OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO RÉGIMEN GENERAL

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Transcripción:

OBLIGACIONES TRIBUTARIAS EN EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO RÉGIMEN GENERAL Material con fines ilustrativos, no sustituye la consulta de las leyes y reglamentos correspondientes MAYO, 2015

Objetivo Que el participante pueda adquirir y/o reafirmar los conocimientos sobre las principales obligaciones para los contribuyentes inscritos en el régimen general del IVA, propiciando así el pago oportuno del impuesto.

Contenido 1. Materia del impuesto 2. Contribuyentes del impuesto/exenciones 3. Obligaciones en el régimen general 4. Débito y crédito fiscal 5. Tarifa y determinación del impuesto 6. Otros aspectos a considerar

Qué es el IVA? Impuesto que se paga en las operaciones que se realizan de venta o permuta de bienes muebles e inmuebles, prestación de servicios, importaciones, arrendamientos, donaciones entre vivos de bienes, etc., el cual es pagado por el comprador.

Quiénes son Contribuyentes del IVA? Toda persona individual o jurídica, incluyendo el Estado y sus entidades descentralizadas o autónomas, las copropiedades y demás entes, aún cuando no tengan personalidad jurídica, que realicen en el territorio nacional, en forma habitual o periódica, actos gravados de conformidad con la Ley del IVA. Art. 2 numeral 6) LIVA

Actos Gravados Venta o permuta Prestación servicios Importaciones Arrendamientos Adjudicaciones en pago Retiro de bienes Destrucción, pérdida o deterioro Primera venta de inmuebles Donaciones entre vivos Aportaciones de bienes Art. 3 Decreto 27-92

Exenciones Generales Importaciones de bienes muebles Cooperativas/ Importaciones temporales / Viajeros / Diplomáticos y organismos internacionales Exportaciones De bienes y servicios al exterior Transferencia de dominio de bienes Fusión de sociedades Herencias, legados y donaciones Aportes a sociedades Servicios del sector financiero formal Supervisados por la Superintendencia de Bancos Art. 7 LIVA

Exenciones Generales Títulos de crédito Creación, emisión, circulación, trasferencia e intereses. Fideicomisos Constitución y devolución de los bienes Aportes a entidades no lucrativas Donaciones y aportes Cuotas ordinarias y extraordinarias Art. 7 LIVA

Exenciones Generales Ventas al menudeo menores a Q100.00 Mercados cantonales y municipales Carnes, pescados, frutas, verduras, cereales, legumbres y granos básicos Venta de vivienda 80 mts 2. construcción, 120 mts 2 terreno No exceda Q250,000.00 y Q120,000.00 Carencia de bienes inmuebles Servicios prestados por entidades no lucrativas Debidamente autorizadas Sin fines de lucro No distribuyan utilidades Art. 7 LIVA

Exenciones Generales La Venta de Activos de Bancos o Sociedades Financieras A las que la SIB haya aprobado un plan de regulación o que exista Junta de Exclusión de activos y pasivos, cuando se transfiera otros Bancos o Sociedades Financieras Compra-venta de medicamentos Genéricos y/o alternativos Antiretrovirales Inscritos como tales en el Registro sanitario Art. 7 LIVA

Exenciones específicas del IVA Los centros educativos, como centros de cultura, respecto a matrícula, colegiatura y derechos de examen. Las Universidades. El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social La CDAG y Comité Olímpico Guatemalteco Las misiones diplomáticas y consulares Organismos internacionales. Art. 8 LIVA

Exenciones específicas del IVA Los centros educativos, como centros de cultura, respecto a matrícula, colegiatura y derechos de examen. Las Universidades. El Instituto Guatemalteco de Seguridad Social La CDAG y el Comité Olímpico Guatemalteco Las misiones diplomáticas y consulares Organismos internacionales. Art. 8 LIVA

IVA General Pequeño Contribuyente Mensual 12% Mensual 5% Art. 10 y 47 Dto. 27-92 y sus reformas

OBLIGACIONES EN EL RÉGIMEN GENERAL Regulación legal: Decreto 27-92 y sus reformas Acuerdo Gubernativo 5-2013

Principales deberes formales Arts. 112 y 120 Dto. 6-91 y sus reformas Inscribirse ante la SAT Habilitar libro de PC Autorizar facturas Entregar facturas Presentar declaración de impuestos Dar aviso de cambio en sus datos Otros establecidos en ley

Realizar pago de impuestos Frecuencia: mensual Plazo: durante mes calendario inmediato siguiente Presentar declaración jurada Formulario SAT-2237 Aún cuando le hayan retenido impuesto o no tenga movimiento Infracción: Presentar declaraciones después del plazo. Sanción: Multa de Q 50.00 diarios hasta un máximo de Q1,000.00 La multa se duplica si se trata de personas exentas Art. 94 numeral 9 del Código Tributario Art. 40 Dto. 27-92

Habilitar libros y llevar al día los registros De compras y de ventas Contabilidad completa cuando corresponda Sanción Cierre temporal Multa de Q5,000.00 cada vez que le fiscalicen Arts. 37 y 39 Dto. 27-92 y sus reformas Arts. 85 numeral 4) y 94 numeral 4) Dto. 6-91

Autorizar documentos en SAT Facturas Notas de crédito Notas de débito Otros documentos Infracción No emitir o no entregar facturas y documentos obligatorios Emitir facturas y otros documentos no autorizadas Sanción: Cierre temporal Art. 85 Numerales 1 y 2 Dto. 6-91 Código Tributario

Según Artículo 30 Acuerdo Gubernativo 5-2013 Reglamento del Impuesto al Valor Agregado No. Requisitos de las facturas 1. Identificación del documento 2. Serie y número correlativo del documento 3. Según corresponda, la frase: PAGO DIRECTO, RESOLUCIÓN NÚMERO XXXXX DE FECHA XXXX SUJETO A PAGOS TRIMESTRALES SUJETO A RETENCIÓN DEFINITIVA 4. 5. 6. Nombre y apellidos completos y nombre comercial / Razón o denominación social y nombre comercial del emisor Número de Identificación Tributaria NIT- del contribuyente emisor Dirección del establecimiento u oficina en donde se emite la factura

No. Requisitos de las facturas 7. Fecha de emisión de la factura 8. Nombres y apellidos / razón o denominación social del adquiriente 9. NIT del adquiriente / Consumido Final 10. Detalle o descripción de la venta y sus respectivos valores 11. Descuentos concedidos 12. Cargos aplicados 13. Precio Total de la operación Sanción Multa de Q100.00 por cada documento emitido. Máximo Q5,000.00 no mayor al 2% de los ingresos brutos Art. 94 Numeral 8) Dto. 6-91 Código Tributario y sus reformas

Otras Obligaciones Obligación Sanción Emitir facturas con caracteres legibles y permanentes para entregar al adquiriente Multa de Q5,000.00 en cada período mensual. No excederá del 1% de los ingresos brutos mensuales. Art. 29 Dto. 27-92 y sus reformas Art. 94 Numeral 17) Dto. 6-91 y sus reformas

Exigir facturas por las compras realizadas o servicios adquiridos Sanción: Multa equivalente al monto del impuesto correspondiente a la transacción Emitir factura por ventas mayores de Q50.00 Sanción: Cierre temporal Por ventas menores una sola factura al final del día. Art. 3 Dto. 6-91 y sus reformas Art. 86 numeral 1) Dto. 6-91 y sus reformas

De la Tarifa del Impuesto IVA 7% Vigente del 01-07-1992 al 30-06-1997 10% Vigente del 01-07-1997 al 31-07-2001 12% Vigente del 01-08-2001 a la fecha

Débito y Crédito Fiscal Débito Fiscal Impuesto incluido en las ventas del contribuyente IVA que debe pagar Crédito Fiscal Impuesto incluido en las compras del contribuyente IVA que puede recuperar Arts. 14 y 15 LIVA

Cómo se calcula el impuesto en el Régimen General del IVA? Ventas: Q 5,000.00 Débito: Q 5,000.00 /1.12 x 12% = Q 535.71 Compras: Q 4,000.00 Crédito: Q 4,000.00 / 1.12 x 12% = Q 428.57 Resultado negativo: Crédito Fiscal a favor Resultado Positivo: IVA a pagar = Q 107.14 Art. 19 LIVA

Caso Práctico El contribuyente ABC, S.A. se dedica a la comercialización de ropa y se encuentra inscrito bajo el régimen general del IVA. Le solicita le elabore la declaración jurada y pago mensual del impuesto de abril 2015, con los siguientes datos: Ventas y Servicios prestados: Valor Total Ventas gravadas (con retención) Q 622,496.00 Ventas exentas Q 61,600.00 Servicios prestados Q 219,184.00 Exportaciones a Costa Rica Q 165,800.00 Total Q 1,069,080.00

Determinación del débito fiscal Descripción Valor Total Base IVA Ventas gravadas Q 622,496.00 Q 555,800.00 Q 66,696.00 Ventas exentas Q 61,600.00 Q 61,600.00 Q - Servicios prestados Q 219,184.00 Q 195,700.00 Q 23,484.00 Exportaciones a Costa Rica Q 165,800.00 Q 165,800.00 Q - Total Q 1,069,080.00 Q 978,900.00 Q 90,180.00

Determinación del crédito fiscal Compras para realizar ventas locales Descripción Valor Total Costo IVA Compras Q 328,720.00 Q 293,500.00 Q 35,220.00 Servicios Adquiridos Q 107,856.00 Q 96,300.00 Q 11,556.00 Compra de Combustibles (sin IDP) Q 110,096.00 Q 98,300.00 Q 11,796.00 Compras a pequeños contribuyentes Q 38,800.00 Q 38,800.00 Q - Importaciones de Japón Q 78,792.00 Q 70,350.00 Q 8,442.00 Sub-totales Q 664,264.00 Q 597,250.00 Q 67,014.00 IVA conforme constancias de exención Q 6,600.00 Total Q 73,614.00

Determinación del crédito fiscal Compras para realizar exportaciones Descripción Valor Total Costo IVA Compras por Exportación Q 81,603.20 Q 72,860.00 Q 8,743.20 Servicios Adquiridos Q 13,957.44 Q 12,462.00 Q 1,495.44 Compra de Combustibles (sin IDP) Q 37,184.00 Q 33,200.00 Q 3,984.00 Compras a pequeños contribuyentes Q 5,320.00 Q 5,320.00 Q - Sub-totales Q 138,064.64 Q 123,842.00 Q 14,222.64

Determinación del crédito fiscal Consolidación del crédito fiscal Compras para ventas locales Q 73,614.00 Compras para exportaciones Q 14,222.64 Total crédito fiscal Q 87,836.64 Información adicional: Recibió Constancias de Retención por valor de Q1,120.00 A la fecha no posee retenciones del período anterior. No reporta crédito fiscal del período anterior.

Llenado de formulario Ingresar a www.declaraguate.gt / llenar formulario /digitar el captcha NOMBRE DEL CONTRIBUYENTE

OTROS ASPECTOS A CONSIDERAR Compra-Venta de Inmuebles Compra-Venta de Vehículos y Motocicletas Factura Especial

IVA en la Compra-Venta de Inmuebles De la base imponible Será el valor de venta consignado en la factura, escritura pública o matrícula fiscal (el que sea mayor) Del pago del impuesto Tarifa del 12% Incluido en la factura En efectivo en formulario SAT-2799 De la fecha de pago En la fecha de pago de la factura 15 días hábiles a partir de la fecha de la escritura Arts. 56 y 57 LIVA

IVA en la Compra-Venta de Vehículos De la base imponible Será el valor de venta Del pago del impuesto Incluido en la factura En efectivo en formulario SAT-2033 De la fecha de pago En la fecha de pago de la factura 15 días hábiles a partir de la fecha del endoso del certificado de propiedad. Arts. 55 y 57 LIVA

Tarifa del IVA en los Vehículos Tarifa 12% 2016 2015 2014 Tarifa fija Q1,000.00 2013 2012 Tarifa fija Q500.00 2011 Anteriores Tarifa del IVA en las Motocicletas Tarifa 12% 2016 2015 2014 Tarifa fija Q300.00 2013 2012 Tarifa fija Q200.00 2011 Anteriores Art. 55 LIVA

De la Factura Especial A cuenta del Vendedor A cuenta del Productor Cuando el vendedor no entrega la factura Aplica para productos agropecuarios, artesanales y de reciclaje No debe emitirse entre contribuyentes del impuesto, ni en operaciones habituales Cuando el exportador le compra a un productor no registrado en SAT Arts. 52 y 52 A Decreto 27-92 y sus reformas

Retención en la Factura Especial DESCRIPCIÓN VALOR FACTURADO Valor del bien o servicio adquirido Q 1,120.00 Base (Q1,120.00/1.12) Q 1,000.00 Tarifa del IVA 12% Retención de IVA (Q1,000.00 * 12%) Q 120.00 Retención de ISR (Q1,000.00 * 5%) Q 50.00 Monto a pagar (1,120-120-50) Q 950.00 Arts. 52 y 52 A LIVA

Del pago de las Retenciones en la Factura Especial IVA ISR Pago: 10 Pago: mes días hábiles calendario del mes siguiente siguiente Formulario: SAT-2085 Formulario: SAT-1331 Arts. 52 y 52 A LIVA

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