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Lineamientos para la evaluación del diseño y resultados de la oferta de formación continua, actualización y desarrollo profesional de quienes participan en el Servicio Profesional Docente en Educación Básica y Media Superior. LINEE-12-2017

Marco de la evaluación Del diseño, de la operación y de los resultados de la oferta de Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional

Sistema Nacional de Evaluación Educativa Para garantizar la prestación de servicios educativos de calidad, se crea el Sistema Nacional de Evaluación Educativa (SNEE), y su coordinación queda a cargo del INEE, organismo público autónomo (Artículo 3, fracción IX de la Constitución). Corresponde al INEE evaluar la calidad, el desempeño y los resultados del sistema educativo nacional en los ámbitos de la educación básica y media superior, y para ello deberá: a) Diseñar y realizar mediciones que correspondan a componentes, procesos o resultados del sistema; b) Expedir lineamientos a los que se sujetarán las autoridades educativas federal y locales para llevar a cabo las funciones de evaluación que les corresponden; c) Generar y difundir información y, con base en ésta, emitir directrices que sean relevantes para contribuir a las decisiones tendientes a mejorar la calidad de la educación y su equidad, como factor esencial en la búsqueda de la igualdad social.

Elementos del SNEE Fuente: INEE. Documento Rector de la Política Nacional de Evaluación Educativa 2015-2020. 2015

La Evaluación de la oferta de Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional La evaluación de la oferta de Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional se inscribe en el marco del SNEE, específica y directamente en el rubro de resultados por tratarse de una actividad orientada a evaluar la eficacia de los programas de formación inicial y continua para docentes. Componentes Procesos Resultados Docentes. Alumnos. Planes y programas de estudios. Infraestructura. Instituciones Enseñanza-aprendizaje. Prácticas pedagógicas. Gestión y planeación. Seguimiento al sistema de evaluación. Rendición de cuentas Eficiencia terminal. Desempeño de alumnos. Eficacia de programas sociales. Eficacia de los programas de formación inicial y continua para docentes. Cobertura. Fuente: INEE. Documento Rector de la Política Nacional de Evaluación Educativa 2015-2020. 2015

Elementos de la Política Nacional de Evaluación Educativa Fuente: INEE. Documento Rector de la Política Nacional de Evaluación Educativa 2015-2020. 2015

Lineamientos para evaluación del diseño, operación y resultados. LINEE-12-2017 Mecanismo de operación

LGSPD. Artículo 60, penúltimo párrafo Ley General del Servicio Profesional Docente. Artículo 60. La oferta de formación continua, penúltimo párrafo:. El Instituto emitirá los lineamientos conforme a los cuales las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados llevarán a cabo la evaluación del diseño, de la operación y de los resultados de la oferta de formación continua, actualización y desarrollo profesional, y formulará las recomendaciones pertinentes.

Evaluación de la oferta de Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional Qué se evalúa? De acuerdo con la normativa (LGSPD y los Lineamientos SEP e INEE): La oferta de formación continua, de actualización y de desarrollo profesional. El conjunto de apoyos, asesoría y acompañamiento especializado para mejorar la práctica profesional docente, directiva y del funcionamiento de la escuela. Para la pertinencia de la oferta: Los perfiles definidos en la LGSPD. Los resultados de las evaluaciones internas y externas. Las necesidades de formación del personal, de las escuelas y de las zonas escolares en EB y EMS, según corresponda. Qué se considera en la evaluación? Los Programas que la integran, la combinación de los distintos apoyos, asesoría y acompañamiento especializado para mejorar la práctica profesional docente, directiva y de funcionamiento de la escuela: o Que favorezca el mejoramiento de la calidad de la educación; o Que sea gratuita, diversa y de calidad en función del desarrollo profesional; o Su pertinencia respecto de la escuela y la zona escolar; o Que responda a los requerimientos que el personal solicite y a su dimensión regional; o Que tome en cuenta las evaluaciones internas; o Que atienda los resultados de evaluaciones externas. (Artículo 60 LGSPD) Fuente: DOF. INEE. Lineamientos para la evaluación del diseño y resultados de la oferta de formación continua, actualización y desarrollo profesional de quienes participan en el Servicio Profesional Docente en Educación Básica y Media Superior. LINEE-12-2017. 26 de abril de 2017

Evaluación de la oferta de formación continua, actualización y desarrollo profesional AE, AEL y OD establecen bases y convocan a las Instancias Formadoras (IF) para que propongan programas para quienes participan en el SPD. IF proponen Programas. AE, AEL y OD revisan que las propuestas cumplan con los requerimientos mínimos para ser opción de la Oferta de Formación, de acuerdo con la normativa de cada nivel educativo. Las primeras versiones de los Programas podrán iniciar sin el dictamen favorable de evaluación de diseño por parte de los CAAEV. Podrán continuar como parte de la Oferta si obtienen dictamen favorable en su evaluación (Transitorio Segundo) Las AE, AEL y OD integran, con la participación de especialistas, académicos e investigadores con experiencia en el campo de la formación, el Comité Académico de Apoyo para la Evaluación (CAAEV) para evaluar y en su caso acreditar los Programas propuestos. El CAAEV tiene por objeto apoyar la evaluación de la pertinencia, relevancia, calidad y coherencia del diseño de los Programas propuestos por las IF y revisar la congruencia con la propuesta de Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional que determine la SEP para cada tipo educativo. Los CAAEV funcionarán a más tardar 30 días hábiles posteriores a la emisión de los LINEE-12-2017 (Transitorio Primero) Fuente: DOF. INEE. Lineamientos para la evaluación del diseño y resultados de la oferta de formación continua, actualización y desarrollo profesional de quienes participan en el Servicio Profesional Docente en Educación Básica y Media Superior. LINEE-12-2017. 26 de abril de 2017

Instalación de los Comités Académicos de Apoyo para la Evaluación (CAAEV) Contar con los Programas y el desarrollo de sus componentes Para la instalación de los CAAEV, las AE, AEL y OD garantizarán: Contar con los resultados de las evacuaciones de los programas correspondientes. Conocer las necesidades del personal al que se dirige el o los Programa(s) Ofrecer las condiciones para su adecuado funcionamiento. Contar con la estrategia de Formación Continua establecida por la Secretaría para cada tipo educativo. Fuente: DOF. INEE. Lineamientos para la evaluación del diseño y resultados de la oferta de formación continua, actualización y desarrollo profesional de quienes participan en el Servicio Profesional Docente en Educación Básica y Media Superior. LINEE-12-2017. 26 de abril de 2017

Evaluación del diseño LINEE-12-2017. Capítulo III. Artículos 20 al 26 Las Autoridades Educativas, las Autoridades Educativas Locales y los Organismos Descentralizados evaluarán el diseño de los Programas a partir de los dictámenes de los CAAEV e incluirán los mecanismos de evaluación del Programa. Entidad Nombre de la instancia Nombre del Programa o Acción formativa Modalidad Presencial Semipresencial En línea Nivel Educativo Modalidad Servicio Población que atiende Prescolar, primaria o secundaria Regular, indígena, telesecundaria Educación especial, educación física Perfil de egreso Justificación del programa Propósito u objetivo Contenidos (estructura del curso) Programa curricular Metodología y estrategias didácticas Número de destinatarios Docentes Directores Técnicos Docentes Supervisores ATP Número de grupos Número de coordinadores generales académicos Número de asesores académicos, tutores o facilitadores Bibliografía básica y complementaria Fuentes: DOF. LINEE-12-2017 y SEP. Orientaciones para elaborar la Estrategia Estatal de Formación Continua 2017. Julio 2017

Evaluación del diseño SEP. Líneas de formación Línea 1. Formación para el Proyecto de enseñanza y los que correspondan a cada figura educativa para la Evaluación del Desempeño. Atienden al replanteamiento de los instrumentos de evaluación formulado por el INEE. Considera un esquema de trabajo con modalidad secuenciada para orientar la elaboración de los Proyectos de cada figura educativa que refleje su aprovechamiento en acciones de mejora a la práctica cotidiana y su impacto en el aprendizaje de los estudiantes. Línea 2. Atención al personal educativo a partir de las necesidades de formación derivadas de los mecanismos y procesos del Servicio Profesional Docente. La atención parte de considerar el perfil, nivel, modalidad, servicio o asignatura. Línea 3. Fortalecimiento y actualización en temas de relevancia social. A partir de los requerimientos educativos detectados por la AEL en los Consejos Técnicos Escolares (CTE) y en el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela (SATE): escuela al centro, planeamiento curricular, formación y desarrollo profesional docente, inclusión y equidad, gobernanza del sistema educativo, fortalecimiento de conocimientos pedagógicos disciplinares y de desarrollo personal y social. Lineamientos. Aspectos que comprende la Evaluación del Diseño Pertinencia y congruencia respecto a: a) Los objetivos establecidos en PPI (por tipo, nivel y modalidad educativa); b) Necesidades y trayectorias formativas; c) Contexto educativo; d) Los resultados de los procesos de evaluación; e) componentes de las propuestas y su congruencia interna; F) El valor agregado que aporta a la estrategia de Formación Continua. Para obtener un dictamen favorable el Programa requiere: a) Un Coordinador General; b) Un coordinador de asesores académicos, tutores o facilitadores; c) Asesores académicos, tutores o facilitadores, presenciales o a distancia (que cuenten con experiencia en la temática de la oferta, que estén capacitados y que cuenten con experiencia y formación profesional). Los programas con componentes a distancia o semipresenciales cumplirán con: a) Un alojamiento Web (hosting) propio; b) Un portal exclusivo para el desarrollo del Programa; c) Personal capacitado para soporte técnico; d) Acervo bibliográfico, físico y digitalizado; e) Software y licencias; f) Programas de mantenimiento preventivo y correctivo. La evaluación verificará: Que los Programas enfaticen el análisis y solución de casos, ejercicios, y reflexiones sobre problemas y buenas prácticas docentes, mejora de resultados educativos de los alumnos, situaciones de contexto educativo del aula, centro escolar y el Sistema Educativo Nacional y los resultados de las evaluaciones docentes. Los Programas. Se sustentarán en la evaluación formativa, incluirán retroalimentación periódica a los participantes sobre desempeño académico, desarrollo y mejora de la práctica profesional. Fuentes: DOF. LINEE-12-2017 y SEP. Orientaciones para elaborar la Estrategia Estatal de Formación Continua 2017. Julio 2017

Evaluación de la Operación LINEE-12-2017. Capítulo IV. Artículos 27 al 29 Las Autoridades Educativas, las Autoridades Educativas Locales y los Organismos Descentralizados evaluarán la operación de los Programas presenciales, semipresenciales y a distancia que desarrollen la Instancias Formadoras. En la operación deberá evaluarse La congruencia entre lo diseñado y lo realizado. Los recursos materiales y financieros. La coordinación general y académica. La coordinación general y académica. La asesoría académica o tutoría. Las acciones formativas desarrolladas. El seguimiento a los resultados académicos de los participantes. El cumplimiento de los calendarios acordados. Las necesidades educativas detectadas. La satisfacción de los participantes respecto del Programa. En la operación de componentes a distancia o semipresenciales se evaluará El alojamiento Web (hosting). La atención a usuarios en el portal. El soporte técnico. El apoyo bibliográfico físico y digitalizado. El uso de software y licencias. El mantenimiento preventivo y correctivo de instalaciones y equipos. La satisfacción de los participantes respecto del Programa. Fuente: DOF. LINEE-12-2017

Evaluación de los Resultados LINEE-12-2017. Capítulo V. Artículos 30 al 35 Las Autoridades Educativas, las Autoridades Educativas Locales y los Organismos Descentralizados evaluarán los resultados de los Programas para garantizar calidad y obtener información útil para la mejora continua, asegurando la colaboración de las Instancias Formadoras (IF). Las IF permiten el acceso a información Iniciado el Programa: Lista de personal con funciones de coordinación. Lista de asesores, tutores o facilitadores académicos por grupo de participantes. Total de participantes inscritos. Registro de actividades e inactividades de los participantes. Bajas y correcciones. Información sobre niveles de participación. Calificaciones parciales. Al finalizar el Programa: Registros de actividades de coordinadores, asesores, tutores o facilitadores académicos y participantes. Retroalimentaciones realizadas por asesores, tutores o facilitadores. Calificaciones por actividad, módulo o unidad y resultado final por participante. Evaluaciones realizadas por los participantes a los asesores, tutores o facilitadores académicos. Información sobre satisfacción de los participantes respecto al Programa. Informe de incidencias y acciones correctivas realizadas por la Instancia Formadora, Fuente: DOF. LINEE-12-2017

Evaluación de los Resultados LINEE-12-2017. Capítulo V. Artículos 30 al 35 Las Autoridades Educativas, las Autoridades Educativas Locales y los Organismos Descentralizados: Evaluaran los resultados: De cada uno de los Programas. De la oferta de Formación Continua en su conjunto, con la finalidad de asegurar que éstos cumplieron con las metas, objetivos y efectos esperados. Informarán: Al INEE, al término de cada Programa, sobre los resultados de la evaluación. Generarán informes: Sobre la trayectoria y resultados de los participantes en los Programas respetando el derecho a la protección de datos personales. Harán públicos: Los informes que contengan los resultados de evaluación de los Programas y de la Oferta de Formación Continua en su conjunto. Bases normativas: Transparencia, publicitación y rendición de cuentas. La observancia y aplicación de la Ley del INEE se rige conforme a los principios de independencia, transparencia, objetividad, pertinencia, diversidad e inclusión. (art. 2) Las evaluaciones del SEN, que lleven a cabo el Instituto y las AE, serán sistemáticas, integrales, obligatorias y periódicas. (art. 8) Son fines del SNEE: analizar, administrar y difundir información que contribuya a evaluar los componentes, procesos y resultados del SEN y verificar el grado de cumplimiento de los objetivos y metas del SEN (art. 12, fracciones IV y V) Fuentes: DOF. LINEE-12-2017 y LINEE. 2013

Emisión de Recomendaciones Pertinentes LINEE-12-2017. Título Tercero. Capítulo I. Artículos 36 al 40 Las Autoridades Educativas, las Autoridades Educativas Locales y los Organismos Descentralizados: Derivado del desarrollo de las evaluaciones: Las instancias encargadas de la evaluación emitirán recomendaciones de mejora que sean pertinentes y consistentes con los hallazgos obtenidos, estableciendo responsables y la temporalidad de la ejecución. Los Programas de Formación Continua serán valorados por los resultados de las evaluaciones del desempeño de quienes recibieron la oferta formativa y establecerán los mecanismos de retroalimentación correspondientes. Los Programas de Formación Continua recibirán retroalimentación en función de la congruencia, pertinencia y eficacia mostrada respecto de las tareas de apoyo, asesoría y acompañamiento desarrolladas. Las AE, AEL y OD entregarán al INEE información suficiente sobre la evaluación del diseño, operación, resultados de los Programas de Formación Continua en su conjunto. El INEE formulará las recomendaciones que considere pertinentes y podrán ser insumo para la emisión de directrices de mejora. Las AE, AEL y OD en conjunto con el INEE establecerán un padrón de Programas reconocidos por su pertinencia y calidad en su diseño y resultados, con la finalidad de institucionalizar los procesos de evaluación y fortalecer los criterios de elegibilidad de éstos. Bases normativas: Coordinación e integralidad. Son fines del SNEE: Establecer la efectiva coordinación de las Autoridades Educativas y dar seguimiento a las acciones que se establezcan; formular políticas integrales, sistemáticas y continuas, así como programas y estrategias en materia de evaluación educativa; promover la congruencia de los planes, programas y acciones que emprendan las Autoridades educativas con las directrices que, con base en los resultados de la evaluación, emita el Instituto (art. 12, fracciones I, II, III) Fuentes: DOF. LINEE-12-2017 y LINEE. 2013

Supervisión: Supervisión y Responsabilidades Administrativas LINEE-12-2017. Capítulos II y III. Artículos 41-42; 43 El INEE podrá supervisar en cualquier momento los procesos de evaluación del diseño, operación y resultados de los Programas y requerir a las AE, AEL y OD la información que considere necesaria para cumplir con la supervisión y vigilancia. Las AE, AEL y OD dispondrán de 10 días hábiles, a partir de la solicitud, para responder de manera completa a la información requerida. Las AE, AEL y OD documentarán todas las actividades realizadas en las distintas fases de los procesos de evaluación de los Programas o de la Oferta de Formación Continua. Responsabilidades Administrativas: Los servidores públicos de las AE, AEL y OD, así como el personal de las IF o IES participantes, que incumplan con las obligaciones establecidas en los lineamientos, serán sujetos a la legislación en materia de responsabilidades administrativas correspondientes. (LINEE, artículos 49, primer párrafo, y 65, fracción II). Fuentes: DOF. LINEE-12-2017 y LINEE. 2013