Numeral 8 Articulo 19 de la Constitución Política de la Republica El Derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación. Es deber del Estado velar para que este derecho no sea afectado y tutelar la preservación de la naturaleza. La ley podrá establecer restricciones especificas al ejercicio de determinados derechos o libertades para proteger el medio ambiente
Ley 20.417
Divisiones del Ministerio de Medio Ambiente División de Recursos naturales y biodiversidad División de Planes División de políticas y regulación ambiental División de Educación Ambiental División de Administración y finanzas División Jurídica
Proponer las políticas ambientales e informar periódicamente sobre sus avances y cumplimientos Proponer las políticas, planes, programas, normas y supervigilar el Sistema Nacional de Áreas Protegidas del Estado Proponer las políticas, planes, programas, normas y supervigilar las áreas marinas costeras protegidas de múltiples usos. Velar por el cumplimiento de las convenciones internacionales Colaborar con los Ministerios sectoriales en la formulación de los criterios ambientales Colaborar con los organismos competentes, en la formulación de las políticas ambientales para el manejo, uso y aprovechamiento sustentable de los recursos naturales renovables e hídricos. Proponer políticas y formular normas, planes y programas en materia de residuos y suelos contaminados Proponer políticas y formular los planes, programas y planes de acción en materia de cambio climático
Elaborar y ejecutar estudios y programas de investigación, protección y conservación de la biodiversidad Elaborar los estudios necesarios y recopilar toda la información disponible para determinar la línea de base ambiental del país Participar en la elaboración de los presupuestos ambientales sectoriales Programas de educación, promoción y difusión ambiental, Coordinar el proceso de generación de las normas de calidad ambiental, de emisión y de planes de prevención y, o descontaminación Elaborar cada cuatro años informes sobre el estado del medio ambiente a nivel nacional, regional y local. Administrar un Registro de Emisiones y Transferencias de Contaminantes sistema de información pública Participar en el procedimiento de evaluación ambiental estratégica Generar y recopilar la información técnica y científica precisa para la prevención de la contaminación y la calidad ambiental
Consejo de Ministros para la sustentabilidad: Ministro del Medio Ambiente Ministro de Agricultura Ministro Hacienda Ministro de Salud Ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción Ministro de Energía Ministro de Obras Públicas Ministro de Vivienda y Urbanismo Ministro de Transportes y Telecomunicaciones Ministro de Minería Ministro de Planificación
Consejo Consultivo Dos científicos Dos representantes de ONGs Dos representantes de centros académicos independientes Dos representantes del empresariado Dos representantes de los trabajadores Un representante del Presidente de la República Consejo Consultivo Regional Dos científicos Dos representantes de Dos representantes del empresariado. Dos representantes de los trabajadores. Un representante del Ministerio del medio Ambiente.
Servicio público descentralizado Personalidad jurídica y patrimonio propio Supervigilancia del Presidente de la República a través del Ministerio del Medio Ambiente Objetivos: ejecutar, organizar y coordinar: El seguimiento y fiscalización de las Resoluciones de Calificación Ambiental. Las medidas de los Planes de Prevención y/o de Descontaminación Ambiental. El contenido de las Normas de Calidad Ambiental y Normas de Emisión. Planes de Manejo. Otros instrumentos de carácter ambiental que establezca la ley.
Formas de Fiscalizar Directa Indirecta Por terceros Su misión es promover y verificar el cumplimiento de la normativa ambiental, a través de la fiscalización y sanción objetiva de los incumplimientos, en pos de un mejor ambiente para la ciudadanía. Su visión es ser reconocido como un organismo de fiscalización y sanción ambiental, independiente y transparente, que a través de altos estándares técnicos, busca acoger las denuncias de incumplimiento, protegiendo la salud de las personas y el medio ambiente.
Funciones Función fiscalizadora Función sancionadora Función promotora Función informativa Función reguladora
Organismo publico funcionalmente descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio Misión: contribuir al desarrollo sustentable en materia ambiental, a través de la administración del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) Funciones tecnificar y administrar el instrumento de gestión ambiental SEIA Administración del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental Administrar un sistema de información de líneas de bases Uniformar los criterios, requisitos, condiciones, antecedentes, certificados, trámites, exigencias técnicas y procedimientos de carácter ambiental Proponer la simplificación de trámites Administrar un registro público de consultores/as certificados/as Interpretar administrativamente las Resoluciones de Calificación Ambiental Fomentar y facilitar la participación ciudadana
Los Tribunales Ambientales serán organismos de carácter especializado, de integración mixta y con amplias competencias, que conocerán y resolverán los conflictos de carácter ambiental que se susciten en el futuro en nuestro país.
Este organismo representa el alma de las políticas medioambientales que busca impulsar el Gobierno. Objetivos: Velar por la preservación de la naturaleza y la conservación del patrimonio ambiental, con el objeto de proteger la diversidad biológica. Proponer al Ministerio del Medio Ambiente la creación de áreas protegidas para que sean promovidas al Consejo de Ministros para la Sustentabilidad