SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PÚBLICOS SECP-1 NORMAS SOBRE PREPARACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS

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SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PÚBLICOS NORMAS SOBRE PREPARACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS COMITÉ PERMANENTE DE NORMAS Y PROCEDIMIENTOS DE AUDITORIA DE LA FEDERACIÓN DE COLEGIOS DE CONTADORES PÚBLICOS DE VENEZUELA

SERVICIOS ESPECIALES PRESTADOS POR CONTADORES PÚBLICOS NÚMERO UNO (SECP 1) NORMA SOBRE PREPARACIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS CONTENIDO Página Introducción 2 Antecedentes 2 Objetivos 3 Definiciones 3 Preparación de estados financieros 4 Diferencias conceptuales 4 Revelación adecuada 5 Contrato de servicios 5 Principios de contabilidad de aceptación general 5 Requerimientos básicos de trabajo 6 Fuentes de preparación 7 Informe de preparación 7 Estados financieros comparativos 8 Estructura del informe 9 Modificación a la forma estándar del informe 9 Eventos subsecuentes 9 Información suplementaria 9 Visado de los estados financieros 10 Derogación 10 Vigencia y aprobación 10 Bibliografía 11 Ejemplos de informes (Anexos 1 al 10) 12 BO-00005-01/08/2012 Página 1

Necesidad de los Estados Financieros: INTRODUCCION Los estados financieros permiten a la gerencia de una entidad información útil sobre su situación financiera a una fecha específica, los resultados de sus operaciones y sus movimientos del efectivo por un período de tiempo dado. La información financiera para uso externo de estas entidades está dirigida hacia el interés común de varios usuarios potenciales. Los estados financieros son una base para las decisiones de los inversionistas sobre si deben comprar o vender, valores, para las decisiones relativas a los servicios de clasificación de crédito sobre el valor crediticio de las entidades, para las decisiones de los banqueros sobre si deben prestar fondos, y para otras decisiones de acreedores, organismos reguladores, y otros ajenos a la entidad. ANTECEDENTES 1. En septiembre de 1974, la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela sancionó la Publicación Técnica N 1, denominada "Normas de Auditoría de Aceptación General", en cuyo numeral 3.5 establece lo siguiente: "En todos los casos en que el nombre de un contador público quede asociado con algunos estados financieros, el contador público debe expresar, de manera clara e inequívoca, la naturaleza de su relación con dichos estados financieros. Si se ha realizado algún examen de ellos, el contador público debe manifestar, de modo expreso y claro, el carácter de su examen, su alcance y grado de responsabilidad que, como consecuencia de él, asume". Aun cuando la auditoría de estados financieros con vista a dictaminar sobre ellos, forma una parte importante, quizás la más importante del trabajo profesional del contador público, no es la única actividad que éste realiza en el desempeño de sus labores profesionales. No es raro que el contador público preste otra clase de servicios diferentes a la auditoría para efectos de emitir un dictamen, cuya consecuencia sea que, en un u otra forma, su nombre aparezca asociado a ciertos estados financieros. Entre estos servicios profesionales se pueden citar la Preparación de Estados Financieros de Carácter General o Para Fines Especiales sin realizar auditoría de ellos; la interpretación de estados financieros, las revisiones o auditorías parciales de partidas que estando dentro de los estados financieros, no forman su totalidad y otros semejantes. Por otro lado, como la auditoría con vista a la formulación de un dictamen es la actividad principal del contador público y en la mente del público su función está generalmente asociada a esta actividad, es posible que si no se aclara especialmente la posición, el público reciba la impresión, siempre que vea el nombre de un contador público asociado a ciertos estados financieros, de que el contador público ha examinado totalmente los estados financieros y está dando su aprobación profesional de ellos. Por esa razón, y por lealtad hacia el público mismo que depende sus servicios y de su opinión y por defensa d su propia posición y responsabilidad, es absolutamente indispensable que ningún contador público permita que su nombre quede asociado, expresa o implícitamente, a unos estados financieros, sin que haya una explicación clara y expresa del tipo de esa relación y de la responsabilidad que el contador público asume con respecto a los estados financieros. Cuando el nombre de un contador público quede asociado a ciertos estados financieros, debido a que el contador público sea funcionario de la empresa, debe aclararse de manera precisa y expresa tal relación anteponiendo o posponiendo al nombre del contador público, la indicación clara de la posición que ocupa en la empresa. Cuando se trata de un contador público que realiza actividades profesionales liberalmente y su nombre se asocie a ciertos BO-00005-01/08/2012 Página 2

estados financieros, sin que haya realizado un examen lo suficientemente extenso para justificar la expresión de una opinión en forma de dictamen o informe, el contador público debe evitar cualquier confusión o interpretación errónea, expresando de manera clara y precisa la naturaleza de su relación con los estados financieros y en su caso, el alcance de su examen". 2. A su vez, el Código de Ética Profesional del Contador Público Venezolano, actualizado en 1996 (PLR-3), dispone lo siguiente: Artículo 11: " El Contador público no deberá firmar informes de auditoría que no hayan sido redactados por él o bajo su dirección. Tampoco deberá estampar su firma autógrafa y el número de colegiación en el cuerpo de los estados financieros que prepare, revise limitadamente o dictamine". En todo caso, deberá expresar en un informe escrito la naturaleza del trabajo realizado, su alcance y grado de responsabilidad que asume. 3. Por otra parte, el primer boletín de actualización de la DPC 10, sancionado en noviembre de 1992, en su párrafo 15 establece lo siguiente: "Para los períodos económicos que comienzan después del 31 de diciembre de 1995, solamente los estados financieros actualizados de acuerdo con las dos metodologías definidas en la DPC 10, estarán de acuerdo con los principios de contabilidad de aceptación general. Todos los estados financieros de una entidad, deberán ser elaborados de acuerdo con uno u otro de esos métodos y, en todo caso, deberán definir el método empleado". OBJETIVOS 4. El propósito de esta Declaración es el establecer las normas que debe observar el contador público en ejercicio libre de la profesión, cuando lleva a cabo un trabajo de compilación de información, con la finalidad de preparar estados financieros de entidades que no concurren al mercado de valores ni están reguladas por leyes especiales. 5. Estas normas especiales no son aplicables para las actuaciones profesionales que tienen como objeto, la revisión limitada de estados financieros o la emisión de un dictamen de auditoría, igualmente no aplica a compilación de información a los fines de constitución de empresas. Para estos efectos será necesario la realización de una auditoría o revisión limitada de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 de la Ley de Ejercicio de la Contaduría Pública. DEFINICIONES 6. A los efectos de estas normas especiales, se establecen las siguientes definiciones: ENTIDAD.- Es una unidad identificable que realiza actividades económicas, constituida por combinaciones de recursos humanos, recursos naturales y capital, coordinados por una autoridad que toma decisiones encaminadas a la consecución de los fines para los cuales fue creada. La entidad puede ser una persona natural o una persona jurídica, o una parte o combinación de ellas. No está limitada a la constitución legal de las unidades que la componen. Igualmente, se entiende por Entidad: - Una división de las actividades de una persona natural, de una sociedad de persona, de una sociedad anónima o de otra organización cualquiera, en forma completa y separada, que se distingue usualmente de una entidad mayor, como por ejemplo: una oficina matriz, una compañía controladora u otra unidad económica más completa: un establecimiento. Una entidad es frecuentemente una unidad contable. BO-00005-01/08/2012 Página 3

- Dos o más sociedades u otras organizaciones que operen bajo un control común, cuando sus estados financieros individuales y los naturales de sus operaciones son frecuentemente susceptibles de consolidarse. Entidad legal individuo.- una sociedad de personas; un fideicomiso; una sociedad mercantil o anónima; una asociación u otra forma cualquiera de organización, autorizada por la Ley o por la costumbre, para poseer bienes o efectuar transacciones comerciales. Estado Financiero.- Es la presentación de los datos financieros, incluidas las notas adjuntas, tomados de los registros de contabilidad o de sus documentos de soporte, diseñados para dar a conocer los recursos económicos o las obligaciones de una entidad a una fecha determinada o los ingresos y egresos o el flujo del efectivo durante un período definido, de acuerdo con principios de contabilidad de aceptación general. Los pronósticos financieros, las proyecciones y presentaciones similares, así como los cuadros financieros incluidos en las declaraciones de impuestos sobre la renta u otros formatos tributarios, no se consideran estados financieros a los fines de estas normas. Las siguientes presentaciones financieras se consideran estados financieros: * Balance general * Estado de resultados * Estado de movimientos de las cuentas patrimoniales o de utilidades retenidas * Estado de flujo del efectivo * Estado de activos y pasivos (con o sin las cuentas del patrimonio) * Estado de ingresos y egresos (base acumulativa o de efectivo) * Estado de operaciones por ramo de producto Un estado financiero podría ser, por ejemplo, el de una compañía, un grupo consolidado de compañías, un grupo combinado de compañías, una organización sin fines de lucro, una dependencia gubernamental, una sucesión, un fideicomiso, una sociedad de personas, un fondo de comercio, una parte cualquiera de éstos o de una persona natural no comerciante. El método, manual o por computadora, utilizado en su preparación, no es pertinente a la definición de estado financiero. PREPARACION DE ESTADOS FINANCIEROS 7. Es la presentación en forma de estados financieros de información suministrada por el cliente, sin la ejecución de procedimientos de auditoría ni de revisión limitada, que no comprometen la opinión profesional del contador público. DIFERENCIAS CONCEPTUALES 8. Existen diferencias significativas entre los objetivos de una Preparación de Estados Financieros, una Revisión Limitada o una Auditoría. Mientras que la Preparación consiste únicamente en la presentación adecuada en forma de estados financieros de la información extraída de los libros de contabilidad, si se trata de una entidad mercantil, o de sus documentos de soportes, si se trata de una persona natural no comerciante. En el trabajo de Revisión Limitada se aplican, además, procedimientos de averiguación y análisis que comprometen parcialmente el juicio profesional del contador público, al expresar su apreciación restringida sobre los principios de contabilidad aplicados por el cliente. La Auditoría, por su parte, requiere de la aplicación de normas de auditoría de aceptación general BO-00005-01/08/2012 Página 4

y de procedimientos de auditoría requeridos en las circunstancias, orientadas hacia la emisión de una opinión acerca de la razonabilidad de los estados financieros tomados en conjunto que comprometen plenamente la responsabilidad profesional del contador público. REVELACION ADECUADA 9. Por un principio de conducta ética y responsabilidad social, el contador público debe asegurarse de que los usuarios de los estados financieros, entiendan claramente el carácter de su actuación profesional y el grado de responsabilidad que asume. En todos los casos en que el contador público prepare unos estados financieros, deberá emitir el correspondiente Informe escrito de acuerdo con las normas aplicables de esta Declaración. 10. El contador público no debe permitir que su nombre y número de CPC aparezca vinculado a ningún estado financiero, si no ha cumplido, como requisito mínimo, con las normas previstas en esta Declaración para un compromiso de preparación. En todo caso, si su nombre y número de CPC ha sido utilizado sin su autorización, deberá ejercer todas las medidas que sean necesarias para preservar el interés de los usuarios de tales estados financieros y resguardar su credibilidad profesional. CONTRATO DE SERVICIO 11. De conformidad con lo dispuesto en el Código de Ética Profesional, el contador público deberá celebrar un contrato por escrito con su cliente, en el cual se especifiquen las condiciones y alcance de sus servicios, así como todo lo relacionado con sus honorarios y gastos en que incurra en la ejecución de su trabajo. En este sentido, el contador público deberá asegurarse de que haya una clara comprensión por parte del cliente de los términos del compromiso. PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD DE ACEPTACION GENERAL 12. Cuando la gerencia cumple su responsabilidad de preparar estados financieros útiles, debe prestar mucha atención a la calidad de sus criterios contables; La preparación de estados financieros deberá incluir las normas de contabilidad sobre medición y revelación financieras. Las convenciones, reglas y procedimientos han evolucionado y sirven de guía para aquellos responsables por la preparación de los estados financieros. Estas normas y procedimientos técnicos, referidos como principios de contabilidad de aceptación general, proporcionan las normas con las cuales el Contador Público juzga los estados financieros. En la "Declaración de Principios de Contabilidad N 0 (DPC O)" emitida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, se indican las normas básicas y Principios de Contabilidad de Aceptación General vigentes en Venezuela, relacionadas con la preparación y presentación de los estados financieros a ser utilizados por usuarios externos. Se considera que los estados financieros están de acuerdo con principios de contabilidad de aceptación general cuando: - Los principios de contabilidad usados por la gerencia tienen aceptación general. - Los principios de contabilidad usados por la gerencia son apropiados en las circunstancias. - Los estados financieros contienen revelaciones adecuadas. - Los estados financieros presentan la substancia de los eventos y transacciones dentro de un rango aceptable de error tolerable (importancia relativa). BO-00005-01/08/2012 Página 5

REQUERIMIENTOS BASICOS DE TRABAJO 13. Como requisito fundamental, el contador público debe poseer suficiente conocimiento de los principios de contabilidad y prácticas usuales de la actividad económica a la que se dedica su cliente. Esta norma no impide que un contador público acepte un compromiso de preparación sin experiencia previa, pero, está obligado a adquirir el conocimiento necesario antes de desarrollar el trabajo. La capacitación teórica puede ser obtenida mediante la consulta de guías, publicaciones profesionales relacionadas con el sector al que pertenece la entidad, estados financieros preparados, revisados limitadamente o auditados de la misma o de otras entidades similares, libros de texto, revistas especializadas, consultas con otros colegas, etc. 14. Antes de preparar los estados financieros, el contador público debe adquirir un entendimiento pleno de la naturaleza particular de las transacciones que realiza su cliente, la configuración de sus registros contables, la preparación y la capacidad de su personal, las bases de contabilidad sobre las que serán presentados los estados financieros y la forma y contenido de los mismos, según se trate de una persona jurídica o de una persona natural. El contador público obtiene normalmente esta información mediante averiguaciones con el personal de la entidad, en base a cuyo conocimiento deberá decidir si, antes de ejecutar su trabajo, será necesario recomendar algunos ajustes en los libros de contabilidad o prestar algún tipo de asesoramiento, a fin de subsanar en lo posible errores significativos evidentes en los estados financieros. 15. Antes de preparar los estados financieros, el contador público debe adquirir un entendimiento pleno de la naturaleza particular de las transacciones que realiza su cliente es significativamente incorrecta, incompleta o de alguna manera deficiente, en cuyo caso, deberá exigir información adicional o corregida que, de no serle facilitada, constituirá una limitación para continuar con el compromiso de preparación. 16. Previo a la emisión de su informe, el contador público deberá observar cuidadosamente los estados financieros elaborados y considerar si éstos parecen ser apropiados en cuanto a presentación y si están libres de errores obvios significativos. En este contexto, el término "error" se refiere a equivocaciones en la presentación de los estados financieros, en cuanto a inexactitud aritmética, errores en el proceso de recopilación de datos, errores en la aplicación de los principios de contabilidad de aceptación general o revelación inadecuada. En la ejecución de su trabajo, el contador público deberá tener siempre presente que su actuación profesional no puede limitarse a la simple trascripción de los datos que le suministra el cliente, sino que debe usar su pericia profesional para reunir, clasificar y resumir la información, conforme a los siguientes principios de conducta ética. a) Integridad b) Objetividad c) Competencia profesional y debido cuidado d) Confidencialidad e) Conducta profesional y f) Calidad técnica 17. Es evidente que un trabajo de preparación de los estados financieros no compromete la opinión profesional, sin embargo, el contador público asume una gran responsabilidad moral ante los usuarios de sus servicios, por lo que, en ausencia de procedimientos de comprobación, debe emplear criterios de racionalidad fundamentados en la lógica deductivo, la percepción, la experiencia y la intuición. BO-00005-01/08/2012 Página 6

18. Un contador público puede emitir un informe de preparación de estados financieros de clientes con los cuales está relacionado, por la prestación de servicios externos de contabilidad, impuestos y cualquier otra actuación profesional que afecte su independencia, excepto cuando concurra alguna de las siguientes situaciones, en cuyo caso deberá abstenerse del trabajo de preparación: a. Que sea pariente hasta el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad con el cliente o, si se trata de una persona jurídica, con el socio principal o con algún director, administrador o empleado que tenga una importante intervención en la dirección o gestión diaria de los negocios. b. Que tenga o pretenda tener alguna vinculación económica o la propiedad total o parcial, directa o indirecta en la empresa, en un grado tal que pueda afectar su libertad de criterio. c. Que hubiere desempeñado cargos de responsabilidad en la empresa, sus filiales y o subsidiarias, durante el período a que se refiere el trabajo de compilación. La falta de independencia con respecto al cliente, deberá ser revelada en un párrafo al final del informe de preparación, sin que sea necesario describir las razones de tal circunstancia. (Ver anexo 4) FUENTES DE PREPARACION 19. Para la preparación de estados financieros de personas jurídicas o de personas naturales comerciantes, el contador público deberá obtener información escrita de los registros de contabilidad, libros legales o documento constitutivo y apreciar su presunta autenticidad, en función del conocimiento de la entidad, de las averiguaciones con el personal y, si es el caso, de los informes anteriores de preparación, revisión limitada o auditoría o de otros elementos que estén a su alcance. 20. En cuanto a las personas naturales no comerciantes, el contador público, a falta de registros de contabilidad, deberá recurrir a información alterna proporcionada por el cliente, como una declaración escrita de sus activos y pasivos, documentos de propiedad, estados de cuenta bancarios, referencias de terceros, etc, evaluada a la luz del conocimiento que tenga del cliente y de su actividad y, si es el caso, de informes anteriores de preparación. 21. El contador público deberá documentar los asuntos que son importantes, para proporcionar evidencia de que realizó su trabajo de acuerdo con estas normas. INFORME DE PREPARACION 22. Los estados financieros preparados sin revisión limitada ni auditoría, deberán estar acompañados de un informe en el papel de seguridad establecido por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, con el membrete del contador público, dicho informe debe indicar básicamente lo siguiente: a. Que se ha hecho un trabajo de preparación solamente. b. Que la preparación se limita a presentar en forma de estados financieros, información extraída de los registros de contabilidad o de documentos de soporte que, en todo caso, es responsabilidad del cliente. c. Que los estados financieros no han sido revisados limitadamente ni auditados y que por consiguiente, el contador público no emite una opinión profesional sobre la información expresada en los mismos. BO-00005-01/08/2012 Página 7

d. Cualquier otro procedimiento que el contador público pudiera haber efectuado antes o durante el proceso de preparación no deberá formar parte de su informe. 23. Al pie de cada página de los estados financieros, el contador público deberá colocar la frase: "Ver informe de preparación del contador público licenciados en el papel de seguridad N. 24. La fecha del informe deberá corresponder a la fecha en que el contador público terminó el trabajo de preparación. 25. Esta Declaración no impide que un contador público emita un informe de preparación sobre un estado financiero en particular. Aun cuando sea deseable, no es obligatoria la preparación conjunta de los estados financieros principales. 26. Por requerimientos del cliente, un contador público puede preparar estados financieros que omitan parcial o totalmente las revelaciones exigidas por los principios de contabilidad de aceptación general. El Contador Público puede preparar tales estados financieros si se indica claramente en su informe la omisión de substancialmente todas las revelaciones y que esta omisión no se ha hecho, a su conocimiento, con el propósito de causar una interpretación errónea en los que normalmente usan tales estados financieros. Cuando la gerencia de la entidad desee parcialmente incluir revelaciones acerca de algunos asuntos en la forma de notas a estos estados financieros, tales revelaciones deben aparecer con el encabezamiento: "Información Parcial- No incluye todas las Revelaciones Requeridas por los Principios de Contabilidad de Aceptación General". (Véase anexo 10) 27. Si en la ejecución de su trabajo, el contador público se da cuenta de alguna desviación a los principios de contabilidad de aceptación general y ésta no es corregida por el cliente, deberá revelar en su informe esta circunstancia. El contador público no está obligado determinar sus efectos sobre estados financieros si el cliente no lo ha hecho, no obstante, si por alguna razón llegan a su conocimiento deberá revelarlos en su informe. ESTADOS FINANCIEROS COMPARATIVOS 28. Cuando los estados financieros de períodos anteriores sean presentados conjuntamente con los estados financieros del período actual, el contador público deberá emitir un informe apropiado que cubra cada período, siempre y cuando hayan sido preparados por él de acuerdo con estas normas. 29. Los estados financieros de períodos anteriores que no han sido preparados por un contador público, no pueden presentarse conjuntamente con los correspondientes a los del período preparado de acuerdo con estas normas, a menos que sean nuevamente preparados por un contador público. 30. Cuando los estados financieros de períodos anteriores que se presenten han sido preparados por otros contadores públicos y no se incluyen sus respectivos informes, el contador público sucesor que preparó los estados financieros correspondientes al período corriente, debe hacer referencia en un párrafo adicional de su informe a los informes de sus predecesores y mencionar expresamente los siguientes aspectos: a. Que los estados financieros anteriores fueron preparados por otros contadores públicos. b. Las fechas de los informes de preparación anteriores. c. Una descripción de cualquier modificación del informe estándar emitido por los contadores públicos predecesores y de cualquier párrafo que destaque algún hecho relativo a los estados financieros por ellos preparados. En caso contrario deberá indicarse que sus informes no manifiestan ninguna revelación inadecuada. BO-00005-01/08/2012 Página 8

ESTRUCTURA DEL INFORME 31. El informe estándar de preparación está constituido por tres partes y elementos básicos: Primera Parte: a) El título "Informe de preparación del contador público" b) El destinatario c) Ciudad Segunda Parte: d) Un párrafo introductorio en el cual se identifica al cliente, se indican el o los estados financieros preparados de acuerdo con estas normas y se declara que el cliente es responsable de la información financiera suministrada. e) Un segundo párrafo explicativo de lo que significa un compromiso de preparación y las fuentes de la información financiera suministrada. f) Un tercer párrafo explicativo que señale que el contador público no ha auditado ni revisado limitadamente el o los estados financieros adjuntos y que, por consiguiente, no expresa opinión alguna; Tercera Parte: g) Si se trata de una firma de contadores públicos su razón social, la rúbrica y el nombre del contador público actualmente, la expresión "contador público" y su número de colegiación. h) La fecha del informe que puede colocarse indistintamente en la parte superior o en la inferior. MODIFICACION A LA FORMA ESTANDAR DEL INFORME 32. En caso de cualquier desviación a los principios de contabilidad de aceptación general que fueren del conocimiento del contador público, esta circunstancia debe revelarse a continuación del segundo párrafo explicativo. (Ver anexo 2, 5,7 y 9) 33. Si los estados financieros del año anterior han sido o no preparados por otros contadores públicos, esta circunstancia debe revelarse a continuación del tercer párrafo explicativo. (Ver anexo 3). EVENTOS SUBSECUENTES 34. Los eventos importantes ocurridos después de la fecha de los estados financieros sean del conocimiento del contador público, deben ser revelados en las notas correspondientes. INFORMACION SUPLEMENTARIA 35. Cuando el contador público haya preparado los estados financieros con información suplementaria para propósito de análisis adicional, debe incluir al final del segundo párrafo de su informe una leyenda que exprese. "La información suplementaria incluida en los anexos 1 al x, se presenta para propósitos de análisis adicional y no es parte requerida de los estados financieros preparados". De igual manera, el tercer párrafo explicativo de su informe debe modificarse así: BO-00005-01/08/2012 Página 9

"No he (hemos) auditado ni revisado limitadamente los estados financieros de la compañía xxx que se acompañan ni la información suplementaria anexa y, en consecuencia, no emito (emitimos) opinión alguna sobre los mismos". VISADO DE LOS ESTADOS FINANCIEROS 36. Los estados financieros y el informe del Contador Público relacionados con los servicios de preparación de estados financieros, deben ser revisados en el respectivo Colegio de Contadores Públicos. DEROGACION 37. Este pronunciamiento deroga parcialmente las Normas Sobre Servicios Especiales Prestados por Contadores Públicos No 1, dictadas por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela en el año 1981, en todo lo referente a la preparación de estados financieros. VIGENCIA Y APROBACIÓN 38. Las presentes Normas y Procedimientos de Auditoría sobre Servicios Especiales No 1, fueron Auscultadas por el Comité Permanente de Normas y Procedimientos de Auditoría de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. Lic. César A Guillen (Coordinador) Lic. Arlex Fuentes Lic. Jean González Lic. Zunay González Lic. Ricardo Briceño C. Lic. María J. López Lic. Rafael Dugarte Lic. Carlos Figueredo Lic. Cruz Arias Lic. Flor Latouche PERIODO 1995/1997. El proyecto que sirvió de base a este pronunciamiento fue preparado por el Lic. Alfredo Pérez Galán y revisado por el contador público Antonio Domínguez Criado. Estas Normas fueron revisadas en los Directorios Nacionales Ampliados de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela celebrados en las Ciudades de Valencia, Estado Carabobo y San Juan de los Morros, Estado Guárico, los días 31 de Mayo y 30 de Agosto de 1997, respectivamente, y aprobadas por el Directorio de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, en su reunión ordinaria de fecha 24 de Abril de 1998, en la Ciudad de Caracas, Distrito Federal. BO-00005-01/08/2012 Página 10

BIBLIOGRAFIA Normas sobre Servicios Especiales Prestados por los Contadores Públicos No.1, Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, Caracas, 1981 Normas para la Elaboración de Estados Financieros Ajustados por Efectos de la Inflación DPC 10, Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, Caracas 1991 Código de Ética Profesional del Contador Público Venezolano, PLR-3, Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, Caracas 1996. El Dictamen del Contador Público Independiente sobre los Estados Financieros, DNA 11, Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, Caracas 1994. Trabajos para compilar Información Financiera NIA/SR4, Comité Internacional de Prácticas de Auditoría, IAPC, Federación Internacional de Contadores Públicos, IFAC, Londres 1994 CPC El Contador Públicos, Revista del Colegio de Contadores Públicos del Estado Miranda, Año 16.No3 Julio-Septiembre de 1995, Auditoría de Estados Financieros e Informe del Auditor Independiente. Diccionario para Contadores Eric Lkohler. BO-00005-01/08/2012 Página 11

ANEXO 1 EJEMPLO DE INFORME SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE UNA PERSONA JURIDICA, ACTUALIZADOS POR EFECTOS DE LA INFLACION: INFORME DE PREPARACION DEL CONTADOR PÚBLICO A la junta Directiva De la Compañía XXX Ciudad... Los balances generales de la Compañía XXX al 31 de diciembre de 199X y 199Y, y los estados conexos de resultados, de movimiento de las cuentas del patrimonio y de flujo del efectivo por los años entonces terminados, que se acompañan, han sido preparados por mí (nosotros) a valores actualizados por efectos de la inflación, por instrucciones de la gerencia de la Compañía. La información presentada en dichos estados financieros es responsabilidad de la gerencia. Mi (nuestro) compromiso de preparación se limita a presentar en forma de estados financieros información obtenida de los registros de contabilidad de la Compañía, sin la aplicación de procedimientos de comprobación ni de evaluación. No he (hemos) auditado ni revisado limitadamente los estados financieros de la Compañía XXX que se acompañan y, en consecuencia, no emito (emitimos) opinión alguna sobre los mismos. Razón social de la firma Firma Autógrafa Nombre del profesional Contador Público Número del CPC FECHA BO-00005-01/08/2012 Página 12

ANEXO 2 EJEMPLO DE INFORME SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE UNA PERSONA JURIDICA, PRESENTADOS SIN LA ACTUALIZACION POR EFECTOS DE LA INFLACION: A la junta Directiva De la Compañía XXX Ciudad... INFORME DE PREPARACION DEL CONTADOR PÚBLICO Los balances generales de la Compañía XXX al 31 de diciembre de 199X y 199Y, y los estados conexos de resultados, de movimientos de las cuentas de patrimonio y de flujo efectivo, por los años entonces terminados, que se acompañan, han sido preparados por mí (nosotros) a valores históricos por instrucciones de la gerencia de la Compañía. La información presentada en dichos estados financieros es responsabilidad de la gerencia. Mi (nuestro) compromiso de preparación se limita a presentar en forma de estados financieros información obtenida de los registros de contabilidad de la compañía, sin la aplicación de procedimientos de comprobación ni de evaluación. La Declaración de Principios de Contabilidad No 10 (DPC 10), emitida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, requiere la presentación de los estados financieros en cifras actualizadas por efectos de la inflación por lo tanto, la falta de reconocimiento de los efectos de la inflación en los estados financieros adjuntos, no está de acuerdo con principios de contabilidad de aceptación general en Venezuela. No he (hemos) auditado ni revisado limitadamente los estados financieros de la Compañía XXX que se acompañan y, en consecuencia, no emito (emitimos) opinión alguna sobre los mismos. Firma Autógrafa Nombre del profesional Contador Público Número de CPC FECHA Razón social de la firma BO-00005-01/08/2012 Página 13

ANEXO 3 EJEMPLO DE INFORME SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS ACTUALIZADOS POR EFECTO DE LA INFLACION DE UNA PERSONA JURIDICA, CUANDO LOS ESTADOS FINANCIEROS DEL ANTERIOR HAN SIDO PREPARADOS POR OTRO CONTADOR PÚBLICO: INFORME DE PREPARACION DEL CONTADOR PÚBLICO A la junta Directiva De la Compañía XXX Ciudad... El balance general de la Compañía XXX al 31 de diciembre de 199Y, y los estados conexos de resultados, de movimiento de las cuentas de patrimonio y de flujo del efectivo por el año entonces terminado, que se acompañan han sido preparados por mí (nosotros) a valores actualizados por los efectos de la inflación, por instrucciones de la gerencia de la Compañía. La información presentada en dichos estados financieros es responsabilidad de la gerencia. Mi (nuestro) compromiso de preparación se limita a presentar en forma de estados financieros información obtenida de los registros de contabilidad de la Compañía, sin la aplicación de procedimientos de comprobación ni de evaluación. No he (hemos) auditado ni revisado limitadamente los estados financieros de la Compañía XXX que se acompañan y, en consecuencia, no emito (emitimos) opinión alguna sobre los mismos. Los estados financieros de la Compañía al 31 de diciembre de 199X y por el año entonces terminado, fueron preparados por otro (s) contador público (s), en cuyo informe de fecha X de X de 199Y no manifiestan ninguna revelación sobre desviaciones a los principios de contabilidad o falta de independencia. Razón social de la firma Firma Autógrafa FECHA Nombre del profesional Contador Público Número de CPC BO-00005-01/08/2012 Página 14

ANEXO 4 EJEMPLO DE INFORME SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS ACTUALIZADOS POR EFECTOS DE LA INFLACION DE UNA PERSONA JURIDICA, CUANDO EL CONTADOR PÚBLICO NO ES INDEPENDIENTE: A la Junta Directiva De la Compañía XXX Ciudad... INFORME DE PREPARACION DEL CONTADOR PÚBLICO Los balances generales de la Compañía XXX al 31 de diciembre de 199X y 199Y, y los estados conexos de resultados, de movimiento de las cuentas del patrimonio y de flujo del efectivo por los años entonces terminados, que se acompañan, ha sido preparados por mí (nosotros) a valores actualizados por los efectos de la inflación, por instrucciones de la gerencia de la Compañía. La información presentada en dichos estados financieros es responsabilidad de la gerencia. Mi (nuestro) compromiso de preparación se limita a presentar en forma de estados financieros información obtenida de los registros de contabilidad de la Compañía, sin la aplicación de procedimientos de comprobación ni de evaluación. No he (hemos) auditado ni revisado limitadamente los estados financieros de la Compañía XXX que se acompañan y, en consecuencia, no emito (emitimos) opinión alguna sobre los mismos. No soy (somos) independientes respecto a la Compañía XXX. Razón social de la firma Firma Autógrafa Contador Público Número de CPC FECHA BO-00005-01/08/2012 Página 15

ANEXO 5 EJEMPLO DE INFORME SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE UNA PERSONA JURIDICA ACTUALIZADOS POR LOS EFECTOS DE LA INFLACION, CUANDO EL CONTADOR PÚBLICO ADVIERTE UNA DESVIACION A LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD DE ACEPTACION GENERAL EN VENEZUELA: A la junta Directiva De la Compañía XXX Ciudad... INFORME DE PREPARACION DEL CONTADOR PÚBLICO Los balances generales de la Compañía XXX al 31 de diciembre de 199X y 199Y, y los estados conexos de resultados, de movimiento de las cuentas del patrimonio y de flujo del efectivo por los años entonces terminados, que se acompañan, han sido preparados por mí (nosotros) a valores actualizados por los efectos de la inflación, por instrucciones de la gerencia de la Compañía. La información presentada en dichos estados financieros es responsabilidad de la gerencia. Mi (nuestro) compromiso de preparación se limita a presentar en forma de estados financieros información obtenida de los registros de contabilidad de la Compañía, sin la aplicación de procedimientos de comprobación ni de evaluación. Tal como se indica en la nota X, la Compañía no registra el impuesto sobre la renta diferido, requerido por la Declaración de Principios de Contabilidad No 3 (DPC 3), emitida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela. No he (hemos) auditado ni revisado limitadamente los estados financieros de la Compañía XXX que se acompañan y, en consecuencia, no emito (emitimos) opinión alguna sobre los mismos. Razón social de la firma Firma Autógrafa Nombre del profesional Contador Público Número de CPC FECHA BO-00005-01/08/2012 Página 16

ANEXO 6 EJEMPLO DE INFORME SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS ACTUALIZADOS POR EFECTOS DE LA INFLACION DE UNA PERSONA JURIDICA, CUANDO SE OMITEN TODAS LAS REVELACIONES REQUERIDAS POR LOS PRINCIPIOS DE CONTABILIDAD DE ACEPTACION GENERAL: INFORME DE PREPARACION DEL CONTADOR PÚBLICO (No incluye todas las revelaciones requeridas por los principios de contabilidad de aceptación general) A la junta Directiva De la Compañía XXX Ciudad... Los balances generales de la Compañía XXX al 31 de diciembre de 199X y 199Y, y los estados conexos de resultados, de movimiento de cuentas del patrimonio y de flujo del efectivo por los años entonces terminado que se acompañan, han sido preparados por mí (nosotros) a valores actualizados por los efectos de la inflación, por instrucciones de la gerencia de la Compañía. La información presentada en dichos estados financieros es responsabilidad de la gerencia. Mí (nuestro) compromiso de preparación se limita a presentar en forma de estados financieros información obtenida de los registros de contabilidad de la Compañía, sin la aplicación de procedimientos de comparación ni de evaluación. La gerencia de la Compañía ha decidido omitir substancialmente todas las revelaciones importantes requeridas por los principios de contabilidad de aceptación general. Si las revelaciones omitidas se incluyeran junto con los estados financieros, pudieran influir sobre las conclusiones del usuario acerca de la situación financiera, resultados de las operaciones y flujo de efectivo de la Compañía. Esta omisión no se ha hecho, a mí (nuestro) conocimiento con el propósito de causar una interpretación errónea en los que normalmente usan estos estados financieros. Por consiguiente, estos estados financieros no han sido diseñados para aquellos que no están informados sobre tales asuntos. No he (hemos) auditado ni revisado limitadamente los estados financieros de la Compañía XXX que se acompañan y, en consecuencia, no emito (emitimos) opinión alguna sobre los mismos. Razón social de la firma Firma Autógrafa FECHA Nombre del profesional Contador Público Número de CPC BO-00005-01/08/2012 Página 17

ANEXO 7 EJEMPLO DE INFORME SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE UNA PERSONA NATURAL COMERCIANTE, ACTUALIZADOS POR EFECTOS DE LA INFLACION: Señor Pedro ZZZZ Propietario de Comercial XXXX Ciudad... INFORME DE PREPARACION DEL CONTADOR PÚBLICO Los balances generales del fondo de comercio denominado Comercial XXXX, propiedad del señor Pedro ZZZZ, al 31 de diciembre de 199X y 199Y, y los estados conexos de resultados, de movimiento de las cuentas del patrimonio y de flujo del efectivo por los años entonces terminados, que se acompañan, han sido preparados por mí, (nosotros) a valores actualizados por efectos de la inflación, por instrucciones de su propietario. La información presentada en dichos estados financieros es responsabilidad del propietario del fondo de comercio. Mi (nuestro) compromiso de preparación se limita a presentar en forma de estados financieros información obtenida de los registros de contabilidad del fondo de comercio denominado Comercial XXXX, sin la aplicación de procedimientos de comparación ni de evaluación. No he (hemos) auditado ni revisado limitadamente los estados financieros del fondo de comercio denominado Comercial XXXX que se acompañan y, en consecuencia, no emito (emitimos) opinión alguna sobre los mismos. Razón social de la firma Firma Autógrafa FECHA Nombre del profesional Contador Público Número de CPC BO-00005-01/08/2012 Página 18

ANEXO 8 EJEMPLO DE INFORME SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE UNA PERSONA NATURAL COMERCIANTE SIN LA ACTUALIZACION POR LOS EFECTOS DE LA INFLACION: Señor Pedro ZZZZ Propietario Comercial XXXX Ciudad... INFORME DE PREPARACION DEL CONTADOR PÚBLICO Los balances generales del fondo de comercio denominado Comercial XXXX propiedad del señor Pedro ZZZZ, al 31 de diciembre de 199X y 199Y y los estados conexos resultados, de movimiento de las cuentas del patrimonio y de flujo del efectivo por los años entonces terminados, que se acompañan, han sido preparados por mí (nosotros) a valores históricos, por instrucciones de su propietario. La información de comercio presentada en dichos estados financieros es responsabilidad del propietario del fondo de comercio. Mi (nuestro) compromiso de preparación se limita a presentar en forma de estados financieros información obtenida de los registros de contabilidad del fondo de comercio denominado Comercial XXXX, sin la aplicación de procedimientos de comprobación ni de evaluación. La Declaración de Principios de Contabilidad No 10 (DPC -10), emitida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, requiere la presentación de los estados financieros en cifras actualizadas por efectos de la inflación; por lo tanto, la falta de reconocimiento de los efectos de la inflación en los estados financieros adjuntos, no está de acuerdo con principios de contabilidad de aceptación general en Venezuela. No he (hemos) auditado ni revisado limitadamente los estados financieros del fondo de comercio denominado Comercial XXXX que se acompañan y, en consecuencia, no emito (emitimos) opinión alguna sobre los mismos. Razón social de la Firma Firma Autógrafa Nombre del profesional Contador Público Número de CPC FECHA BO-00005-01/08/2012 Página 19

ANEXO 9 EJEMPLO DE INFORME SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE UNA PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE, ACTUALIZADOS POR EFECTOS DE LA INFLACION: Señor Pedro XXXX Ciudad... INFORME DE PRERACION DEL CONTADOR PÚBLICO El estado de activos y pasivos de Pedro XXXX identificado con la cédula de identidad No XXX, al 31 de diciembre de 199Y, y el estado de cambios en el activo neto, que se acompañan, han sido preparados por mí (nosotros) a valores actualizados por los efectos de la inflación, siguiendo sus instrucciones y basándome (nos) principalmente en las informaciones y documentaciones y otros detalles suministrados por usted. La información presentada en dichos estados financieros es responsabilidad de Pedro XXXX. Mi (nuestro) compromiso de preparación se limita a presentar en forma de estados financieros información suministrada por Pedro XXXX, sin la aplicación de procedimientos de comprobación ni de evaluación. Tratándose de personas naturales, es práctica común que no se lleven registros contables que aseguren la inclusión de todos los activos y pasivos; No he (hemos) auditado ni revisado limitadamente los estados financieros de Pedro XXXX, que se acompañan, y en consecuencia, no emito (emitimos) opinión alguna sobre los mismos. Razón social de la firma Firma Autógrafa FECHA: Nombre del profesional Contador Público Número de CPC BO-00005-01/08/2012 Página 20

ANEXO 10 EJEMPLO DE INFORME SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE UNA PERSONA NATURAL NO COMERCIANTE SIN LA ACTUALIZACION POR EFECTO DE LA INFLACION: INFORME DE PREPARACION DEL CONTADOR PÚBLICO Señor Pedro XXXX Ciudad... El estado de activos y pasivos de Pedro XXXX, identificado con la cédula de identidad No XXX, al 31 de diciembre de 199Y, y el estado de cambios en el activo neto, que se acompañan, ha sido preparado por mí (nosotros) a valores históricos, siguiendo sus instrucciones y basándome (nos) principalmente en las informaciones y documentaciones y otros detalles suministrados. La información presentada en dicho estados financieros es responsabilidad de Pedro XXXX. Mi (nuestro) compromiso de preparación se limita a presentar en forma de estados financieros información suministrada por Pedro XXXX, sin la aplicación de procedimientos de comprobación ni de evaluación. La Declaración de Principios de Contabilidad No 10 (DPC -10), emitida por la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela, requiere la presentación de los estados financieros en cifras actualizadas por efectos de la inflación; por lo tanto, la falta de reconocimiento de los efectos de la inflación en los estados financieros adjuntos, no está de acuerdo con principios de contabilidad general en Venezuela. Tratándose de personas naturales, es práctica común que no se lleven registros contables que aseguren la inclusión de todos los activos y pasivos, así mismo la valoración de inmuebles, en muchos casos, es presentada a valores distintos al costo de adquisición. No he (hemos) auditado ni revisado limitadamente los estados financieros de Pedro XXXX, que se acompañan, y en consecuencia, no emito (emitimos) opinión alguna sobre los mismos. Razón social de la firma Firma Autógrafa FECHA Nombre del profesional Contador Público Número de CPC FECHAS DE EMISIÓN Y PUBLICACIÓN 1. Emisión de la SEPC-1, el 24 de abril de 1998 2. Publicación en el Boletín Oficial Informativo de la FCCPV el 01 de agosto de 2012 (BO-00005) 3. Publicación en formato separado en la página WEB FCCPV el 30 de enero de 2013 (-1998-ABR-24) BO-00005-01/08/2012 Página 21