Modificación de la legislación farmacéutica en la UE. 2

Documentos relacionados
INFORME DE LA COMISIÓN AL PARLAMENTO EUROPEO Y AL CONSEJO

Registro público de laboratorios farmacéuticos

Antecedentes de la norma

Libre circulación de pacientes y receta electrónica en la UE 2

Visión de FEDIFAR. Miguel Valdés Garaizabal Director general de FEDIFAR. Jornada AEMPS - SEVEM 18 MAYO 2016

Introducción y principios generales. Garantías de abastecimiento.

Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios AEMPS

NORMAS DE CORRECTA FABRICACIÓN DE MEDICAMENTOS Y DE PRINCIPIOS ACTIVOS

LEGISLACIÓN, DEONTOLOGÍA Y GESTIÓN FARMACÉUTICA CURSO

NORMATIVA SOBRE MEDICAMENTOS VETERINARIOS: RESPONSABILIDADES DEL VETERINARIO

Aspectos generales del nuevo real decreto

Aplicación práctica del nuevo real decreto: tipos de entidades de distribución, nuevas autorizaciones y certificaciones

PAPEL DEL FARMACÉUTICO EN LA DISTRIBUCIÓN Y DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS PARA USO ANIMAL EN ANDALUCÍA - MARCO LEGAL -

Introducción y evolución de las Buenas Prácticas de Distribución. Requisitos para la intermediación de medicamentos: capítulo 10.

ADMINISTRACIÓN FARMACÉUTICA. 4. INSTITUCIONES QUE INTEGRAN LA ADMINISTRACIÓN FARMACÉUTICA.

Cambios relativos a la fabricación de medicamentos y principios activos incluidos en la disposición final primera del real decreto

Dirección General de Medicamentos, Alimentos y Productos Sanitarios, República Dominicana

POSICIONAMIENTO DE LA SEEP EN RELACIÓN A LOS BIOSIMILARES DE LA HORMONA DE CRECIMIENTO E INSULINAS.

SISTEMA ESPAÑOL DE VERIFICACIÓN DE MEDICAMENTOS: REFUERZO EN LA LUCHA CONTRA LA FALSIFICACIÓN

1 Seguridad general de los productos. 2 Aditivos, aromas y coadyugantes alimentarios. 3 Almacenamiento, conservación y transporte.

REGLAMENTO 183/2005 SOBRE LA HIGIENE DE LOS PIENSOS

Aspectos generales del nuevo real decreto

REGLAMENTO DE COSMÉTICOS CONTENIDOS GENERALES

Reconocimiento de recetas médicas en la UE Directiva 2012/52/UE 2

ULTIMAS INSPECCIONES FVO EUROPEA / PROPUESTA NUEVA NORMATIVA EUROPEA PIENSOS MEDICADOS

Ficha 6 Control e Higiene en los Productos Alimenticios Febrero de 1998

ACTIVIDADES DE EVALUACIÓN DE LA CONFORMIDAD DE LA CALIDAD Y SEGURIDAD DE LOS PRODUCTOS, TANTO SOCIAL, COMO LABORAL Y MEDIOAMBIENTAL, EN PLIEGOS DE

IPN 85/12 PROYECTO DE REAL DECRETO SOBRE DISTRIBUCIÓN DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO

OBJETIVOS RESULTADOS Y EVOLUCIÓN ACTUAL

Nuevos requisitos en la fabricación y distribución de medicamentos y principios activos: la transposición del directiva de medicamentos falsificados

NORMATIVA QUE REGULA LA PRODUCCIÓN Y COMERCIALIZACIÓN DE HUEVOS (MODELO EUROPEO DE PRODUCCIÓN) UNIÓN EUROPEA

«LA MEJOR TERAPIA ES DAR INFORMACIÓN AL PACIENTE Y CREAR UNA NUEVA RELACIÓN MÉDICO FARMACÉUTICO - PACIENTE» (O.M.S.1995)

Venta de medicamentos por Internet y comercio electrónico

EXPLOTACION DE GANADO OVINO-CAPRINO.

NORMATIVA DE APLICACIÓN EN LA PRODUCCIÓN DE HUEVOS SEGÚN EL MODELO EUROPEO DE PRODUCCIÓN

Tema 3. ORGANIZACIÓN SANITARIA ESTATAL Y AUTONÓMICA. Legislación y deontología farmacéutica

Normalización, Las normas técnicas han demostrado. clave para el mercado único NORMAS EUROPEAS

Política de regulación para desarrollo de acceso al mercado y la innovación

El Instituto de Salud Pública P

Restaurantes y concesionarios HACCP BPM ISO 9001 ISO 2200

MARCO LEGAL PARA EL USO DE SUSTANCIAS Y MEZCLAS EN LA PRODUCCIÓN DE AGUA DE CONSUMO

MODELO EUROPEO DE PRODUCCIÓN DE HUEVOS

Versión de

Versión de

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

III Día de la Tecnología Sanitaria en Castilla-La Mancha. 1 de Julio de 2016

Control de Mercado de Medicamentos. Farm. Maria Jose Sanchez Directora Vigilancia de Productos para la Salud ANMAT

El Programa Nacional de Control oficial de la distribución,

La Estrategia Comunitaria de Salud y Seguridad en el Trabajo La Estrategia Comunitaria de Salud y Seguridad en el Trabajo

3.- Cuáles son los requisitos para el permiso de funcionamiento de Farmacias y botiquines?

LEGISLACIÓN CONSOLIDADA

Informe Semanal (SAIE)

IFS Global Markets Food

Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios AEMPS

Expositor Q.F. Alfredo A. Castillo Calle

Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios AEMPS LA AEMPS PRESENTA LA MEMORIA ANUAL DE ACTIVIDADES DE 2015

BORRADOR DE PROYECTO DE REAL DECRETO

La Directiva 2011/62/UE y el Reglamento Delegado (UE) 2016/161: aspectos generales

Estrategia española frente a medicamentos falsificados Belén Escribano Jefe del Departamento de Inspección y Control de Medicamentos

EXPLOTACION DE GANADO BOVINO.

REGLAMENTOS -PRODUCTOS SANITARIOS -PRODUCTOS SANITARIOS PARA DIAGNOSTICO IN VITRO

MESA REDONDA Promoción del uso adecuado de los Medicamentos en Latinoamérica

Evaluación y gestión del riesgo ambiental en las sustancias y productos químicos

CONSEJERÍA DE SALUD MANIPULADORES DE ALIMENTOS SITUACIÓN ACTUAL. Secretaría General de Salud Pública y Participación.

Tema 15. Distribución farmacéutica. Legislación y deontología farmacéutica

Anexo Legislación y normativa

SECOND WHO GLOBAL FORUM ON MEDICAL DEVICES

La aplicación del Reglamento de reconocimiento mutuo a los complementos alimenticios

Córdoba, 20 de Marzo de Climatización Sostenible. Ecodiseño y Etiquetado. Ponente: Pilar Budí

Vista su Resolución, de 14 de enero de 2014, sobre la crisis alimentaria, los fraudes en la cadena alimentaria y el control al respecto 4,

DOCUMENTO DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS EN RELACIÓN CON LA IMPORTACIÓN DE PRINCIPIOS ACTIVOS UTILIZADOS EN LA FABRICACIÓN DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO

NOVEDADES LEGISLATIVAS. IMPLICACIONES EN EL SECTOR DE LA LIMPIEZA PROFESIONAL

Nuevo Sistema Web para el intercambio rápido de información y alertas sobre medicamentos falsificados y fraudulentos en Iberoamérica

Artículo 2. Adscripción del Registro.

El medicamento en España. Entorno legal.

Adquisiciones de insumos médicos y farmacéuticos en Instituciones Costarricenses.

DOCUMENTO SOMETIDO A TRÁMITE DE INFORMACIÓN PÚBLICA CON FECHA 12/09/2018

Sistema de Análisis de Peligros y Puntos de Control Crítico APPCC

DOCUMENTO DE PREGUNTAS Y RESPUESTAS EN RELACIÓN CON LA IMPORTACIÓN DE PRINCIPIOS ACTIVOS UTILIZADOS EN LA FABRICACIÓN DE MEDICAMENTOS DE USO HUMANO

Autoridad Competente para la Producción Ecológica en Castilla y León

Aspectos Legales y Regulatorios de los Alimentos Saludables y Funcionales. Expositora NATHALIE MARAGAÑO M. Ingeniero en Alimentos

IX Santiago de Chile Septiembre Desafíos Regulatorios de la Globalización y el Acceso a Medicamentos de Calidad

Entidades de distribución Entidades de intermediación

Problemas que se pretenden solucionar con la iniciativa

FICHA PROCESOO. Comisión e calidad y consultiva PROCESO FARMACIAA. FP /11/14 01 Ana Saez. Primera edición. Página 1 de 6

Marco normativo para el desarrollo de la Farmacovigilancia en Colombia. Shirley Chapetón Montes Coordinadora Grupo Apoyo Jurídico Institucional

Mª Constanza Soriano cano Cartagena 22 de mayo de 2014

Departamento de Aduanas e II. EE.

SUMINISTRO Y DISPENSACIÓN DE MEDICAMENTOS VETERINARIOS Y MEDICAMENTOS DE USO HUMANO PARA USO ANIMAL EN ANDALUCÍA

NUEVO REAL DECRETO POR EL QUE SE REGULAN LOS ENSAYOS CLÍNICOS CON MEDICAMENTOS

Nueva legislación en. farmacovigilancia

Tecnología, Trazabilidad y Auditoría de procesos

PLAN ANUAL NORMATIVO 2018

Conceptos Jurídicos y Normativa sobre las RAM de uso humano en España

ACLARACIONES DEROGACIONES ARTÍCULOS MATERIAL DIDÁCTICO MASTER EN SEGURIDAD ALIMENTARIA

Transcripción:

CONTENIDO: 1 Modificación de la legislación farmacéutica en la UE. 2 1 Se prohíbe la reproducción total o parcial del contenido de este "Boletín Europa al Día" sin citar la fuente o sin haber obtenido el permiso del Consejo General de Colegios Médicos de España. 2 Disponible en la página web del Consejo General de Colegios Médicos: http://www.cgcom.es

La Unión Europea está modificando su legislación farmacéutica con el fin de garantizar que los ciudadanos europeos puedan beneficiarse cada vez más de una industria farmacéutica competitiva que desarrolle medicamentos seguros, innovadores y accesibles. Desde 1965, la actuación comunitaria en el ámbito farmacéutico ha perseguido siempre el doble objetivo de proteger la salud pública, proporcionando a Europa medicamentos seguros y eficaces, y de crear al mismo tiempo un entorno económico que estimule la investigación, fomente las innovaciones valiosas y apoye la competitividad de la industria. La normativa básica, formada por la Directiva 2001/83/CE, que establece el código comunitario sobre medicamentos para uso humano y el Reglamento 726/2004, por el que se establecen procedimientos comunitarios para la autorización y el control de los medicamentos de uso humano y veterinario y por el que se crea la Agencia Europea de Medicamentos, está siendo modificada con el fin de reforzar la competitividad de la industria europea, aumentar la seguridad de los productos farmacéuticos, promover la innovación y lograr que los medicamentos sean más accesibles a los pacientes europeos. Para llevar a cabo esta modificación, en el año 2008, la Comisión Europea presentó, dentro de la agenda sobre información sanitaria, una Comunicación y cinco propuestas legislativas, dos Reglamentos y tres Directivas en los que se abordan los siguientes temas: Información al paciente Medicamentos falsificados Farmacovigilancia Información al paciente: La Directiva 2001/83/CE, por la que se establece un código comunitario sobre medicamentos para uso humano, prevé un marco armonizado sobre la publicidad de los medicamentos a escala comunitaria, cuya aplicación sigue siendo competencia de los Estados miembros. Esta legislación prohíbe la publicidad destinada al público en general de los medicamentos sujetos a receta médica. 2

La propuesta de modificación pretende establecer un marco claro para el suministro de información al público en general sobre los medicamentos de venta con receta por parte de los titulares de la autorización de comercialización de dichos medicamentos, con vistas a racionalizar el uso de los mismos, garantizando al mismo tiempo que el marco legislativo siga prohibiendo la publicidad directa a los consumidores de los medicamentos que se dispensen únicamente con receta médica. Este objetivo se alcanzará: Velando por que la información suministrada sea de gran calidad mediante la aplicación coherente de normas claramente definidas en el conjunto de la Comunidad; permitiendo que la información se suministre a través de canales que tengan en cuenta las necesidades y capacidades de los diferentes tipos de pacientes; permitiendo que los titulares de autorizaciones de comercialización ofrezcan información comprensible, objetiva y no publicitaria sobre los beneficios y los riesgos de sus medicamentos; garantizando la adopción de medidas de vigilancia y control del cumplimiento a fin de que los proveedores de información cumplan los criterios de calidad al tiempo que se evita toda burocracia innecesaria. Medicamentos falsos: La Directiva 2001/83/EC regula la autorización de medicamentos para uso humano y proporciona un marco armonizado entre otros aspectos para la fabricación, importación, puesta en el mercado y distribución de los productos farmacéuticos. Esta propuesta trata de hacer frente al incremento de medicamentos falsificados que no contienen los ingredientes que mencionan en relación a su dosis, calidad o naturaleza mediante los siguientes elementos que modifican la Directiva 2001/83/EC: - Establecimiento de obligaciones para todos los actores en la cadena de distribución y no sólo a los distribuidores al por mayor. 3

- Delimitación de una base legal para que la Comisión desarrolle medidas de seguridad específicas relativas al embalaje de los medicamentos sujetos a prescripción médica - Prohibición de manipulación de los productos por actores intermediarios entre el fabricante y el farmacéutico o consumidor final. - Auditorías obligatorias a los distribuidores mayoristas para garantizar la fiabilidad de las empresas con las que contratan. - Endurecimiento de los requisitos para la importación de ingredientes farmacéuticos activos desde terceros países. - Auditorías de los manufacturadores de ingredientes activos - Endurecimiento de las normas de inspección y publicación de los resultados de las inspecciones en la base de datos EudraGMP 3. Farmacovigilancia: La Directiva 2001/83/EC regula la autorización de medicamentos para uso humano y proporciona, entre otras acciones, el marco para la farmacovigilancia de estos productos. Esta Directiva se acompaña de una propuesta de reglamento complementaria. Ambas medidas abordan una problemática común y tratan de incorporar las medidas necesarias para mejorar la farmacovigilancia a la luz de la experiencia adquirida. La Comisión Europea considera necesario revisar el sistema de farmacovigilancia vigente con el fin de reforzar el control de la salud pública, asegurar el funcionamiento adecuado del mercado interior y simplificar las reglas y procedimientos actuales. Los principales objetivos de esta propuesta son: - Suministrar criterios claros para las partes responsables implicadas. 3 Eudra GMP es la base de datos de la UE de las autorizaciones de la fabricación y de certificados de buena práctica de fabricación. 4

- Racionalizar la toma de decisiones para implementar de una manera equitativa y completa las decisiones en toda la UE. - Reforzar la transparencia y la comunicación en la seguridad de los medicamentos, con vistas a incrementar la confianza de los pacientes y los profesionales sanitarios. - Reforzar el sistema de farmacovigilancia, de tal manera que permita a las compañías mejorar sus sistemas de manera continua y reducir la carga administrativa. - Asegurar la recogida de datos eficaz y proactiva de forma que sea relevante para la seguridad de los medicamentos (estudios posteriores a la autorización, informes de reacciones adversas, etc). - Involucrar a los agentes implicados (pacientes y profesionales). - Simplificar los procedimientos actuales para conseguir mayores beneficios en la eficacia tanto para la industria farmacéutica como para los reguladores farmacéuticos. Estas propuestas se encuentran en fase de estudio en las comisiones del Parlamento Europeo, en concreto en la comisión de salud pública, que es la responsable y también han emitido su opinión la comisión de investigación y energía y la de mercado interior. El día 2 de junio la comisión de Medio Ambiente, Salud Pública y Seguridad Alimentaria del Parlamento Europeo aprobó un informe sobre farmacovigilancia que incluimos en el presente. ********** 5