Estrategia Estatal de Formación Continua
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- Ana María Palma Cruz
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2 ÍNDICE I. PRESENTACIÓN... 4 II. MARCO NORMATIVO... 6 Ley General de Educación... 8 Ley General del Servicio Profesional Docente Plan Nacional de Desarrollo Programa Sectorial de Educación Ley de Educación del Estado de Puebla III. OBJETIVOS DEL PRODEP TIPO BÁSICO Objetivo General: Objetivos Específicos: IV. LÍNEAS DE FORMACIÓN Programas de Formación Continua y Desarrollo Profesional para la Línea Programas de Formación Continua y Desarrollo Profesional para la Línea Programas de Formación Continua y Desarrollo Profesional Línea V. ACCIONES PARA EL DESARROLLO DE LA OFERTA ACADÉMICA DE FORMACIÓN Principios básicos para el desarrollo de programas de formación del personal de Educación Obligatoria VI. DIFUSIÓN DE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS DE FORMACIÓN
3 VII. ACCIONES DE SEGUIMIENTO VIII. TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS IX. BIBLIOGRAFÍA
4 I. PRESENTACIÓN La Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla, a través de la Dirección del Servicio de Asesoría Técnica a la Escuela, impulsa la formación continua, la actualización y el desarrollo profesional docente, en el Marco del Servicio Profesional Docente, con la finalidad de garantizar la idoneidad de los conocimientos y las capacidades del personal docente que participa en los distintos niveles, modalidades y servicios de la educación básica, lo cual armoniza y da respuesta al artículo 20 de la Ley General de Educación que menciona: las Autoridades Educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, constituirán el sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros/as, así como a las reglas de operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente (PRODEP) tipo Básico 2018, el cual representa una iniciativa gubernamental para coadyuvar al cumplimiento de las prioridades que establece la Reforma Educativa, fortaleciendo los esquemas de formación continua, actualización y desarrollo profesional del personal docente, técnico docente con funciones de dirección, supervisión y asesoría técnica pedagógica. La, proporciona una oferta académica gratuita, diversa, pertinente y de calidad, que responde a las necesidades de formación de las figuras educativas de educación básica, reflejadas en los resultados tanto de las evaluaciones externas como internas así como a las necesidades expuestas en la encuesta nacional de necesidades de formación y con lo establecido en Perfiles, Parámetros e Indicadores de ingreso; promoción y permanencia del SPD de educación básica, aprobados por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación. 4
5 Dicha oferta académica, contribuye a la mejora de los aprendizajes de los alumnos y al mejoramiento de la calidad de la educación en cada una de las escuelas de la entidad poblana y se organiza en torno a las tres líneas de acción de la Estrategia Nacional de Formación Continua 2018: 1. Línea 1. Formación para el Proyecto de Enseñanza y los Proyectos correspondientes a cada figura educativa, en los mecanismos de Permanencia y Promoción del Servicio Profesional Docente (SPD) 2. Línea 2. Atención al personal educativo que participa en los mecanismos de Evaluación, así como en Tutoría y Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela (SATE) en el marco del SPD 3. Línea 3. Formación continua en temas prioritarios del Modelo Educativo, así como en temas transversales socialmente relevantes en la Educación Básica. 5
6 II. MARCO NORMATIVO La del estado de Puebla, se sustenta en el siguiente marco normativo: la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su Artículo 3º. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado-Federación, Estados, Distrito Federal y Municipios-, impartirá educación preescolar, secundaria y media superior serán obligatorias. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente, todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria, el respeto a los derechos humanos y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia. El Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos. Además: a) Será democrática, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo; b) Será nacional, en cuanto sin hostilidades ni exclusivismos- atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al acrecentamiento de nuestra cultura; 6
7 c) Contribuirá a la mejor convivencia humana, a fin de fortalecer el aprecio y respeto por la diversidad cultural, la dignidad de la persona, la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos, evitando los privilegios de razas, de religión de grupos, de sexos o de individuos, y d) Será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro académico de los educandos; I. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de los Estados y del Distrito Federal, así como los diversos sectores sociales involucrados en la educación, los maestros y los padres de familia en los términos que la ley señale. Adicionalmente, el ingreso al servicio docente y la promoción a cargos con funciones de dirección o de supervisión en la educación básica y media superior que imparta el Estado, se llevarán mediante concursos de oposición que garanticen la idoneidad de los conocimientos y capacidades que correspondan. La ley reglamentaria fijará los criterios, los términos y condiciones de la evaluación obligatoria para el ingreso, la promoción, el reconocimiento y la permanencia en el servicio profesional con pleno respeto a los derechos constitucionales de los trabajadores de la educación. Serán nulos todos los ingresos y promociones que no sean otorgados conforme a la ley. Artículo 73. El Congreso tiene facultad: XXV. Para establecer el Servicio Profesional Docente en términos del artículo 3º de esta Constitución 7
8 Transitorios Quinto. Para el debido cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 3º y 73, fracción xxv, de esta Constitución, el congreso de la Unión y las autoridades competentes deberán prever al menos lo siguiente: 1. El uso de la evaluación del desempeño docente para dar mayor pertinencia y capacidades al sistema nacional de formación, actualización y superación profesional para maestros, en el marco de la creación de un servicio profesional docente, la evaluación de los maestros debe tener, como primer propósito, el que ellos y el sistema educativo cuenten con referentes bien fundamentados para la reflexión y el diálogo conducentes a una mejor práctica profesional. El sistema educativo deberá otorgar los apoyos necesarios para que los docentes puedan, prioritariamente, desarrollar sus fortalezas y superar sus debilidades, Ley General de Educación Artículo 20. Las autoridades educativas, en sus respectivos ámbitos de competencia, constituirán el sistema nacional de formación, actualización, capacitación y superación profesional para maestros que tendrá las finalidades siguientes: I. La formación, con nivel de licenciatura, de maestros de educación inicial, básica incluyendo la de aquellos para la atención de la educación indígena- especial y de educación física; 8
9 II. La formación continua, la actualización de conocimientos y superación docente de los maestros en servicio, citados en la fracción anterior. El cumplimiento de estas finalidades se sujetará, en lo conducente, a los lineamientos, medidas y demás acciones que resulten de la aplicación de la Ley General del Servicio Profesional Docente; III. La realización de programas de especialización, maestría y doctorado adecuados a las necesidades y recursos educativos de la entidad, y IV. El desarrollo de la investigación pedagógica y la difusión de la cultura educativa. Las autoridades educativas locales podrán coordinarse para llevar a cabo actividades relativas a las finalidades previstas en este artículo, cuando la calidad de los servicios o la naturaleza de las necesidades hagan recomendables proyectos regionales. Asimismo, podrán suscribir convenios de colaboración con instituciones de educación superior nacionales o del extranjero para ampliar las opciones de formación y superación docente. Artículo 21. Para ejercer la docencia en instituciones establecidas por el Estado, los maestros deberán satisfacer los requisitos que, en su caso, señalen las autoridades competentes y, para la educación básica y media superior, deberán observar lo dispuesto por la Ley General del Servicio Profesional Docente. Para garantizar la calidad de la educación obligatoria brindada por los particulares, las autoridades educativas, en el ámbito de sus atribuciones, evaluarán el desempeño de los maestros que prestan sus servicios en estas instituciones. Para tal efecto, dichas autoridades deberán aplicar evaluaciones del desempeño, derivadas de los procedimientos análogos los 9
10 determinados por los lineamientos emitidos por el Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación, para evaluar el desempeño de los docentes en educación básica y media superior en instituciones públicas. Las autoridades educativas otorgarán la certificación correspondiente a los maestros que obtengan resultados satisfactorios y ofrecerán cursos de capacitación y programas de regularización a los que presenten deficiencias, para lo cual las instituciones particulares otorgarán las facilidades necesarias a su personal. Ley General del Servicio Profesional Docente Artículo 8. En el ámbito de la Educación Básica corresponden a las Autoridades Educativas Locales las atribuciones siguientes: VIII. Ofrecer programas y cursos gratuitos, idóneos, pertinentes y congruentes con los niveles de desempeño que se desea alcanzar, para la formación continua, actualización de conocimientos y desarrollo profesional del Personal Docente y del Personal con Funciones de Dirección o de Supervisión que se encuentren en servicio; IX. Ofrecer al Personal Docente y al Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión programas de desarrollo de capacidades para la evaluación interna a que se refiere esta Ley; X. Organizar y operar el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela de conformidad con los lineamientos generales que la Secretaría determine; 10
11 XI. Ofrecer los programas de regularización a que se refiere el Título Segundo, Capítulo VIII de esta Ley; XIII. Emitir los lineamientos a los que se sujetará la elección de personal que refiere el artículo 47 de esta Ley; Artículo 10. Corresponden a la Secretaría las atribuciones siguientes: VII. Emitir los lineamientos generales que deberán cumplirse en la prestación del Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela en la Educación Básica; VIII. Emitir lineamientos generales para la definición de los programas de regularización de los docentes de Educación Básica a que se refiere el artículo 54 de esta Ley, de manera que tales programas sean acordes y pertinentes con los niveles de desempeño que se buscan; IX. Emitir los lineamientos generales de los programas de Reconocimiento, Formación Continua, de Desarrollo de Capacidades, de Regularización y de Desarrollo de Liderazgo y Gestión; Artículo 13. El Servicio Profesional Docente tiene los propósitos siguientes: V. Estimular el reconocimiento de la labor docente mediante opciones de desarrollo profesional; 11
12 VI. Otorgar los apoyos necesarios para que el Personal del Servicio Profesional Docente pueda, prioritariamente, desarrollar sus fortalezas y superar sus debilidades; VII. Garantizar la formación, capacitación y actualización continua del Personal del Servicio Profesional Docente a través de políticas, programas y acciones específicas, y Artículo 17. El Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela apoyará a los docentes en la práctica de la evaluación interna, así como en la interpretación y uso de las evaluaciones externas. Este servicio se brindará a solicitud de los docentes, del director o cuando la Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado determinen que una Escuela requiere de algún apoyo específico. Artículo 18. El Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela será brindado por Personal con Funciones de Dirección o Supervisión y por Personal Docente con Funciones de Asesor Técnico Pedagógico. Artículo 19. En la Educación Básica la prestación del Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela deberá ajustarse a los lineamientos generales que emita la Secretaría. Artículo 27. En la Educación Básica la Promoción a una plaza con funciones de dirección dará lugar a un Nombramiento, sujeto a un periodo de inducción con duración de dos años ininterrumpidos, dentro del cual el personal de que se trate deberá cursar los programas de desarrollo de liderazgo y gestión escolar determinados por la Autoridad Educativa Local. 12
13 Artículo 45. El Personal Docente y el Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión que destaque en su desempeño y, en consecuencia, en el cumplimiento de su responsabilidad, será objeto del Reconocimiento que al efecto otorgue la Autoridad Educativa u Organismo Descentralizado. Los programas de Reconocimiento para docentes en servicio deben: III. Ofrecer mecanismos de acceso al desarrollo profesional. Artículo 53. Cuando en la evaluación a que se refiere el artículo anterior se identifique la insuficiencia en el nivel de desempeño de la función respectiva, el personal de que se trate se incorporará a los programas de regularización que la Autoridad Educativa o el Organismo Descentralizado determine, según sea el caso. Dichos programas incluirán el esquema de tutoría correspondiente. Capítulo I. De la Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional Docente. Artículo 59. El Estado proveerá lo necesario para que el Personal Docente y el Personal con Funciones de Dirección y de Supervisión en servicio tengan opciones de formación continua, actualización desarrollo profesional y avance cultural. 13
14 Para los efectos del párrafo anterior, las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados ofrecerán programas y cursos. En el caso del Personal Docente y del Personal con funciones de Dirección los programas combinarán el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela con cursos, investigaciones aplicadas y estudios de posgrado. Las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados podrán suscribir convenios de colaboración con instituciones dedicadas a la formación pedagógica de los profesionales de la educación e instituciones de educación superior nacionales o extranjeras, para ampliar las opciones de formación, actualización y desarrollo profesional. Las Autoridades educativas y los Organismos Descentralizados estimularán los proyectos pedagógicos y de desarrollo de la docencia que lleven a cabo las organizaciones profesionales de docentes. Artículo 60. La oferta de formación continua deberá: Favorecer el mejoramiento de la calidad de la educación; Ser gratuita, diversa y de calidad en función de las necesidades de desarrollo del personal; Ser pertinente con las necesidades de la Escuela y de la zona escolar; Responder, en su dimensión regional, a los requerimientos que el personal solicite para su desarrollo profesional; 14
15 Tomar en cuenta las evaluaciones internas de las escuelas en la región de que se trate, y atender a los resultados de las evaluaciones externas que apliquen las Autoridades Educativas, los Organismos Descentralizados y el Instituto. El personal elegirá los programas o cursos de formación en función de sus necesidades y de los resultados en los distintos procesos de evaluación en que participe. El Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE) emitirá los lineamientos conforme a los cuales las Autoridades Educativas y los Organismos Descentralizados llevarán a cabo la evaluación del diseño, de la operación y de los resultados de la oferta de formación continua, actualización y desarrollo profesional, y formulará las recomendaciones pertinentes. Las acciones de formación continua, actualización y desarrollo profesional se adecuarán conforme a los avances científicos y técnicos. Artículo 68. Quienes participen en el Servicio Profesional Docente previsto en la presente Ley tendrán los siguientes derechos: III. Recibir junto con los resultados del proceso de evaluación o concurso, el dictamen de diagnóstico que contenga las necesidades de regularización y formación continua que correspondan; 15
16 V. Ser incorporados, en su caso, a los programas de inducción, reconocimiento, formación continua, desarrollo de capacidades, regularización, desarrollo de liderazgo y gestión que correspondan; Plan Nacional de Desarrollo Meta 3. Un México con Educación Calidad Objetivo 3.1. Desarrollar el potencial humano de todos los mexicanos con una educación de calidad. Estrategia Establecer un Sistema de Profesionalización Docente que promueva la formación, selección, actualización y evaluación del personal docente y de apoyo técnico-pedagógico. Líneas de acción: Estimular el desarrollo profesional de los maestros, centrado en la escuela y en el aprendizaje de los alumnos, en el Marco del Servicio Profesional Docente. Robustecer los programas de formación para docentes y directivos. Impulsar la capacitación permanente de los docentes para mejorar la comprensión del Modelo Educativo, las prácticas pedagógicas y el manejo de las tecnologías de la información con fines educativos. 16
17 Programa Sectorial de Educación Objetivo 1. Asegurar la calidad de los aprendizajes en la educación básica y la formación integral de todos los grupos de la población. Estrategia 1.4. Fortalecer la formación y el desarrollo profesional docente centrado en la escuela y el alumno. Línea de acción Fortalecer la profesionalización docente en la escuela de educación básica mediante la ejecución de las acciones previstas en la Ley General del Servicio profesional Docente. Línea de acción Diseñar e impulsar esquemas de formación continua para maestros de educación básica según lo previsto en la Ley General del Servicio Profesional Docente. Línea de acción Impulsar las modalidades de formación fuera de la escuela que refuercen el desarrollo profesional docente. Ley de Educación del Estado de Puebla Art. 4.- En el Estado, toda la población tiene los mismos derechos y oportunidades de acceso a una educación de calidad ( ) En consecuencia, el Estado está obligado a prestar servicios educativos de calidad que garanticen el máximo logro de aprendizaje, ( ) 17
18 Art Es obligación de la Autoridad Educativa Estatal, cumplir y hacer cumplir las disposiciones de la Ley General de Educación, de la Ley General del Servicio Profesional Docente, de la Ley del Instituto Nacional para la Evaluación Educativa, así como los demás ordenamientos aplicables en la Materia, (...) Art. 19 Ter. - Fracción VIII. Ofrecer programas y cursos gratuitos, idóneos, pertinentes y congruentes con los niveles de desempeño que se desea alcanzar, para la formación continua, actualización de conocimientos y desarrollo profesional del personal docente y del personal con funciones de dirección o supervisión que se encuentren en servicio; Fracción IX.- Ofrecer al personal docente y al personal con funciones de dirección y de supervisión de programas de desarrollo de capacidades para la evaluación interna a que se refiere la Ley General del Servicio Profesional Docente; Fracción X.- Organizar y operar el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela de conformidad con los lineamientos generales que la Autoridad Educativa Federal determine. 18
19 III. OBJETIVOS DEL PRODEP TIPO BÁSICO 2018 Objetivo General: Contribuir para que el personal docente y personal con funciones de dirección, de supervisión, de asesoría técnica pedagógica y cuerpos académicos accedan y / o concluyan programas de formación, actualización académica, capacitación y/o proyectos de investigación para favorecer el perfil necesario para el desempeño de sus funciones. Objetivos Específicos: a) Coadyuvar a fortalecer los conocimientos, capacidades y competencias del personal docente, técnico docente y personal con funciones de dirección, de supervisión y de asesoría técnico pedagógica de educación básica, a través del desarrollo de cursos y /o diplomados y otras acciones de formación continua, a fin de contribuir al logro de la idoneidad en la función, en el Marco General de una Educación de Calidad que favorezca la Equidad educativa y mediante la Oferta Académica de Formación preferentemente para la evaluación en el marco del SPD mandatada en la LGSPD; b) Coadyuvar a fortalecer las capacidades del personal docente en temas educativos prioritarios y socialmente relevantes: nuevo modelo educativo, convivencia escolar pacífica, igualdad de género, educación integral en la sexualidad, derechos humanos, educación para la paz, educación con enfoque intercultural y bilingüe, uso educativo de las Tecnologías de la Información y la Comunicación, educación inclusiva, así como los que deriven de su contexto local, a través del desarrollo de cursos y diplomados de formación continua. 19
20 IV. LÍNEAS DE FORMACIÓN Las líneas de formación contempladas en la Estrategia Nacional de Formación Continua 2018, que regulan la operación y evaluación de los programas formativos para la atención y acompañamiento de las figuras educativas de educación básica, en el Marco del Servicio Profesional Docente son: 1. Línea 1. Formación para el Proyecto de Enseñanza y los Proyectos correspondientes a cada figura educativa, en los mecanismos de Permanencia y Promoción del Servicio Profesional Docente (SPD) 2. Línea 2. Atención al personal educativo que participa en los mecanismos de Evaluación, así como en Tutoría y Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela (SATE) en el marco del SPD 3. Línea 3. Formación continua en temas prioritarios del Modelo Educativo, así como en temas transversales socialmente relevantes en la Educación Básica. 20
21 4.1 Programas de Formación Continua y Desarrollo Profesional para la Línea 1 Formación para el Proyecto de Enseñanza y los Proyectos correspondientes a cada figura educativa, en los mecanismos de Permanencia y Promoción del Servicio Profesional Docente (SPD) En esta línea se considera la mejora de la práctica profesional del personal docente, técnico docente, así como del personal con funciones de dirección, supervisión y de asesoría técnica pedagógica, por tanto, tiene como propósito brindar herramientas de apoyo a quienes participan en la Evaluación del Desempeño del mecanismo de Permanencia, en la elaboración de los proyectos correspondientes a la etapa 2, conforme al replanteamiento del INEE, bajo un esquema de trabajo con modalidad secuenciada. Esta línea de formación pretende que el personal educativo cuente con conocimientos, capacidades y aptitudes para la mejora continua de su práctica educativa y el máximo logro de aprendizajes de los estudiantes. Con estos elementos, se espera que el personal educativo tenga mayores posibilidades de consolidar su compromiso profesional y su quehacer educativo tenga mayores posibilidades de consolidar su compromiso profesional y su quehacer educativo en la escuela. El desarrollo de esta línea considera un esquema de trabajo vinculado a los tiempos programados por el INEE para la evaluación, así como, la información que proporciona la Coordinación Nacional del Servicio Profesional Docente (CNSPD), con programas que tienen como referentes principales los Perfiles, parámetros e indicadores (PPI), y el documento Etapas, Aspectos, Métodos e Instrumentos (EAMI), para el personal educativo correspondiente. 21
22 Los procesos del Servicio Profesional Docente que se atienden en esta línea son: Proceso para la Permanencia Proceso para la Promoción Proceso para la Permanencia. En este proceso se brindan los programas encaminados al fortalecimiento de la práctica docente para el personal que participa en la Evaluación del Desempeño, así como el personal con resultado insuficiente en la evaluación del desempeño y que requieren regularización. Proceso para la Promoción. Este proceso formativo está conformado por los programas dirigidos a quienes acceden a una categoría o nivel docente superior al que desempeñan y tienen la finalidad de capacitar en temas específicos para el desempeño eficaz de la nueva función. Población objetivo Figuras educativas de educación básica en activo que participarán en la Evaluación del Desempeño. (Docentes, Directivos, Asesores Técnico Pedagógicos y Supervisores) 22
23 Docentes y Técnico docentes que ingresaron al Servicio Profesional Docente por medio del Concurso de Oposición para el Ingreso a la Educación Básica, ciclo escolar, participaron en la Evaluación Diagnóstica y que presentarán evaluación de desempeño al término de su segundo año de servicio. Docentes con funciones de Dirección promocionados, que presentarán evaluación de desempeño al término de su periodo de inducción de dos años. Personal docente con funciones de asesoría técnica pedagógica promocionado que presentarán evaluación de desempeño al término de su periodo de inducción de dos años. Docentes con resultado insuficiente en la evaluación del desempeño 2017 Mecanismo Programa de formación Meta establecida por la AEL Fecha programada de ejecución Observaciones PERMANENCIA 1.1 Programa de formación Proyectar la Enseñanza (docentes y técnico docentes al término de su segundo año en servicio para la evaluación del desempeño). 1.2 Programa de formación Proyectar la Enseñanza Curso de Inducción a la Docencia Abril-mayo 2018 Círculos de Estudio para Proyecto de Enseñanza. Agosto-octubre Docentes y Técnico docentes. 23
24 Curso Proyectar la Enseñanza. En línea Marzo-octubre 2018 Repositorio ABC de la Evaluación del Desempeño. En línea. Marzo-octubre 2018 PROMOCIÓN Formación para la Evaluación del Desempeño 1.3 Programa de formación Proyecto de Gestión Escolar (personal con funciones de dirección) 1.4 Programa de formación Proyecto de Asesoría y Acompañamiento del Supervisor. 1.5 Programa de regularización para el personal con resultado insuficiente en su Evaluación del Desempeño. 1.6 Programa de formación para el Proyecto de Asesoría Técnica Pedagógica (ATP). Para personal al término de su periodo de inducción de dos años. 1.7 Programa de formación para personal con funciones de dirección que presentará Evaluación del Desempeño al término de su periodo de inducción de dos años (Proyecto de Gestión Escolar). Curso Proyecto de Gestión Escolar. Evaluación del Desempeño. Círculos de Estudio. Proyecto de Asesoría y Acompañamiento. Círculos de Estudio para Proyecto de Enseñanza. Curso Inducción a la Asesoría Técnica Pedagógica para el ATP de Educación Básica. Curso Proyecto de Gestión Escolar. Evaluación del Desempeño. Agosto-octubre 2018 Agosto-octubre 2018 Agosto-octubre 2018 Marzo-abril 2018 Marzo-abril ATP 360 Directores 24
25 4.2 Programas de Formación Continua y Desarrollo Profesional para la Línea 2 Atención al personal educativo que participa en los mecanismos de Evaluación, así como en Tutoría y Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela (SATE) en el marco del SPD Con esta línea de formación se atienden las necesidades del personal docente, técnico docente, directivo y con funciones de asesoría técnico pedagógica o de supervisión, en el marco de los procesos de evaluación del Servicio Profesional Docente, como parte del apoyo y acompañamiento que brinda la Dirección General de Formación Continua (DGFC) para el fortalecimiento de las prácticas de enseñanza, el desarrollo profesional y su impacto en la mejora del aprendizaje de los alumnos y la calidad educativa. Entre sus referentes principales, se encuentran, los Perfiles, parámetros e indicadores (PPI) de cada figura educativa y los procesos de evaluación: Ingreso, Permanencia, Promoción y Reconocimiento, así como el documento, Etapas, aspectos, métodos e instrumentos (EAMI) para el personal educativo correspondiente. Asimismo, se atienden las necesidades de formación de las funciones que realiza el personal educativo en servicio en el marco del Reconocimiento, como son la formación de Tutores para los docentes de nuevo ingreso, la formación de Tutores en el proceso de regularización para la permanencia y para el personal directivo en servicio interesado en brindar Asesoría Técnica. Los procesos del Servicio Profesional Docente que se atienden en esta línea son: 25
26 Proceso para el Ingreso Proceso para la Promoción Proceso para el Reconocimiento Formación de tutores Formación para los miembros del SATE Proceso para el Ingreso. En relación con este mecanismo se definen los programas de formación dirigidos al personal que participe en los Concursos de Oposición para el Ingreso a la Educación Básica y obtengan asignación definitiva, orientados a fortalecer los conocimientos pedagógicos y las herramientas didácticas que le permitan desarrollar mejor sus funciones. Proceso para la Promoción. Este proceso formativo está conformado por los programas dirigidos a quienes acceden a una categoría o nivel docente superior al que desempeñan y tienen la finalidad de capacitar en temas específicos para el desempeño eficaz de la nueva función. Proceso para el Reconocimiento. En este caso se define un programa académico para formar a quienes deseen desarrollar la función de Tutoría, la cual implica un movimiento lateral de Reconocimiento y es adicional al cumplimiento de la función docente. Para dar cumplimiento a lo anterior, se requiere formar Tutores que atiendan al personal de nuevo ingreso al Servicio Profesional Docente, asimismo, al personal que participó 26
27 en una Evaluación del Desempeño y obtuvo resultado insuficiente, lo que implica estar sujeto a un proceso de regularización. Este rubro incluye, además, formación para el personal con funciones de dirección interesado en brindar Asesoría Técnica a otras escuelas (Art. 47 fracción III, de la LGSPD) Los programas formativos desarrollados para la atención de la Tutoría para los docentes y la consolidación del SATE en el sistema educativo, son: Formación de tutores. La tutoría, se considera un proceso de Reconocimiento. El Artículo 47 de la LGSPD, establece que, como Reconocimiento en el Servicio, la elección de los docentes que desempeñen la función de Tutoría, considerada como un movimiento lateral, se realiza con base a los lineamientos que para este fin expida el INEE. La misma LGSPD, define la tutoría en dos procesos derivados de los mecanismos del SPD: Por una parte, la tutoría para el docente de nuevo ingreso, se sustenta en el Artículo 22 de la LGSPD, al señalar que cuando en la Evaluación de Desempeño se identifique la insuficiencia en la función respectiva, el personal de que se trate se incorporará a los programas de regularización que la Autoridad Educativa determine para su organización y funcionamiento. 27
28 Formación para los miembros del SATE El Artículo 4, fracción XXXI, de la Ley General del Servicio Profesional Docente, define que el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela (SATE) es el conjunto de apoyos, asesoría y acompañamiento especializado al personal docentes y al personal con funciones de dirección para mejorar la práctica docente y el funcionamiento de la escuela. En este sentido, la, tiene como propósito impulsar el desarrollo profesional del personal educativo, mediante acciones de formación continua y actualización, que favorezcan, tanto el desarrollo individual de las capacidades del personal educativo, como en el contexto colectivo, que se presenta en la escuela y su incidencia en la mejora de las acciones en las que participan, así como, la mejora del aprendizaje de los alumnos en el marco de una educación de calidad con equidad e inclusión. Población objetivo: Personal docente con funciones de asesoría técnica pedagógica Docentes con funciones de Supervisión Docentes con funciones de tutoría para el personal de nuevo ingreso 28
29 Mecanismo Programa de formación Meta establecida por la AEL Fecha programada de ejecución Observaciones PROMOCIÓN Formación para cambio de función RECONOCIMIENTO 2.1 Programa de Formación para el personal con funciones de Supervisión, que determine la Autoridad Educativa Local 2.2 Programa de Actualización profesional para el personal con funciones de Asesoría Técnica Pedagógica. 2.3 Programa de Formación de Tutores para el personal docente y técnico docente de nuevo ingreso Trayecto Formativo para el Supervisor Escolar (Supervisión Efectiva Observación de clase, SISAT, Convivencia Escolar) Trayecto Formativo para el ATP (Observación de clase, SISAT, Convivencia Escolar) Taller la Formación del Tutor para el Docente Novel. Diplomado Competencias de Tutoría en la Formación del Servicio Profesional Docente Agosto-diciembre 2018 Agosto-diciembre 2018 Febrero-diciembre 2018 Julio-diciembre 2018 SATE 2.4 Programa de Formadores 3a Generación. 2.5 Programa de formación del Asesor Técnico Pedagógico dentro del SATE. Taller de Capacitación y Certificación EC0217 Diplomado Formación del ATP en el Marco del SATE Abril-Julio 2018 Agosto-diciembre
30 4.3 Programas de Formación Continua y Desarrollo Profesional Línea 3 Formación continua en temas prioritarios del Modelo Educativo, así como en temas transversales socialmente relevantes en la Educación Básica. El Décimo segundo transitorio de la Ley General de Educación dispuso a efecto de dar cumplimiento a la obligación de garantizar la calidad en la educación, las autoridades educativas deberán proveer lo necesario para revisar el Modelo Educativo en su conjunto, los planes y programas, los materiales y métodos educativos, asimismo, propone la reorganización de los principales componentes del sistema educativo con la finalidad de mejorar los procesos de enseñanza y de aprendizaje, así como el logro educativo de los estudiantes en el marco de la educación de calidad. La actualización del Modelo Educativo, es parte sustancial y prioritaria de la Reforma Educativa 2013, misma que elevó a rango constitucional la obligación del Estado Mexicano a mejorar la calidad de la educación y lograr una educación equitativa e incluyente. La, considera una oferta académica relacionada con los temas socialmente relevantes y pertinentes, tales como las escuelas dentro del Consejo Técnico Escolar, la inclusión y la equidad, los derechos humanos, la educación para la paz, la convivencia escolar pacífica, la igualdad de género, la educación integral para la sexualidad y la educación intercultural y bilingüe, segunda lengua inglés, entre otros. En el ámbito de la inclusión y la equidad, se contemplan acciones de formación para el fortalecimiento de las lenguas indígenas originarias con cursos en diversos temas que atiendan a esta población. 30
31 Población objetivo Personal docente, docentes con función directiva, de supervisión y de Asesoría Técnica Pedagógica de educación básica en activo. Programa de formación Meta establecida por la AEL Fecha programada de ejecución Observaciones 3.1 Programa Colección de los Aprendizajes clave, de carácter curricular sobre los Programas de Estudio. (Modelo Educativo) 3.2 Programa de fortalecimiento para la educación inclusiva. 19 cursos Colección de los Aprendizajes clave en línea Taller Diversidad en el Aula: Inclusión de alumnos y alumnas con discapacidad. Programa Pequeñas Aventureras Febrero diciembre Mayo-diciembre Febrero-diciembre Programa de erogación para la igualdad entre mujeres y hombres. Taller Enseñar con perspectiva de género y lenguaje incluyente. Septiembrediciembre Programa de fortalecimiento de las lenguas mexicanas. Curso de mejoramiento lingüístico en Náhuatl. Septiembrediciembre Programa de fortalecimiento académico para docentes de inglés. Taller del Desarrollo de Habilidades para la Certificación APTIS Taller de Mejoramiento Lingüístico Septiembrediciembre 2018 Septiembrediciembre Programa de formación académica para el fortalecimiento de conocimientos pedagógicos, disciplinarios y de desarrollo personal y social. (En línea) Cursos en línea (Padrón Nacional de Instancias Formadoras) Agosto-diciembre
32 3.7 Programa de Capacitación en Competencias Digitales 3.8 Programa de Capacitación para la Alfabetización Inicial. Curso Desarrollo de Competencias Digitales para Docentes de Preescolar Diplomado Alfabetización Inicial para docentes de Preescolar y Educación Inicial y Primaria. Abril-noviembre 2018 Mayo-diciembre
33 V. ACCIONES PARA EL DESARROLLO DE LA OFERTA ACADÉMICA DE FORMACIÓN La suma de esfuerzos entre las diversas instancias responsable de la formación continua en el marco del Servicio Profesional Docente, es primordial para integrar y desplegar la oferta académica de formación en el estado de Puebla. Entre sus acciones más significativas se encuentran: Detección de necesidades de formación de las figuras educativas en el Marco del Servicio Profesional docente, por proceso o mecanismo de evaluación. (Análisis de resultados de los diversos procesos de evaluación, aplicación de cuestionario para conocer las necesidades de formación en la sesión del CTE, revisión PPI y EAMI) Campaña de difusión para el registro e inscripción de los docentes en activo a la oferta de formación sobre el Proyecto de Enseñanza y los correspondientes a cada figura educativa, como elementos fundamentales para la Evaluación del Desempeño, el fortalecimiento de conocimientos pedagógicos, disciplinarios y de desarrollo personal y social en el Portal de Formación Continua. Invitación a las Instancias Formadoras (IF) para el diseño de propuestas de inducción, formación y regularización acordes a los lineamientos de PPI, EAMI y a los resultados de los procesos de evaluación, como a los resultados de la encuesta de necesidades de formación. Convenio con las Instancias Formadoras (IF) para el diseño y despliegue de: 33
34 Programa de Inducción a la Docencia (PID) para la atención y fortalecimiento de las dimensiones que evidencian los resultados de la evaluación diagnóstica. Programa de formación para el Proyecto de enseñanza (Docentes y Técnico docentes) Programa de formación para el Proyecto de Asesoría Técnica Pedagógica (ATP) Programa de formación para el Proyecto de Gestión Escolar (personal con funciones de dirección) Programa de formación para el Proyecto de Acompañamiento (personal con funciones de supervisión) Programa de Formación para fortalecer las capacidades, conocimientos y competencias del personal de Nuevo Ingreso al Servicio Profesional Docente. Evaluación del Desempeño 2 años. Programa de Formación para el personal con funciones de Dirección, que presentará Evaluación del Desempeño al término de su periodo de inducción de 2 años. Programa de Formación para el personal con funciones de Supervisión, que determine la Autoridad Educativa Local. 34
35 Programa de Actualización profesional para el personal con funciones de Asesoría Técnica Pedagógica. Programa de formación para el personal con funciones de Asesoría Técnica Pedagógica, que presentará Evaluación del Desempeño al término de su periodo de inducción de 2 años. Programa de Regularización para el personal educativo con resultado insuficiente en la Evaluación del Desempeño. Programa de Formación de Tutores para el personal docente y técnico docente de nuevo ingreso. Programa de Actualización sobre el Modelo Educativo Programa Colección de los Aprendizajes clave, de carácter curricular sobre los Programas de Estudio. Programa de fortalecimiento para la educación inclusiva. Programa de erogación para la igualdad entre mujeres y hombres. Notificación para el registro e inscripción de docentes en general de acuerdo a su función a los programas de formación a la Plataforma del Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela Poblana (SATEP) 35
36 Principios básicos para el desarrollo de programas de formación del personal de Educación Obligatoria Focalizar la atención a partir de diagnósticos y/o evaluaciones Formación preponderantemente presencial No formación en cascada Formación de figuras entre pares; con experiencia en la escuela pública Asociarse con instancias que prioricen la colaboración sobre la comercialización Grupos de no más de 25 docentes Privilegiar los despliegues de formación, de manera regionalizada 36
37 VI. DIFUSIÓN DE LOS PROGRAMAS ACADÉMICOS DE FORMACIÓN 2018 Para fortalecer las competencias profesionales de todos los docentes, directivos, supervisores y ATP en activo en la entidad poblana que se encuentren participando en los diversos programas de formación, inducción, regularización o reconocimiento, se desarrollarán los siguientes mecanismos que se llevarán a cabo y que conforman la estrategia estatal de difusión de la Oferta de Formación Continua Medios impresos distribuidos desde la Unidad de Desarrollo Profesional Docente (UDPD), el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela Poblana (SATEP), las Áreas Técnicas de los Niveles Educativos y los Centros de Asistencia Técnica a la Escuela Poblana (CATEP). Portal digital del Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela de Puebla dsate.mx Portal escuelapoblana.org Portal de la Unidad de Desarrollo Profesional Docente udpdpuebla.com/ Notificación vía correo electrónico Notificación personalizada vía Supervisión Escolar 37
38 VII. ACCIONES DE SEGUIMIENTO La conjunción de acciones de seguimiento, entre el Servicio de Asistencia Técnica a la Escuela Poblana (SATEP), la Dirección General de Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional para maestros de Educación Básica (DGFC) y las Instancias Formadoras (IF) participante, favorecerán los procesos de formación continua encaminados al enriquecimiento de las competencias profesionales del personal docente, personal con funciones de dirección, personal con funciones de asesoría técnica pedagógica, así como las funciones de supervisión y dirección escolar. Por parte de la DGFC, se solicita, al SATEP, informes trimestrales que den cuenta del progreso y nivel de participación de los docentes registrados en la oferta académica específica a su función, remitiendo las recomendaciones necesarias para mejora del proceso. El SATEP implementa visitas de observación y aplicación de encuestas de satisfacción a una muestra de los participantes en la oferta académica, tanto local como la ofertada por las diferentes Instancias Formadoras, para recuperar información sobre las condiciones de los espacios, el desarrollo de las actividades didácticas y el desempeño de los Asesores, a fin de realizar las observaciones de mejora y retroalimentación pertinentes. Recuperación del sentir de los Formadores, a través de la aplicación de encuestas de satisfacción y salida, que permitan conocer el desempeño de los participantes y las sugerencias para enriquecer los contenidos del curso. 38
39 Las IF, durante el desarrollo de la oferta académica, se comprometen a rescatar información sobre el grado de satisfacción y de logro de los propósitos educativos, así como de los espacios en que se desarrolla la oferta académica, mismos que sistematizará y enviará al SATEP. 39
40 VIII. TRANSPARENCIA Y RENDICIÓN DE CUENTAS Dos aspectos primordiales en el proceso de formación continua son la transparencia y rendición de cuentas, por lo cual, se enuncian las acciones a realizar en este aspecto: Análisis de las disposiciones generales establecidas por la Función Pública en el Acuerdo por el que se establecen los Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social en los Programas Federales de Desarrollo Social. Constitución de un Comité Central de Contraloría Social, ubicado en la capital del Estado de Puebla, de acuerdo a la estrategia Marco. Creación de Comités Regionales de Contraloría Social en las localidades en las que se ejecute el programa federal de acuerdo a las indicaciones del Comité Central, a las características operativas del Programa y a lo establecido en la Estrategia Marco de la Contraloría Social y Promover la coordinación interinstitucional entre los tres órdenes de gobierno (Federal, Estatal y Municipal), para la planeación, promoción, operación, seguimiento y evaluación de resultados de la contraloría social. 40
41 C. Osvaldo Cuautle Reyes Director del Servicio de Asesoría Técnica a la Escuela 41
42 IX. BIBLIOGRAFÍA Acuerdo 592. (19 de agosto de 2011). Obtenido de Acuerdo 712. (29 de diciembre de 2013). Obtenido de Acuerdo 717. (7 de marzo de 2014). Obtenido de Anexo 1: Obligaciones de la Secretaría de Educación Pública establecidas en la Ley para el acceso de las mujeres a una vida libre de violencia del Estado de Puebla. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Art. I, III y IV. (19 de junio de 2015). Obtenido de Estrategia Nacional para Impulsar la Convivencia Escolar Pacífica con Perspectiva de Género en Educación Básica "A la par trabajamos mejor". (29 de noviembre de 2013). D.F., México. 42
43 INEE. Lineamientos para la evaluación del diseño, operación y resultados de la oferta de formación continua, actualización y DOF 26/04/2017 Ley de Educación del Estado de Puebla. (12 de marzo de 2014). Obtenido de Ley General del Servicio Profesional Docente. (11 de septiembre de 2013). Obtenido de Modelo Educativo Poblano. (2014). Puebla: Secretaría de Educación Pública del Estado de Puebla. OCDE. (2013). Mejorar la Educación en México una Perspectiva Estatal desde Puebla. Obtenido de desarrollo profesional de quienes participan en el Servicio Profesional Docente de Educación Básica y Media Superior, LINEE- es#page3 Plan Estatal de Desarrollo (19 de junio de 2015). Obtenido de Plan nacional de desarrollo (19 de junio de 2015). Obtenido de 43
44 SEP. (17 de junio de 2015). Obtenido de SEP. (2018) Estrategia Nacional de Formación Continua, Actualización y Desarrollo Profesional. Educación Básica. Lineamientos de operación SEP. SEP. (2014) Lineamientos Generales para los Programas de Formación Continua, Desarrollo de liderazgo y Gestión. SEP. SEP. Lineamientos Generales de los Programas de Regularización para Docentes y Técnico Docentes en Servicio de Educación Básica. SEP. (2017). Acuerdo número 19/12/17 "Reglas de Operación del Programa para el Desarrollo Profesional Docente para el Ejercicio Fiscal SEP. (s.f.). Programa Sectorial de Educación Gobierno del Estado de Puebla. Secretaría de la Función Pública. Lineamientos para la Promoción y Operación de la Contraloría Social. (Fecha de publicación 28 de octubre 2016). 44
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