IMPUESTO SOBRE las VENTAS - BIENES QUE NO CAUSAN IMPUESTO Ley 1607 del 28 de diciembre de 2012. ARTíCULO 38. Modifíquese el artículo 424 del Estatuto Tributario, el cual quedará así: ART ículo 424. Bienes que no causan el impuesto. los siguientes bienes se hallan excluidos y p or consiguiente su venta o importación no causa el impuesto sobre las venta s. Para tal efecto se utiliza la nomenclatura arancelaria andina vigente: 1 / 9
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