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1 PLAN DE CONTINGENCIAS ANTE ACCIDENTES CON FAUNA SILVESTRE 1.1 RESPONSABILIDADES Jefe de la Construcción y/o Jefe de Proyecto: Entregar y gestionar los recursos necesarios para que el cumplimiento de este procedimiento sea efectivo, así como que las medidas propuestas estén permanentemente operativas. El Jefe de Construcción o Jefe de Proyecto, será el responsable de: Velar que el presente Plan se encuentre operativo, disponiendo periódicamente revisiones de los mismos. Velar por la capacitación del personal para enfrentar accidentes con fauna. Autorizar el apoyo externo de instituciones especializadas para la captura y/o retiro de la especie silvestre. Entregar un informe a la Gerencia, dentro de las 24 horas de haber ocurrido el incidente. Prevencionista de Riesgos y/o Encargado de Medioambiente: Identificar las emergencias potenciales e impactos relacionados con la fauna silvestre. Mantener actualizado los procedimientos de respuesta y evaluar periódicamente el presente Plan. Comunicar al personal cualquier cambio en los procedimientos y respuestas del presente Plan. Coordinar la capacitación interna y externa sobre el manejo de la fauna silvestre en el sector del Proyecto. Definir si es necesario el apoyo externo de instituciones especializadas, para la captura y/o retiro de la especie silvestre. Aconsejar y dirigir al personal. Responder ante al ejecutivo a cargo de la faena o Proyecto. Trabajadores en general (incluidos contratistas): Cumplir íntegramente las exigencias del Plan. 3

Concurrir a las capacitaciones cuando corresponda. Acatar las disposiciones que emita el Prevencionista de Riesgo y/o Encargado de Medio Ambiente. Personal de vigilancia: Mantener libres y expeditos los accesos y salidas del proyecto. Permitir el paso de la ayuda externa, en caso de requerir. 1.2 ACCIONES ANTE ACCIDENTES CON FAUNA SILVESTRE El presente Plan presenta un grupo de procedimientos que tienen por objeto actuar frente a accidentes con la fauna silvestre. Estos procedimientos serán aplicados en los siguientes casos: Cuando ocurre un atropello a una especie de fauna silvestre. En caso de hallar una especie de fauna silvestre herida en los sectores de trabajo de la obra. El objetivo del Plan corresponderá a: Actuar frente a accidentes tales como atropello de la fauna silvestre o hallazgo de especies heridas. Realizar un rescate de la especie afectada, en caso de corresponder, asegurando la atención, rehabilitación y posterior liberación al hábitat natural. El Plan deberá ser actualizado en forma permanente para optimizar los procedimientos, registrando las fechas de estas revisiones e identificando a la persona quien la realiza junto con quien lo aprueba. Las medidas y acciones que se presentan a continuación son validadas para todas las fases del Proyecto: 1.2.1 Aviso e identificación de especie afectada Se evaluará si la especie puede movilizarse sin problemas, en caso de ser afirmativo lo anterior no aplica el Plan. 4

Si la especie no puede movilizarse con normalidad se deberá dar aviso al Prevencionista de Riesgo y/o Encargado de Medioambiente, el cual dará aviso al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) antes de transcurridas 24 horas. Se realizará un registro del evento, el cual contendrá la siguiente información: Tabla N 1: Ejemplo de registro del incidente. Encargado Fecha Hora Lugar del evento Tipo de incidente Nombre especie afectada Número de especies Fotografía 1.2.2 Rescate y captura de especies En caso de requerir el rescate del ejemplar afectado, se han contemplado acciones específicas para cada tipo de especie y tamaño: Para zorros y aves se utilizará una pértiga telescópica de 3 metros de extensión, con un lazo en el extremo (dogal), la cual evitará el riesgo de mordeduras u otras lesiones para la persona a cargo. La especie será introducida en una jaula transportadora, la cual tendrá unas dimensiones y ventilación adecuadas para el transporte de la especie. Para aves pequeñas, micromamíferos y reptiles nativos, su captura se realizará manualmente por medio de guantes de cuero. La especie será introducida en un contenedor que tendrá unas dimensiones y ventilación adecuadas para su transporte. Para macromamíferos y aves de gran envergadura, se evaluará el tipo de captura, siendo por medio de pértiga con lazo si el animal permanece dócil, o por medio de la inmovilización con ayuda de dos profesionales. La especie se transportará en una jaula transportadora, la cual tendrá unas dimensiones y ventilación adecuadas para su transporte. La captura de la especies deberá ser realizado por profesionales capacitados para tal procedimiento, evitando perturbar al animal. El personal a cargo utilizará elementos de protección, como guantes de cuero con protección de antebrazos, antiparras de protección y cascos; en caso de ser necesario. 5

En caso de que el personal autorizado no pueda realizar la captura con seguridad, se dará aviso al SAG, quienes se harán cargo de su retiro. 1.2.3 Acciones previas al traslado y retiro de la especie Una vez capturadas las especies, estas serán mantenidas en sus jaulas a la espera que sean trasladadas. Se velará para que las especies siempre permanecerán protegidos del sol, temperaturas muy bajas y de la lluvia. Se trasladará al animal a uno de los centros de rehabilitación o rescate destinados a la mantención y recuperación de especímenes de la fauna silvestre afectados por actividades antrópicas. Estos planteles se considerarán como lugares de tránsito a centros de reproducción, a áreas silvestres protegidas del Estado o para su liberación en un medio silvestre. Al momento del traslado hacia el centro de rehabilitación se evitarán los movimientos bruscos que puedan perturbar al animal, o cualquier otra situación que genere stress, tales como luz solar, bajas temperaturas y ruido. Previo y durante el traslado estará prohibido para el personal que no esté autorizado alimentar al animal y tener contacto directo con él. En todos los casos el titular costeará todos los gastos de traslados, rehabilitación y liberación del animal. 1.2.4 Registro e informe del incidente Una vez concluido el traslado, se realizará un informe detallado del incidente adjuntando registros fotográficos. Este informe será remitido al SAG en un plazo no mayor a 10 días hábiles, luego de ocurrido el evento. 6