BASES QUE HAN DE REGIR EL OTORGAMIENTO DE AYUDAS PARA LA MODERNIZACION, AMPLIACION DE NEGOCIO O MEJORA DE LA EFICIENCIA ENERGÉTICA EN ACTIVIDADES EMPRESARIALES DE LA LOCALIDAD DE ARGAMASILLA DE ALBA DURANTE 2018 1. OBJETO Y ÁMBITO El bjet de la presente nrma es la de establecer las bases que han de regular el prcedimient de cncesión de ayudas ecnómicas en pública cncurrencia destinadas a favrecer la mdernización, ampliación de negci mejra de la eficiencia energética en actividades empresariales ya implantadas en la lcalidad de. Pr medi de esta actuación se trata de apyar las iniciativas empresariales ya implantadas en la lcalidad que cuenten, cn una plantilla n superir a 5 trabajadres, cadyuvand ecnómicamente en ls prcess de mdernización, ampliacines de negci mejra de la eficiencia energética tant en ls prcess de reducción del cnsum cm en la aplicación de energías renvables. El bjetiv de estas ayudas es incentivar el prgres del tejid empresarial de, cntribuir a la cmpetitividad de nuestras empresas y al desarrll sstenible de las mismas. La cuantía ttal de ayudas que se adjudicarán en el presente prcedimient asciende a la cantidad de 14.000,00, cn carg a la aplicación presupuestaria 720.433.77900. 2.- REGIMEN JURÍDICO. Las siguientes ayudas se regirán, además de ls dispuest en las presentes bases, pr las Bases de Ejecución del Presupuest Municipal del de 2018, la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines (en adelante LGS), el Reglament General de Subvencines, aprbad pr el Real Decret 887/2006, de 21 de juli (en adelante RGS), la Ley 39/2015, de 1 de ctubre, del Prcedimient Administrativ Cmún de las Administracines Públicas y la Ley 40/2015, de 1 de ctubre de Régimen Jurídic del Sectr Públic. La gestión de las ayudas cntempladas en la presente cnvcatria se sujetará a ls principis de publicidad, transparencia, bjetividad, igualdad y n discriminación, así cm la eficacia en el cumplimient de bjetivs y eficiencia en la asignación y utilización de ls recurss públics. 3. BENEFICIARIOS Pdrán ptar a estas ayudas las persnas físicas jurídicas que a 1 de ener de 2018 cuenten cn una actividad empresarial dentr del términ municipal de, tenga su sede scial en dicha lcalidad y cuya plantilla de persnal n sea superir a 5 trabajadres incluid, en su cas, el empresari autónm de dicha empresa, y se encuentren dads de alta en cualquier epígrafe del IAE.
4. REQUISITOS Ls Beneficiaris de estas Ayudas deberán reunir ls siguientes requisits: Hallarse al crriente en sus bligacines tributarias y cn la Seguridad Scial, incluidas las relativas a la Hacienda Lcal. N hallarse incurs en ninguna de las prhibicines previstas en ls apartads 2 y 3 del artícul 13 de la Ley 38/2003, de 17 de nviembre, General de Subvencines. Tener el dmicili scial y fiscal en Tratarse de una actividad cuya pryección de negci se extienda más allá de ls seis meses de duración. Estar dad de Alta en el Impuest sbre Actividades Ecnómicas y en el Régimen de la Seguridad Scial crrespndiente a la actividad a desarrllar. N pdrán beneficiarse de las ayudas previstas en esta cnvcatria las persnas físicas sancinadas penal administrativamente, cn la pérdida de la psibilidad de btención de subvencines ayudas públicas, incursas en prhibición legal que la inhabilite para ell, cn inclusión de las que se hayan prducid pr incurrir en discriminación pr razón de sex, en virtud de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marz, para la igualdad efectiva de mujeres y hmbres 5. INCOMPATIBILIDADES Las ayudas establecidas sn cmpatibles cn cualquier tra que tenga el mism bjet, siempre y cuand la suma de las ayudas subvencines recibidas n supere el cste ttal de ls gasts imputads. A ests efects, en el cas de btención de ayudas pr parte de tras entidades u administracines, deberán ser declaradas a efects de su cmprbación. 6. GASTOS SUBVENCIONABLES Y CUANTÍA Se cnsideran gast subvencinables tds aquells gasts realizads prevists realizar desde el 1 de ener y hasta el 2 de nviembre de 2018 cn mtiv de: 1. Gast de capital en energías renvables 2. Gast de capital en eficiencia energética (sustitución luminaria pr lámparas leds, adquisición de equips cn clasificación energética A++, sistemas de climatización, mdernización de edificis e infraestructuras para reducción del gast energétic, etc.). 3. Gast de capital en mdernización de la actividad (Renvación del parque de maquinaria e infraestructuras, etc.).
4. Gast de capital en tecnlgías de la infrmación y cmunicación. 5. Gast de capital en mejra de la salud labral (Adquisición de EPIs, mbiliari ergnómic, etc.). 6. Gast de capital en ampliación de la actividad (Ampliación de lcales, adquisición de suel y edificis destinads a la actividad, etc.). La cuantía máxima a subvencinar asciende al 40% del gast subvencinable cn un máxim de 2.000,00 pr slicitante. 7. PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES. Las slicitudes se presentarán en la Unidad de Emple y Prmción Ecnómica del Ayt. De ubicad C/León Felipe, S/N. (según mdel que se acmpaña en el anex I de esta cnvcatria). Junt a la slicitud el interesad deberá aprtar la siguiente dcumentación: Dcumentación acreditativa e identificativa de la persna entidad slicitante y, en su cas, del representante legal. Certificad de hallarse al crriente de sus bligacines en el cumplimient de sus bligacines tributarias (AEAT) y cn la Seguridad Scial. Declaración de Alta en el Cens de Obligads Tributaris (Md. 036 Md. 037) Declaración de Alta en el I.A.E. crrespndiente. Ficha de Tercers debidamente cumplimentada pr la Entidad Bancaria. Facturas recibs de ls gasts para ls que slicite la ayuda subvención junt cn el justificante de pag crrespndiente. En el cas de pags en metálic, junt a la factura habrá de presentarse justificante de recibí pr parte del emisr. Pryect memria de la inversión realizada a realizar dnde figuren debidamente desglsadas las partidas unidades de bra a ejecutar y su valración ecnómica, según anex II. En su cas, declaración de ayudas percibidas de tras entidades administracines cn el mism fin.
8. PLAZO El plaz de presentación de slicitudes será hasta el día 17 de septiembre de 2018. 9. PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN, INSTRUCCIÓN Y RESOLUCIÓN 9.1 Prcedimient de cncesión La cncesión de las ayudas reguladas en estas Bases, de acuerd cn l establecid en ls artículs 22.1 y 23 a 27 De la LGS, se efectuará en régimen de cncurrencia cmpetitiva, y hasta agtar el crédit dispnible, de cnfrmidad cn el presupuest municipal para el ejercici 2018. Cas de n presentar la slicitud cn la dcumentación cmpleta, se cnsiderará cm fecha de Registr de entrada, la de la última presentación de dcumentación relativa a dicha slicitud Si las slicitudes n reuniesen ls requisits establecids n se acmpañan ls dcuments exigids, se requerirá al slicitante, para que subsane ls defects acmpañe ls dcuments exigids en el plaz de diez días, cn indicación de que, si n l hiciera, se le tendrá pr desistid de su slicitud, previa reslución, que deberá ser dictada en ls términs prevists en el artícul 21 de la Ley 39/2015 de 1 de ctubre del Prcedimient Administrativ Cmún de las Administracines Públicas. 9.2. Instrucción: La Cncejalía de Prmción Ecnómica será la encargada de instruir el prcedimient de cncesión de estas subvencines. Las slicitudes presentadas serán valradas pr la Mesa de Cntratación existente en este Ayuntamient, que pdrá asesrarse de cuant persnal cnsidere cnveniente para una crrecta valración de las slicitudes. Las slicitudes presentadas serán valradas cn una puntuación de 0 a 100 punts, siend trgadas estas subvencines a aquells pryects que presenten mayr puntuación y hasta agtar el crédit dispnible. La puntuación a trgar pr cada slicitante distribuirá de la siguiente frma: APARTADO Necesidad de mdernización de la actividad que prlngue su mantenimient Necesidad de ampliación del negci Utilización de energías renvables Prcess de mejra de la eficiencia energética PUNTUACION
Prcess de mejra de la salud labral Imprte de la inversión/gasts realizads pryectads Creación de nuevs puests de trabaj de vecins empadrnads en la lcalidad cm cnsecuencia de la ampliación mejra de la actividad Creación de nuevs puests de trabaj para persnas discapacitadas en riesg de exclusión scial de vecins empadrnads en la lcalidad cm cnsecuencia de la ampliación mejra de la actividad (Incmpatible cn la puntuación del apartad anterir) Inversines en tecnlgías de la infrmación y cmunicación Apertura de nuevs centrs de trabaj Inversines tendentes a la puesta en valr y difusión de la actividad mediante la utilización de marketing, publicidad, redes sciales, etc. Hasta 5 punts Hasta 20 punts Hasta 5 punts 9.3 Reslución: El órgan cmpetente para reslver será la Junta de Gbiern Lcal, pr delegación de la Alcaldía, según Decret de fecha 17 de juni de 2015, la cual adptará ls acuerds sustantivs sbre la cncesión denegación de las ayudas, según la prpuesta realizada pr la Mesa de Cntratación. Las reslucines de cncesión de las ayudas fijará expresamente su cuantía e incrprará en su cas las cndicines, bligacines y determinacines accesrias a que debe sujetarse la persna beneficiaria de las mismas, y se ntificará a las persnas interesadas en ls términs prevists en el artícul 40 de la Ley 39/2015 de 1 de ctubre del Prcedimient Administrativ Cmún de las Administracines Públicas. El Plaz máxim de Reslución será de 3 meses. Transcurrid el plaz anterir sin que se haya dictad y ntificad reslución expresa, la slicitud se entenderá desestimada pr silenci administrativ. De cnfrmidad cn l dispuest en el artícul 45.1.b de la Ley 39/2015 de 1 de ctubre del Prcedimient Administrativ Cmún de las Administracines Públicas, dad el carácter selectiv del prcedimient, el acuerd de reslución de la cnvcatria y ls acts integrantes del mism, en frma de listads definitivs de cncesines, n cncesines y exclusines, se publicarán en el Tablón de Edict del Ayuntamient y web municipal, una vez finalizad el plaz de reslución de tdas ellas. La Reslución adptada pr el órgan municipal cmpetente agta la vía administrativa y cntra la misma pdrá interpnerse recurs de repsición ante el mism órgan en el plaz de un mes, a cntar desde el día siguiente a su ntificación, directamente recurs cntencis-administrativ, ante el Juzgad de l Cntencis Administrativ de Ciudad Real, en el plaz de ds meses desde su ntificación.
10. PAGO DE LAS AYUDAS El pag de la Ayudas se realizará en el plaz máxim de 3 meses desde su cncesión. 11. OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS 1. Ls beneficiaris vendrán bligads al cumplimient de las bligacines que le fueran impuestas en virtud de l establecid en el art. 14 de la Ley 38/2003, de 17 de nviembre y las demás establecidas en las presentes bases. 2. Facilitar cuants dats e infrmación, en cuestines relacinadas cn las subvencines cncedidas, les sean requerids pr el, así cm cmunicar al mism en el plaz de quince días las incidencias y las variacines que se prduzcan cn relación a aquellas. 12. MODIFICACIÓN Y REINTEGRO DE LAS AYUDAS CONCEDIDAS 1. Tda alteración de las cndicines tenidas en cuenta para la cncesión de la subvención, pdrán dar lugar a la mdificación de la reslución de cncesión. 2. Darán lugar a la bligación de reintegrar las cantidades percibidas, así cm la exigencia del interés de demra desde la fecha del pag de la subvención hasta que se acuerde la prcedencia del reintegr en ls supuests prevists en el artícul 37 de la Ley General de Subvencines y de cnfrmidad cn l establecid en ls artículs 91, 92 y 93 del Real Decret 887/2006. 13. ACEPTACIÓN DE LAS BASES La presentación de la slicitud de la Ayudas implica la aceptación de las bligacines cntenidas en las presentes bases. 14. MEDIDAS DE GARANTÍA A FAVOR DEL INTERÉS PÚBLICO 1. El pdrá realizar ls cntrles administrativs e inspeccines que cnsidere prtuns, a fin de cmprbar la veracidad de ls dats cnsignads en la dcumentación presentada, así cm el cumplimient de ls requisits para la percepción de la ayuda. 2. El beneficiari estará bligad a clabrar en dicha inspección prprcinand ls dats requerids y facilitand, en su cas, el acces a dependencias dnde se realizan las actividades.
15. REGIMEN SANCIONADOR A ls efects de la regulación del régimen sancinadr, habrá que estar a l establecid en el Títul IV de la Ley 38/2003, General de Subvencines y el Títul IV del RLGS. Asimism quedarán smetidas a ls principis de la ptestad sancinadra recgids en la Ley 40/2015, de 1 de ctubre, de Régimen Jurídic del Sectr Públic, y pr el prcedimient establecid en la Ley 39/2015 Ley 39/2015 de 1 de ctubre del Prcedimient Administrativ Cmún de las Administracines Públicas.