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Transcripción:

Comisión Económica para América Latina y el Caribe, CEPAL Banco Central del Uruguay Seminario Latinoamericano de Cuentas Nacionales 2003 Uruguay, Montevideo, 28 al 31 de octubre de 2003!!!!! Sistema de pensiones privado y público - Su tratamiento en el contexto de Cuentas Nacionales - Martha Tovar INEGI - México Octubre 2003 Este documento se encuentra disponible en formato PDF en el sitio web de la División de Estadística y Proyecciones Económicas de la CEPAL. http://www.eclac.cl/deype. Octubre de 2003.

SISTEMA DE PENSIONES PRIVADO Y PÚBLICO - SU TRATAMIENTO EN EL CONTEXTO DE CUENTAS NACIONALES - Martha Tovar Octubre 28 de 2003 Contenido Página I. TRATAMIENTO DE LOS FONDOS DE PENSIONES EN EL SCN.1993 1 Sistemas de pensiones reconocidos en el SCN.1993...1 Sistemas de seguridad social del gobierno..2 Cuenta de generación del ingreso..2 Cuenta de asignación del Ingreso primario.. 2 Cuenta de distribución secundaria del ingreso.3 Sistemas no basados en fondos especiales gestionados por los empleadores.3 Cuenta de generación del ingreso..3 Cuenta de asignación del Ingreso primario.. 3 Cuenta de distribución secundaria del ingreso.3 Sistemas privados de pensiones basados en fondos especiales. 4 Cuenta de producción.5 Cuenta de generación del ingreso.. 5 Cuenta de asignación del Ingreso primario.5 Cuenta de distribución secundaria del ingreso 5 Cuenta de utilización del ingreso 6 Cuenta de utilización del ingreso disponible.6 Cuenta Financiera.6 II. GRUPO DE DISCUSION ELECTRONICA PARA LA DEFINICION DEL TRATAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE PENSION EN LAS ESTADISTICAS MACROECONOMICAS...6 III. EVOLUCION DEL SISTEMA DE PENSIONES EN MEXICO..7 1. Administración por instituciones de seguridad social..8 2. Administradas independientemente 8 3. Fondos de pensiones no autónomos.9 3.1. Otros fondos de pensiones privados. 10 3.2. Otros fondos de pensiones de empresas públicas.. 10 4. Administración privada de pensiones...10 5. Administración privada de fondos de empleadores...10 IV. SISTEMAS DE PENSIONES EN ALGUNOS PAISES INDUSTRIALIZADOS 12 REFERENCIAS..15 LISTA DE ACRONIMOS 16

SISTEMA DE PENSIONES PRIVADO Y PÚBLICO - SU TRATAMIENTO EN EL CONTEXTO DE CUENTAS NACIONALES - I. TRATAMIENTO DE LOS FONDOS DE PENSIONES EN EL SCN.1993 La producción de las cajas de pensiones autónomas se calcula de manera análoga a la del seguro de vida: contribuciones efectivas ganadas más total de contribuciones suplementarias imputadas menos prestaciones devengadas menos el aumento neto de disminuciones de las reservas de pensiones. El fondo genera renta con la inversión de sus reservas, la que se atribuye a los titulares de las pólizas, quienes a su vez pagan a la caja una suma semejante a modo de contribución suplementaria imputada. En cuanto a los fondos de pensiones no autónomos, sus costos de gestión se incluyen junto con los demás elementos del costo en la cuenta de producción de la empresa, de la misma manera que se procede con los costos de sus actividades auxiliares. En otras palabras, no existe cargo alguno por la prestación el servicio ni se genera un dato de producción para estos fondos. La renta de la propiedad atribuida a los beneficiarios en el Sistema es la misma que la registrada en las cajas y representa asimismo el importe de la contribución imputada. No existe producción en el caso de un sistema de pensiones no basado en fondos especiales. Sistemas de pensiones reconocidos en el SCN 1993 En el SCN 1993 los fondos de pensiones se tipifican en función de dos características: la primera es que sean constituidos o no constituidos, es decir que existan o no fondos especiales para el pago de las jubilaciones; la segunda, es que sean autónomos o no autónomos, lo que implica que sean independientes de la entidad que les dio origen o que sean gestionados dentro de la misma. A continuación se presentan mediante un diagrama los fondos de pensiones que el Sistema reconoce clasificándolos según lo antes descrito, es decir: Sistemas de seguridad social del gobierno y sistemas no basados en fondos especiales gestionados por los empleadores, en los que no se registran servicios de seguros por separado. Sistemas privados de seguros sociales basados en fondos especiales, en los que se requiere un registro más cuidadoso de las contribuciones y prestaciones. 1

Fondos de pensiones en el SCN93 Constituidos No Constituidos Sistemas de seguridad social del gobierno Autónomos No Autónomos Sistemas privados de pensiones basados en fondos especiales Sistemas no basados en fondos especiales gestionados por los empleadores Sistemas de seguridad social del gobierno La mayoría de los gobiernos gestionan un sistema de seguridad social al que contribuyen asalariados, personas autónomas y ocasionalmente personas desempleadas. Sin embargo, se pagan pensiones y otras prestaciones, no sólo a los que han contribuido, sino también a otras personas, por ejemplo, a cónyuges supervivientes y personas desempleadas que no han contribuido nunca al sistema. Las contribuciones a la seguridad social pueden hacerlas directamente los asalariados, los autónomos y los desempleados, o los empleadores en nombre de sus asalariados. Los flujos de los Sistemas de seguridad social del gobierno se registran como sigue: Cuenta de Generación del Ingreso: Las contribuciones de los empleadores a la seguridad social figuran como contribuciones a pagar por el sector en que se ubica el empleador, que puede estar en el grupo de: las sociedades no financieras, las sociedades financieras, el gobierno general (en cuanto empleador), los hogares en su condición de empleadores, las ISFLSH o el resto del mundo (cuando un residente trabaja para una unidad institucional no residente). Cuenta de Asignación del Ingreso Primario: Las contribuciones a cobrar por los hogares pagadas por los empleadores a la seguridad social. 2

Cuenta de Distribución Secundaria del Ingreso: Las contribuciones de los empleadores a la seguridad social, las de los asalariados y las de las personas autónomas y desempleadas, figuran como contribuciones a pagar por los hogares y a cobrar por el gobierno. Las prestaciones de seguridad social en dinero por pagar a los hogares figuran como prestaciones a pagar por el gobierno (o por el resto del mundo si provienen de un gobierno extranjero) y a cobrar por los hogares. Las prestaciones de asistencia social en dinero a pagar también se registran en estas cuentas de manera paralela a las prestaciones de seguridad social. Sistemas no basados en fondos especiales gestionados por los empleadores Los flujos son análogos a los citados anteriormente, pero todos ellos tienen lugar entre los hogares y los empleadores. Los asientos contables a realizar son los mismos, tanto si las prestaciones son pensiones como si son otras prestaciones sociales. Un empleador que gestiona un sistema no basado en fondos especiales se considera que realiza una contribución social imputada al sistema, en nombre de los asalariados. Esa contribución debe determinarse teniendo en cuenta la composición de la fuerza de trabajo del empleador y el compromiso en cuanto a las prestaciones a proporcionar en el futuro. Sin embargo, en la práctica su valor suele igualarse al de las prestaciones por pagar en el período considerado. La contribución imputada forma parte de la remuneración de los asalariados y también figura como una contribución a pagar por los asalariados al sistema, junto con cualquier otro pago efectivo que éstos tengan que realizar. No obstante, en los sistemas no basados en fondos especiales es frecuente que sean no contributivos para los asalariados. En estos casos, el pago de los asalariados al sistema es exactamente igual a la contribución imputada que ha de pagarles el empleador: Cuenta de Generación del Ingreso: Las contribuciones imputadas de los empleadores a los sistemas de seguros sociales no basados en fondos especiales, figuran como contribuciones a pagar por el sector en que se halla ubicado el empleador. Cuenta de Asignación del Ingreso Primario: Las contribuciones imputadas de los empleadores a los sistemas de seguros sociales no basados en fondos especiales, figuran como contribuciones a cobrar por los hogares. Cuenta de Distribución Secundaria del Ingreso: Las contribuciones imputadas de los empleadores y las contribuciones efectivas de los asalariados, se computan como contribuciones a pagar por los hogares y a cobrar por el empleador. Además, las pensiones y otras prestaciones a pagar por el empleador a 3

los hogares, figuran como prestaciones a pagar por el empleador y a cobrar por los hogares. Sistemas privados de pensiones basados en fondos especiales En comparación con las otras prestaciones de los sistemas privados basados en fondos especiales, el registro de transacciones relacionadas con la provisión de pensiones presenta dos dificultades adicionales. La primera se refiere al tratamiento de los fondos de pensiones no autónomos. A pesar de que según se ha explicado, no se registra ninguna producción cuantificada para estos fondos porque el movimiento de contribuciones y prestaciones se registra dentro de la misma empresa, las pensiones a pagar salen de los gastos corrientes de la empresa, constituyendo contribuciones imputadas. Como cualquier empleador de cualquier sector podría operar un fondo de pensiones no autónomo, cualquier sector podría ser, en principio, receptor de contribuciones netas y pagador de pensiones sin la intervención del gobierno. Dado que en la práctica, la mayoría de los sistemas privados de pensiones basados en fondos especiales son administrados por sociedades de seguros o por fondos de pensiones autónomos (cajas de pensiones), los asientos numéricamente más significativos se registrarán en el Subsector de Sociedades de Seguros y Cajas de Pensiones. La segunda dificultad característica de estas pensiones, es que sólo cuando se tiene una provisión para pensiones, se pueden constituir reservas que representen una participación perteneciente a los hogares. Esas reservas aumentan debido al pago de contribuciones efectivas y suplementarias por los hogares, y disminuyen por el pago de pensiones efectuadas a los mismos. Ambas transacciones se registran en la cuenta de distribución secundaria del ingreso, por lo que cualquier adición neta a las reservas efectuada por los hogares, figura en el ingreso disponible de los sectores que gestionan los fondos de pensiones. Si no se realiza ningún ajuste, este elemento de ingreso disponible se incluiría asimismo en el ahorro del sector de seguros y el de hogares. Sin embargo, de acuerdo con el tratamiento de los otros seguros de vida, este elemento del ahorro se considera parte del ahorro de los hogares, y la constitución de reservas se considera una variación de los activos de los hogares en la cuenta financiera, denominado participación neta de los hogares en los fondos de pensiones. Para asegurar que las transacciones se registran de esta manera, se inserta una partida de ajuste en la cuenta de utilización del ingreso disponible y también en la cuenta de utilización del ingreso disponible ajustado, que muestra la reasignación a los hogares de esta parte del ahorro proveniente de las sociedades de seguro y de las cajas de pensiones. Como los fondos de pensiones no autónomos también se encuentran en este caso, todos los sectores pueden ser afectados por este ajuste. Como consecuencia de lo anterior, tienen que registrarse ocho tipos de transacciones: dos relacionadas con la producción y el consumo del servicio de seguros, tres relacionadas con las contribuciones y prestaciones, 4

una con la renta de la propiedad atribuible a los asegurados, una con la partida de ajuste en las cuentas de utilización del ingreso, y una con el ajuste en la cuenta financiera: Veamos ahora la forma en que se deben efectuar los registros en las cuentas corrientes y de acumulación: Cuenta de Producción La producción de las unidades residentes se registra en las sociedades de seguros y cajas de pensiones. Cuenta de Generación del Ingreso Las contribuciones sociales efectivas de los empleadores a los sistemas privados de seguros sociales basados en fondos especiales a pagar. Cuenta de Asignación del Ingreso Primario Las contribuciones sociales efectivas de los empleadores a los sistemas privados de seguros sociales basados en fondos especiales son a cobrar por los hogares. La renta de la propiedad atribuida a los asegurados en relación con los fondos de pensiones autónomos son a pagar por las sociedades de seguros y cajas de pensiones y a cobrar por los hogares asalariados. La renta de la propiedad atribuible a los asegurados, a pagar en relación con los fondos de pensiones no autónomos, son rentas a pagar por los empleadores que gestionan los sistemas y a cobrar por los hogares. Cuenta de Distribución Secundaria del Ingreso Las contribuciones sociales efectivas de los empleadores y las contribuciones sociales de los asalariados son a pagar por los hogares y a cobrar por el Subsector de empresas de seguros y cajas de pensiones, o por los sectores que gestionan un fondo de pensiones no autónomo. Las contribuciones efectivas de los empleadores son exactamente iguales en valor al monto a cobrar por los hogares a los empleadores, que figura en la cuenta de generación del ingreso. Las contribuciones sociales de los asalariados incluyen los pagos directos de éstos más las contribuciones suplementarias, menos cualquier costo del servicio por pagar a los sistemas de seguros sociales. En cuanto a las contribuciones a las sociedades de seguros y a los fondos de pensiones autónomos, hay un costo del servicio asociado que se tiene que excluir del importe registrado en esta cuenta. No existe un servicio asociado en relación con las contribuciones a fondos no autónomos. Las pensiones concedidas por sistemas privados basados en fondos especiales como prestaciones sociales de los sistemas, son a pagar por el sector que opera el fondo de pensiones y a cobrar por los hogares. 5

Cuenta de Utilización del Ingreso El valor del servicio del seguro es un costo a pagar por los hogares como parte del gasto de consumo final, excepto cuando se trata de hogares asalariados no residentes, en cuyo caso el costo es a pagar por el resto del mundo y se registra como una exportación de servicios. Cuenta de Utilización del Ingreso Disponible (y en la Cuenta de Utilización del Ingreso Disponible Ajustado) El ajuste por la variación de la participación neta de los hogares en los fondos de pensiones son un monto a cobrar por los hogares y a pagar por el sector que gestiona el fondo de pensiones. El asiento es exactamente igual a las contribuciones netas (tal como se registran en la cuenta de distribución secundaria del ingreso, pero sólo las relativas a las pensiones) menos las pensiones por pagar. Cuenta Financiera Contrapartida del ajuste por la variación de la participación neta de los hogares en los fondos de pensiones, pero con signo contrario, dentro de las reservas técnicas de seguros. Aparece como una variación de los activos de los hogares y del resto del mundo y como una variación de los pasivos de los sectores que gestionan los fondos de pensiones. II. GRUPO DE DISCUSIÓN ELECTRÓNICA PARA LA DEFINICIÓN DEL TRATAMIENTO DE LOS SISTEMAS DE PENSIÓN EN LAS ESTADÍSTICAS MACROECONÓMICAS Este grupo fue establecido por el Fondo Monetario Internacional para definir los tratamientos que se consideren más adecuados para medir los sistemas de pensión no constituidos y los de la seguridad social. Para acceder a esta discusión se cuenta con una dirección electrónica en el sitio del FMI, que es el siguiente http://www.imf.org/external/np/sta/ueps/index.htm En la actualidad, el SCN.1993 distingue entre los esquemas de pensiones del empleador con fondos constituidos y no fondos constituidos, destacando el hecho que únicamente los fondos constituidos son los que reconocen activos y pasivos financieros. Por su parte, el Manual de Estadísticas de las Finanzas del Gobierno recomienda que las contribuciones y prestaciones de los esquemas de pensiones del Gobierno sean registradas exclusivamente como transacciones financieras, tanto para ambos tipos de fondos. Para alcanzar un acuerdo necesario de todo punto de vista en esta materia, el Grupo de Discusión Electrónica puso a consideración siete aspectos: 1. La importancia de la distinción entre los fondos constituidos de los que no lo están; 6

2. La extensión del reconocimiento de las obligaciones por pensión, como obligaciones para los sistemas de seguridad social y otros sistemas de asistencia social; 3. El registro de las transacciones efectivas e imputadas; 4. La reconciliación del registro de las transacciones significativas en el SCN.1993 - incluyendo transacciones no financieras, financieras y una partida de ajuste con el Manual de Estadísticas de las Finanzas del Gobierno del 2001; 5. Las reglas de valoración por pensiones; 6. Las reglas de valoración para el ingreso de la propiedad atribuido a los tenedores de pólizas de seguros y 7. La armonización de los tratamientos estadísticos y contables de los sistemas de pensión. El grupo se estableció en octubre de 2002 y para setiembre de este año había recibió 28 documentos de discusión provenientes de 27 participantes, lo que considera que aún es muy escaso aporte para el tamaño de la empresa que se pretende encarar. III. EVOLUCION DEL SISTEMA DE PENSIONES EN MÉXICO El siguiente es un resumen gráfico del actual sistema de pensiones que rige en México, a cuya historia y estado actual nos vamos a referir seguidamente. SISTEMA DE PENSIONES DE MÉXICO Seguridad Social Pública Administración Privada Administradores y Empleadores no autónomos Sistema Público Sistemas Privados Empleador Empleador Autónomos Público Privado ISSSTE ISSFAM SAR Fondos de Banca de Desarrollo Entidades empleadores PEMEX financieras Sector Electricidad Lo que dio origen a este sistema fue producto de la época y sus circunstancias; la evolución que sufrió fue sumamente lenta y también, consecuencia de los momentos que vivió el país, que durante muchos años permaneció cerrado al mundo exterior y que asimiló los momentos de crisis para introducir cambios moderados, razón por la cual todavía subsisten resabios del primitivo sistema al cual se le fueron aplicando parches como para permitirle una evolución hacia la modernidad. Aún con toda la legislación disponible, el contexto en el que se desarrollan los planes de retiro en México es muy limitado, porque el papel que juega el Gobierno es demasiado predominante, inhibiendo que los agentes privados se desarrollen libremente, redundando en el magro beneficio que reciben los destinatarios del sistema. 7

Seguidamente, con base en el esquema anterior procederemos a explicar cada uno de los cinco sistemas de pensiones que conviven en México en la actualidad. 1. Administración por instituciones de seguridad social. El más antiguo sistema de pensiones de México fue el del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM), creado en 1926 en base a la primera ley de Retiros y Pensiones del Ejército y Armada. El siguiente fue operado desde 1944 por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), plan de pensiones público para los empleados del sector privado, que consistía en un reparto de beneficios definidos. En 1959 se creó el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado (ISSSTE), para servir a los empleados del gobierno federal Volviendo al primer sistema de pensiones del IMSS, que agrupa al mayor número de la población económicamente activa del país, éste era conocido como el seguro de invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte (IVCM), el cual se instrumentó como un fondo colectivo que se puede caracterizar como un plan de beneficios definidos, parcialmente financiado por el gobierno. El superávit del programa era utilizado con fines de inversión, o para cubrir los gastos de otras ramas de seguro social. El sistema del IMSS fue reformado en diciembre de 1995 mediante cambios a la Ley del Seguro Social, los cuales entraron en vigor en julio de 1997. Hasta entonces, este sistema estuvo integrado por las tres cajas, IMSS, ISSSTE e ISSFAM; desvinculándose al IMSS, que pasó a formar parte del Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR), que se describe en el punto 4. Volviendo a las otras dos cajas, ISSSTE e ISSFAM, son instituciones de seguridad social; atendiendo la primera a los empleados del gobierno federal, mientras que el ISSFAM atiende al personal de las fuerzas armadas. El pago de las cotizaciones se efectúa sobre el sueldo básico, donde el trabajador aporta una cuota del 8% del sueldo base de cotización, en tanto las dependencias y entidades públicas cubren el 17.75%; del total. El 3.5% de ambos aportes se utiliza para el pago de jubilaciones, pensiones e indemnizaciones globales, así como para integrar reservas. El resto se emplea en medicina preventiva, enfermedades, maternidad, servicios turísticos, funerarios y otros. En ambas cajas, para disfrutar de la jubilación se requiere tener 30 años de servicio para los hombres y 28 para las mujeres, cualquiera sea la edad del retiro. En las Cuentas por Sectores Institucionales de México estos registros se vienen asignando tal como lo indica el manual SCN.1993. 2. Administradas independientemente. Aquí se incluyen planes de pensiones que son operados por aseguradas privadas, para individuos que los utilizan en forma unilateral y voluntaria. Al quedar dentro del sistema de 8

las compañías de seguros, su registro es dual dentro de las Cuentas por Sectores Institucionales de México. Se incluyen en este grupo a los planes de pensiones establecidos por empleadores o mediante contratos colectivos de trabajo que debido a su estructura pueden extraerse de los registros contables de las empresas que les dieron origen para ser administrados por compañías de seguros, que son las que se encargan del pago directo de las pensiones al jubilado. De esta manera, las obligaciones pasan del sector empleador al de compañías de seguros. Por último, aquí se incluyen algunos planes de pensiones que alcanzaron la madurez necesaria para ser considerados autogestivos, o sea cajas de pensiones autónomas, a los que la Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro (CONSAR) tiene registrados como planes de pensiones. Los dos últimos casos son válidos para trabajadores de los sectores privado y público. 3. Fondos de pensiones no autónomos. Los sistemas de pensiones que manejan algunos empleadores públicos, como son los Gobiernos Estatales, PEMEX, el Banco de México, las empresas públicas del Sector Eléctrico, empresas paraestatales y otras organizaciones sociales, en el contexto de las Cuentas por Sectores Institucionales de México siguen manejándose como los sistemas de seguridad social del gobierno, que sólo consideran las contribuciones a pagar y las prestaciones de la seguridad social dentro de las cuentas corrientes, sin registrar los pasivos en la forma de reservas técnicas de seguros. En consecuencia, organismos y empresas públicas como PEMEX, Banco de México y las del Sector Eléctrico que se anotan en el punto 3 del cuadro, deberían registrarse en el punto 5 el cuadro precedente. El manual del SCN.1993 dice que las anotaciones se registren sólo en las cuentas corrientes, como contribuciones a pagar y beneficios a cobrar. Por su parte, el Manual de Finanzas Públicas recomienda: que las contribuciones y beneficios de los esquemas de pensiones de seguros de empleados gubernamentales sean registrados exclusivamente como transacciones financieras, reconociendo los saldos de las obligaciones de gobierno para todos los esquemas de empleadores constituidos y no constituidos en la forma de reservas técnicas. Adicionalmente, el ingreso de la propiedad a distribuir por estas obligaciones se estimará utilizando técnicas actuariales. Si en México existieran todos los datos, en nuestro punto de vista lo más conveniente sería completar una opción de registro dual, anotándose en las cuentas corrientes las contribuciones a pagar y los beneficios a cobrar, y en las cuentas de acumulación, el registro de los fondos de pensiones de los empleadores privados y públicos, los registraríamos como pasivos de éstos y como contrapartida, como activos de los Hogares. 9

3.1 Otros fondos de pensiones privados En este punto se incluyen los fondos de pensiones no autónomos gestionados por empleadores privados, que en el caso de México pueden incluir tanto a entidades financieras como no financieras, como son las Casas de Bolsa, Afianzadoras (aseguradoras del ramo civil y mercantil). 3.2 Otros fondos de pensiones de empresas públicas Aquí se cuentan los gestionados por empleadores públicos, tales como la banca de desarrollo, Petróleos Mexicanos que es un organismo dependiente del Gobierno Federal, y la Comisión Federal de Electricidad, que es una empresa pública. 4. Administración privada de pensiones El Sistema de Ahorro para el Retiro (SAR) fue establecido en 1992 como un esquema obligatorio complementario a los programas ya existentes para los trabajadores afiliados al IMSS o al ISSSTE, que sirviera para complementar al sistema público de reparto. Este es un sistema de aportaciones predefinidas, capitalizable y basado en cuentas individuales. En el caso de los trabajadores de empresas privadas, el SAR actúa como un sistema de aportaciones tripartitas, que corren a cargo de empleadores, empleados y gobierno, A continuación se describe la constitución de las cuotas y su comparativo con las aportaciones del sistema de pensiones de seguridad social del que emergió: Aportaciones al sistema de pensiones Antes de la reforma Con la reforma Seguro IVCM RCV IV Aportaciones al IMSS 8.5% 4.5% 4% SAR retiro 2% 4.5% SAR vivienda 5% 5% Cuota social 0% 2% 13.5% 4% Total de aportaciones 15.5% 17. 5% Total patrón 12.95% 12.95% Total empleado 2.125% 2.125% Total gobierno 0.425% 2.425% IVCM: Invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte. RCV: Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez IV: Invalidez y vida 10

Con las reformas a la Ley del Seguro Social de 1995, se desvinculó del SAR la operación correspondiente al IMSS para que lo administraran entidades privadas, denominadas Administradoras de Fondos para el Retiro (AFORES), que pertenecen a grupos financieros ya constituidos, esquema que entró en vigor recién en 1997. Los fondos en las cuentas individuales (excepto el 5% que corresponde a la vivienda) son administrados por las Afores, de las que en 2003 existían 12 empresas. La nueva ley contempla la posibilidad de aportaciones voluntarias a las cuentas individuales por parte de los patrones y los trabajadores. Cada Afore tiene permitido operar varios fondos de inversión para sus afiliados, denominados Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro (SIEFORES), existiendo 15 de ellas en el año 2003. La Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro (CONSAR) es la entidad que regula, supervisa y coordina a los participantes del SAR. El IMSS sigue siendo el responsable de la recaudación de todas las aportaciones. Para tener derecho a una pensión de retiro se requiere que el trabajador tenga por lo menos 65 años de edad. En el caso de cesantía en edad avanzada la edad requerida se reduce a 60 años. Los beneficios dependen de las aportaciones acumuladas durante la vida laboral del afiliado, además del rendimiento menos las comisiones pagadas. El trabajador puede elegir dos opciones: 1. Adquirir una renta vitalicia de una compañía de seguros privada que garantice una pensión mensual fija para el asegurado y sus sobrevivientes, o 2. Recibir retiros programados de la Afore, que se calculan al dividir el saldo de la cuenta individual del asegurado entre el número de años que se espera que viva. El gobierno garantiza una pensión mínima igual al salario mínimo general vigente en el momento de la reforma y en el caso de desempleo el trabajador tiene permitido retirar un máximo de 10% del saldo acumulado en su cuenta de retiro, 5. Administración privada de fondos de empleadores. El Instituto Mexicano de Contadores Públicos, asociación que pertenece a la Federación de Colegios de Profesionistas, a través de su comisión de principios de contabilidad dio a conocer en 1993 las normas de contabilidad aplicables a obligaciones laborales, con las que se formalizó el esquema de provisiones de las empresas privadas para la constitución de obligaciones para el retiro de sus empleados. Con estas disposiciones, las empresas comenzaron a registrar en su contabilidad el costo financiero del retiro de sus empleados, tanto en sus gastos corrientes como en sus activos y pasivos. La administración privada de pensiones está a cargo de compañías de seguros, pudiendo desarrollarse en tres ámbitos: a) ofreciendo servicios individuales de pensión a las personas; b) administrando fondos de pensiones autónomos que no estén constituidos como cajas y c) a cajas de pensiones independientes que al separarse de la entidad que 11

las constituyó para gestionar pensiones, requieren de la asesoría y apoyo de una aseguradora. Los dos primeros casos fueron explicados en el punto 2. Para que estos planes de pensiones alcancen su autonomía, la CONSAR les solicita constituir el fondo de pensión de la siguiente manera: 1. que se otorgue en forma general a todos los empleados de la empresa: 2. que sus beneficios alcancen a todos los trabajadores incorporados al plan; 3. que las reservas sean dictaminadas por actuarios. En México se han registrado 11 planes de pensión de este tipo ante la CONSAR, a junio de 2003. Estas explicaciones pueden volver más comprensible el cuadro que se inserta seguidamente, que resume todo lo dicho anteriormente: TRATAMIENTO DE SEGUROS Y PENSIONES EN MÉXICO Y EN EL SCN.1993 (Anexo IV) Tipo de transacciones Sistemas de pensiones existentes en México Administrador Fondos en las que se registran Recomendación del SCN.1993 constituídos Corrientes de Acumulación En México existen los siguientes sistemas de pensiones: 1 Administradas por instituciones de seguridad social ISSSTE, ISSFAM No X Anotar en las cuentas corrientes 2 Administradas independientemente Aseguradoras privadas Sí X X Anotaciones en ambas cuentas 3 Fondos de pensiones no autónomos Empleador Sí X Anotar en las cuentas corrientes 3.1 Otros fondos de pensiones privados Casa de Bolsa Sí X X 1 Anotaciones en ambas cuentas 3.2 Otros fondos de pensiones de empresas públicas * Banca Desarrollo Sí X X 1 Anotar en las cuentas corrientes 4 Administración privada de pensiones (ex-imss) AFORES ** Sí X X Anotaciones en ambas cuentas 5 Administración privada de fondos de empleadores AFORES ** Sí X X Anotaciones en ambas cuentas * Casos PEMEX, Banco de México y Sector Eléctrico, entre otras. ** Administradoras de fondos para el retiro, que pertenecen a grupos financieros de bancos y aseguradoras. X 1 Los registros en la cuenta financiera de México, se asientan como reservas para obligaciones laborales, en otras cuentas a pagar y su inversión, en el activo donde se coloca. IV. SISTEMAS DE PENSIONES EN ALGUNOS PAISES INDUSTRIALIZADOS Seguidamente pasaremos una rápida revisión de los sistemas jubilatorios que existen en los países más desarrollados del orbe: Estados Unidos de Norteamérica: los mecanismos de financiamiento de la seguridad social son mixtos; una parte lo financia el gobierno y otra los fondos de pensiones privados. En 1875 se creó el primer plan de pensiones y lo constituyó la empresa American Express. Ya para 1880, casi todas la compañías ferrocarrileras tenían 12

constituidos sus planes de pensiones; de allí a 1925 se crearon alrededor de 500 planes de previsión social. En ese año, entraron las compañías de seguros como clientes y administradores y a partir de 1940 se dio un incremento significativo de programas con la aparición de nuevos intermediarios financieros, lográndose la constitución de planes para todos los sectores de la economía. En 1982 se contaba con planes de previsión que incluían a 50 millones de personas con reservas calculadas de 500 mil millones de dólares; se calcula que dichas reservas se incrementan en 50 mil millones de dólares cada año. Bajo la actual ley la edad de jubilación es de 65 años y será progresivamente aumentada a 67 años para el 2027. La sugerencia es aumentar la edad a 68 años. El sistema de seguridad social de USA señala que una personas que percibe más de 40.000 dólares anuales y se encuentra entre 65 y 69 años de edad no tiene derecho a los beneficios pensionarios del gobierno. Actualmente existe la preocupación de la situación financiera de los fondos de pensión a largo plazo, o si en el futuro, las aportaciones no alcanzarán a cubrir los gastos pensionarios. Alemania. Existe un programa de pensiones financiado por el gobierno, que se vio incrementado a raíz de la unificación de las dos Alemanias. La razón de pensionados a trabajadores llegó en 1980 a un 45%, probablemente, la más alta del mundo. Se estima que alcanzará para el 2005 al 60% y alrededor del año 2030 será aproximadamente del 90%. Para mantener los beneficios actuales el gobierno necesita aumentar su impuesto a la nómina de sueldos. La generosidad del plan de pensiones contribuye a acrecentar estos problemas, ya que la jubilación está relacionada con el último sueldo percibido y no están sujetas a impuestos. Gran Bretaña. La previsión social comenzó en 1601 y desde entonces su evolución ha sido desordenada, acelerándose después de la segunda guerra mundial en 1945. Cubre un amplio rango de cobertura ya que la Ley de Previsión asegura que todos puedan tener un nivel de ingreso de subsistencia, además de: pensiones de jubilación, pensiones de viudas o sobrevivencia, pensiones de invalidez o guerra, beneficios por enfermedad, cesantía por hijos y maternidad, beneficios de accidentes industriales, provisiones habitacionales y subvenciones por fallecimiento. Debido a un aumento considerable en el pago de pensiones en los primeros 25 años, el gobierno introdujo reformas importantes, para anticiparse a las presiones que recibiría el presupuesto de seguridad social. A partir de 1970 el sistema está dividido en dos partes: una pensión básica y una complementaria, que está en función de los ingresos del jubilado; el gobierno decidió estimular a las personas a que asumieran una responsabilidad personal en lo que hace a la parte complementaria, logrando reducir el nivel de responsabilidad estatal sobre las pensiones. En 1986 introdujeron un tipo de pensiones personales (afiliación individual a un sistema provisional). A la fecha, se calcula que los activos acumulados en los fondos de pensiones ascienden a 300 mil millones de libras esterlinas, generando un déficit anual de 20 mil millones de libras esterlinas. 13

Japón. Existen dos sistemas de pensiones: el primero otorga beneficios uniformes al conjunto de la población (trabajadores por cuenta propia, agricultores, pequeños comerciantes, etc.). El segundo consiste en un programa en función de los ingresos que es aplicado en las empresas manufactureras y comerciales. Bajo el plan de beneficios uniforme, la edad mínima de jubilación ha aumentado a 65 años, sin embargo, Japón experimenta el más dramático envejecimiento de su población en el mundo. Entre 1970 y 1990 el número de personas de 65 años o más aumentó en un 86%, pasando de 7.4 a 13.8 millones de personas. Entre 1945 y 1960 el número de niños por familia bajó de 4.5 a 2. Las pensiones se pagan en base a un sistema financiado, o de acumulación, en el cual los beneficios pagados a cada persona dependen del rendimiento financiero de las contribuciones hechas durante toda la vida laboral de sus pensionados. En este plan, la edad de jubilación es de 60 años. 14

REFERENCIAS: Villagómez, Alejandro y Solís, Fernando. Las pensiones en México. Documento de trabajo No. 87 del Centro de Investigación y Docencia Económica. 1997. Sales Sarrapy, Carlos; Solís Soberón, Fernando; Villagómez, Alejandro. Reforma al Sistema de Pensiones: el caso mexicano. Documento de trabajo No. 77 del Centro de Investigación y Docencia Económica. 1996. Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 1996. Nacimiento de los sistemas de pensiones. AFORE Principal. Febrero de 1999. Boletín Informativo SAR. Año 8/junio 2003, de la Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro. Anuario Estadístico de Seguros y Fianzas, Comisión Nacional de Seguros y Fianzas. 1999. Boletín D.3 Obligaciones Laborales. Instituto Mexicano de Contadores Públicos. Agosto 2003. La Administración del Fondo para el Retiro. Norahenid Amescua Ornelas, Editorial SISCO, año 1996. Manual del Sistema de Cuentas Nacionales. ONU, FMI, BM, EUROSTAT y OCDE. Nueva York, 1993. SNA.NEWS. Nos. 15 y 16 de ONU. Manual de Estadísticas de Finanzas del Gobierno, FMI 2001. Borrador en español. Reporte interino del moderador del Grupo de Discusión Electrónica de Esquemas de Pensiones. FMI. Septiembre de 2003. 15

LISTA DE ACRÓNIMOS SCN.1993 Sistema de Cuentas Nacionales de 1993 SAR. Sistema de Ahorro para el Retiro IMSS. Instituto Mexicano del Seguro Social ISSSTE. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado ISSFAM. Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas IVCM. Invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y muerte PEMEX. Petróleos Mexicanos CONSAR. Comisión Nacional de los Sistemas de Ahorro para el Retiro RCV. Retiro, cesantía en edad avanzada y vejez IV. Invalidez y vida AFORES. Administradoras de Fondos para el Retiro SIEFORES. Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro 16