Bogotá D.C., 11 de julio de 2014 No. 015



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Transcripción:

BOLETÍN NORMATIVO Bogotá D.C., 11 de julio de 2014 No. 015 De conformidad con lo previsto en los artículos 1.4.4, 1.4.5 y 1.4.10 del Reglamento de Funcionamiento de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia S.A. CRCC S.A., se publica: TABLA DE CONTENIDO No. Circular Páginas ASUNTO: MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 9.2.7., 9.2.8. Y 9.2.14. DE LA CIRCULAR ÚNICA DE LA CÁMARA DE RIESGO CENTRAL DE CONTRAPARTE DE COLOMBIA S.A. - CRCC S.A. RELACIONADOS CON LA MODIFICACIÓN DEL MÉTODO DE LIQUIDACIÓN DEL FUTURO SOBRE LA ACCIÓN DE 13 ECOPETROL, DEL FUTURO SOBRE LA ACCIÓN 11 PREFERENCIAL DE BANCOLOMBIA Y DEL FUTURO SOBRE LA ACCIÓN DE PACIFIC RUBIALES INCORPORANDO LA POSIBILIDAD DE LIQUIDACIÓN POR DIFERENCIAS EN CASO QUE EL ACTIVO SUBYACENTE DEL FUTURO SE ENCUENTRE SUSPENDIDO EN EL SISTEMA DE NEGOCIACIÓN EL ÚLTIMO DÍA DE NEGOCIACIÓN.

ASUNTO: MODIFICACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 9.2.7., 9.2.8. Y 9.2.14. DE LA CIRCULAR ÚNICA DE LA CÁMARA DE RIESGO CENTRAL DE CONTRAPARTE DE COLOMBIA S.A. - CRCC S.A. RELACIONADOS CON LA MODIFICACIÓN DEL MÉTODO DE LIQUIDACIÓN DEL FUTURO SOBRE LA ACCIÓN DE ECOPETROL, DEL FUTURO SOBRE LA ACCIÓN PREFERENCIAL DE BANCOLOMBIA Y DEL FUTURO SOBRE LA ACCIÓN DE PACIFIC RUBIALES INCORPORANDO LA POSIBILIDAD DE LIQUIDACIÓN POR DIFERENCIAS EN CASO QUE EL ACTIVO SUBYACENTE DEL FUTURO SE ENCUENTRE SUSPENDIDO EN EL SISTEMA DE NEGOCIACIÓN EL ÚLTIMO DÍA DE NEGOCIACIÓN. De conformidad con lo previsto en los artículos 1.4.4, 1.4.5 y 1.4.10 del Reglamento de Funcionamiento de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia S.A. CRCC S.A., se publica la modificación de los artículos 9.2.7., 9.2.8. y 9.2.14. de la Circular Única de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia S.A. - CRCC S.A. relacionados con la modificación del Método de Liquidación del Futuro sobre la Acción de Ecopetrol, del Futuro sobre la Acción Preferencial de Bancolombia y del Futuro sobre la Acción de Pacific Rubiales incorporando la posibilidad de Liquidación por Diferencias en caso que el Activo Subyacente del Futuro se encuentre suspendido en el Sistema de Negociación el Último Día de Negociación. Artículo Primero. Modifíquense los artículos 9.2.7., 9.2.8. y 9.2.14. de la Circular Única de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia S.A. CRCC S.A., los cuales quedarán así: Artículo 9.2.7. Futuro sobre la acción de Ecopetrol. 1. Generalidades: Instrumento Activo Subyacente Tamaño del Contrato Contratos Listados Método de Liquidación Futuro sobre la acción de Ecopetrol o Futuro Ecopetrol El subyacente del Futuro sobre la acción de Ecopetrol será la Acción Ordinaria de Ecopetrol. Cada Contrato de Futuro sobre la acción de Ecopetrol tendrá un valor nominal de 1.000 acciones. Se listarán en el sistema vencimientos trimestrales dentro del ciclo de Marzo. Estarán listados los cuatro (4) vencimientos más cercanos. Liquidación por Entrega. Liquidación por Diferencias: En el caso en que el Activo subyacente se encuentre suspendido en el sistema de negociación el último día de negociación, la Cámara realizará la Liquidación por Diferencias de acuerdo a lo descrito en el artículo 5.3.1 relativo a la Liquidación por Diferencias de Contratos de Futuros de la presente Circular y de conformidad con el artículo 1.3.4 del Reglamento de Funcionamiento de la Página 2 de 11

Cámara, relacionado con la Suspensión o cancelación de Activos Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega: En el evento en que el Miembro Liquidador incumplido no efectúe la entrega del Activo que corresponda, la Cámara cumplirá de manera alternativa entregando el Activo respectivo o al no contar con el activo subyacente, mediante una Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega, a través de los Miembros Liquidadores correspondientes, a los titulares de Cuenta que tengan derecho a recibir los Activos y que hayan cumplido con todas las obligaciones a su cargo. Último día de Negociación Día de Vencimiento Inscripción El cumplimiento de las operaciones por parte de la Cámara mediante una Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega no subsana el incumplimiento del Miembro Liquidador y por tanto, la Cámara procederá de conformidad con lo previsto en el Capítulo Octavo del Título Segundo del Reglamento de Funcionamiento. El último día de negociación de los Contratos de Futuro sobre la acción de Ecopetrol será tres (3) días hábiles antes de la fecha de vencimiento. El vencimiento de los contratos de Futuro sobre la acción de Ecopetrol es el miércoles de la cuarta semana del mes de vencimiento. Cuando el miércoles de la cuarta semana corresponda a un día no hábil, el día de vencimiento corresponderá al día hábil siguiente. Bolsa de Valores de Colombia 2. Reglas especiales: LOLE 30% Periodo de Aplicación del LOLE Periodo de Cálculo del volumen medio diario Precio de Referencia de la Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega Tres (3) semanas previo al día del vencimiento del Contrato. De conformidad con el artículo 6.4.8 de esta Circular, se utilizarán para el cálculo del LOLE los tres (3) meses anteriores al primer día del mes de vencimiento del contrato. El precio medio de negociación de la Acción ordinaria de Ecopetrol correspondiente a la sesión de negociación del día de vencimiento del Contrato, suministrado por el Proveedor Oficial de Precios para Valoración. Página 3 de 11

Parámetros para el Cálculo de la Consecuencia Pecuniaria a favor de los titulares de Cuenta con derecho a recibir Activos y que hayan sido objeto de una Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega según numeral 2, literal a) del artículo 2.8.9 del Reglamento de Funcionamiento. Parámetros de Cálculo de Consecuencias Pecuniarias correspondientes a la suma a favor de la Cámara según el numeral 2, literal b) del artículo 2.8.10 del Reglamento de Funcionamiento. i. Porcentaje del valor de los Activos no entregados valorados a Precio de Liquidación al Vencimiento del Activo igual al 1% y, ii. Ocho (8) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) Suma equivalente al 0.1% del valor de las acciones no entregadas, valoradas a Precio de Liquidación al Vencimiento del Activo. 3. Procedimiento a seguir ante eventos corporativos que afecten el Futuro sobre la acción de Ecopetrol. En el caso de cualquier evento corporativo la Cámara surtirá el siguiente procedimiento: BVC informará al mercado y a la Cámara el evento corporativo con todas las características necesarias para hacer los ajustes respectivos en las posiciones de cada uno de los Miembros y Terceros, mínimo con dos (2) días hábiles de anticipación a la ocurrencia del evento. Las características mínimas que informará la BVC son: la fecha de materialización del evento, factor de conversión entre la acción antes del evento y la acción después del evento, tamaño del contrato antes y después del evento, precio del contrato antes y después del evento, el número de decimales que implica el ajuste de las posiciones y cualquier otra característica necesaria para que el titular de Cuenta y la Cámara puedan evaluar su impacto. En caso de no conocerse el evento con dos (2) días hábiles de anticipación, la Cámara podrá solicitar a la BVC que la negociación del Contrato de Futuro sobre Acciones de Ecopetrol sea suspendida temporalmente hasta por dos (2) días hábiles con el propósito de adoptar las medidas necesarias de ajuste de las posiciones en relación con el impacto del evento corporativo. La Cámara y la BVC coordinarán las gestiones operativas que deban desarrollar para resolver los eventos corporativos incluyendo la creación de nuevos nemotécnicos, la realización de operaciones y el truncamiento o la aproximación de los parámetros de negociación resultantes del evento corporativo, entre otras medidas operativas que se estimen necesarias. Página 4 de 11

La Cámara procederá a efectuar las gestiones operativas previamente coordinadas con la BVC con el fin de ajustar la posición de los Contratos de Futuro sobre Acciones de Ecopetrol de cada uno de los Miembros y de los Terceros, como consecuencia del evento corporativo. La Cámara temporalmente tendrá publicado en el Sistema dos nemotécnicos, la BVC informará con suficiente anticipación al mercado el nemotécnico que será negociable, al igual que las fechas en que será suspendido el nemotécnico que dejará de ser negociado. La Cámara anunciará a los Miembros Liquidadores el resultado de sus posiciones y de las de sus Terceros y Miembros no Liquidadores y de las de los Terceros de éstos, después de realizar los ajustes que ocasiona el evento corporativo, previo al inicio de la negociación de los Contratos de Futuro sobre la acción de Ecopetrol ajustados por el evento corporativo. Artículo 9.2.8. Futuro sobre la acción Preferencial de Bancolombia. 1. Generalidades: Instrumento Activo Subyacente Tamaño del Contrato Contratos Listados Método de Liquidación Futuro sobre la acción Preferencial de Bancolombia o Futuro PFBCOLOM El subyacente del Futuro sobre la acción Preferencial de Bancolombia será la Acción Preferencial de Bancolombia Cada Contrato de Futuro sobre la acción Preferencial de Bancolombia tendrá un valor nominal de 1.000 acciones. Estarán disponibles en el Sistema vencimientos trimestrales dentro del ciclo de marzo. Estarán disponibles en el Sistema de Cámara los cuatro (4) vencimientos más cercanos. Liquidación por Entrega. Liquidación por Diferencias: En el caso en que el Activo subyacente se encuentre suspendido en el sistema de negociación el último día de negociación, la Cámara realizará la Liquidación por Diferencias de acuerdo a lo descrito en el artículo 5.3.1 relativo a la Liquidación por Diferencias de Contratos de Futuros de la presente Circular y de conformidad con el artículo 1.3.4 del Reglamento de Funcionamiento de la Cámara, relacionado con la Suspensión o cancelación de Activos. Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega: En el evento en que el Miembro Liquidador incumplido no efectúe la entrega del Activo que corresponda, la Cámara cumplirá de manera alternativa entregando el Activo respectivo o al no contar Página 5 de 11

con el activo subyacente, mediante una Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega, a través de los Miembros Liquidadores correspondientes, a los titulares de Cuenta que tengan derecho a recibir los Activos y que hayan cumplido con todas las obligaciones a su cargo. Último día de Negociación Día de Vencimiento Inscripción El cumplimiento de las operaciones por parte de la Cámara mediante una Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega no subsana el incumplimiento del Miembro Liquidador y por tanto, la Cámara procederá de conformidad con lo previsto en el Capítulo Octavo del Título Segundo del Reglamento de Funcionamiento. El último día de negociación de los contratos de Futuro sobre la acción Preferencial de Bancolombia será tres (3) días hábiles antes de la fecha de vencimiento. El vencimiento de los Contratos de Futuro sobre la acción Preferencial de Bancolombia es el miércoles de la cuarta semana del mes de vencimiento. Cuando el miércoles de la cuarta semana corresponda a un día no hábil, el día de vencimiento corresponderá al día hábil siguiente. Bolsa de Valores de Colombia 2. Reglas especiales: LOLE 30% Periodo de Aplicación del LOLE Tres (3) semanas previo al día del vencimiento del contrato. De conformidad con el artículo 6.4.8 de esta Circular, se Periodo de Cálculo del volumen utilizarán para el cálculo del LOLE los tres (3) meses anteriores medio diario al primer día del mes de vencimiento del contrato. Precio de Referencia de la Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega Parámetros para el Cálculo de la Consecuencia Pecuniaria a favor de los titulares de Cuenta con derecho a recibir Activos y que hayan sido objeto de una Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega según el numeral 2, literal El precio medio de negociación de la Acción ordinaria Preferencial de Bancolombia correspondiente a la sesión de negociación del Día del Vencimiento del Contrato, suministrado por el Proveedor Oficial de Precios para Valoración. i. Porcentaje del valor de los Activos no entregados valorados a Precio de Liquidación al Vencimiento del Activo igual al 1% y, ii. Ocho (8) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) Página 6 de 11

a) del artículo 2.8.9 del Reglamento de Funcionamiento. Parámetros de Cálculo de Consecuencias Pecuniarias correspondientes a la suma a favor de la Cámara según el numeral 2, literal b) del artículo 2.8.10 del Reglamento de Funcionamiento. Suma equivalente al 0.1% del valor de las acciones no entregadas, valoradas a Precio de Liquidación al Vencimiento del Activo. 3. Procedimiento ante eventos corporativos Futuro sobre la acción Preferencial de Bancolombia. En el caso de cualquier evento corporativo la Cámara surtirá el siguiente procedimiento: BVC informará al mercado y a la Cámara el evento corporativo con todas las características necesarias para hacer los ajustes respectivos en las posiciones de cada uno de los Miembros y Terceros, mínimo con dos (2) días hábiles de anticipación a la ocurrencia del evento. Las características mínimas que informará la BVC son: la fecha de materialización del evento, factor de conversión entre la acción antes del evento y la acción después del evento, tamaño del contrato antes y después del evento, precio del contrato antes y después del evento, el número de decimales que implica el ajuste de las posiciones y cualquier otra característica necesaria para que el titular de Cuenta y la Cámara puedan evaluar su impacto. En caso de no conocerse el evento con dos (2) días hábiles de anticipación, la Cámara podrá solicitar a la BVC que la negociación del Contrato de Futuro sobre Acciones de Preferencial Bancolombia sea suspendida temporalmente hasta por dos (2) días hábiles con el propósito de adoptar las medidas necesarias de ajuste de las posiciones en relación con el impacto del evento corporativo. La Cámara y la BVC coordinarán las gestiones operativas que deban desarrollar para resolver los eventos corporativos incluyendo la creación de nuevos nemotécnicos, la realización de operaciones y el truncamiento o la aproximación de los parámetros de negociación resultantes del evento corporativo, entre otras medidas operativas que se estimen necesarias. La Cámara procederá a efectuar las gestiones operativas previamente coordinadas con la BVC con el fin de ajustar la posición de los Contratos de Futuro sobre Acciones de Preferencial Bancolombia de cada uno de los Miembros y de los Terceros, como consecuencia del evento corporativo. La Cámara temporalmente tendrá publicado en el Sistema dos nemotécnicos, la BVC informará con suficiente anticipación al mercado el nemotécnico que será negociable, al igual que las fechas en que será suspendido el nemotécnico que dejará de ser negociado. Página 7 de 11

La Cámara anunciará a los Miembros Liquidadores el resultado de sus posiciones y de las de sus Terceros y Miembros no Liquidadores y de las de los Terceros de éstos después de realizar los ajustes que ocasiona el evento corporativo, previo al inicio de la negociación de los Contratos de Futuro sobre la acción Preferencial de Bancolombia ajustados por el evento corporativo. Artículo 9.2.14. Futuro sobre la Acción de Pacific Rubiales. La Cámara se interpondrá como contraparte y realizará la Compensación y Liquidación del Futuro sobre la acción de Pacific Rubiales que cumpla las siguientes condiciones: 1. Generalidades: Instrumento Activo Subyacente Tamaño del Contrato Vencimientos Método de Liquidación Futuro sobre la acción de Pacific Rubiales El Futuro sobre la acción de Pacific Rubiales Energy Corp inscrita en Bolsa (en adelante Futuro PREC ) tendrá como activo subyacente la Acción Pacific Rubiales PREC. Cada Contrato de Futuro PREC tendrá un valor nominal de 1.000 acciones. Se listarán en el sistema vencimientos trimestrales dentro del ciclo de Marzo. Estarán listados los cuatro (4) vencimientos más cercanos. Liquidación por Entrega. Liquidación por Diferencias: En el caso en que el Activo subyacente se encuentre suspendido en el sistema de negociación el último día de negociación, la Cámara realizará la liquidación por diferencias de acuerdo a lo descrito en el artículo 5.3.1 relativo a la Liquidación por Diferencias de Contratos de Futuros de la presente Circular y de conformidad con artículo 1.3.4 del Reglamento de Funcionamiento de la Cámara, relacionado con la Suspensión o cancelación de Activos. Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega: En el evento en que el Miembro Liquidador incumplido no efectúe la entrega del Activo que corresponda, la Cámara cumplirá de manera alternativa entregando el Activo respectivo o al no contar con el activo subyacente, mediante una Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega, a través de los Miembros Liquidadores correspondientes, a los titulares de Cuenta que tengan derecho a recibir los Activos y que hayan cumplido con todas las obligaciones a su cargo. Página 8 de 11

Último día de negociación Día de Vencimiento Inscripción El cumplimiento de las operaciones por parte de la Cámara mediante una Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega no subsana el incumplimiento del Miembro Liquidador y por tanto, la Cámara procederá de conformidad con lo previsto en el Capítulo Octavo del Título Segundo del Reglamento de Funcionamiento. El último día de negociación de los Contratos de Futuro sobre la acción de Pacific Rubiales será tres (3) días hábiles antes del día de vencimiento. El día de vencimiento de los contratos de Futuro sobre la acción de Pacific Rubiales es el cuarto miércoles del mes de vencimiento. Cuando el cuarto miércoles del mes de vencimiento corresponda a un día no hábil, el día de vencimiento corresponderá al día hábil siguiente. Bolsa de Valores de Colombia 2. Reglas especiales: LOLE 30% Periodo de Aplicación del LOLE Tres (3) semanas previo al día del vencimiento del Contrato. Periodo de Cálculo del volumen medio diario Precio de Referencia de la Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega Parámetros para el Cálculo de la Consecuencia Pecuniaria a favor de los titulares de Cuenta con derecho a recibir Activos y que hayan sido objeto de una Liquidación por Diferencias por Incumplimiento en la Entrega según numeral 2, literal a) del artículo 2.8.10 del Reglamento de Funcionamiento. De conformidad con el artículo 6.4.8 de esta Circular, se utilizarán para el cálculo del LOLE los tres (3) meses anteriores al primer día del mes de vencimiento del contrato. El precio medio de negociación de la Acción ordinaria de Pacific Rubiales correspondiente a la sesión de negociación del día de vencimiento del Contrato, suministrado por el Proveedor Oficial de Precios para Valoración. i. Porcentaje del valor de los Activos no entregados valorados a Precio de Liquidación al Vencimiento del Activo igual al 1% y, ii. Ocho (8) Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (SMMLV) Página 9 de 11

Parámetros de Cálculo de Consecuencias Pecuniarias correspondientes a la suma a favor de la Cámara según el numeral 2, literal b) del artículo 2.8.10 del Reglamento de Funcionamiento. Suma equivalente al 0.1% del valor de las acciones no entregadas, valoradas a Precio de Liquidación al Vencimiento del Activo. 3. Procedimiento a seguir ante eventos corporativos que afecten el Futuro sobre la acción de Pacific Rubiales. En el caso de cualquier evento corporativo la Cámara surtirá el siguiente procedimiento: BVC informará al mercado y a la Cámara el evento corporativo con todas las características necesarias para hacer los ajustes respectivos en las posiciones de cada uno de los Miembros y Terceros, mínimo con dos (2) días hábiles de anticipación a la ocurrencia del evento. Las características mínimas que informará la BVC son: la fecha de materialización del evento, factor de conversión entre la acción antes del evento y la acción después del evento, tamaño del contrato antes y después del evento, precio del contrato antes y después del evento, el número de decimales que implica el ajuste de las posiciones y cualquier otra característica necesaria para que el titular de Cuenta y la Cámara puedan evaluar su impacto. En caso de no conocerse el evento con dos (2) días hábiles de anticipación, la Cámara podrá solicitar a la BVC que la negociación del Contrato de Futuro sobre la acción de Pacific Rubiales sea suspendida temporalmente hasta por dos (2) días hábiles con el propósito de adoptar las medidas necesarias de ajuste de las posiciones en relación con el impacto del evento corporativo. La Cámara y la BVC coordinarán las gestiones operativas que deban desarrollar para resolver los eventos corporativos incluyendo la creación de nuevos nemotécnicos, la realización de operaciones y el truncamiento o la aproximación de los parámetros de negociación resultantes del evento corporativo, entre otras medidas operativas que se estimen necesarias. La Cámara procederá a efectuar las gestiones operativas previamente coordinadas con la BVC con el fin de ajustar la posición de los Contratos de Futuro sobre Acciones de Pacific Rubiales de cada uno de los Miembros y de los Terceros, como consecuencia del evento corporativo. La Cámara temporalmente tendrá publicado en el Sistema dos nemotécnicos, la BVC informará con suficiente anticipación al mercado el nemotécnico que será negociable, al igual que las fechas en que será suspendido el nemotécnico que dejará de ser negociado. La Cámara anunciará a los Miembros Liquidadores el resultado de sus posiciones y de las de sus Terceros y Miembros no Liquidadores y de las de los Terceros de éstos, después de realizar los Página 10 de 11

ajustes que ocasiona el evento corporativo, previo al inicio de la negociación de los Contratos de Futuro sobre la acción de Pacific Rubiales ajustados por el evento corporativo. Artículo Segundo. Vigencia. La presente modificación a la Circular Única de la Cámara de Riesgo Central de Contraparte de Colombia S.A., rige a partir del día catorce (14) de julio de 2014. (Original Firmado) MOISÉS MAHECHA PARRA Suplente del Gerente Página 11 de 11