básica Alterna (individuos) o Actualmente las tasas de CBA son: o Efectivo el 1 de enero de 2014, las tasas de CBA serán: 29
Otros Cambios Crédito por Contribución básica alterna de años Contributivos Anteriores (individuos) o Crédito disponible hasta que se agote: o Se considera el exceso CBA neta sobre la contribución regular determinada para años contributivos desde el 2009 hasta el 2013. o Limitado al 25% del exceso: la obligación contributiva regular del contribuyente para dicho año reducida por contribuciones pagadas al extranjero, sobre La contribución básica alterna de dicho año. 30
Preguntas? Comuníquese con nosotros: Departamento de Impuestos Jerry De Córdova, CPA, JD jdecordova@adacpa.com Astrid Ortiz Couvertier, CPA, Esq. aortiz@adacpa.com Departamento de Auditoria y Consultoría Jorge Aquino Barreto, CPA, CVA, CGFM, CFF jaquino@adacpa.com Eduardo González Green, CPA, CFE, CFF egonzalez@adacpa.com Aquino, De Cordova, Alfaro & Co., LLP www.adacpa.com P.O. Box 70262 San Juan, P.R. 00936-8262 Tel (787) 253-9595 / Fax (787) 253-9511 As required by IRS rules, please understand that any PR and/or US tax advice given in this presentation by Aquino De Cordova, Alfaro & Co, LLP is informal and is based on the information contained herein. Any tax advice contained herein was not intended or written to be used and cannot be used, for the purpose of avoiding penalties that may be imposed under the Internal Revenue Code or applicable state or Puerto Rico tax law provisions. 31