EL CONTRATO DEL PROYECTO DE SOFTWARE A MEDIDA

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CONGRESO INTERNACIONAL DE INGENIERIA DE PROYECTOS VALENCIA, 13-15 Septiembre, 2006 EL CONTRATO DEL PROYECTO DE SOFTWARE A MEDIDA J. Mª. Torralba Martínez (p), R. Lostado Bojo, Victor Ruíz Molina, L. Portes de Almeida Abstract Some characteristics of Contracts of projects of development of custom software are indicated and comments the content of the project of Norm UNE 157801 in relation to the Statement of Conditions. Key words: Contract of the custom software project, Statement of Conditions of the project, Norms UNE. Resumen Se indican algunas características de los Contratos de proyectos de desarrollo de software a medida y se comenta el contenido del proyecto de Norma UNE 157801 en relación con el Pliego de Condiciones. Palabras clave: Contrato del proyecto de software a medida, Pliego de Condiciones del proyecto, Normas UNE. 1. Introducción La bibliografía sobre contratos informáticos es abundante desde hace tiempo tanto en el ámbito especializado del Derecho [1], [2], [3], [4], [5], como en el de la Informática [6], [7], [8]. La Normalización de Proyectos Informáticos (Norma UNE 157801) de próxima aparición recoge algunos aspectos, lo que justifica este trabajo. 2. Objetivos El objeto general de este trabajo es presentar algunas consideraciones sobre el Contrato del Proyecto de desarrollo de software a medida. Los objetivos concretos son los siguientes: - Indicar algunos aspectos de los Contratos de elaboración de software a medida - Presentar el contenido de la próxima norma UNE 157801 sobre Proyectos Informáticos (Criterios generales para la elaboración de proyectos informatizados de sistemas de información), en relación con el Pliego de Condiciones. Hablamos de proyecto de Norma, ya que aunque su versión final lleva fecha de 16 de junio de 2005, a fecha 20 de junio de 2006 no figura la Norma definitiva en la Web de la Asociación Española de Normalización y Certificación (AENOR) como que haya sido aprobada [9]. 2411

3. Caso de estudio El Proyecto de Norma UNE 157801 sobre Proyectos Informatizados de Sistemas de Información (o de Sistemas Informáticos, ya que este es el nombre que ha sido objeto de propuesta en una alegación en la fase de información pública, por lo que no se conoce el nombre definitivo), es una adaptación a este tipo de proyectos de la Norma UNE 157001, de 2002, Criterios generales para la elaboración de proyectos, norma esta cuyo objeto es cualquier tipo de proyecto, excepto de vivienda. La metodología que se sigue en este trabajo es la comparación entre las referidas normas en los aspectos más generales relativos al Pliego de Condiciones, solo en los aspectos más generales, a la luz de la bibliografía de Proyectos de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC). 3.1 Contratos informáticos Soler (2004, 51) [8] distingue entre: - contratos informáticos - comercio electrónico, cuyo objeto puede ser o no bienes y servicios informáticos. Y define los primeros como contratos cuyo objeto está constituido por servicios y bienes informáticos. Incluyendo dentro de estos al contrato informático de software. Como características señala: - desequilibrio entre contratantes, en cuanto al conocimiento del proveedor frente al cliente que no tenga conocimientos similares de informática - existencia de diversas prestaciones dentro de la misma figura contractual (por ejemplo: desarrollo y mantenimiento adaptativo y perfectivo) - dificultad en la determinación del objeto del contrato (Soler, 2004, 52-54) [8]. 3.2 El contrato de desarrollo de software Soler (2004,55) [8] prefiere utilizar el término contrato de elaboración de programas de ordenador. Y lo define como aquel contrato por el cual una persona física o jurídica (empresa informática) se obliga respecto de otra (empresa cliente), a cambio de un precio fijo, a elaborar e instalar un programa o conjunto de programas de ordenador originales que realicen unas funciones específicas, dentro de un plazo o plazos determinados y de acuerdo con unos requerimientos definidos. Y distingue este contrato de otros relacionados con el software: - contrato de compraventa de programas de ordenador (más precisamente, de venta del soporte material y de licencia de uso del software), ya que tiene finalidad distinta del de desarrollo. - contrato de integración o implantación de sistemas informáticos, ya que tiene un objeto y contenido más amplio, que puede incluir al de desarrollo (posibilidad de contratos conexos frente a contrato unitario). - contrato de cesión o licencia de uso de software, que lo considera accesorio del de desarrollo - contrato de asesoría o consultoría de software, que puede coexistir con el de desarrollo. - contrato de mantenimiento de software, que lo considera accesorio del de desarrollo. 2412

Otra precisión que realiza Soler (2004, 63) [8] es la naturaleza jurídica, según la adscripción del contrato de elaboración de programa de ordenador a una de las categorías siguientes: - contrato de obra - contrato de servicios ya que afecta a: - régimen de cumplimiento contractual - carga de la prueba de la culpa del deudor - régimen de responsabilidad inclinándose por considerarlo contrato de obra, aunque también lo considera de naturaleza mixta (de obra y servicio) si se incluye el matenimiento periódico. Respecto de los caracteres del contrato lo define principalmente como: - mercantil - bilateral - oneroso - conmutativo - de colaboración - consensual - de ejecución instantánea, escalonada, o sucesiva - negociado - atípico (o de objeto atípico) y - definitivo (Soler, 2004, 79) [8]. En los proyectos de ingeniería, tradicionalmente aparece un documento denominado Pliego de Condiciones que recoge aspectos de interés para el contrato de ejecución del proyecto, lo que motiva que revisemos seguidamente cómo aparece en las normas UNE. 4. Resultados Presentamos los resultados del trabajo refiriendo el contenido del proyecto de norma UNE 157801 en relación con los contratos. 4.1 El Contrato en el proyecto de Norma UNE 157801 En el Proyecto de Norma UNE 157801 [10] no aparece una definición de Contrato, y sus elementos relacionados. Si que figuró en el borrador Versión 19-2 de 16 de mayo de 2005, una definición de Contrato, basada en la publicación PMBoK (A guide to the Project Managemenet Body of Knowledge) [11] en los siguientes términos: 3.6 Contrato: Un contrato es un acuerdo mutuo que obliga al vendedor a suministrar el producto especificado y que obliga al comprador a que pague por él. Los contratos generalmente entran en una de las tres amplias categorías: Precio fijo o suma total de contratos 2413

Contrato de costes reembolsables (costes reales más los honorarios o beneficios del vendedor) Contrato por tiempo y materiales o de costes unitarios. No aparece tampoco en el proyecto de norma el Pliego de Condiciones como un documento básico a elaborar con el Proyecto; aunque si que figura una referencia al Pliego en el Anexo denominado Documentación de entrada, con la siguiente redacción: 7.2.1 Documentación de entrada Este Anexo debe incluir la documentación de la que debe disponer el autor del proyecto (Petición de Propuesta, Pliego de Condiciones, información de fases anteriores). (AENOR, 2005, 22) [10]. Pero aquí el Pliego establece condiciones para el Diseño del Proyecto, por ello se denomina documento de entrada, mientras que el Pliego que acompaña a los Proyectos suele referir las condiciones para la ejecución del mismo (por ejemplo, en la Norma 157001 que posteriomente se refiere). La referencia a condiciones de la ejecución del proyecto parece estar distribuida principalmente en los siguientes documentos básicos: - Memoria - Anexos - Documentos con Entidad Propia Documento básico Memoria 6.2.13 Análisis de Riesgos Objetivo: Identificar los riesgos que afectan al proyecto, tanto en la elaboración del proyecto como en su posterior ejecución de manera que sirva como una propuesta básica del futuro Plan de Riesgos. Contenido: Lista de Riesgos clasificada con una evaluación de sus impactos y posibles acciones de mitigación de riesgos correspondientes. 6.2.14 Organización y gestión del proyecto Objetivo: Explicar cómo se debe llevar a cabo la ejecución del proyecto haciendo partícipes a todas las partes involucradas en el mismo, de la sistemática que se va a utilizar, con el fin de asegurar el éxito del mismo y permitir que cada una de ellas pueda asumir su parte de responsabilidad. Contenido: En este apartado deben incluirse todas aquellas normas, directrices o métodos de trabajo que hagan referencia a la organización y gestión del proyecto. Entre ellas cabe destacar sin carácter exclusivo ni completo: Organigrama y Matriz de responsabilidades en el proyecto Directrices para la gestión de los cambios en el alcance Directrices para el seguimiento del proyecto Directrices para la recopilación y distribución de información del proyecto 2414

Directrices de comunicación entre el cliente y el proveedor Directrices a seguir para la aprobación de los entregables Lugar donde se realizará el trabajo. 6.2.15 Planificación temporal Objetivo: Explicitar el plazo de ejecución del proyecto de forma que puedan fijarse las expectativas de quienes van a recibir el producto resultado del mismo. Contenido: Cronograma explicitando las entregas parciales, hitos intermedios y duración del proyecto a partir de la fecha de iniciación del mismo. (AENOR, 2005, 20) [11]. Documento básico Anexos Define un Anexo denominado Planes de gestión del proyecto, cuya redacción es la siguiente: 7.2.4 Planes de gestión del proyecto Este anexo, según el alcance del proyecto y la complejidad, debe describir la forma en la que se realizará la gestión del proyecto. Acorde con las normas internacionales, los planes de este tipo deben cubrir aspectos tanto de organización como de gestión del proyecto. Aunque el detalle de estos planes debe estar en concordancia con la complejidad del proyecto, se pueden considerar los siguientes: Gestión de la integración Gestión del alcance Gestión de plazos Gestión de costes Gestión de la calidad Gestión de recursos humanos Gestión de comunicaciones Gestión de riesgos Gestión de adquisiciones. 7.2.5 Plan de seguridad.(aenor, 2005, 23) [11]. Documento básico Estudios con Entidad Propia Y también recoge en el documento básico Estudios con Entidad Propia, la siguiente referencia: 10. ESTUDIOS CON ENTIDAD PROPIA 10.1 Generalidades Los Estudios con Entidad Propia constituyen uno de los documentos básicos del proyecto. 2415

Tienen como misión incluir los documentos convenientes para adecuar el proyecto a las exigencias legales y que no aparezcan en los documentos anteriores. 10.2 Contenido Puede comprender, entre otros y sin carácter limitativo estudios relativos a: Legislación sobre Seguridad y Protección de Datos Legislación sobre Propiedad Intelectual e Industrial Prevención de Riesgos Laborales Impacto Ambiental. (AENOR, 2005, 24) [11]. 2416

4.2 El Pliego de Condiciones en la Norma UNE 157001 La norma UNE 157001, de 2002, describe el Pliego de Condiciones con los apartados que se indican seguidamente [12]: 9. PLIEGO DE CONDICIONES 9.1 Generalidades El Pliego de Condiciones constituye uno de los documentos básicos del Proyecto. Tiene como misión establecer las condiciones técnicas, económicas, administrativas y legales para que el objeto del Proyecto pueda materializarse en las condiciones especificadas, evitando posibles interpretaciones diferentes de las deseadas. 9.2. Contenido El Pliego de Condiciones se iniciará con un índice que hará referencia a cada uno de los documentos, a sus capítulos y apartados que los componen, con el fin de facilitar su utilización. Contendrá: a) Las especificaciones de los materiales y elementos constitutivos del objeto del Proyecto, incluyendo: - Un listado completo de los mismos - Las calidades mínimas a exigir para cada uno de los elementos constitutivos del Proyecto, indicando la norma (si existe) que contemple el material solicitado. - Las pruebas y ensayos a que deben someterse, especificando: -La Norma según la cual se realizarán. -Las condiciones de realización -Los resultados mínimos a obtener b) La reglamentación y la normativa aplicables incluyendo las recomendaciones o normas de no obligado cumplimiento que, sin ser preceptivas, se consideran de necesaria aplicación al Proyecto a criterio del autor. c) Aspectos del contrato que se refieran directamente al Proyecto y que pudieran afectar a su objeto, ya sea: - En su fase de materialización - En su fase de funcionamiento 2417

Deberán incluir: - Documentos base para la contratación de su materialización. Los trabajos a realizar quedarán definidos en: - Los Planos - El Estado de las Mediciones - La Memoria - Las especificaciones mencionadas en el apartado a) - Limitaciones en los suministros, que especifiquen claramente donde empieza y donde termina la responsabilidad del suministro y montaje. - Criterios de medición y abono. - Criterios para las modificaciones al Proyecto original, especificando el procedimiento a seguir para las mismas, su aceptación y cómo deben quedar reflejadas en la documentación final. - Pruebas y ensayos, especificando cuales y en que condiciones deben someterse los suministros según lo indicado en el apartado a). - Garantía de los suministros, indicando el alcance, duración y limitaciones. - Garantía de funcionamiento, indicando el alcance, duración y limitaciones. (AENOR, 2002, 12) [12]. 4.3 Comparación entre las dos normas UNE Mientras que la UNE 157001 dedica un documento básico en exclusiva al Pliego de Condiciones, el proyecto de UNE 157801 no lo enfoca así, sino que distribuye distintas informaciones relativas al Pliego en diversos documentos básicos: Memoria, Anexos, Documentos con Entidad Propia. En ambos casos aparece la necesidad del Proyectista de recoger directrices para que la ejecución del Proyecto siga los adecuados enfoques. La adaptación de la norma se ha realizado ya a distintas tecnologías y situaciones, y se sigue con la adaptación a otras (Mena, 2002) [13], [14]. 5. Conclusiones Se considera que el proyecto de norma UNE 157801 refiere contenidos propios del Pliego de Condiciones en otros documentos básicos del Proyecto, mientras que en la norma UNE 157001 aparece según la tradición en un documento básico. El Pliego de Condiciones en proyectos informáticos, y también en los telemáticos, en especial de software [15], es uno de los elementos principales para la definición del proyecto, y que se utiliza para la gestión de la ejecución. En los programas académicos de formación en proyectos en España se incorpora lentamente un tratamiento detallado del tema [16]. En la bibliografía internacional [17], [18] es objeto de un análisis detallado. El proyecto de norma UNE 157801 ha previsto esta importancia. Referencias [1] Hernando, I. Contratos Informáticos. Derecho Informático-Legislación y Práctica-, LC, 1995. 2418

[2] Heredero, M., Manual de contratos públicos de informática, Instituto Nacional de Administración Pública, Ministerio para las Administraciones Públicas, 1989 [3] Marzo, A., Marzo, I. y Martínez Flechoso, G., Los contratos Informáticos y Electrónicos, Ediciones Experiencia, S. L., 2004. [4] López-Tarruella, A., Contratos internacionales de software, Tirant lo Blanch, 2006. [5] Vega, J. A., Contratos electrónicos y Protección de los Consumidores, Reus, S. A., 2005. [6] Hernando, I., Contratos informáticos: consideraciones generales, NOVÁTICA, mayo/junio, 1994, nº. 108, pp.71-78 [7] Hernando, I., Consideraciones acerca de los derechos del empresario sobre los programas de ordenador, NOVÁTICA, sept/oct. 1993, nº. 105, pp.92-96 [8] Soler, P. e Col.legi Oficial d Enginyeria Informàtica de Catalunya, El Contrato para la Elaboración de Programas de Ordenador. Contrato de desarrollo de software, Thomson- Aranzadi, 2004 [9] ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN (AENOR). Web www.aenor.es, consulta realizada el 20 de junio de 2006. [10] ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN (AENOR). Proyecto de Norma UNE 157801, AENOR, 2006. [11] Project Management Institute (PMI), A guide to the Project Management Body of Knowledge PMBoK, PMI, 2004. [12] ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE NORMALIZACIÓN Y CERTIFICACIÓN (AENOR). Norma UNE 157001, AENOR, 2002. [13] Mena, A. I. Calidad en la documentación de proyectos: La familia de normas derivadas de la UNE 157001:2002, Ingeniería, Diseño, Innovación, Núm. 2, 2002, pp. 91-114 [14] Mena, A. I. Contenido y principales novedades de la nueva Norma UNE sobre Proyectos, Actas del XVII Congreso Nacional de Ingeniería de Proyectos, Murcia, Spain, 2002, pp. 22. [15] Torralba, J. Mª. Introducción al Pliego de Condiciones del proyecto informático, Edición del autor, Valencia, 2003. [16] Torralba, J. Mª., Apuntes de Dirección de Proyectos de Tecnologías de la Información, Universidad Politécnica de Valencia, Valencia, 2006. [17] Gido, J., Clements, J. P., Successful Project Management, Thomson, 2003. [18] Zobel, A. M., Wearne, S. H., Project Management Topic Coverage in Recent Conferences", Project Management Journal, June, 2000. Agradecimientos La participación en este Congreso se ha posibilitado por el proyecto de investigación financiado por la Conselleria d Empresa, Universitat i Ciència de la Generalitat Valenciana, con referencia GV05/053, titulado MAGERIL - Modelo de Análisis y GEstión de RIesgos Laborales en PYMES Valencianas del Sector del Mueble, que realiza el Grupo de Investigación ITIO del Departamento de Organización de Empresas de la Universidad Politécnica de Valencia. Agradecemos a la Consellería y a la Universidad su imprescindible apoyo hacia esta investigación. 2419

Correspondencia (Para más información contacte con): José Mª. Torralba Martínez, Universidad Politécnica de Valencia, Departamento de Organización de Empresas, Camino de Vera s/n, 46022 Valencia, Spain. Phone: +34 96 387 76 88, +34 96 387 76 80 Fax: +34 96 387 76 89 E-mail : jtorral@omp.upv.es 2420